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¿Empezará a aplicarse la jornada laboral de 37,5 horas en 2025?

23 diciembre, 2024
¿Empezará a aplicarse la jornada laboral de 37,5 horas en 2025?

¡Novedades importantes! El Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada ordinaria, el registro digital obligatorio y el derecho a la desconexión digital ya está en Audiencia Pública.

Este avance surge tras casi un año de trabajo desde que, el pasado 25 de enero, se constituyera la Mesa de Diálogo Social para abordar la reducción del tiempo de trabajo en España.

La medida, fruto del acuerdo entre el PSOE y Sumar, tiene como objetivo principal reducir la jornada laboral ordinaria. Sin embargo, hasta el momento quedaban muchas preguntas por resolver: ¿empezará a aplicarse la jornada laboral de 37,5 horas en 2025? ¿Qué ha pasado con la jornada de 38,5 horas en 2024?

El Gobierno junto con los sindicatos han firmado un acuerdo para reducir la jornada laboral a 37,5 horas en 2025.

Te contamos qué plazo tendrán los convenios para adaptarse al cambio y cómo afectará esta modificación a trabajadores y empresas, a continuación:

 

¿Qué supone la reducción de la jornada laboral?

Actualmente, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores, en España el régimen de trabajo convencional es de 8 horas diarias o 40 horas semanales. Todas ellas repartidas en 5 días.

No obstante, también existen modalidades con diferentes tipos de jornada.

Tras la reforma y la implementación de la reducción de jornada se va a pasar de las 40 horas semanales a las 37,5 horas semanales.

Este ajuste tiene como principal objetivo mejorar la conciliación familiar y laboral, así como la calidad de vida de las personas trabajadoras.

 

¿Cómo se aplicará la reducción de la jornada laboral?

En un principio, el Gobierno había propuesto una aplicación progresiva:

  • 2024: reducción a 38,5 horas semanales.
  • 2025: implantación definitiva a 37,5 horas semanales.

Sin embargo, debido a lo avanzado del calendario, esta primera fase no será implementada por razones de viabilidad técnica. Esto deja el camino libre para que la reducción definitiva a 37,5 horas semanales se aplique directamente en 2025.

 

Plazo para adaptarse

Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos que, a la entrada en vigor de esta norma, establezcan una jornada superior a 37,5 horas semanales tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptar sus acuerdos.

¡Importante! Un aspecto clave de esta medida es que la reducción de la jornada laboral no supondrá una disminución del salario. Es decir, las personas trabajadoras seguirán percibiendo el mismo sueldo, a pesar de trabajar menos horas.

Este cambio va a marcar un antes y un después en la forma de trabajar en España con un impacto directo en millones de personas empleadas y en las dinámicas de las empresas.

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¿Cuáles son las últimas novedades sobre la reducción de la jornada laboral en España?

Hace algunos meses, el Ministerio de Trabajo instó a la patronal a presentar una alternativa viable a la propuesta de reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales.

La iniciativa generó críticas, principalmente por la percepción de una falta de diálogo social por parte de organizaciones empresariales como la CEOE y CEPYME.

En respuesta, el Ministerio reafirmó su compromiso de alcanzar un acuerdo conjunto dejando abierta la posibilidad de extender las negociaciones si la patronal flexibilizaba su postura.

Sin embargo, tras meses de conversaciones sin resultados el Gobierno decidió avanzar por su cuenta anunciando que la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales se implementaría por ley.

Finalmente, tras seguir avanzando con el proceso se ha firmado un acuerdo con los sindicatos.

Este acuerdo ha descartado la aplicación gradual inicialmente prevista que contemplaba una primera fase de 38,5 horas en 2024 para aplicar directamente la reducción a 37,5 horas.

 

¿Empezará a aplicarse la jornada laboral a 37,5 horas semanales en enero de 2025? 

La esperada reducción de la jornada laboral a 37,5 horas no será efectiva desde enero de 2025, como inicialmente se había anunciado.

El acuerdo al que han llegado entre el Gobierno y los sindicatos confirma que se va a optar por un enfoque más flexible y, por lo tanto, la medida se implementará de forma gradual a lo largo del año con el objetivo de que esté plenamente vigente para el 31 de diciembre de 2025.

Es decir, el objetivo es que a 31 de diciembre de 2025 todas las personas asalariadas vean recortada su jornada a 37,5 horas semanales.

Este cambio busca dar tiempo a las empresas y sectores a adaptar sus convenios colectivos y dinámicas internas a la nueva normativa.

En el borrador del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada laboral se incluye una Disposición transitoria primera sobre la aplicación de la jornada máxima de trabajo ordinario.

En ella se señala lo siguiente:

«Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos que a la entrada en vigor de esta norma contemplen una jornada superior a las treinta y siete horas y media semanales de promedio anual dispondrán de un plazo hasta 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de lo previsto en esta norma, en particular, lo establecido respecto a la jornada ordinaria de trabajo máxima en el artículo 3 de este Ley».

 

¿Cuándo entrará en vigor la reducción de la jornada laboral? Plazos para incorporar la medida

Como comentamos, la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales no se aplicará de manera inmediata al inicio de 2025.

La medida será implementada de forma progresiva con el objetivo de que esté plenamente vigente el 31 de diciembre de 2025.

Este retraso en la entrada en vigor responde a la necesidad de dar tiempo a las empresas y sectores para:

  • Negociar y reorganizar la estructura de la jornada laboral en cada empresa.
  • Adaptar los convenios colectivos y los sistemas internos de trabajo a la nueva normativa.

La medida se encuentra en proceso de consulta pública.

La clave estará en equilibrar el cumplimiento de los plazos con las necesidades de las empresas y los trabajadores, asegurando una transición eficiente.

 

¿La reducción de jornada influirá en el salario?

No, la medida del Gobierno no implicará ningún tipo de reducción salarial.

Otros países, como Bélgica, han implementado medidas similares, aunque con enfoques distintos.

En Bélgica la reducción de jornada se ha impulsado concentrando las horas de trabajo en 4 días.

Esto significa que se trabaja la misma cantidad de horas, pero distribuidas en menos días o alternando semanas de menor carga horaria con semanas de mayor carga.

Este modelo de reducción de jornada no tiene nada que ver con el español.

En España, la media jornada pasaría de 20 a 19 horas. Si una persona empleada acuerda con su empresa seguir trabajando 20 horas a la semana ganará más por cada hora trabajada en comparación con su jornada anterior.

 

¿Cuánto será lo mínimo que se cobrará por hora tras la reducción de jornada?

Actualmente, el SMI está fijado en 1.323 euros al mes en 12 pagas, lo que equivale a un total anual de 15.876 euros. Si se distribuye en 14 pagas, el salario mensual se reduce a 1.134 euros.

En cuanto al salario mínimo diario este sería:

  • 37,8 euros si se divide en 14 pagas.
  • 44,1 euros si se divide en 12 pagas.

Respecto al salario mínimo por hora es de:

  • 8,28 euros (incluyendo las pagas extras).
  • 8,87 euros (sin incluir pagas extras).

Con la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales el salario por hora aumentará situándose en 9,75 euros.

 

¿Qué pasará con los trabajadores a tiempo parcial en 2025?

El borrador sobre la reducción de la jornada laboral introduce varias novedades específicas para las personas trabajadoras a tiempo parcial:

  • Los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en los casos contemplados en el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  • La suma de las horas ordinarias y complementarias, tanto las previamente pactadas como las voluntarias, no podrán superar el límite legal establecido para el trabajo a tiempo parcial.

 

Conversión a contrato a tiempo completo

Los contratos a tiempo parcial en los que se realice una prestación de trabajo igual o superior, en promedio, a la jornada máxima semanal establecida en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores serán convertidos automáticamente en contratos a tiempo completo.

Esta conversión se aplicará a partir de la entrada en vigor de la nueva jornada máxima de 37,5 horas semanales.

 

Condiciones para otros contratos a tiempo parcial

  • Los trabajadores mantendrán sus horas actuales de trabajo.
  • El salario será incrementado de forma proporcional a la nueva jornada máxima ordinaria.

 

¿Cómo afectará la reducción de la jornada laboral a las horas extra?

El borrador del anteproyecto de ley sobre la reducción de la jornada laboral no contempla aumentar el número de horas extra permitidas legalmente en España para compensar la reducción de la jornada ordinaria.

Para una persona trabajadora con jornada completa las horas extra no podrán superar las 80 al año.

Para las personas con una jornada inferior a la general de la empresa el número máximo de horas extraordinarias anuales se reducirá proporcionalmente a su jornada.

Con los cambios propuestos en el registro horario todo el tiempo transcurrido entre el inicio y la finalización de la jornada, reflejado en el registro, será considerado tiempo de trabajo efectivo.

El tiempo que exceda de la jornada ordinaria será considerado, según corresponda, como horas extraordinarias o complementarias.

 

¿Qué trabajadores podrán beneficiarse de la reducción de jornada?

Como la reducción de la jornada se va a establecer por ley mediante una modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores va a beneficiar a todo tipo de personas trabajadoras, no solo a quienes estén adscritas a un convenio colectivo.

¡Importante! Hay convenios que ya establecen límites de jornadas de trabajo inferiores a las 40 horas semanales, lo que significa que las personas más beneficiadas podrían ser las que no tienen un convenio colectivo de aplicación.

La propuesta de reducción de jornada va a beneficiar positivamente a alrededor de 12 millones de personas empleadas del sector privado.

Además, algunas informaciones han indicado que habrá sectores clave a tener en cuenta, como son la hostelería o el comercio, donde la reducción de jornada debería tener un efecto positivo permitiendo las plantillas disponer de más tiempo libre para ocio.

Los sectores en los que se trabaja más tiempo en España, según la última encuesta de población activa, son la agricultura, ganadería y pesca, además del transporte y almacenamiento, la construcción y el suministro de energía eléctrica.

 

¿Cómo se aplicará la desconexión digital en la reducción de la jornada?

El Gobierno ha señalado que garantizar la desconexión digital es clave para que la reducción de la jornada sea eficaz y respete los horarios de descanso.

Por ello, se modificará el artículo 20 bis para incorporar las siguientes medidas:

Las personas trabajadoras, incluidas aquellas que desempeñan su labor a distancia o mediante teletrabajo, van a tener derecho a:

  • La intimidad en el uso de dispositivos digitales proporcionados por la empresa.
  • La desconexión digital fuera de su horario de trabajo.
  • La intimidad frente a sistemas de videovigilancia y geolocalización, de acuerdo con la normativa de protección de datos y derechos digitales.

Las empresas deberán garantizar que el derecho a la desconexión digital implique:

  • La ausencia de solicitudes laborales fuera del horario de trabajo.
  • La prohibición de comunicaciones de la empresa, sus delegados o terceros con relación comercial, hacia los trabajadores fuera de su jornada laboral.
  • El derecho de las personas trabajadoras a no estar localizables fuera de su horario laboral.

¡Importante! El derecho a la desconexión digital será irrenunciable para las personas trabajadoras.

La negociación colectiva definirá:

  • Modalidades del ejercicio del derecho a la desconexión, medidas y herramientas necesarias para garantizarlo.
  • Acciones de formación y sensibilización sobre el uso adecuado de herramientas tecnológicas para prevenir la fatiga informática.

Habrá excepciones a la prohibición de comunicaciones fuera del horario laboral, permitidas solo en circunstancias excepcionales justificadas, como:

  • Riesgos graves para los trabajadores.
  • Potenciales perjuicios empresariales graves que requieran medidas urgentes.

Además, se va a ofrecer protección a las personas trabajadoras ya que el rechazo o no atención a una solicitud laboral fuera de la jornada laboral no podrá generar consecuencias negativas, represalias ni trato desfavorable hacia esa persona.

 

Así deberá ser el nuevo registro de jornada digital y accesible en 2025

Otra novedad a implementar una vez entre en vigor la reducción de la jornada laboral es la creación de un nuevo registro de jornada digital y accesible para cada persona trabajadora, los representantes sindicales y la Inspección de Trabajo.

La idea es que sea un registro accesible y que no se pueda manipular, garantizando la transparencia y el cumplimiento de la normativa.

Tal y como recoge el borrador del anteproyecto de ley para la reducción de la jornada el registro horario:

  • Debe realizarse personalmente por las personas trabajadoras de forma inmediata al inicio y al final de cada jornada laboral. Es imprescindible que el registro sea independiente y no pueda ser condicionado por la empresa.
  • Para garantizar la veracidad de los datos, el registro deberá permitir identificar de manera inequívoca a la persona trabajadora que realiza el registro y registrar cualquier modificación efectuada.
  • La información reflejada debe ser presentada en un formato claro y comprensible, permitiendo su documentación y la obtención de copias.

Además, las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrán derecho a acceder al registro en el centro de trabajo de forma inmediata y en cualquier momento.

  • La información también deberá estar disponible de manera remota para la ITSS y la representación legal de las personas trabajadoras.
  • En todos los casos, el sistema deberá garantizar la interoperabilidad para facilitar el intercambio de información entre las partes implicadas.

La empresa estará obligada a conservar los registros durante un período de cuatro años.

Reglamentariamente, se establecerá el contenido básico del registro, que incluirá, como mínimo:

  • Formas de identificación del tiempo trabajado.
  • Métodos para documentar y compensar la utilización irregular de la jornada.

El régimen de organización y funcionamiento del registro podrá ser establecido a través de:

  • Negociación colectiva.
  • Acuerdo de empresa.
  • Decisión unilateral de la empresa, previa consulta con los representantes legales de las personas trabajadoras.

En ausencia de previsiones específicas se aplicarán las siguientes normas:

  • Todo el periodo entre el inicio y la finalización de la jornada reflejada en el registro será considerado tiempo de trabajo efectivo.
  • Las horas que excedan la jornada ordinaria tendrán la consideración de horas extraordinarias o horas complementarias, según corresponda, dentro de los límites legales.

La empresa será responsable de demostrar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el registro de jornada.

En caso de incumplimiento:

  • La carga de la prueba respecto a la jornada efectivamente realizada recaerá en la empresa.
  • En contratos a tiempo parcial se presumirá que el contrato es a jornada completa salvo prueba en contrario que acredite la parcialidad de los servicios.

Por supuesto, las personas trabajadoras no podrán ser perjudicadas por realizar correctamente los registros de jornada ni por ejercer cualquier derecho relacionado con el sistema de registro de jornada.

 

¿Cómo serán las sanciones por el incumplimiento de la jornada?

Se van a endurecer las sanciones por el incumplimiento de la jornada imponiendo multas por cada persona trabajadora en lugar de por empresa.

Según el borrador, se va a multar con hasta 10.000 euros por persona trabajadora a las empresas que no cumplan con el registro horario y la reducción de la jornada semanal máxima.

Este cambio representa un endurecimiento significativo de las sanciones actuales en materia de jornada laboral:

  • Se multará a las empresas por cada persona empleada con la que se incumplieran las normas, en lugar de aplicar una sanción general.
  • El importe de las multas consideradas graves pasaría de los 7.500 a los 10.000 euros.

Es decir, las sanciones por no cumplir con el tiempo de trabajo se van a estructurar de la siguiente manera:

  • Multas en su grado mínimo: de 1.000 a 2.000 euros.
  • Multas en su grado medio: de 2.001 a 5.000 euros.
  • Multas en su grado máximo: de 5.001 a 10.000 euros.

Actualmente, y hasta que no entre en vigor la normativa, según la LISOS las multas por no cumplir con los límites legales de trabajo son la siguientes:

  • Multas en su grado mínimo: de 751 a 1.500 euros.
  • Multas en su grado medio: de 1.501 a 3.750 euros.
  • Multas en su grado máximo: de 3.751 a 7.500 euros.

 

¿Qué ventajas tiene la reducción laboral de jornada?

Desde el Gobierno consideran que la reducción de jornada laboral va a contribuir en una mejora de la conciliación laboral y familiar, así como en un aumento de la productividad.

Además, la reducción de jornada podría conllevar la igualdad de oportunidades e influir en una buena salud física y mental de las personas empleadas.

 

¿Qué consecuencias podría tener la reducción de la jornada laboral para las empresas?

La reducción de la jornada laboral podría tener diversas consecuencias para las empresas, dependiendo de su tamaño, sector y estructura de plantilla.

En sectores como el de la peluquería y la estética, la patronal estima que una reducción de 2,5 horas semanales por persona trabajadora podría disminuir la capacidad operativa en hasta un 15%.

Esto afectaría directamente la disponibilidad de servicios y, en consecuencia, los ingresos de los negocios.

Para pequeñas empresas y autónomos, asumir esta reducción sin comprometer la calidad del servicio o aumentar los precios podría resultar especialmente difícil, poniendo en riesgo su viabilidad

Además, en líneas generales, otras posibles consecuencias incluyen:

  • Aumento de los costes laborales. Debido a que la reducción de la jornada no implica una disminución proporcional del salario, las empresas verán incrementado el coste por hora trabajada. Esto puede impactar negativamente en la rentabilidad, especialmente en sectores con márgenes ajustados.
  • Dificultades para mantener el mismo horario. Sectores como la hostelería o el comercio, que dependen de horarios establecidos y atención al público, podrían enfrentar desafíos para cubrir las horas necesarias sin incurrir en costes adicionales por horas extra.

Es importante destacar que las horas extraordinarias generalmente son voluntarias para las plantillas y solo pueden ser obligatorias en situaciones excepcionales o de fuerza mayor.

Sin embargo, en este sentido hay novedades:

 

Trabajo podría retirar las bonificaciones a las contrataciones que hagan las pequeñas empresas para reducir la jornada laboral

Con el fin de atraer el apoyo de la patronal, el Ministerio de Trabajo había propuesto un plan dirigido a pymes con menos de 10 personas empleadas.

Este plan incluía bonificaciones para las nuevas contrataciones necesarias como consecuencia de la reducción de jornada laboral.

Por ejemplo, si una empresa decidía reducir el horario de algunos empleados y necesitaba contratar personal adicional para cubrir esos turnos, esas nuevas contrataciones podrían beneficiarse de bonificaciones, siempre que se tratara de una pyme con menos de 10 personas en plantilla.

Las bonificaciones solo se aplicarían a contratos indefinidos, incluyendo tanto las nuevas contrataciones como la conversión de contratos temporales a tiempo completo.

La medida, conocida como Plan Pyme 375, también contemplaba formación y asesoramiento especializado para ayudar a las pymes a adaptarse al cambio de jornada.

¡IMPORTANTE! Sin embargo, estas bonificaciones podrían no aplicarse finalmente, ya que el Ministerio de Trabajo señaló que, si no se alcanzaba un acuerdo con la patronal, las bonificaciones serían retiradas.

Habrá que esperar a ver qué pasa con esta medida.

 

La Inspección de Trabajo advierte que el acuerdo de la reducción de jornada podría tener problemas para cumplirse

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social advierte que el acuerdo del Gobierno incluye medidas significativas que podrían no cumplirse sin un refuerzo del organismo.

Las críticas por la futura medida se deben a que la Inspección no podría hacer frente a la vigilancia de que se cumpla la reducción de la jornada.

Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.

¿Qué opinas de la reducción de jornada? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Olga Agea

99 Comentarios

  1. Lucas

    Buenas tardes, tengo una duda sobre la reducción de la jornada de 40 horas y es que yo soy discapacitado y ya hago las 37’5h, ¿Esto también se reducirá?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Lucas, hasta que se publique la información completa sobre la reducción de la jornada no podemos ofrecerte una respuesta definitiva. Sin embargo, entendemos que si ya estás trabajando 37.5 horas semanales y esa será la nueva jornada ordinaria tu situación no debería verse afectada. ¡Saludos!

      Responder
    • Micaela

      Hola, yo trabajo en una residencia y cuando empecé con ellos ase 2 años y desde entonces hasta ahora trabajo 7 días a la semana 7 horas diarias y solo un día de descanso, en final trabajo 49 horas y ahora que les decimos de esta reducción, nos dijeron que no se aplica a un horario de 7 horas diarias, que se aplica, sólo, a quien trabaja 8 horas diarias y por encima los días de asuntos propios no ne los quiere dar.

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Micaela, lo mejor es que contactéis con un/a asesor/a laboral que analice vuestro caso y vea realmente qué opciones tenéis. ¡Saludos!

        Responder
  2. poyatos cazorla

    ESTA LEY ES UNA RUINA PARA LA EMPRESAS PEQUEÑAS
    TENDREMOS MUCHOS CIERRES DE EMPRESAS.

    Responder
    • Maria José

      Totalmente de acuerdo.
      Somos una empresa familiar con 18 empleados y no sabemos como ajustar esta nueva «obligación» que no cuenta con el apoyo de la patronal.
      Este 2024, ¿alguien aplicó alguna reducción? ¿A la vuelta de la Navidad que hacemos el día 2 de enero 2025? Ya reducimos…???’ cuantas dudas

      Responder
      • Jorge

        Y los que tenemos convenios por encima de las 160 horas al mes como sector seguridad? como se lo van a hacer? Yo tengo convenio que para 2025 son 163 horas mes y para 2026 162 horas mes

        Responder
    • José Manuel

      Pero no es una ruina cuando nos tienen trabajando a 8 horas con contratos de 5 horas , etc…. a llegado la hora de mirar por nosotros los trabajadores .

      Responder
    • José Manuel

      Pero no es una ruina cuando nos tienen trabajando a 8 horas con contratos de 4 horas , etc…. a llegado la hora de mirar por nosotros los trabajadores . Siempre se mira los empresarios y lo que afecta, pero con nosotros que hacemos?

      Responder
    • Javier

      Si bajan las horas laborables a los asalariarios,
      También bajarán la cota de la seguridad social?

      Responder
  3. Miguel

    ¿Este cambio que tramitación necesita para que se publique en el BOE? Es decir, ¿ha de recibir la mayoría parlamentaria o puede ser aprobada en Consejo de Ministros sin esa mayoría?

    Responder
    • Simona

      Si trabajas como empleada de hogar como se queda día de trabajo?
      En vez de 2 horas de descanso se toma 2 horas y media o en vez de 36 horas de descanso consecutivo va ser 38.5?

      Responder
  4. Miguel

    Según he visto en alguna respuesta la jornada de 40 horas son 1920 anuales (1700 reducidas a 37,5).
    Si estoy en un convenio de 1760 horas anuales y la reducción por ley se aplica al cómputo global la reducción se aplicaria sobre las 1920 (hasta 1700) o sobre las 1760 (hasta 1593,75)?

    Responder
  5. JUAN ANTONIO

    Buenos días, como puedo aplicar la reducción a 37,50 de las horas en el día a día, no me he enterado bien

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan Antonio, aun no se ha publicado en el BOE la reducción de la jornada laboral por lo que habrá que esperar para conocer los detalles de su aplicación. ¡Un saludo!

      Responder
    • Álvaro

      Hola dicen que va a pasar 6 meses hasta que hagan la reducción a 37’5h nos metemos en junio, entonces será en esa fecha cuando empiece a reducir la jornada anual o empieza a contar desde el 1 enero para las horas anuales, gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Álvaro, actualmente hay mucha falta de información sobre este tema. Hasta que no se publique la normativa no podremos saber con certeza cómo se aplicará la reducción de jornada. Os mantendremos informados. ¡Un saludo!

        Responder
    • Edu

      ¿Esto implica de facto un reducción de las horas anuales a trabajar fijadas en cada convenio?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Edu, una vez entre en vigor la medida los convenios colectivos deberán adaptarse a la nueva jornada laboral de 37,5 horas semanales. ¡Saludos!

        Responder
  6. Jennifer

    Hola yo tengo un tercio de jornada, y ya trabajo muy poco alguien sabría decirme cuantas horas me corresponderían cuando se apliquen las 37.5h, gracias

    Responder
  7. Leyre

    Esta reducción de horas semanales implica una reducción de horas anuales? por que si, según convenio hay 1747 divididas en jornadas de 40h salen X días de vacaciones pero si reducimos la jornada y no las horas anuales salen menos días de vacaciones.

    Responder
  8. Lidia

    Hola, si no es posible reducir la jornada a 37.5 horas al ser una clínica y tener citas de 1 hora de duración, ¿se pueden dar esas horas en dias libres? Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Lidia, dado que la medida aún no ha sido publicada desconocemos los detalles específicos. Tendremos que esperar para ver si se establecen normas claras sobre la reducción de jornada y la compensación de horas en el sector sanitario. Un saludo.

      Responder
  9. Mohamed jpudar

    Hola, vengo de Marruecos, busco trabajo. Estoy desempleado. Muchas gracias

    Responder
  10. Maria

    Si tengo una jornada reducida por cuidado de menor de 12 años y ahora hago 30h semanales, en este supuesto caso, si se hacen menos horas, debería subirme el sueldo proporcionalmente? o en ese caso se reduciría el numero de horas de trabajo a menos de 30h? Podría acogerme a cualquiera de las dos? debería aumentar mi horario de trabajo a 40h semanales antes de que aplique la ley para protegerme?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Maria, lo más probable es que tu jornada de 30 horas semanales se mantenga, al menos en un inicio. Dado que ya cuentas con una reducción por motivos de conciliación es poco probable que se te reduzca aún más. Sin embargo, tendremos que esperar la publicación de la medida para obtener más detalles sobre casos específicos. Un saludo.

      Responder
  11. mary

    buenas. en una empresa centro de discapacitados con jornadas de 13 h de las cuales se descuenta media hora de almuerzo y una hora de comida …y las noches idem. se implantara esta nueva ley de reduccion de jornada?o sea hacen 40 h librando varios dias a la semana pero el dia o noche que van son 13h alli. muchas gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Mary, aún no se ha publicado la medida, por lo que faltan muchos detalles por conocer. Es posible que se establezcan excepciones para ciertos sectores, como el sanitario, donde una reducción de jornada podría afectar la prestación de servicios esenciales. Tendremos que esperar para obtener más claridad al respecto. Un saludo.

      Responder
  12. María

    ¿Podrá un empresario aumentar el tiempo de la comida para evitar que trabajemos media hora menos? En mi empresa se escuchan campanas de que en lugar de media hora para comer, nos pondrán 1h, cosa que no tiene sentido porque comemos en la misma empresa y nos sobrará media hora de tiempo muerto. Con lo cual, no sólo no tendremos beneficio de reducción de jornada, sino un perjuicio.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola María, habrá que esperar para conocer más detalles una vez se publique la normativa. Un saludo.

      Responder
    • Martin

      Si tengo una jornada laboral de 6 horas y 6 días a la semana, se verá aumentado mi salario con la nueva normativa?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Martin, es probable que tu salario se incremente si tu contrato o convenio colectivo así lo estipulan. En cualquier caso, habrá que esperar hasta conocer más detalles una vez comience a aplicarle la reducción de la jornada. Un saludo.

        Responder
    • miguel

      eso no solo lo va a hacer tu empresa. lo van a hacer muchas. así se aseguran de que estes en tu puesto las 8 horas. hecha la ley hecha la trampa

      Responder
  13. Marian

    Buenos días,
    Tengo una jornada de lunes a sábado de 34h semanales, cuando se apruebe le reducción de jornada, porque en este momento mi convenio marca la jornada de 40 horas semanales, por lo tanto, yo estoy haciendo en estos momentos un porcentaje del 90%, con reducción de jornada estaré haciendo el 93,50%. Me tendrán que subir el sueldo? Y de que conceptos porque en la nomina tenemos: Salario base, Mejora voluntaria. Lo tienen que calcular de todo, ósea del total devengado, o solo del salario base?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Marian, habrá que esperar hasta que se publique la reducción de jornada para conocer detalles específicos. En teoría, estarías trabajando un porcentaje mayor por lo que igual debería ajustarse tu salario en función a ello. Sin embargo, hasta no tener la normativa publicada no disponemos de mucha más información. Un saludo.

      Responder
  14. Paula

    Mi convenio es oficinas y despachos y somos mozos de almacén a nosotros nos podrían hacer la reducción de jornada.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Paula, habrá que esperar hasta que se publique la normativa que regule la reducción de jornada para conocer con detalle cómo será su aplicación y de qué manera afectará a cada colectivo. Un saludo.

      Responder
    • Raquel

      Hola, pero cuando entre en vigor esta ley de reducción de jornada, se supone que [en mi caso trabajo de 8.00 a 16.00 lunes a viernes,] , si o si la tiene que aplicar la empresa? Es Obligatorio? Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Raquel, habrá que esperar a que se publique la medida para conocer todos los detalles. En principio, la jornada laboral no podrá superar las 37,5 horas semanales, aunque es probable que existan casos específicos, como en el sector sanitario, donde podrían aplicarse ciertas particularidades. ¡Saludos!

        Responder
  15. Elena

    Hola, y si trabajo 20 horas semanales? Qué pasará?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Elena, trabajando 20 horas semanales ya estarías por debajo del límite legal de horas. Sin embargo, a largo plazo la reducción de la jornada podría beneficiarte, ofreciendo mayor proporcionalidad y flexibilidad. De todos modos, será necesario esperar a que la medida se haga efectiva para conocer todos los detalles. Un saludo.

      Responder
      • Agustin

        Contras más

        Responder
  16. Matilde

    Si se aprueba la reducción de la jornada laboral este año,tendrá efecto retroactivo a todo el año?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola. Se desconoce todavía, habría que esperar a que se publique la norma. Un saludo

      Responder
      • Ramón

        La reducción de jornada laboral, ¿se aplicará a todos independientemente del cómputo anual de horas que se deben trabajar? O si trabajas x horas anuales no puedes beneficiarte.

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Ramón, a partir de 2025 todas las personas empleadas tendrán derecho a trabajar un máximo de 37,5 horas semanales. El cómputo anual de horas se ajustará proporcionalmente a esta nueva jornada. No obstante, si tu jornada actual ya es inferior al nuevo límite legal, esta medida no te afectará. Un saludo.

          Responder
    • Germán Martín

      Alguien me sabe decir cómo queda el convenio de seguridad privada? Para empezar es un sector de personal come horas, que hacen más de 80 horas extras al mes cuando es máximo al Año,las empresas callan,el gobierno calla,así solo ganan los empresarios y el personal no tiene conciliación familiar como se busca.HECHA LA LEY HECHA LA TRAMPA!!!! Seguimos igual,el sector haciendo mogollón de horas y NADIE se moverá

      Responder
  17. antonia

    Buenas tardes!! tengo una reducción de jornada del 9,68% que firmé de forma voluntaria, quedando la jornada de 40h a 35 h semanales (puesto que los 3 meses de verano siempre hemos trabajado 35 h. semanales). Cuando la reducción a 38,5 h semanales sea efectiva entonces el porcentaje de reducción de 38,5 h a 35 h será del 6,98%. Tendrán que cambiarme el porcentaje de reducción en el contrato que firmé y en el sueldo? o bien ese 9,68% equivaldrá ahora a 54 h anuales más de reducción…

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Antonia, por ahora no sabemos exactamente cómo se aplicará la reducción de jornada ni cómo afectará a situaciones específicas. En principio, no debería ser necesario modificar el contrato firmado inicialmente, ya que la reducción estaba pactada y se aplicó correctamente. Sin embargo, cuando la reducción de la jornada laboral entre en vigor, tendremos más información al respecto. Un saludo.

      Responder
      • Margarita peña

        Deberían de tener en cuenta el horario de las internas y permitir que se vayan los viernes y regresen los domingos, es una cárcel el trabajo de las empleadas de hogar interna

        Responder
    • Pilar

      Hola, trabajo de gerocultora en una residencia, para aplicar la reducción de jornada de 38’5 horas , me han cambiado el horario sin mi consentimiento, entro media hora más tarde y ahora debo días a la empresa , y me han cogido los días de libranza que ellos han querido para devolver esos días que debo.
      Mi pregunta es si pueden hacer eso.

      Responder
    • Sergio

      Buenas noches::
      Estoy trabajando de conserje y trabajo 52 horas semanales y trabajo de domingo a viernes. Descanso los sábados.
      Ahora que se puede hacer si vamos a tener los conserjes reducción de jornadas laborales .

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Sergio, habrá que esperar hasta que se publique la normativa que regule la reducción de jornada para conocer con detalle cómo será su aplicación. Os iremos informando en cuanto tengamos novedades. Un saludo.

        Responder
    • Rosa

      Hola, las horas de reducción de jornada laboral se sumarán en días o sera para reducir la jornada diaria?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Rosa, la Ley aún no está completamente definida por lo que habrá que esperar hasta que se publique para conocer este tipo de detalles. Os iremos informando. Un saludo.

        Responder
        • Maria

          Hola, mi jefe decidió cerrar media hora antes el establecimiento supuestamente por falta de clientes, todas firmaron a 37,5 horas semanales y otras no firmamos y seguimos a 40 horas. Si saliese esa reducción ya no le debería a mi jefe las horas que no hago semanales ¿no? Porque hasta ahora, al final de año siempre me hace cómputo y si le debo me lo descuentan. Gracias

          Responder
          • Olga Agea

            Hola María, lo ideal es que firmaseis un contrato laboral con las nuevas condiciones para evitar malentendidos. Un saludo.

  18. Sergio

    Buena noches.. En el sector de hostelería… Como afectará esta nueva ley?? O es sector excluido?!!!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Sergio, habrá que esperar para conocer detalles sobre esta medida. En cualquier caso, entendemos que tendrá impacto en todos los sectores, incluida la hostelería. Un saludo.

      Responder
      • Asier

        La reducción de horas a la semana implicaria ¿una reducción de las horas anuales del convenio? O ¿se prevé la reducción de las horas anuales del convenio?

        Responder
  19. MARTA

    Qué pasará si ya tengo 38,5 con un contrato a tiempo parcial?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Marta, habrá que esperar hasta que se publiquen los detalles de esta medida para saber cómo afectará a los contratos vigentes. Un saludo.

      Responder
      • Dolores Arribas Olivera

        Para cuando se supone que se publicará en el Boe la reducción de horas laborables?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Dolores. Se desconoce todavía es una propuesta de Ley y tiene que seguir todos los trámites

          Responder
    • pilar

      Hola.
      Que pasarás directamente a estar a jornada completa

      Responder
  20. Jenifer

    Sí tengo reducción de jornada por cuidado de menor a 35 horas semanales, cuando entre en vigor la reducción a 38,5 horas, ¿me corresponde entonces una subida de salario si yo sigo trabajando las mismas horas al ser la reducción de jornada en un menor porcentaje?

    Responder
  21. José Antonio

    La reducción de la jornada laboral será real o presencial?

    Responder
    • KK

      ¡Virtual!

      Responder
  22. Charly

    Hola, a mi me parece muy bien, si yo hago 35 horas semanales y estoy muy contento

    Responder
  23. Victor

    El sector donde se hacen mas horas es seguridad privada.
    Soy auxiliar y cuando leo a los vigilantes….en fin, no puedo estar mas deacuerdo. Yo despues de 8 años de servicio de los cuales 6 en turno de noche, turnos de 12 horas (ya quitados) al menos en «mis servicios», llamadas mes si y mes tambien y un largo etc de abusos y mentiras, coacciones y amenazas, retenes a boli en los cuadrantes sin pagar disponibilidad y aplicando un computo anual (distribucion irregular) que no esta negociado…esta todo denunciado. Es lamentable que si no te plantas y te arriesgas a replesalias e incluso a perder el trabajo tengas que hacer cuadrantes, repito cuadrantes (no fuerzas mayores) de mas de 200 horas, muchas en festivos y fines de semana con lo cual cualquier conciliacion es imposible y la depresion está servida. 41 años y me han jodido la vida. Seguridad privada igual a explotacion sin escrupulos. Y trabajo para la empresa lider en el sector, una multinacional….alguien adivina?? En su app los informes de trabajo lo reflejan tal cual lo estoy contando, yo no se porque no les intervienen…alguien me puede decir algo a respecto de esta retaila??

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Víctor, no dudes en denunciar ante la Inspección de Trabajo cualquier tipo de abuso o vulneración de tus derechos. Un saludo.

      Responder
  24. Jacinto

    Es totalmente absurdo éste tipo de leyes si luego existen en los convenios herramientas como los planes flexibles que permiten a las empresas a obligar a sus trabajadores a hacer jornadas de 8 horas en fines de semana. Conciliación familiar trabajar 30’ o 1 hora si cabe menos al día y que luego me activen un plan flex y me obliguen a trabajar el sábado 8 horas más , es ridículo , tendrían que empezar por eliminar ése tipo de artículos en los convenios .

    Responder
  25. Cristina cortes Vidal

    La Jornada Anual de 38 h semanales el horario cual debería ser.??. Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Cristina, la jornada se podría distribuir de forma diferente en función de las necesidades de la empresa y de la persona trabajadora. Podría ser a jornada partida o continua, por ejemplo. Un saludo.

      Responder
      • Luz

        Me da la sensación que los trabajadores del sector alimentación (supermercados) no habrá reducción.

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Luz, estamos pendientes de las negociaciones y el desarrollo de las medidas que se implementen para iros informando. Un saludo.

          Responder
  26. Juan Carlos marti

    Que pasa si trabajo en un servicio que no se puede aplicar la reducción de jornada laboral a 38’50 se me deberían de pagar como extra

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan Carlos, la reducción de la jornada laboral a 38,5 horas no se aplica a todos los sectores, por lo que entendemos que si tu trabajo se encuentra en uno de los sectores excluidos no tendrías derecho a la reducción de jornada, y tampoco tendrían que pagarte las horas que trabajas por encima de las 38,5 horas como extras. En cualquier caso, habrá que esperar para conocer cómo se va a aplicar esta medida. Un saludo.

      Responder
  27. Iker

    Hola, es normal trabajar una media de 240 horas al mes? Que te llamen de un dia lara otro todos los meses oada cubrir bajas, o que no te paguen conceptos? Bajo amenazas?trabajo en seguridad privada

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Iker, la jornada laboral máxima legal es de 40 horas semanales, por lo que si trabajas 240 horas al mes esto supone una extralimitación de tu jornada. Tampoco deberían llamarte de un día para otro para cubrir bajas, y, por supuesto, deberían pagarte los conceptos salariales. Te recomendamos consultar con un/a asesor/a laboral que estudie tu caso y te ayude a defender tus derechos. Un saludo.

      Responder
  28. Inmaculada

    Buenas tardes,trabajo en unos grandes almacenes,es legal que no nos paguen los festivos aunque en nuestro contrato conste que trabajamos de lunes a domingo?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Inmaculada, en general si trabajáis un festivo deberíais tener una compensación. Esta compensación podría suponer un pago con recargo o disfrutar de un día de descanso por ese festivo. Un saludo.

      Responder
      • Dora Rosa Hernández Hernández

        Hola buenas tardes en 2010 me hicieron reducción de jornada por la cricis y me quedé trabajando 38 horas semanales ahora me tendrían que subir el sueldo por qué ya la tengo reducida gracias a la espera de que me contesten

        Responder
  29. Diego

    «Los sectores en los que se trabaja más tiempo en España, según la última encuesta de población activa, son la agricultura, ganadería y pesca, además del transporte y almacenamiento, la construcción y el suministro de energía eléctrica…» el que hizo la encuesta no ha encontrado a nadie que trabaje en la hostelería, ya que en el momento de hacerla, seguro estaba currando. Un chiste…

    Responder
    • Fran Pérez

      Hola Enrique, yo también trabajo en seguridad privada y ya te digo yo que a nuestro sector lo dejarán fuera de esta ley y tendremos que seguir haciendo las 1782 h anuales efectivas. Un saludo.

      Responder
      • Noel

        ¿Y te quejas? ¿Sabes cuántas horas trabaja de media un conductor de camión o de autocar de turismo, a la semana? Porque yo, lo MÍNIMO que he trabajado con el camión (transporte de maquinaria de alquiler) eran 12 horas al día de lunes a viernes, pero en el autocar discrecional, trabajaba 19 HORAS DIARIAS DE LUNES A DOMINGO. Y, con el tráiler (por aquí, durmiendo en casa) de 13 a 16 horas al día.

        Si ya hablas de un conductor nacional o internacional, son SEMANAS las que pasa en su puesto de trabajo (que sí, que mientras duerme no está trabajando, pero SIGUE EN SU PUESTO DE TRABAJO… y con las consecuencias de ello si te roban gasoil, carga o te asaltan por la noche).

        La jornada ANUAL más corta que yo he hecho en transporte han sido 2.800 horas y la más larga pasaba cómodamente de las 4.000. Y eso SIN hacer ruta nacional ni internacional. ¡Ah! Y sueldo base pelao con pagas y dietas incluidas (vamos, la comida SI comías en restaurante a menú [baratillo eh?], que si llevabas tupper de casa, ni eso).

        Una de las muchas razones por las que mandé el sector a la mierda hace 7 años, los mismos que llevo trabajando 8 horitas al día de lunes a viernes en una fábrica al ladito de casa.

        Responder
  30. ENRIQUE ALFONSO GARCIA

    TRABAJO COMO VIGILANTE DE SEGURIDAD , MI JORNADA ANUAL ES DE 1782 HORAS . ¿ CON LAS 38,5 SEMANALES NOS REPERCUTIRIA EN ALGO?.

    GRACIAS

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Enrique, es importante destacar que la reducción de la jornada laboral aún no ha entrado en vigor por lo que desconocemos cómo se aplicará en cada caso. Un saludo.

      Responder
      • David

        Trabajo en el aeropuerto mi jornada es de 7h diarias trabajo 6 diasy libro 2 días la semana antes de la libranza son 42h semanales esto sería legal?me dicen que como las semanas son de lunes a domingo eso no cuenta es así?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola David, algunos convenios colectivos pueden permitir una jornada superior a 40 horas, pero siempre que se compense con descansos adicionales o con una reducción de la jornada en otro momento del año. Por eso, es recomendable que consultes tu convenio para ver si se establecen excepciones a la jornada máxima legal. Un saludo.

          Responder
    • Yassine

      Compañero si devidimos la jornada anual en 12 meses saldria 148.5 horas y nos dicen que el convenio son 162 mira cuantas horas nos estan robando

      Responder
      • Antonio

        Buenas, creo que estás equivocado, no es dividir las 1782h entre 12 meses, si no entre 11, pues yo a menos tengo mi mes de vacaciones, así pues salen las 162h mensuales que estamos echando a fecha de hoy, a la espera que se aplique la reducción de jornada laboral. Un saludo.

        Responder
      • Inmaculada

        La jornada anual de 40horas semanales ,cuántas horas anuales suponen?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Inmaculada, en teoría la jornada de 40 horas semanales supondría unas 1.920 horas anuales. Un saludo.

          Responder
          • Juan Pérez

            Como afectará al sector de la seguridad privada la jornada de 37’5h , cual será el cómputo anual

          • Olga Agea

            Hola Juan, habrá que esperar hasta que entre en vigor la medida para conocer detalles específicos. Un saludo.

        • Magdalena Recasens jimenez

          Buenas si yo trabajo de 14a22 a qué hora tendría que terminar con la reduccion

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Magdalena, el horario para la reducción de jornada no está fijado de forma estándar. Dependerá de las políticas de tu empresa, así como de lo establecido en tu contrato de trabajo o el convenio colectivo aplicable. ¡Un saludo!

      • FERNANDO GONZALEZ

        El mes de vacaciones no lo cobras?

        Responder

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