Seleccionar página
Cómo corregir errores en la Renta con la Complementaria calculada

Cómo corregir errores en la Renta con la Complementaria calculada

El 1 de julio finalizó el plazo para presentar la Declaración de la Renta 2023.

Sin embargo, hay contribuyentes que puede que hayan cometido errores de pequeño importe. Estos errores pueden ser corregidos de manera voluntaria y sin necesidad de una comprobación adicional de la AEAT.

El proceso se realiza a través del nuevo servicio denominado Complementaria Calculada.

¿Cómo corregir errores en la Renta con la Complementaria Calculada? Te contamos cómo funciona este servicio, a continuación:

 

¿Qué es la Complementaria Calculada?

La Complementaria Calculada es un nuevo servicio habilitado por la Agencia Tributaria que permite a los contribuyentes corregir pequeños errores en la declaración de la Renta de forma sencilla y rápida.

Este servicio facilita la subsanación de errores de importe no muy elevado sin la necesidad de iniciar un procedimiento de comprobación por parte de la AEAT.

Por tanto, por primera vez la Agencia Tributaria ofrece un servicio que permite a los contribuyentes que han presentado la declaración de la Renta:

  • Corregir pequeños errores. Se pueden rectificar errores menores de forma voluntaria.
  • Evitar recargos y sanciones. Se puede realizar la corrección sin recargos de intereses ni sanciones adicionales.

 

Banner Cfa Grupo2000

¿Cómo funciona la Complementaria Calculada?

En primer lugar, desde Hacienda avisan a los contribuyentes sobre la detección de errores en el IRPF incluyendo ajustes para subsanar la declaración anterior.

El contribuyente tendrá que acceder a la página web o app de la Agencia Tributaria e ingresar en ‘Servicio de tramitación de borrador / declaración (Renta Web)’.

Después, hará clic en ‘Complementaria Calculada’.

Ahí podrá visualizar el concepto en el que se han detectado diferencias entre la declaración presentada y la información de la que dispone la AEAT.

 

¿El contribuyente está de acuerdo con la información que Hacienda proporciona?

  • Confirmará la Complementaria Calculada y se entenderá presentada la nueva declaración online.
  • Para ello, tendrá que seleccionar ‘Modificar declaración’ y seguir los pasos que se van indicando.

 

¿El contribuyente no está de acuerdo y considera justificada la discrepancia?

  • No tendrá que aportar documentación adicional.
  • Simplemente continuará con la declaración original, siempre que esté seguro de que los datos proporcionados son correctos.

 

¿En qué casos podrá usarse la Complementaria Calculada?

La Complementaria Calculada puede usarse si:

  • Hay un error en la declaración del IRPF.
  • Existen pequeñas discrepancias entre los datos comunicados por el contribuyente y los datos que tiene Hacienda.

En este último caso, no será necesario que el contribuyente presente ningún tipo de documentación si la discrepancia está justificada.

 

¿Es lo mismo la Complementaria Calculada que la declaración complementaria?

No, se trata de dos declaraciones diferentes.

La declaración complementaria se usa para corregir datos o para incluir información que se había omitido.

Se puede hacer hasta 4 años después de la fecha de finalización de la presentación de la declaración.

 

¿Qué ventajas tiene la Complementaria Calculada?

La ventaja principal es que los contribuyentes van a poder subsanar discrepancias sin tener que iniciar procedimientos de comprobación adicionales del trámite del IRPF.

Esta simplificación del proceso permite revisar y confirmar la información de forma online sin tener que realizar ningún tipo de desplazamiento.

Además, se pueden corregir errores sin que haya recargos de intereses ni ningún tipo de sanción.

 

¿Cómo son las cartas que está enviando Hacienda tras detectar errores en la Renta?

Hacienda ha enviado más de 80.000 cartas para prevenir posibles sanciones a los contribuyentes ofreciéndoles la posibilidad de rectificar errores u omisiones.

Se trata de unos avisos preventivos que, por primera vez, se han enviado a través del portal Renta Web y no solo por carta como de costumbre.

El objetivo de Hacienda es que los contribuyentes puedan verificar la información para valorar si deberían presentar o no una declaración complementaria.

Si se detecta un error y no se subsana Hacienda entenderá que esa persona está intentando engañar al fisco por lo que procedería a aplicar una sanción económica, cuya cuantía puede ser de entre 100 y 200 euros.

¿Conocías estas novedades habilitadas por Hacienda? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales durante su vigencia.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner Cfa Grupo2000
Multas de hasta 750 euros por no tener visible el calendario laboral

Multas de hasta 750 euros por no tener visible el calendario laboral

¿Conocías esta obligación? Las empresas podrían enfrentarse a multas de hasta 750 euros por no tener visible el calendario laboral en el centro de trabajo.

Te lo contamos todo, más abajo.

 

¿Tiene tu empresa el calendario laboral expuesto en el centro?

Aunque se trata de una obligación poco conocida, el hecho de no tener el calendario laboral expuesto en el centro de trabajo podría suponer una multa de hasta 750 euros para las empresas. Esta cantidad, en los casos de pequeñas empresas, puede representar un desafío significativo.

Es fundamental que las empresas, independientemente de su tamaño, cumplan con esta normativa para evitar sanciones.

Además, tener el calendario laboral visible contribuye a una mejor organización y planificación del trabajo.

Banner Cfa Grupo2000

¿Por qué tienen las empresas que exponer su calendario laboral?

Esta obligación está recogida en el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores, que establece:

 “Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo”.

La normativa tiene como objetivo garantizar la transparencia y la organización dentro de las empresas.

Además, permite a las plantillas conocer sus horarios y períodos de descanso.

 

Sanciones por incumplimiento

La Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) recoge esta infracción dentro de las leves, por lo que la sanción podría variar en función de la gravedad.

  • Grado mínimo: entre 70 y 150 euros.
  • Grado medio: entre 151 y 370 euros.
  • Grado máximo: entre 371 y 750 euros.

 

¿Qué tiene que incluir el calendario laboral?

El calendario laboral debe incluir, según lo establecido en el convenio colectivo aplicable, la siguiente información:

  • El horario de trabajo. Las horas de inicio y finalización de la jornada laboral.
  • La distribución anual del trabajo y la jornada ordinaria. Cómo se distribuyen las horas de trabajo a lo largo del año y la jornada laboral estándar.
  • Días festivos. Los días no laborables a lo largo del año.
  • Días laborables. Los días en los que se trabajará.
  • Descansos semanales. Los días de descanso semanal obligatorios.
  • Descansos entre jornadas. El tiempo de descanso entre una jornada laboral y la siguiente.
  • Vacaciones anuales (si son generales). El período establecido de vacaciones para toda la plantilla.

 

¿Cuáles son los beneficios de tener un calendario laboral?

Tener un calendario laboral visible y accesible ofrece diversos beneficios para la empresa y su plantilla:

  • Planificación eficiente: Facilita la organización y asignación de tareas optimizando el uso del tiempo y los recursos.
  • Resolución de conflictos: Ayuda a prevenir y resolver malentendidos sobre días de trabajo y días libres.
  • Transparencia: Promueve la claridad en cuanto a horarios y días de descanso fortaleciendo la confianza entre la empresa y el personal.
  • Cumplimiento legal: Garantiza que la empresa cumple con las normativas laborales evitando sanciones.

 

¿Cómo se implementa el calendario laboral?

Implementar un calendario laboral de manera efectiva implica seguir varios pasos clave:

  • Recopilación de información. En primer lugar, hay que identificar los días festivos nacionales, regionales y locales para tener en cuenta las festividades que influyen en el centro de trabajo.
  • Establecimiento de la jornada laboral. Después, se define la jornada laboral según los turnos y modalidades de trabajo (presencial, teletrabajo o modalidad mixta).
  • Exposición del calendario. Por último, tiene que colocarse el calendario laboral en un lugar visible y al alcance de la plantilla.

¿Conocías esta obligación para las empresas? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales. Para más información, ¡contáctanos!

Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner Cfa Grupo2000
Ayudas de 2.000 euros para contratar en Guadalajara

Ayudas de 2.000 euros para contratar en Guadalajara

¿Eres autónomo o diriges una empresa y estás considerando ampliar tu plantilla? Presta atención a estas ayudas de 2.000 euros para contratar en Guadalajara a personas desempleadas.

Las subvenciones, publicadas en el BOP de Guadalajara (nº 150, el martes 6 de agosto de 2024) tienen como fin fomentar el empleo y apoyar a las empresas en su crecimiento.

A continuación, te contamos qué requisitos debes cumplir y cómo solicitarlas.

 

¿Cómo son las ayudas de 2.000 euros para contratar a jóvenes en Guadalajara?

Estas ayudas están dirigidas a empresas, tanto personas físicas como jurídicas, que realicen contrataciones de personas desempleadas.

El objetivo principal es financiar los costes salariales y de Seguridad Social asociados a la incorporación de nuevas personas trabajadoras, promoviendo el empleo.

Banner Cfa Grupo2000

¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas de 2.000 euros para contratar a jóvenes en Guadalajara?

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas de carácter privado, que formalicen contratos con personas desempleadas.

Para ello, deberán:

  • Tener domicilio fiscal o centro de trabajo en el municipio de Guadalajara o desarrollar actividad económica en el municipio de Guadalajara.
  • No concurrir ninguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Administración Tributaria Estatal, o con el Ayuntamiento de Guadalajara.

No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:

  • Las Administraciones Públicas, las sociedades públicas ni las entidades vinculadas o dependientes de cualesquiera de ellas.
  • Las empresas acogidas a cualquier plan de recolocación.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las personas contratadas en Guadalajara?

Las personas contratadas deberán:

  • Estar empadronadas en el municipio de Guadalajara con una antigüedad mínima de 12 meses con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
  • Ser personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con carácter previo a la contratación.

Por otra parte, no podrán ser subvencionados los contratos celebrados con personas incursas en alguno de los siguientes supuestos:

  • El empresario, cuando se trate de persona física, no podrá contratar a su cónyuge (o persona con la que mantenga relación de análoga afectividad), ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado incluido.
  • Los administradores, apoderados, miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
  • Los socios de empresas que revistan la forma jurídica de sociedad que posean al menos la tercera parte del capital social.
  • El cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes, por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive, de las personas incursas en los supuestos de la letra anterior.

 

¿Qué tipo de contratos se pueden subvencionar con la ayuda de 2.000 euros en Guadalajara?

Se subvencionarán las contrataciones de carácter temporal o indefinido, a jornada completa.

En cualquier caso, las contrataciones subvencionables deberán tener una duración mínima de 6 meses, por lo que el contrato de formación en alternancia sería compatible con esta ayuda.

Para los contratos con una duración de 6 meses se ofrecen 2.000 euros.

Se podrán subvencionar las contrataciones laborales que se hayan realizado desde el 1 de enero de 2024.

Si la persona contratada se da de baja será posible sustituirla por otra persona que cumpla los requisitos indicados.

 

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta agotar el crédito existente, y en todo caso, hasta el 15 de noviembre de 2024.

La solicitud se deberá presentar de forma telemática utilizando el Modelo 1119-2 en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara.

¿Conocías esta ayuda? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Te permitirá contratar hasta 2 años sin costes en los Seguros Sociales.

Y si deseas aprovechar esta oportunidad y firmar un contrato de formación compatible con esta ayuda disponible en Guadalajara, ¡te ayudamos!  

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner Cfa Grupo2000
¿Cuándo está prohibido trabajar al aire libre durante una ola de calor?

¿Cuándo está prohibido trabajar al aire libre durante una ola de calor?

Debido a las altas temperaturas registradas en los últimos veranos, surge una duda frecuente: ¿cuándo está prohibido trabajar al aire libre durante una ola de calor?

En mayo de 2023, entró en vigor el RD Ley 4/2023 que incluyó una medida significativa: la prohibición de realizar trabajos al aire libre durante situaciones de olas de calor extremas.

Pero, ¿afecta esta medida a todos los trabajos? ¿Cuándo se considera que hay una ola de calor? Solventamos tus dudas y analizamos los detalles de esta prohibición, a continuación.

Además, te recordamos que desde mayo de 2024 ya está activo el Plan Nacional de actuaciones preventivas de los efectos del exceso de temperatura sobre la salud.

Este plan tiene como objetivo prevenir los efectos negativos del calor extremo en la salud de las personas trabajadoras.

Banner Cfa Grupo2000

¿Cuándo están prohibidos los trabajos al aire libre ante una ola de calor?

En mayo de 2023, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-Ley 4/2023, que introdujo modificaciones significativas en la normativa sobre las condiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo.

Esta reforma surgió como respuesta a los graves incidentes derivados de la falta de medidas adecuadas, subrayando la necesidad de fortalecer el marco jurídico para la prevención de riesgos laborales.

El Real Decreto-Ley 4/2023 modificó el Real Decreto 486/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Con estas modificaciones, se incluyó la obligación de implementar medidas adecuadas para proteger a las personas trabajadoras frente a riesgos específicos, incluyendo los asociados a las olas de calor.

A continuación, detallamos cuándo se consideran prohibidos los trabajos al aire libre en situaciones de ola de calor y las medidas a adoptar para garantizar la seguridad y salud de las plantillas:

 

¿En qué casos está prohibido trabajar al aire libre ante una ola de calor?

El trabajo al aire libre está prohibido en los siguientes casos:
  • Cuando se produzcan fenómenos meteorológicos adversos que afecten al correcto desarrollo de la actividad laboral durante las horas del día en las que estos concurran.

En estos casos, es necesario adaptar las condiciones de trabajo.

  • Cuando la Agencia Estatal de Meteorología, o en su caso, el órgano autónomo correspondiente que cuente con ese servicio, emita un aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo.

De ser así, se tendrán que reducir o modificar las horas de desarrollo de la jornada laboral prevista.

En el caso de que haya alerta por altas temperaturas, las empresas estarán obligadas a:

  • Interrumpir los trabajos que se realicen al aire libre.
  • Reducir la jornada laboral de la plantilla.
  • Fomentar la flexibilidad horaria.
  • Redistribuir la jornada para evitar realizar tareas en las horas de mayor riesgo.

Estas medidas se implementan para evitar que algunas tareas se desarrollen a ciertas horas del día en las que existan riesgos que puedan afectar a la salud de las personas trabajadoras.

Previamente, algunos sectores como el de la construcción ya aplicaban medidas similares.

De hecho, en el convenio de la construcción se establece la jornada intensiva desde el 11 de junio hasta septiembre, con las horas no trabajadas recuperables en invierno.

 

¿Están obligadas las empresas a incluir en sus planes de riesgos laborales medidas específicas para las olas de calor?

Sí, las empresas tienen que incluir en sus planes de riesgos laborales medidas específicas que indiquen cómo actuar en caso de olas de calor.

Cada compañía debe evaluar y determinar qué actividades laborales deben suspenderse o adaptarse durante episodios de calor extremo.

Además, es crucial considerar las características de cada persona trabajadora asignada a una actividad laboral.

Por ejemplo, no es lo mismo una persona de 22 años en buen estado físico que una persona con 55 años con problemas cardiovasculares.

Es fundamental analizar tanto la naturaleza de la tarea como las condiciones físicas de quien la desempeña.

 

¿Cuándo se activan las alertas por olas de calor?

La AEMET es la entidad responsable de emitir alertas por riesgo de olas de calor. Estas alertas se clasifican en cuatro niveles según su peligrosidad:

  • Nivel verde. En este caso, no hay ningún tipo de riesgo.
  • Nivel amarillo. El riesgo es limitado y solo afectaría a personas que se encuentren en la zona en la que se produciría el fenómeno adverso.
  • Nivel naranja. Existe un peligro significativo cuando se activa el nivel naranja. Es necesario estar preparado y mantenerse informado en todo momento de la situación.
  • Nivel rojo. En este caso, las personas podrían sufrir riesgos muy graves por lo que hay que tomar las medidas preventivas pertinentes.

Las alertas por temperatura extrema se activan según la temperatura y la ubicación geográfica.

En España, las regiones más propensas a sufrir altas temperaturas son Andalucía, la Región de Murcia, Extremadura, la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Aragón y Cataluña.

En el caso de Andalucía, por ejemplo, la jornada intensiva en el sector de la construcción se modifica desde el mes de junio hasta septiembre estableciendo un horario que finaliza alrededor de las 15:30 horas.

Lo mismo sucede en el sector agrario, en el que las jornadas de trabajo diarias se complementan con actividad laboral durante los sábados para minimizar la exposición a las altas temperaturas durante los días más calurosos.

 

¿Qué pasa si no se puede prescindir de una determinada actividad durante una ola de calor?

Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan mantenerse cerrados es imprescindible tomar medidas adecuadas para proteger a las personas trabajadoras de cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, entre ellos, las temperaturas extremas.

Es fundamental evaluar los riesgos laborales teniendo en cuenta tanto las características de la tarea a realizar como las condiciones físicas de quienes la llevan a cabo.

En estos casos, se deberán adoptar las siguientes medidas:

  • Permitir descansos más frecuentes y pausas regulares en áreas sombreadas.
  • Instalar toldos o sombrillas para reducir la exposición directa al sol. 
  • Suministrar agua fresca para que las personas trabajadoras puedan mantenerse hidratadas durante toda la jornada laboral. 

 

¿Qué sectores y actividades se ven afectadas por la prohibición?

La prohibición de realizar actividades al aire libre durante periodos de calor extremo afecta a todos los sectores, aunque algunos se ven especialmente impactados.

Entre los más afectados se encuentran:

  • Agricultura.
  • Construcción.
  • Pesca en buques.
  • Industrias extractivas.
  • Sector de limpieza.
  • Hostelería.

Es decir, la prohibición de trabajar al aire libre durante una ola de calor afecta a todo tipo de personas trabajadoras, entre las que se incluyen:

  • Personal de terrazas de restaurantes y bares.
  • Jornaleros.
  • Personal de limpieza.
  • Jardineros y personas dedicadas al mantenimiento de parques.

Sin embargo, hay puestos de trabajo esenciales que no pueden suspenderse, como los de bomberos, sanitarios, policías o agentes forestales.

En estos casos, es fundamental adoptar medidas adicionales, como el uso de prendas transpirables que faciliten el desarrollo seguro de las actividades laborales.

Por lo tanto, aunque algunas tareas deberán interrumpirse completamente durante una ola de calor, otras podrán continuar con ajustes en los horarios o condiciones de trabajo.

 

¿Y si en caso de ola de calor una empresa decide no parar la actividad laboral al aire libre?

Si una empresa decide continuar con la actividad laboral durante una ola de calor, la persona empleada podrá presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

La Inspección evaluará si las condiciones laborales representan un riesgo real para la salud de las personas empleadas y tomará las medidas correspondientes.

 

¿A qué sanciones se enfrentan las empresas que no cumplan con sus obligaciones ante una ola de calor?

Las sanciones, según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, podrían ser de más de 900.000 euros.

 

Ya está activo el Plan Nacional de acciones preventivas contra los efectos del exceso de temperaturas sobre la salud

El Plan Nacional de Acciones Preventivas contra el Exceso de Temperaturas, activo desde el 16 de mayo hasta el 30 de septiembre, tiene como objetivo prevenir y reducir los efectos negativos del calor sobre la salud, con especial atención a los grupos más vulnerables.

A través de este plan, el Ministerio de Sanidad proporciona diariamente a las Comunidades Autónomas las predicciones de temperaturas máximas elaboradas por la AEMET, así como los niveles de riesgo sanitario asociados a las altas temperaturas.

La exposición a temperaturas extremas puede causar problemas de salud como calambres, deshidratación e insolación.

Además, hay que hacer referencia al Real Decreto 612/2024, que modifica el Real Decreto 665/1997 sobre la protección de los trabajadores frente a riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos.

Aunque no aborda directamente la exposición al sol o las medidas contra el calor, el principio de protección de la persona trabajadora abarca todas las condiciones que puedan afectar a la salud.

Por tanto, las adaptaciones en el trabajo durante las olas de calor, como evitar la exposición directa al sol durante las horas pico pueden prevenir problemas de salud relacionados con el calor, como el cáncer de piel.

Durante una ola de calor, es crucial implementar medidas que protejan a las plantillas y ajustar las prácticas laborales para prevenir problemas de salud asociadas con el calor extremo y la exposición al sol.

Esto puede implicar ajustar los horarios de trabajo para evitar las horas de máxima exposición solar y permitir descansos frecuentes.

¿Conocías la prohibición de trabajar al aire libre ante una ola de calor? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en la firma de contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner Cfa Grupo2000
La DGT aclara cómo justificar el kilometraje de los viajes

La DGT aclara cómo justificar el kilometraje de los viajes

¿Sabes cuál es el precio del kilometraje en España durante 2024? ¡Te lo contamos!

Además, destacamos una importante novedad: la DGT aclara cómo justificar el kilometraje de los viajes de sus empleados que utilizan su vehículo propio por asuntos de trabajo.

Tienes toda la información, a continuación:

 

¿Cuál es el precio del kilometraje en 2024?

En 2024, el precio del kilometraje está fijado en 0,26 €/kilómetro. Esta cantidad permite justificar los gastos de aparcamiento y peajes.

Según las últimas directrices de Tributos, este importe ha aumentado de 0,19 a 0,26 euros por kilómetro para los desplazamientos en transporte privado.

Esta cantidad es la que se considera exenta de tributación en las dietas y asignaciones para gastos de locomoción del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las personas empleadas.

Aunque el precio del kilometraje puede variar entre empresas, de acuerdo con la Orden HFP/792/2023, cualquier cantidad fijada por encima de 0,26 €/kilómetro será considerada válida.

¿Tienes dudas sobre cómo justificar el kilometraje en las dietas por desplazamiento? ¡Estamos aquí para ayudarte!

Banner Cfa Grupo2000

La DGT aclara cómo realizar el registro y la justificación del kilometraje en dietas por desplazamiento de los empleados

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una aclaración sobre cómo registrar y justificar el kilometraje cuando las personas trabajadoras utilizan sus vehículos propios para desplazamientos laborales.

Esta aclaración es clave para asegurar que las dietas correspondientes queden exoneradas de gravamen.

Según la consulta vinculante V0540-24 del 9 de abril de 2024, tanto empresas como personas trabajadoras autónomas deben mantener un registro detallado del kilometraje y justificar los desplazamientos ante una posible inspección.

Para que estos gastos queden exonerados de impuestos, se deben seguir las siguientes pautas:

  • Justificación del desplazamiento. Es necesario demostrar que el desplazamiento realmente se ha realizado. Esto se puede hacer a través de una factura o un documento que indique los gastos de peaje y aparcamiento.
  • Uso de transporte público. Si la persona trabajadora ha utilizado medios de transporte público, el importe correspondiente deberá justificarse mediante factura o un documento equivalente.
  • Uso de vehículo propio. Para los desplazamientos en vehículo propio se debe acreditar el desplazamiento mediante un registro de las operaciones realizadas. Además, es necesario justificar los gastos de peaje y aparcamiento.
  • Exoneración de gravamen. En el caso de desplazamientos con vehículo propio, las cantidades asignadas estarán exentas de gravamen en la parte correspondiente al cálculo de 0,26 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique el desplazamiento. A esta cantidad se le añadirán los gastos de peaje y aparcamiento, siempre y cuando se justifiquen debidamente.

 

¿A quién le corresponde acreditar la carga de prueba en concepto de dietas?

La justificación de los desplazamientos puede realizarse mediante cualquier medio de prueba admitido por la ley, conforme al artículo 106 de la LGT.

La resolución del TEAC Nº 3972/2018 estableció los siguientes criterios para la acreditación de las dietas y asignaciones para gastos de viaje exoneradas de gravamen:

 

Responsabilidad del negocio

La normativa no impide a la Administración Tributaria comprobar la veracidad de las retribuciones declaradas como dietas y asignaciones para gastos de viaje exoneradas de gravamen.

La empresa es responsable de justificar los gastos de locomoción en vehículos privados y los gastos de manutención.

Esto implica acreditar el día, lugar y motivo del desplazamiento, elementos esenciales para demostrar que estos gastos están exonerados de tributación por estar relacionados con actividades laborales y económicas.

Aunque es responsabilidad del negocio, la persona trabajadora también puede aportar voluntariamente la justificación si dispone de ella.

Además, la empresa debe demostrar que los desplazamientos y gastos están vinculados a razones laborales, lo que puede implicar proporcionar evidencia sobre la naturaleza del viaje.

 

Responsabilidad de la persona trabajadora

En el caso de uso de transporte público o gastos de estancia, la persona trabajadora debe justificar estos gastos, ya que la normativa no transfiere esta carga a la empresa.

No obstante, corresponde a la empresa probar la vinculación de estos gastos con su actividad económica, demostrando que los desplazamientos obedecen a razones laborales.

La persona empleada también puede proporcionar voluntariamente esta justificación si dispone de ella.

 

Documentación necesaria

Si durante una comprobación la persona trabajadora no puede acreditar los gastos porque la documentación está en poder de la empresa, y si esta última reconoce la exoneración en el certificado de retribuciones y retenciones, la Administración no puede gravar esas cantidades en el IRPF del trabajador sin antes intentar obtener la documentación precisa del pagador.

Si la Administración demuestra que la relación entre la persona trabajadora y la empresa permite a la persona empleada acceder a las pruebas necesarias para justificar la exoneración de las dietas, podría dirigirse directamente al trabajador para solicitar dicha información, sin necesidad de requerir a la empresa.

 

¿Quiénes pueden beneficiarse de la compensación del gasto por kilometraje?

Pueden beneficiarse de la compensación del gasto por kilometraje las personas trabajadoras que usen su vehículo personal para trabajar.

¡Importante! Esta compensación no cubre los desplazamientos desde el lugar de residencia hasta el centro de trabajo habitual.

Además, es relevante distinguir entre los empleados públicos y las personas empleadas en empresas privadas.

 

Personas empleadas públicas

En el caso de personas empleadas públicas, será el Estado quien ingrese directamente el importe de la compensación, tras presentar la factura de repostaje y quede justificado el desplazamiento.

Es decir, los 0,26€ por kilometraje se abonarán tras la presentación de la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento.

De manera posterior, y tras la comprobación de la documentación, se les realizará un ingreso en su cuenta corriente a esas personas trabajadoras.

 

Personas empleadas en el sector privado

Por su parte, las personas que presten sus servicios en el sector privado, la compensación se aplicará por vía IRPF en forma de exención.

En este caso, también será necesario justificar el desplazamiento a través de un documento en el que se podrán incluir gastos de peaje y gastos de aparcamiento.

Así, se podrán exceptuar de gravamen las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomoción de la persona empleada que se desplace fuera de oficina o centro de trabajo para realizar su trabajo en lugar distinto.

Las condiciones serán las siguientes:

  • Cuando la persona empleada utilice medios de transporte público, el importe del gasto que se justifique mediante factura o documento equivalente.
  • En otro caso, la cantidad que resulte de computar 0,26 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

Por tanto, quedarán exentos de IRPF los desplazamiento que se realicen fuera del lugar habitual de trabajo por motivos profesionales.

 

¿Cómo se justifican y cómo se liquidan los gastos de kilometraje?

Para asegurar el pago y la correcta compensación de los gastos de kilometraje es necesario justificar la autenticidad de ese desplazamiento. Esto implica:

  • Justificar la fecha, hora y kilometraje del vehículo antes del desplazamiento.
  • Justificar la fecha, hora y kilometraje después de cada desplazamiento.
  • Señalar cuál es el destino, es decir, el lugar al que se ha viajado.
  • Explicar el propósito del viaje detallando su relación con las funciones laborales.

En cuanto a la liquidación los gastos pueden abonarse directamente en la nómina de las personas trabajadoras.

 

Ejemplo de gastos de kilometraje

Imaginemos que una persona empleada necesita trasladarse por motivos laborales a una ubicación situada a 60 kilómetros de distancia.

En este caso, el reembolso se calcularía de la siguiente manera:

  • Distancia total: 60 kilómetros (ida) + 60 kilómetros (vuelta) = 120 kilómetros.
  • Tarifa por kilómetro: 0,26 €.
  • Cálculo del reembolso: 120 kilómetros x 0,26 €/kilómetro = 31,20 €.

Por lo tanto, el gasto a abonar sería de 31,20 euros.

Esperamos que esta información sea de utilidad. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en la firma de contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

 
Banner Cfa Grupo2000
Ir al contenido