¿Empezará a aplicarse la jornada laboral de 38,5 horas en 2024?
El pasado 25 de enero, hace ya casi un año, se puso en marcha la Mesa de Diálogo Social para abordar la reducción del tiempo de trabajo en España.
Esta medida, fruto del acuerdo entre el PSOE y Sumar, tiene como objetivo principal reducir la jornada laboral ordinaria pero, ¿empezará a aplicarse la jornada laboral de 38,5 horas en 2024? ¿Y la de 37,5 horas en 2025?
¡Tenemos novedades! El Gobierno ha anunciado que van a comenzar los trámites parlamentarios para aprobar por ley la reducción de la jornada laboral.
Para ello, cuentan con el respaldo de los sindicatos UGT y CCOO, pero la patronal parece que se queda al margen del acuerdo.
Te contamos todo sobre esta modificación, que podría afectar a más de 12 millones de personas que trabajan actualmente a 40 horas semanales en el sector privado, a continuación:
¿Qué supone la reducción de la jornada laboral?
Actualmente, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores, en España el régimen de trabajo convencional es de 8 horas diarias o 40 horas semanales. Todas ellas repartidas en 5 días.
Por supuesto, se incluyen otros tipos de modalidades de jornada.
La jornada laboral supondría la reducción de la actividad laboral que pasaría de las 40 horas semanales actuales hasta las 37,5 horas semanales, un cambio que busca mejorar la conciliación y la calidad de vida de las personas trabajadoras.
En un principio, el Gobierno había planteado una aplicación progresiva:
- 2024: reducción a 38,5 horas semanales.
- 2025: reducción definitiva a 37,5 horas semanales.
De hecho, en el borrador del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada laboral se indica que, tras la entrada en vigor de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2024, la jornada máxima de trabajo ordinario sería de 38,5 horas semanales en promedio anual.
Sin embargo, dada la proximidad de esta fecha su aplicación podría descartarse por falta de viabilidad técnica.
Es importante destacar que la reducción de horas de trabajo no implicará ninguna disminución en el salario de las personas trabajadoras.
¿Cuáles son las últimas novedades sobre la reducción de la jornada laboral en España?
Hace unos meses, el Ministerio de Trabajo instó a la patronal a presentar una alternativa viable a la propuesta de reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales.
La iniciativa generó críticas, principalmente por la percepción de una falta de diálogo social por parte de organizaciones empresariales como la CEOE y CEPYME.
En respuesta, el Ministerio subrayó su compromiso de alcanzar un acuerdo conjunto, dejando abierta la posibilidad de extender las negociaciones si la patronal flexibilizaba su postura.
Sin embargo, tras 11 meses de diálogo sin resultados, el Gobierno ha decidido avanzar por su cuenta: la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales se llevará a cabo por ley.
El proceso comenzará con una consulta pública para definir los detalles junto a los sindicatos, y posteriormente se remitirá la propuesta al Congreso con el objetivo de implementar la medida lo antes posible.
La nueva propuesta podría eliminar la gradualidad contemplada inicialmente en el acuerdo de Gobierno entre PSOE y Sumar, que preveía un primer paso a 38,5 horas en 2024, para aplicar directamente la reducción a 37,5 horas a partir del 1 de enero de 2025.
Eso sí, los sindicatos UGT y CCOO han anunciado que aprovecharán las negociaciones para plantear otras mejoras:
- Horas extras: exigirán que se paguen al menos un 25% más que el salario por hora ordinaria.
- Control horario: proponen reforzar los sistemas de registro para garantizar el cumplimiento de las nuevas normativas y evitar abusos.
¿Empezará a aplicarse la jornada laboral a 37,5 horas semanales en enero de 2025?
Como comentamos, el Gobierno va a aprobar por ley la reducción de la jornada laboral con el fin de que comience a aplicarse a partir del 1 de enero del próximo año.
No obstante, en el borrador del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada laboral se incluye una Disposición transitoria primera sobre la jornada máxima aplicable durante los años 2024 y 2025.
En ella se señala lo siguiente:
«Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se articularán las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta norma, en particular, respecto de la duración máxima de la jornada de trabajo y el registro de jornada».
Por tanto, aunque el Gobierno ha señalado que la reducción a 37,5 horas semanales será definitiva en 2025, la introducción de un esquema flexible mediante negociación puede ralentizar la aplicación práctica:
- Empresas y personas trabajadoras tendrán que acordar cómo organizar la jornada dentro del límite legal.
- Sectores menos organizados en términos de representación o con menos recursos para negociar podrían tardar más en aplicar los cambios.
¿Cuándo entrará en vigor la reducción de la jornada laboral? Plazos para incorporar la medida
Como comentamos, aunque la reducción de la jornada será un hecho en 2025 su implementación dependerá en gran medida de cómo cada empresa y sector acuerden organizar los cambios.
La norma establece un marco claro, pero la flexibilidad en su aplicación permitirá ajustes personalizados que podrían generar retrasos o inconsistencias en su adopción efectiva.
¿Podría aumentar la capacidad de las empresas para distribuir el tiempo de trabajo?
En cuanto a la flexibilidad en el uso del tiempo de la actividad laboral, desde Trabajo han indicado que están estudiando la posibilidad de ofrecer una mayor capacidad a las empresas para distribuir de manera irregular la jornada laboral cubriendo así las necesidades estacionales.
Esto implicaría que, en lugar de mantener un horario fijo todas las semanas, las empresas podrían ajustar las jornadas laborales según las necesidades específicas de producción o demanda en diferentes épocas del año.
Actualmente, las empresas pueden variar la jornada laboral en un 10% para atender necesidades esenciales.
La propuesta de Trabajo es flexibilizar aún más este margen con la nueva jornada reducida a 37,5 horas para permitir una mejor adaptación a los sectores productivos con demandas fluctuantes.
El objetivo de este plan más flexible es favorecer a determinados sectores con flujos discontinuos a lo largo del año, como la hostelería o la agricultura.
¿Cómo se aplicará la desconexión digital en la reducción de la jornada?
Desde el Gobierno consideran necesario tener presente la desconexión digital señalando que para que la reducción de la jornada se realice de forma eficaz también hay que respetar los horarios de descanso.
Por ello, se pretenden concretar las intromisiones de la vida privada, como son la recepción de emails o llamadas fuera del horario laboral, para fortalecer este derecho.
Trabajo plantea un nuevo registro de jornada digital y accesible
El Gobierno va a instar a la creación de un nuevo registro de jornada que sea digital y accesible para cada persona trabajadora, los representantes sindicales y la Inspección de Trabajo.
La idea es que sea un registro accesible y que no se pueda manipular, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa.
Tal y como recoge el borrador del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada el registro horario:
- Debe realizarse personalmente por las personas trabajadoras de forma inmediata al inicio y al final de cada jornada laboral. Es imprescindible que el registro sea independiente y no pueda ser condicionado por la empresa.
- Para garantizar la veracidad de los datos, el registro deberá permitir identificar de manera inequívoca a la persona trabajadora que realiza el registro y registrar cualquier modificación efectuada.
- La información reflejada debe ser presentada en un formato claro y comprensible, permitiendo su documentación y la obtención de copias.
Además, las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrán derecho a acceder al registro en el centro de trabajo de forma inmediata y en cualquier momento.
- La información también deberá estar disponible de manera remota para la ITSS y la representación legal de las personas trabajadoras.
- En todos los casos, el sistema deberá garantizar la interoperabilidad para facilitar el intercambio de información entre las partes implicadas.
La empresa estará obligada a conservar los registros durante un período de cuatro años.
Reglamentariamente, se establecerá el contenido básico del registro, que incluirá, como mínimo:
- Formas de identificación del tiempo trabajado.
- Métodos para documentar y compensar la utilización irregular de la jornada.
El régimen de organización y funcionamiento del registro podrá ser establecido a través de:
- Negociación colectiva.
- Acuerdo de empresa.
- Decisión unilateral de la empresa, previa consulta con los representantes legales de las personas trabajadoras.
En ausencia de previsiones específicas se aplicarán las siguientes normas:
- Todo el periodo entre el inicio y la finalización de la jornada reflejada en el registro será considerado tiempo de trabajo efectivo.
- Las horas que excedan la jornada ordinaria tendrán la consideración de horas extraordinarias o horas complementarias, según corresponda, dentro de los límites legales.
La empresa será responsable de demostrar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el registro de jornada.
En caso de incumplimiento:
- La carga de la prueba respecto a la jornada efectivamente realizada recaerá en la empresa.
- En contratos a tiempo parcial se presumirá que el contrato es a jornada completa salvo prueba en contrario que acredite la parcialidad de los servicios.
Por supuesto, las personas trabajadoras no podrán ser perjudicadas por realizar correctamente los registros de jornada ni por ejercer cualquier derecho relacionado con el sistema de registro de jornada.
¿La reducción de jornada influirá en el salario?
No, la medida del Gobierno no implicará ningún tipo de reducción salarial.
Otros países, como Bélgica, han implementado medidas similares, aunque con enfoques distintos.
En Bélgica la reducción de jornada se ha impulsado concentrando las horas de trabajo en 4 días.
Esto significa que se trabaja la misma cantidad de horas, pero distribuidas en menos días o alternando semanas de menor carga horaria con semanas de mayor carga.
Este modelo de reducción de jornada no tiene nada que ver con el español.
En España, la media jornada pasaría de 20 a 19 horas. Si una persona empleada acuerda con su empresa seguir trabajando 20 horas a la semana ganará más por cada hora trabajada en comparación con su jornada anterior.
¿Cuánto será lo mínimo que se cobrará por hora tras la reducción de jornada?
Actualmente, el SMI está fijado en 1.323 euros al mes en 12 pagas, lo que equivale a un total anual de 15.876 euros. Si se distribuye en 14 pagas, el salario mensual se reduce a 1.134 euros.
En cuanto al salario mínimo diario este sería:
- 37,8 euros si se divide en 14 pagas.
- 44,1 euros si se divide en 12 pagas.
Respecto al salario mínimo por hora es de:
- 8,28 euros (incluyendo las pagas extras).
- 8,87 euros (sin incluir pagas extras).
Con la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales el salario por hora aumentaría situándose en 9,75 euros.
¿Qué pasará con los trabajadores a tiempo parcial?
Según el borrador de Trabajo, las personas que trabajen a tiempo parcial podrán seguir realizando el mismo número de horas que venían haciendo antes de la entrada en vigor de la nueva norma.
Además, los contratos a tiempo parcial que igualen o superen la jornada máxima semanal establecida se convertirán automáticamente en contratos a tiempo completo.
¿Cómo afectará la reducción de la jornada laboral a las horas extra?
El borrador del Ministerio de Trabajo propone que la reducción de la jornada se realice en cómputo anual, en lugar de establecer un tope semanal.
Además, no se contempla aumentar el número de horas extra permitidas legalmente en España para compensar la reducción de la jornada ordinaria.
Para una persona trabajadora con jornada completa las horas extra no podrán superar las 80 al año.
Para las personas con una jornada inferior a la general de la empresa el número máximo de horas extraordinarias anuales se reducirá proporcionalmente a su jornada.
Con los cambios propuestos en el registro horario todo el tiempo transcurrido entre el inicio y la finalización de la jornada, reflejado en el registro, será considerado tiempo de trabajo efectivo.
El tiempo que exceda de la jornada ordinaria será considerado, según corresponda, como horas extraordinarias o complementarias.
¿Qué trabajadores podrán beneficiarse de la reducción de jornada?
Como la reducción de la jornada se va a establecer por ley mediante una modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores va a beneficiar a todo tipo de personas trabajadoras, no solo a quienes estén adscritas a un convenio colectivo.
¡Importante! Hay convenios que ya establecen límites de jornadas de trabajo inferiores a las 40 horas semanales, lo que significa que las personas más beneficiadas podrían ser las que no tienen un convenio colectivo de aplicación.
La propuesta de reducción de jornada podría beneficiar positivamente a alrededor de 12 millones de personas empleadas del sector privado.
Además, algunas informaciones han indicado que habrá sectores clave a tener en cuenta, como son la hostelería o el comercio, donde la reducción de jornada debería tener un efecto positivo permitiendo las plantillas disponer de más tiempo libre para ocio.
Los sectores en los que se trabaja más tiempo en España, según la última encuesta de población activa, son la agricultura, ganadería y pesca, además del transporte y almacenamiento, la construcción y el suministro de energía eléctrica.
¿Podrían los trabajadores decidir cómo se reduce su jornada laboral?
Desde el Gobierno están considerando la posibilidad de que las personas trabajadoras participen en la determinación de su horario de entrada y salida del trabajo.
Esto implicaría que las personas empleadas tendrían cierto grado de autonomía para elegir cómo se organiza su jornada laboral dentro de un marco establecido, lo que podría facilitar una mejor conciliación entre la vida laboral y personal.
¿Cómo serían las sanciones por el incumplimiento de la jornada?
El Ministerio de Trabajo propone endurecer las sanciones por el incumplimiento de la jornada imponiendo multas por cada persona trabajadora en lugar de por empresa.
Según el borrador, se plantea multar con hasta 10.000 euros por persona trabajadora a las empresas que no cumplan con el registro horario y la reducción de la jornada semanal máxima.
Este cambio representa un endurecimiento significativo de las sanciones actuales en materia de jornada laboral:
- Se multaría a las empresas por cada persona empleada con la que se incumplieran las normas, en lugar de aplicar una sanción general.
- El importe de las multas consideradas graves pasaría de los 7.500 a los 10.000 euros.
Es decir, las sanciones por no cumplir con el tiempo de trabajo se estructurarían de la siguiente manera:
- Multas en su grado mínimo: de 1.000 a 2.000 euros.
- Multas en su grado medio: de 2.001 a 5.000 euros.
- Multas en su grado máximo: de 5.001 a 10.000 euros.
Actualmente, según la LISOS las multas por no cumplir con los límites legales de trabajo son la siguientes:
- Multas en su grado mínimo: de 751 a 1.500 euros.
- Multas en su grado medio: de 1.501 a 3.750 euros.
- Multas en su grado máximo: de 3.751 a 7.500 euros.
¿Qué ventajas tiene la reducción laboral de jornada?
Desde el Gobierno consideran que la reducción de jornada laboral va a contribuir en una mejora de la conciliación laboral y familiar, así como en un aumento de la productividad.
Además, la reducción de jornada podría conllevar la igualdad de oportunidades e influir en una buena salud física y mental de las personas empleadas.
¿Qué consecuencias podría tener la reducción de la jornada laboral para las empresas?
La reducción de la jornada laboral podría tener diversas consecuencias para las empresas, dependiendo de su tamaño, sector y estructura de plantilla.
En sectores como el de la peluquería y la estética, la patronal estima que una reducción de 2,5 horas semanales por persona trabajadora podría disminuir la capacidad operativa en hasta un 15%.
Esto afectaría directamente la disponibilidad de servicios y, en consecuencia, los ingresos de los negocios.
Para pequeñas empresas y autónomos, asumir esta reducción sin comprometer la calidad del servicio o aumentar los precios podría resultar especialmente difícil, poniendo en riesgo su viabilidad
Además, en líneas generales, otras posibles consecuencias incluyen:
- Aumento de los costes laborales. Debido a que la reducción de la jornada no implica una disminución proporcional del salario, las empresas verán incrementado el coste por hora trabajada. Esto puede impactar negativamente en la rentabilidad, especialmente en sectores con márgenes ajustados.
- Dificultades para mantener el mismo horario. Sectores como la hostelería o el comercio, que dependen de horarios establecidos y atención al público, podrían enfrentar desafíos para cubrir las horas necesarias sin incurrir en costes adicionales por horas extra.
Es importante destacar que las horas extraordinarias generalmente son voluntarias para las plantillas y solo pueden ser obligatorias en situaciones excepcionales o de fuerza mayor.
Sin embargo, en este sentido hay novedades:
Trabajo podría retirar las bonificaciones a las contrataciones que hagan las pequeñas empresas para reducir la jornada laboral
Con el fin de atraer el apoyo de la patronal, el Ministerio de Trabajo había propuesto un plan dirigido a pymes con menos de 10 personas empleadas.
Este plan incluía bonificaciones para las nuevas contrataciones necesarias como consecuencia de la reducción de jornada laboral.
Por ejemplo, si una empresa decidía reducir el horario de algunos empleados y necesitaba contratar personal adicional para cubrir esos turnos, esas nuevas contrataciones podrían beneficiarse de bonificaciones, siempre que se tratara de una pyme con menos de 10 personas en plantilla.
Las bonificaciones solo se aplicarían a contratos indefinidos, incluyendo tanto las nuevas contrataciones como la conversión de contratos temporales a tiempo completo.
La medida, conocida como Plan Pyme 375, también contemplaba formación y asesoramiento especializado para ayudar a las pymes a adaptarse al cambio de jornada.
¡IMPORTANTE! Sin embargo, estas bonificaciones podrían no aplicarse finalmente, ya que el Ministerio de Trabajo señaló que, si no se alcanzaba un acuerdo con la patronal, las bonificaciones serían retiradas.
Habrá que esperar a ver qué pasa con esta medida.
La Inspección de Trabajo advierte que el acuerdo de la reducción de jornada podría tener problemas para cumplirse
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social advierte que el acuerdo del Gobierno incluye medidas significativas que podrían no cumplirse sin un refuerzo del organismo.
Las críticas por la futura medida se deben a que la Inspección no podría hacer frente a la vigilancia de que se cumpla la reducción de la jornada.
Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.
¿Qué opinas de la reducción de jornada? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
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