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En 2024 ya es obligatorio declarar las criptomonedas

En 2024 ya es obligatorio declarar las criptomonedas

¿Tienes alguna moneda digital? En 2024 ya es obligatorio declarar las criptomonedas y resto de monedas virtuales.

Así lo recoge el RD 249/2023, de 4 de abril, que introduce modificaciones reglamentarias para implementar cambios efectuados por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal respecto a las criptomonedas.

De hecho, ya debiste incluir tus criptomonedas en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023. 

Ahora, hay más novedades: la Agencia Tributaria busca avanzar un paso más abriendo la posibilidad de utilizar las criptomonedas para saldar deudas con la Administración

A continuación, te ofrecemos todos los detalles:

 

Hacienda obliga a declarar las criptomonedas y monedas virtuales

Las personas que tengan monedas virtuales y realicen operaciones con ellas tienen que declarar dichas transacciones ante Hacienda.

En la última Declaración de la Renta esta obligación se aplicó por primera vez.

El fin de esta medida es reforzar el control tributario sobre las operaciones con criptomonedas. Pero, ¿cómo tributan estos activos? Más abajo, te ofrecemos toda la información que necesitas.

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¿Quiénes están obligados a declarar las criptomonedas?

Están obligadas a declarar las criptomonedas en las Declaraciones de la Renta:

  • Personas y entidades residentes en España.
  • Establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria o entre diferentes monedas virtuales, intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

En estos casos, están obligadas a presentar la declaración anual sobre criptomonedas en cuanto a operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales.

También se deben declarar los cobros y pagos realizados con criptomonedas.

Para declarar las criptomonedas es necesario indicar:

  • Nombre y apellidos.
  • Razón social o denominación completa.
  • Domicilio.
  • Número de identificación fiscal de quienes efectúen las operaciones.

La información relativa a los saldos debe incluir, para cada moneda virtual, el tipo de moneda virtual, el número de unidades de moneda virtual a 31 de diciembre y su valoración en euros.

Las primeras declaraciones de criptomonedas se han tenido que presentar este año y se han realizando respecto a las operaciones llevadas a cabo desde el 25 de abril de 2023.

 

¿Es necesario declarar las operaciones con monedas virtuales?

Así es, están obligadas a presentar una declaración informativa anual en referencia a las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales:

  • Las personas y entidades residentes en España.
  • Los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria o entre diferentes monedas virtuales, intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

Deben proporcionar la siguiente información:

  • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa.
  • Domicilio y NIF de las personas o entidades a quienes correspondan en algún momento del año las monedas virtuales, ya sea como titulares, autorizados o beneficiarios.
  • Tipo de moneda virtual y fecha de operación.
  • Tipo de unidades de moneda virtual adquirida, transmitida, permutada o transferida.
  • Valor en euros por el que se efectúa la operación.

No tienen la obligación de declarar las operaciones con monedas virtuales las personas o entidades cuya actividad se limite al asesoramiento sobre monedas virtuales o a la simple atención de órdenes de cobro y pago en moneda fiduciaria de las personas.

Tampoco las entidades que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria.

 

¿Existe obligación de declarar las monedas virtuales situadas en el extranjero?

Sí, las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español y los establecimientos permanentes en el país están obligadas a presentar una declaración informativa anual referente a la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero.

Esta obligación se extiende a quienes hayan sido titulares, autorizados, o beneficiarios de las citadas monedas virtuales, o hayan tenido poderes de disposición sobre las mismas.

También a quienes hayan sido titulares reales en cualquier momento del año al que se refiera la declaración y hubiesen perdido dicha condición a 31 de diciembre de ese año.

La información a suministrar para la declaración de las monedas en el extranjero es:

  • Nombre y apellidos o la razón social o denominación completa.
  • En su caso, número de identificación fiscal del país de residencia fiscal de la persona o entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir las monedas virtuales.
  • Domicilio o dirección de su sitio web.
  • Identificación completa de cada tipo de moneda virtual.
  • Saldos de cada tipo de moneda virtual a 31 de diciembre expresados en unidades de moneda virtual y su valoración en euros.

 

Ocultar criptomonedas en el extranjero puede suponer multas de hasta 20.000 euros

Los contribuyentes han tenido que informar a Hacienda antes del 31 de marzo de este año de las criptomonedas de las que disponían fuera del país. Esto es siempre que superasen los 50.000 euros.

Ocultar criptomonedas supone sanciones (según la gravedad de la infracción) que van desde los 20 euros hasta los 20.000 euros.

Además, la declaración de datos incorrectos o la omisión de información conlleva una multa fija de 150 euros. Esta multa puede aumentar entre un 0,5% y un 1,5% del importe de la operación.

A parte de las criptomonedas en el extranjero también hay que tener en cuenta el resto de monedas virtuales.

Las multas por cada criptomoneda no declarada son de unos 5.000 euros, cuantía que puede ascender hasta mínimo 10.000 euros si se aporta una información incompleta, falsa o inexacta.

Si omitiste en la Renta tus ingresos obtenidos con criptomonedas la multa podría ser de un 26% del importe que no hayas pagado.

Por ejemplo, si tuvieses que haber pagado 4.000 euros por tus criptomonedas vas a tener que pagar esos 4.000 euros más el 26% de esa cantidad. Es decir, pagarías 4.000 más 1.040 euros, un total de 5.040 euros.

 

¿Qué modelo hay que presentar para declarar las criptomonedas y resto de monedas virtuales?

Aunque en España siempre ha existido la obligación de declarar las criptomonedas a Hacienda, en los últimos años se ha ampliado el control sobre las mismas con el fin de evitar el fraude fiscal y la evasión.

La Agencia tributaria ha añadido un nuevo apartado dedicado exclusivamente a la declaración de criptomonedas.

Se trata de las casillas 1800-1814 en las que es necesario detallar:

  • Transacciones realizadas.
  • Valor de las adquisiciones de las criptomonedas.
  • Fecha en la que se llevaron a cabo.

Así se calculan las pérdidas o las ganancias en el borrador de la Renta.

En las casillas 1802 y 1803 deben incluirse las criptomonedas intercambiadas y las recibidas en su lugar.

En las casillas 1804 y 1806 se incluye el valor del intercambio y la adquisición. Es decir, a través de estas casillas se calcula la ganancia patrimonial que se ha obtenido.

¡Importante! Tienes que declarar las criptomonedas tanto si las has vendido como si las has comprado.

Esto sirve para calcular tanto las ganancias como las pérdidas de las operaciones, ya que las pérdidas pueden compensar otras ganancias patrimoniales.

Ahora bien, como comentamos cada operación tiene que ir en una casilla separada.

Lo ideal es agrupar los movimientos y detallar la fecha de adquisición de la primera compra de criptomonedas y la última venta de las mismas.

¿Cuáles son los tipos impositivos? Estos varían según la base imponible del ahorro.

  • Con menos de 6.000 euros: vas a tributar el 19% de IRPF.
  • Entre 6.000 y 50.000 euros: tributarás un 21% de IRPF.
  • Entre 50.000 y 200.000 euros: deberás tributar un 23% de IRPF.
  • Más de 200.000 euros: tendrás que tributar un 26% de IRPF.

También es obligatorio declarar los saldos en criptomonedas que superen los 50.000 euros.

Para declarar las criptomonedas y monedas virtuales se usan los siguientes modelos:

  • Modelo 172: saldo de monedas virtuales.
  • Modelo 173: operaciones realizadas.
  • Modelo 721: criptomonedas situadas en el extranjero.

Los modelos 172 y 173 se centran en compañías con residencia fiscal en España que participen en el mercado de las criptomonedas. Puede que participen como agencias de intercambio o como monederos virtuales.

El modelo 172 se debe presentar en caso de que haber obtenido un beneficio superior a 1.000 euros como saldo de monedas virtuales.

Con el modelo 173 se recaban detalles sobre la persona o entidad que ha realizado las operaciones, el tipo de divisa que ha usado y la cantidad que ha obtenido o ha vendido.

También se debe incluir la fecha en la que se realizó la transacción y el valor de la misma.

 

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 721?

Como indicamos más arriba, a partir de este 2024 la Agencia Tributaria requiere que se informe sobre el saldo de monedas virtuales ubicadas en el extranjero.

En el Modelo 721 es necesario incluir datos personales como el nombre, el NIF o la entidad que custodia las claves, la identificación y los saldos de cada criptomoneda y cuál es su valor en euros.

El RD 249/2023 indica que no es obligatorio informar sobre criptomonedas en el extranjero si el saldo total de todas las criptomonedas a 31 de diciembre (cuantificando su valor en euros) no supera los 50.000 euros.

Es necesario declarar todas las actividades que estén relacionadas con las criptomonedas, como la minería.

 

Hacienda podrá embargar criptomonedas para cobrar deudas

El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de Ley para transponer la Directiva europea 2011/16/UE (DAC8) para la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

Si sale adelante esta normativa la principal novedad será que el Ministerio de Hacienda va a poder embargar criptomonedas o cualquier tipo de divisa y activo digital cuando las empresas o los usuarios tengan deudas con la Administración.

Para poder hacer efectiva esta medida será necesario modificar el artículo 162 de la Ley General Tributaria y permitir que Hacienda pueda usar activos digitales para cobrar deudas.

¿Cómo funcionarán los embargos? Seguirán el proceso habitual y se aplicarán a criptomonedas como cualquier otro bien embargable a partir de 2026.

¡Importante! Los embargos deberán respetar el principio de proporcionalidad y seguir este orden:

  • Dinero en efectivo o en cuentas bancarias.
  • Créditos, efectos, valores y derechos realizables de inmediato o a corto plazo.
  • Sueldos, salarios y pensiones.
  • Inmuebles
  • Intereses, rentas y frutos de cualquier tipo.
  • Establecimientos mercantiles o industriales.
  • Metales preciosos, joyas y antigüedades.
  • Bienes muebles o semovientes.
  • Criptoactivos, en general, cuando no se correspondan con otros bienes en la lista.
  • Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo.

Además, los proveedores de servicios de criptomonedas estarán obligados a informar sobre las transacciones de clientes, tanto residentes como no residentes en la UE, para fomentar la transparencia fiscal y el intercambio de información.

 

La Agencia Tributaria va a regular el rastreo de transferencias de criptomonedas

Antes de finalizar, es importante tener en cuenta lo siguiente: el Ministerio ha sacado a consulta pública la regulación que va a vigilar las transferencias de criptoactivos.

Para ello, usará un decreto para controlar las transferencias en línea de lo exigido por la Unión Europea.

El objetivo es imponer a los proveedores de servicios que operen con monedas digitales la obligación de que tengan que revelar la identidad de las personas que invierten en criptoactivos.

Además, los bancos tendrán que proporcionar información sobre quienes estén obteniendo ingresos derivados de esas transacciones.

Es decir, habrá un intercambio automático y obligatorio entre las autoridades fiscales de información que deberán indicar quiénes son los proveedores de servicios de criptoactivos y se incluirán criptoactivos emitidos de forma descentralizada.

Las medidas tendrán que ser adoptadas por los países miembros de la UE antes del 31 de diciembre de 2025.

Esperamos que este post te sirva de ayuda. ¿Conocías la obligación de declarar las criptomonedas a partir de 2024?

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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¿Puedo darme de alta en el IAE sin ser autónomo?

¿Puedo darme de alta en el IAE sin ser autónomo?

¿Vas a realizar trabajos por cuenta propia de forma puntual y no quieres darte de alta en el RETA?

En este caso, puede que te surja una cuestión: ¿puedo darme de alta en el IAE sin ser autónomo?

Si no quieres figurar como persona trabajadora por cuenta propia, pero necesitas emitir facturas para algunos trabajos, ¡te ayudamos!

En este post aclaramos tus dudas y detallamos cuándo puedes emitir facturas sin ser autónomo, a continuación:

 

¿Es posible hacer una factura sin ser autónomo?

Sí, emitir una factura sin estar dado de alta como autónomo es posible. Ahora bien, es necesario que se den unas circunstancias muy concretas para evitar sanciones.

Según indica Seguridad Social se entiende que una persona es trabajadora por cuenta propia o autónoma cuando realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo.

 

¿Qué se entiende por realizar una actividad de forma habitual, personal y directa?

Esto quiere decir que la persona se dedica regularmente a una actividad económica, ya sea como principal fuente de ingresos o como actividad complementaria.

Además, el autónomo realiza la actividad por sí mismo, sin depender de un contrato de trabajo con otra persona o empresa. Es el responsable directo de su actividad económica.

Y la actividad económica que realiza tiene como objetivo generar ingresos y obtener beneficios económicos.

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¿Qué requisitos debe cumplir una persona para emitir facturas sin darse de alta como autónoma?

Para emitir facturas y no tener la obligación de darse de alta como autónomo se deben cumplir estos requisitos:

 

No se puede realizar la actividad económica de manera habitual

Por ejemplo, imagina que eres un fotógrafo aficionado y ocasionalmente tomas fotos para eventos familiares y de amigos, como bodas, comuniones o cumpleaños.

En estos casos, tus trabajos son esporádicos y puntuales. No los ofreces de forma regular.

Entonces podrías darte de alta en el IAE como profesional sin ser autónomo, ya que es una actividad ocasional y no constituye una fuente de ingresos recurrente.

Sin embargo, si decides dedicarte al mundo de la fotografía y comienzas a ofrecer tus servicios de manera regular haciendo sesiones de fotos o eventos corporativos de forma mensual, entonces tu actividad se vuelve habitual.

En este caso, sería necesario darte de alta como autónomo para cumplir con las obligaciones fiscales y de Seguridad Social correspondientes.

Lo fundamental es distinguir entre si se trata de una actividad puntual o habitual dependiendo de la frecuencia con la que se realice.

 

No ingresar una cantidad superior al SMI

El SMI en 2024 está fijado en 1.134 euros al mes. Es importante entender que se puede facturar sin ser autónomo siempre que se realicen trabajos puntuales que mensualmente no superen el SMI.

Por tanto, para emitir facturas es necesario:

  • Estar dado/a de alta en Hacienda. No se pueden emitir facturas sin rellenar y presentar el Modelo 036 o el Modelo 037. ¡Importante! No confundir este alta con la del RETA, que esa sí es para autónomos.
  • Realizar una actividad de forma esporádica. Las facturas de la actividad económica en cuestión no pueden suponer la fuente principal de ingresos.
  • No superar el SMI.

 

¿Cómo se pueden hacer facturas sin ser autónomo?

Para emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo en la Seguridad Social lo primero que tienes que hacer es darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en Hacienda a través del modelo 036 o 037.

Esto te va a permitir obtener un número de registro en el IAE que necesitarás para emitir facturas legalmente.

Recuerda que si emites facturas sin estar inscrito en el IAE estarás cometiendo un delito fiscal.

Cuando realices trabajos o servicios por los que debas emitir facturas asegúrate de incluir en las facturas tanto el IVA como el IRPF correspondiente.

Deberás calcular el porcentaje de IVA aplicable según la tarifa vigente y retendrás el porcentaje de IRPF adecuado.

 

¿Puedo facturar sin ser autónomo a través de cooperativas?

Las cooperativas de facturación son plataformas que permiten a sus socios facturar por trabajos realizados sin necesidad de estar dados de alta en el RETA

Este tipo de cooperativas suelen orientarse a autónomos que facturan por debajo del SMI o a personas que realizan trabajos esporádicos por cuenta propia.

En lugar de darse de alta en el RETA los socios pagan una cuota periódica, similar a una suscripción, que les permite facturar a través de la cooperativa.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que en los últimos años las cooperativas de facturación han sido objeto de una mayor vigilancia por parte de la Inspección de Trabajo, ya que algunas han sido utilizadas incorrectamente para eludir las obligaciones de cotización a la Seguridad Social.

 

¿Cómo funciona una cooperativa de facturación?

Para formar parte de una cooperativa de facturación la persona trabajadora autónoma debe registrarse como socia y pagar una cuota.

Posteriormente, cuando necesita emitir una factura la cooperativa la da de alta temporalmente como trabajadora permitiéndole facturar en nombre de la cooperativa.

Sin embargo, como comentamos, el Ministerio de Trabajo ha señalado que, en algunos casos, estas cooperativas pueden estar encubriendo situaciones de falsos autónomos, lo que ha llevado a una mayor supervisión y control en los últimos años.

Esto ha generado preocupación entre los expertos, quienes advierten que facturar sin ser autónomo a través de cooperativas puede no ser una opción segura ni recomendable en determinadas circunstancias.

Las cooperativas de trabajo suelen ofrecer la posibilidad de darse de alta pagando una cuota más baja que la cotización mensual como autónomo.

Sin embargo, los riesgos pueden ser elevados, ya que si se considera que la práctica es fraudulenta se podría exigir el pago retroactivo de las cuotas no abonadas, junto con intereses de demora, recargos y sanciones.

En cualquier caso, te recordamos que el año pasado se implementó el nuevo sistema de cuotas para autónomos basado en sus ingresos reales, que podría ofrecer una opción más ajustada y segura a tu situación.

 

¿Puedo emitir facturas si estoy cobrando el paro?

Es importante tener en cuenta que, por lo general, no se pueden emitir facturas si se está cobrando el subsidio por desempleo sin estar dado de alta como autónomo.

La Seguridad Social suele tener medidas específicas que permiten a las personas que están cobrando el paro emprender un nuevo negocio o actividad, pero esto generalmente implica darse de alta como autónomo.

Estas medidas pueden permitir que quienes están en situación de desempleo continúen recibiendo el subsidio durante un período de tiempo mientras trabajan por cuenta propia.

Sin embargo, el alta como autónomo es un requisito común.

 

Sanciones por facturar sin ser autónomo

Las multas y sanciones pueden incluir el pago de todas las cuotas atrasadas, un recargo adicional del 20%, así como una multa significativa, que puede ir desde 300 a 3.000 euros.

Además, se pueden perder los derechos a bonificaciones.

¿Tienes dudas o consultas? No olvides dejarnos tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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La ley obligará a publicar el salario en las ofertas de empleo a partir de 2026

La ley obligará a publicar el salario en las ofertas de empleo a partir de 2026

El 30 de marzo de 2023 la Comisión Europea aprobó una nueva Directiva que refuerza el principio de igualdad de retribución entre mujeres y hombres, conocida como Ley de Transparencia.

Esta normativa busca garantizar que las empresas ofrezcan igual salario por un mismo puesto o actividad de igual valor, eliminado la brecha salarial de género.

¿Quieres saber más? A continuación, analizamos todos los detalles. Así es la ley que obligará a publicar el salario en las ofertas de empleo a partir de 2026.

 

¿Qué es la Ley de Transparencia Salarial de la UE?

La Ley de Transparencia Salarial de la UE tiene como fin promover la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y combatir la brecha salarial entre hombres y mujeres.

Sus principales objetivos son:

  • Garantizar la igualdad retributiva para personas que realicen el mismo trabajo o actividades de igual valor.
  • Aumentar la transparencia en las políticas salariales de la empresas, obligándolas a publicar salarios y tomar medidas cuando se detecte una diferencia salarial significativa.

 

¿Por qué es necesaria la transparencia retributiva?

En la Unión Europea las mujeres ganan en promedio un 13 % menos que los hombres ocupando puestos de igual relevancia.

Esta disparidad ha resaltado la urgencia de tomar medidas efectivas que promuevan la igualdad salarial.

La Ley de Transparencia Salarial es clave para garantizar oportunidades equitativas en el ámbito laboral.

Entre sus principales medidas destacan:

  • Información salarial previa: las empresas estarán obligadas a proporcionar a las personas candidatas, antes de las entrevistas, detalles sobre el salario de la vacante de trabajo.
  • Criterios salariales claros: las empresas deberán informar y explicar los criterios usados para determinar los niveles salariales.
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Claves de la Ley de Transparencia de la UE

Las claves principales de la Ley de Transparencia Salarial de la UE son las siguientes:

 

Procesos de selección de personal no discriminatorios

Una de las obligaciones que indica la Directiva de la UE es que las empresas no podrán preguntar a las personas candidatas por su historial retributivo para garantizar que los anuncios de empleo sean neutros con respecto al género.

Además, la persona candidata tendrá derecho a conocer la retribución inicial o la banda retributiva para el puesto al que postula, proporcionando mayor transparencia y evitando disparidades salariales basadas en el género.

 

Criterio de retribución del personal trabajador

Las empresas tendrán la obligación de poner a disposición de su plantilla los criterios utilizados para se usan para determinar la retribución del personal trabajador, así como los niveles retributivos y la progresión retributiva.

Además, las personas trabajadoras podrán solicitar su nivel retributivo individual y los niveles retributivos medios.

Estos tendrán que venir desglosados por sexo para las categorías de personas trabajadoras que realicen el mismo trabajo o un trabajo de igual valor al que desempeñan.

 

Las compañías de más de 100 personas trabajadoras deberán facilitar información sobre la brecha salarial

La Directiva de la UE incluye una obligación para las empresas de más de 100 personas trabajadoras:

  • Las compañías que tengan entre 100 y 149 personas en plantilla tendrán que facilitar, previa consulta con la representación de los trabajadores, información concreta sobre la brecha salarial, y comunicarla a la autoridad competente cada 3 años.
  • En el caso de compañías con plantillas de entre 150 y 249 personas deberán actualizar su información sobre brecha salarial cada 3 años para informar a la autoridad nacional sobre la brecha de género de su organización.
  • Las empresas que tengan a partir de 250 personas trabajadoras deberán actualizar la información de forma anual.

¡Importante! Las empresas con menos de 100 personas en plantilla pueden optar por informar sobre la igualdad salarial voluntariamente.

Además, los Estados miembros pueden imponer la obligación de facilitar información salarial a estas pequeñas empresas.

 

Las empresas con una brecha salarial de un 5% tendrán que tomar medidas para frenar la situación

La Directiva incluye entre sus medidas la obligación de que las empresas con una brecha salarial de al menos un 5% realicen una evaluación retributiva conjunta con los representantes de los trabajadores para subsanar esa diferencia injustificada.

Para ello, tendrán un plazo de 6 meses después de la fecha de presentación de la información.

 

Los salarios de los empleados tendrán que ser públicos a partir de 2026

Además, a partir de 2026 los salarios de las personas trabajadoras deberán ser transparentes. De hecho, las personas empleadas podrán saber cuánto cobran el resto de sus compañeros.

  • Acceso a información salarial. Las personas trabajadoras podrán solicitar, a través de los representantes legales, información por escrito sobre su salario individual y los rangos salariales medios de quienes desempeñen el mismo trabajo o uno de igual valor.
  • Prohibición de cláusulas restrictivas. La normativa prohíbe a las empresas incluir cláusulas que restrinjan la divulgación de información salarial, lo que implica que, una vez obtenida, la información podría ser compartida.
  • Límites de acceso. Aunque la ley promueve la transparencia restringe el acceso a información salarial con fines ajenos a la defensa de la igualdad salarial.

 

¿A quién afectará la Ley de Transparencia Salarial?

La Ley de Transparencia Salarial beneficiará a todo el personal trabajador, que tendrá derecho a conocer el salario a percibir antes de realizar la entrevista.

Además, las personas trabajadoras podrán solicitar información sobre la retribución individual para conocer cuál es el salario percibido según las categorías y el sexo de las personas empleadas.

Esto asegura que reciban la misma retribución por funciones equivalentes.

La Ley de Transparencia Salarial viene para reforzar los derechos de los trabajadores y trabajadoras y ofrecerles un instrumento para pedir mejoras frente a las compañías para las que trabajen.

Asimismo, permitirá a las personas empleadas hacer valer sus derechos, posibilitando la opción de exigir un sueldo digno para el puesto de trabajo a desempeñar.

Todos los trabajadores y trabajadoras que sufran discriminación retributiva recibirán una indemnización.

Además, los reclutadores no podrán pedir a los candidatos que les informen sobre los sueldos que cobraban anteriormente, eliminando así prácticas que perpetúan la brecha salarial.

 

Marco legal en España sobre igualdad retributiva

En España la Ley Orgánica 3/2007 y el Estatuto de los Trabajadores refuerzan estos principios.

La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 5, regula la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo tanto para hombres como para mujeres:

“El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable, en el acceso al empleo, incluso al trabajo por cuenta propia, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales, o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta, incluidas las prestaciones concedidas por las mismas”.

Además, el Estatuto de los Trabajadores también hace referencia a la igualdad en su artículo 28:

“El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella”.

¡Importante! Desde el 7 de marzo de 2022 es obligatorio que las empresas con una plantilla de 50 o más personas tengan un Plan de Igualdad para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

Y desde abril de 2021 todas las empresas tienen que tener un Registro Retributivo en el que se recoja toda la información salarial de la empresa.

Este documento permite garantizar la transparencia salarial y facilita el acceso de la información a Inspección.

 

¿Cuáles son las ventajas de la Ley de Transparencia Salarial?

La Ley de Transparencia Salarial será un instrumento del que podrán disponer las personas trabajadoras para hacer valer sus derechos ante las empresas, permitiéndoles exigir una retribución justa y equitativa.

Al garantizar que hombres y mujeres reciban el mismo salario por trabajos de igual valor se contribuye a acabar con la brecha salarial.

Además, la transparencia salarial permitirá generar un entorno de confianza y transparencia que conllevará una mejora en el rendimiento de la plantilla.

Un ambiente de trabajo donde se valora la igualdad y la transparencia tiende a impulsar el rendimiento y la productividad de las personas trabajadoras.

A pesar de las ventajas algunas empresas temen que la implementación de esta ley pueda tener efectos negativos, como:

  • Inflación salarial: La obligación de igualar salarios podría llevar a un aumento general de los mismos, lo que podría ser insostenible para algunas empresas.
  • Rigidez en la gestión salarial: Las empresas podrían sentir que su flexibilidad para establecer salarios competitivos se ve limitada.

 

Estas son las sanciones para las empresas que no cumplan con la igualdad salarial entre hombres y mujeres

Tal y como recoge la Directiva las personas trabajadoras que sufran algún tipo de discriminación retributiva por razón de género podrán recibir una indemnización, por ejemplo, los pagos en especie correspondientes.

Además, será obligación de la persona empleadora demostrar que no ha infringido las normas de la UE en materia de igualdad salarial y transparencia retributiva.

Hasta el momento, la obligación de demostrar la situación de discriminación salarial era de la persona trabajadora.

Con esta nueva Ley se impondrán sanciones a las empresas en las que exista discriminación salarial.

Las inspecciones de trabajo requerirán el Registro Retributivo y se analizarán los casos en los que las mujeres reciban un salario inferior a los hombres realizando el mismo puesto de trabajo.

Las empresas podrían ser sancionadas según el régimen de infracciones y sanciones de la LISOS, en función de la gravedad de los hechos, rondando las sanciones entre 626 y 225.018 €.

Hasta que la Ley de Transparencia Salarial de la Comisión Europea no entre en vigor se permitirá a las empresas remitirse al salario habitual del convenio colectivo en las ofertas laborales.

En el período de transición hasta la entrada en vigor de la Ley existe la posibilidad de que el salario se facilite a las personas candidatas justo antes de la entrevista sin necesidad de aparecer en la oferta de empleo.

 

¿Cuál es el plazo de los Estados de la UE para hacer efectiva la Directiva de Transparencia Salarial?

La Directiva de Transparencia Salarial, aprobada por el Parlamento Europeo, otorga a los Estados miembros un plazo de tres años para su transposición.

En el caso de España, esto significa que el país tiene hasta junio de 2026 para hacer efectiva esta normativa.

Seguiremos atentos a los desarrollos relacionados con esta ley para las empresas y te ofreceremos toda la información en nuestro blog.

¿Qué te parece esta la Ley de Transparencia Salarial? ¿Crees que es positivo obligar a las empresas a publicar el salario de las ofertas de empleo?

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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¿Qué es el distintivo DIE y cómo lo consigue la empresa?

¿Qué es el distintivo DIE y cómo lo consigue la empresa?

¿Eres una empresa comprometida con la igualdad de oportunidades? ¡Esto te interesa!

Si estás impulsando iniciativas para reducir la brecha salarial y promover la igualdad, tenemos buenas noticias.

Ya se ha publicado en el BOE la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024.

Desde el año 2010 la Administración Pública otorga este reconocimiento a las empresas que destacan por implementar buenas prácticas en favor de la igualdad.

En este post, te contamos ¿qué es el distintivo DIE y cómo lo consigue la empresa?

 

¿Qué es el Distintivo DIE o Distintivo de Igualdad en la empresa?

El Distintivo DIE (Distintivo de Igualdad en la Empresa) es un reconocimiento oficial que destaca a las empresas comprometidas con la igualdad de oportunidades, actuando como una insignia por su buenas prácticas internas en este ámbito.

El objetivo principal del distintivo DIE es premiar el esfuerzo y el compromiso de las empresas que promueven la igualdad de género y trabajan activamente para acabar con la brecha salarial.

Originalmente, el Distintivo DIE venía regulado en el RD 1615/2009, de 26 de octubre.

Sin embargo, este RD fue modificado por el RD 333/2023, de 3 de mayo para simplificar los requisitos de acceso y facilitar el procedimiento de concesión y prórroga para las empresas candidatas.

El pasado 13 de septiembre de 2024 se publicó en el BOE la Orden IGD/954/2024, que detalla cómo las empresas pueden solicitar el Distintivo DIE, diferenciando entre dos grupos, como veremos más abajo.

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¿Quién es el encargado de otorgar el Distintivo DIE a las empresas?

El Ministerio de Igualdad es el encargado de conceder el Distintivo DIE, un sello de excelencia que reconoce el esfuerzo de aquellas empresas que promueven la igualdad entre hombres y mujeres.

Este distintivo premia a las compañías que implementan medidas como planes de conciliación, igualdad salarial y equidad en el acceso al empleo.

Las empresas que destacan por sus buenas prácticas no solo reciben el reconocimiento, sino que también pasan a formar parte de la Red DIE.

 

¿Qué es la Red DIE?

La Red DIE es una iniciativa que agrupa a todas las empresas que han obtenido el Distintivo de Igualdad en la Empresa.

Se trata de un espacio de colaboración donde las empresas pueden intercambiar conocimientos y experiencias sobre buenas prácticas laborales y avances en igualdad.

Es decir, supone un punto de encuentro que impulsa el diálogo y el aprendizaje conjunto en torno a la igualdad de género en el entorno empresarial.

 

¿Qué empresas pueden solicitar el Distintivo DIE?

Todas las empresas, tanto públicas como privadas, que demuestren un firme compromiso con la igualdad de género pueden solicitar el Distintivo DIE.

Este distintivo se otorga desde 2010 y tiene una vigencia de 5 años.

Para la convocatoria de 2024, la Orden IGD/954/2024 establece que las empresas se clasificarán en dos grupos según la obligación de tener o no un Plan de Igualdad:

  • Empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad. Aquellas que deben elaborar y aplicar un Plan de Igualdad según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
  • Empresas no obligadas a tener un Plan de Igualdad. Aquellas que no tienen la obligación de implementarlo.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para acceder al Distintivo DIE?

Toda empresa candidata deberá reunir los siguientes requisitos para acceder al Distintivo DIE:

  • Estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.
  • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.
  • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.
  • No haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.
  • Presentar una declaración de apoyo a la candidatura, firmada por la mayoría de la representación legal de las personas trabajadoras cuando exista en la entidad o empresa o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla.
  • Disponer de un procedimiento específico para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.
  • Disponer del registro retributivo.

Además de reunir los requisitos señalados las empresas tendrán que cumplir unos requisitos específicos, según si están obligadas o no a tener un Plan de Igualdad.

 

Empresas obligadas a elaborar y aplicar un Plan de Igualdad

Estas empresas deberán:

  • Tener vigente y registrado un plan de igualdad, que incluya una auditoria retributiva, conforme a la normativa aplicable.
  • Haber realizado el correspondiente informe de seguimiento del plan de igualdad, durante un periodo mínimo de dos años. La concurrencia de este requisito se acreditará mediante un informe de seguimiento del plan de igualdad correspondiente a un periodo mínimo de dos años, que tendrá que incluir a su vez al menos un año de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la convocatoria.
  • Las sociedades que no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada  y que cuenten con consejo de administración, deberán contar con una presencia mínima de mujeres en su consejo de administración del 30 %,

 

Empresas no obligadas a elaborar y aplicar un Plan de Igualdad

Por su parte, las empresas que no tengan la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad, deberán, en el momento de la presentación de su candidatura:

  • Tener medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, o, en su caso, contar con un plan de igualdad voluntario.
  • Haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de dos años.

 

¿Qué documentos deberán aportar las empresas para acceder al Distintivo DIE?

Para solicitar el Distintivo DIE es importante tener en cuenta que los documentos necesarios varían según si la empresa está obligada a tener un Plan de Igualdad o no.

 

Empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad

Las empresas candidatas que tengan la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad deberán aportar:

  • Plan de igualdad, vigente y registrado en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  • Diagnóstico de igualdad completo correspondiente al plan de igualdad vigente.
  • Auditoría retributiva completa, incluyendo la valoración de puestos de trabajo.
  • Informe de seguimiento del plan de igualdad correspondiente a un periodo mínimo de dos años, que tendrá que incluir a su vez al menos uno de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la convocatoria.

 

Empresas no obligadas a tener un Plan de Igualdad

Las compañías candidatas que no tengan la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad deberán aportar:

  • Medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, o, en su caso, plan de igualdad voluntario.

En caso de presentar plan de igualdad voluntario:

  • Diagnóstico de igualdad completo correspondiente al plan de igualdad vigente.
  • Auditoría retributiva completa, incluyendo la valoración de puestos de trabajo.
  • Informe de seguimiento de las medidas de igualdad implantadas o, en su caso, del plan de igualdad voluntario, correspondiente a un periodo mínimo de dos años, que tendrá que incluir a su vez al menos un año de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la convocatoria.

¡Importante! Las empresas tendrán que informar al Instituto de las Mujeres sobre cualquier cambio significativo después de presentar la candidatura, como cambios de domicilio o modificaciones que puedan afectar el cumplimiento de los requisitos para la convocatoria.

 

¿Cuál es el plazo para solicitar el Distintivo de Igualdad en 2024?

El plazo de presentación de candidaturas finalizará el próximo 14 de octubre de 2024.

 

¿Cuáles son los beneficios de obtener el distintivo DIE?

Obtener el Distintivo DIE no solo resalta el esfuerzo y compromiso de tu empresa con la igualdad de género, sino que también mejora tu reputación en el mercado.

Además, este distintivo puede ser clave en concursos y subvenciones públicas.

Desde el 9 de marzo de 2018, la Ley de Contratos del Sector Público permite que tener el Distintivo DIE se considere un criterio de adjudicación en las licitaciones.

Así que, no solo estarás promoviendo la igualdad dentro de tu empresa, sino que también podrás abrir nuevas oportunidades y mejorar tu posición en el ámbito público.

 

¿Qué pasa si mi empresa no tiene el Distintivo DIE?

Si tu compañía no tiene el Distintivo IDE podría tener algunas limitaciones a la hora de acceder a determinadas licitaciones públicas y subvenciones, ya que no podría disfrutar de ciertas bonificaciones.

¿Conocías el Distintivo DIE? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Desde Grupo2000 te ayudamos a cumplir con las obligaciones de igualdad en tu empresa

En Grupo2000 te proporcionamos todos los servicios en materia de igualdad que requiere tu empresa.

Te ayudamos a crear el Plan de Igualdad y te damos las pautas necesarias para implementarlo de forma satisfactoria según la normativa vigente.

Además, nos encargamos de asesorarte en la preparación del Registro Retributivo y Protocolo de Prevención del Acoso Laboral y te ayudamos en la implementación de un canal de denuncias efectivo.

Destacamos, también, nuestros cursos de igualdad para formar a tu plantilla y promover la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito de trabajo.

Si deseas más información puedes escribirnos en nuestro chat online o llamarnos al 958 80 67 60 , ¡estaremos encantados de atenderte en todo lo que necesites!

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Webinar Obligaciones laborales para las empresas 2024 en colaboración con CGS Badajoz

Webinar Obligaciones laborales para las empresas 2024 en colaboración con CGS Badajoz

¿Preparado/a para pasar la «ITV laboral» de 2024? Mantener tu empresa al día con las obligaciones laborales no tiene por qué ser complicado, especialmente si conoces todos los requisitos a cumplir.

Para ayudarte en este proceso y evitar posibles sanciones, desde Grupo2000 hemos organizado este Webinar Obligaciones laborales para las empresas 2024 en colaboración con el Colegio de Graduados Sociales de Badajoz.

La sesión se realizará:

  • Jueves, 19 de septiembre.
  • A las 17 horas.

Será impartida por Ángela Labrador, Graduada Social y experta en temas laborales.

Durante el Webinar aprenderás todo lo necesario para pasar con éxito una Inspección, incluyendo la necesidad de contar con un Plan LGTBI, un Plan de Igualdad o el registro retributivo.

También conocerás cómo implementar un canal de denuncias y cómo llevar correctamente el registro de jornada (uno de los focos principales de la Inspección).

¡No dejes que te pillen por sorpresa! Te ayudamos a mantenerte al día para cumplir con todas las normativas.

 

¿Cómo reservar tu plaza en el Webinar?

Si deseas asistir a la sesión, simplemente tienes que completar este formulario:

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Una vez te hayas inscrito, recibirás un email de confirmación con tu enlace personalizado para acceder al Webinar a través de la plataforma de Grupo2000.

¡IMPORTANTE! Recuerda revisar siempre todas tus bandejas de entrada.

 

¿A quiénes está dirigido este Webinar?

La sesión está dirigida, especialmente, a graduados y graduadas sociales que necesiten actualizarse sobre las últimas normativas laborales para garantizar un asesoramiento preciso a sus clientes.

 

Webinar Obligaciones laborales para las empresas 2024. Horario de la sesión

El Webinar se realizará:

  • Día: 19 de septiembre
  • Hora: 17:00 horas

Apúntate, mantente al día con los cambios normativos y asegúrate de cumplir con las obligaciones laborales vigentes.

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en la firma de contratos de formación en alternancia.

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