El compliance officer puede reducir la responsabilidad penal de la empresa

El compliance officer puede reducir la responsabilidad penal de la empresa

En los últimos años la figura del compliance officer está cobrando especial importancia en el área jurídica del sector empresarial. Hoy analizamos los cambios normativos en España que han hecho que este puesto sea imprescindible, ya que el compliance officer puede reducir la responsabilidad penal de la empresa.

 

¿Qué es el compliance officer?

Se trata de una figura que tiene su origen en el sector financiero de países como Estados Unidos, donde las entidades financieras están sometidas a regulación muy estricta y las empresas deben asegurar su cumplimiento, para evitar las sanciones motivadas por el incumplimiento de dichas normas. Posteriormente, el complejo mundo empresarial hace que este puesto se vuelva más polivalente, y se requiera para otro tipo de empresas.

En nuestro país, esta profesión está cobrando especial relevancia en los últimos años, convirtiendo al compliance officer en uno de los perfiles más demandados dentro del mundo legal.

El compliance officer se podría definir como la persona responsable de establecer unas políticas y procedimientos para garantizar que tanto directivos, como trabajadores, cumplan el marco normativo aplicable.

Dado el extenso entramado normativo español, este puesto se está solicitando para trabajar internamente. Así mismo, también se está experimentando un incremento en la solicitud de estos servicios a despachos de abogados y firmas de auditoría especializadas.

 

La última reforma del Código Penal hace necesario disponer de un Compliance Officer en la empresa

En la última reforma del Código Penal se especifica la responsabilidad penal de la persona jurídica, recogida en su artículo 31 bis, que establece que será penalmente responsable:

«a) De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control de la misma».

«b) De los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, por quienes, estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior, han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente por aquéllos los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso».

Si el delito fuese cometido por personas del apartado a, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad siempre y cuando desde la administración de la empresa se haya adoptado, previamente al delito, un modelo de organización y gestión que incluya medidas de vigilancia y control para prevenir delitos o reducir su riesgo.

Aquí es donde entraría la figura del compliance officer, que sería la persona encargada de diseñar e implementar adecuadamente ese plan de prevención de delitos, y de supervisar que se sigan todas las pautas para su cumplimiento.

En el caso de que solo se pueda acreditar parcialmente todo lo anterior, esta circunstancia será valorada a efectos de atenuación de la pena.

Si el delito fuese cometido por las personas del apartado b, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si, antes del delito, se ha definido e implementado el plan de prevención de delitos.

Si se trata de personas jurídicas de pequeñas dimensiones, las funciones de supervisión podrán ser asumidas directamente por el órgano de administración.

Como podéis ver, la labor del compliance officer puede ser clave para la prevención y defensa de la persona jurídica, en caso de procedimiento judicial, frente a delitos penales cometidos en el seno de la empresa.

Por la complejidad del conjunto normativo, os recomendamos que recurráis a profesionales para desarrollar este plan dentro de vuestra empresa. Y si se trata de una pequeña empresa, y preferís ser vosotros quien desarrolle el plan de prevención, es fundamental disponer de formación que os ayude a elaborarlo.

Para ello, hemos creado una acción formativa que te ayudará al cumplimiento de esta obligación para tu empresa y que puedes haciendo clic aquí.

Estamos a tu disposición para cualquier consulta, en el teléfono 958 806 760, o a través de nuestro chat online.

 

Fuente: BOE.

 

Los profesionales sociosanitarios deberán tener este Certificado antes de que finalice 2017

Los profesionales sociosanitarios deberán tener este Certificado antes de que finalice 2017

El Certificado de Profesionalidad cobra cada vez más protagonismo en nuestro mercado laboral. Prueba de ello, es que los profesionales sociosanitarios deberán tener este Certificado antes de que finalice 2017 para poder trabajar.

La Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia establece la obligación de disponer de un Certificado de Profesionalidad que acredite sus competencias laborales para todo el personal sociosanitario y que ejerza funciones de asistencia personal a personas en situación de dependencia.

El plazo máximo, que se fija en dicha Resolución, concedido para que todos los profesionales del sector sociosanitario se actualicen y cumplan con esta nueva normativa, finaliza el 31 de diciembre de 2017.

Todos los cuidadores y gerocultores que presten sus servicios en centros o instituciones sociales deberán acreditar la cualificación profesional mediante el Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales.

Así mismo, todos los profesionales que realicen funciones de asistencia a personas en situación de dependencia, deberán acreditar la obtención del Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio.

 

Nuestro centro de formación, Grupo2000, está acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir ambos Certificados de Profesionalidad.

Con el fin de facilitar la acreditación de estos profesionales del sector sociosanitario, Grupo2000 ha abierto nuevas convocatorias para los Certificados de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, y de Atención Sociosanitaria a personas en domicilio, en modalidad de teleformación, para que puedan compatibilizar la formación con su horario de trabajo.

Contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760 o a través de nuestro chat online, e infórmate.

Fuente: BOE.

 

Nueva actualización para reducir los trámites del contrato de formación

Nueva actualización para reducir los trámites del contrato de formación

Hoy os queremos informar de una nueva actualización para reducir los trámites del contrato de formación, que ya puedes encontrar en Netcontrata.

Te recordamos que Netcontrata es una herramienta que te permite crear, gestionar y comunicar tus contratos en un solo gesto, además de hacer el registro de altas y bajas en Seguridad Social, ayudándote a simplificar tu trabajo. Además, te advierte en el momento si detecta cualquier error, y evitando por tanto, cualquier incidencia posterior.

Todos nuestros colaboradores ya disfrutan de esta aplicación, que les permite además realizar simulaciones de costes de sus contratos, obtener informes de la vida laboral de los trabajadores, entre otras.

 

¿En qué consiste la nueva actualización que se ha introducido dentro de Netcontrata?

Como sabrás, la formación de Certificado de Profesionalidad, que está vinculada al contrato de formación es oficial. Y por ello, es preciso enviar una solicitud de autorización del contrato con carácter previo al alta, a la correspondiente Delegación de Empleo. Al igual que en otros estudios reglados, es necesario verificar que el alumno cumple todos los requisitos.

Por ello, el primer paso para realizar el contrato debe ser ponerte en contacto con nuestro centro de formación, que se encarga de solicitar esta autorización. Para este fin, existe un formulario que puedes descargar en nuestra sección de documentación.

Pues bien, ahora con la nueva actualización que se ha introducido en Netcontrata, te ahorras esta tarea también.

¿Cómo funciona?  

Solamente tendrás que rellenar los datos del trabajador una vez. Tras realizar esta acción, cuando accedas a la pestaña para completar los «Datos de la actividad formativa», te aparecerá la siguiente ventana:

Nueva actualización para los contratos de formación de Netcontrata.

En ella, tendrás que completar los siguientes detalles:

  • Datos de la formación:
    • Número de horas formativas
    • Número de horas de trabajo.
  • Tutor de empresa:
    • Nombre, NIF.
    • Cualificación. En este campo deberás incluir la experiencia o formación que capacitan al tutor de empresa para tutorizar al trabajador.
    • Horas tutor: esta casilla es para indicar el número de horas que le corresponden para la bonificación adicional de tutorización. Si tu empresa tiene una plantilla con 5 o más trabajadores, será de 60 euros, y de 80 € si es inferior. Además, en estos casos deberás marcar la casilla correspondiente.
  • Horas anuales convenio:
    • En este apartado, tienes que anotar la cantidad de horas máximas laborales que permita tu Convenio Colectivo de referencia. Si tu convenio no lo especifica, la cifra estándar es 1.800 horas. En base a esto, Netcontrata te calculará el número de horas de contrato para el primer año.
  • Email de empresa y teléfono.
Importante: Recuerda marcar la casilla que te hemos destacado, de esta forma, nos llegará el formulario de preinscripción directamente a nuestro centro.

Una vez hayas guardado todos los datos de la formación, nuestro centro comenzará todos los trámites necesarios para la solicitud de la autorización. Y cuando se obtenga la autorización, te avisaremos para dar de alta el contrato, y que lo comuniques.

Y lo más interesante para ti: todo esto, sin tener que repetir ningún dato. Simplemente tendrás que recuperar los datos del trabajador, y darle al botón para validar y comunicar.

Cómo conseguir la aplicación Netcontrata

Si deseas obtener este servicio, llámanos al teléfono 958 806 760 y nuestro soporte técnico se encargará de realizar toda la instalación de forma cómoda y sencilla.

O bien, descarga la aplicación en nuestra página web y comienza a disfrutar de sus ventajas.

 

 

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Mapfre concederá ayudas a la contratación de hasta 4500 euros

Mapfre concederá ayudas a la contratación de hasta 4500 euros

Recientemente, se ha publicado una nueva convocatoria del «Programa Accedemos»,  a través del cuál, Mapfre concederá ayudas a la contratación de hasta 4.500 euros. A continuación te resumimos los detalles más importantes de esta ayuda, y te explicamos cómo puede hacer tu empresa para solicitarla:

 

¿En qué consiste esta ayuda?

Se trata de una ayuda destinada a fomentar la contratación dentro de la pequeña empresa. La cuantía asignada podrá variar, en función del tipo de jornada realizada. Siendo 2.700 euros, si es un contrato a media jornada, y ascendiendo hasta 4.500 euros, si se trata de un contrato a tiempo completo.

Las cantidades serán ingresadas directamente por Mapfre a la cuenta de la empresa, y tendrán carácter de donación.

Se concederá una ayuda por empresa, con una duración máxima de 9 meses completos de contrato.

No se abonarán hasta que la empresa no acredite los 9 meses de contratación. Así mismo, deberá notificarse cualquier cambio en la situación del trabajador que ocurra en dicho periodo.

 

Requisitos de la empresa

  • La empresa deberá estar al corriente en sus obligaciones con Seguridad Social y Hacienda.
  • Si se trata de una entidad social, deberá estar inscrita en el Registro Público. Y en el caso de autónomos, dado de alta en Seguridad Social.
  • No haber despedido a ningún trabajador desde el 1 de noviembre de 2016.

 

Requisitos del contrato

  • Para acceder a la ayuda es imprescindible contratar a una persona que lleve al menos 3 meses inscrita en la Oficina de Empleo.
  • El trabajador contratado no puede haber estado en la empresa anteriormente.
  • Se admitirán todas las modalidades de contrato, excepto el contrato por obra y servicio y el autoempleo.

Solo se abonará la ayuda en proporción al tiempo trabajado, en caso de que el contrato finalice antes de los 9 meses.

La ayuda es compatible con el contrato de formación y aprendizaje, la modalidad que más ahorro supondría para tu empresa, ya que se aplica una reducción del 100% en los seguros sociales, durante toda la vigencia del contrato.

 

¿Cómo solicitar la ayuda a la contratación de Mapfre?

La ayuda se tendrá que solicitar en el plazo máximo de 30 días naturales tras realizar el alta del contrato. Para ello, deberás dirigirte a la web de la Fundación Mapfre, donde te tienes que dar de alta como usuario y adjuntar toda la documentación requerida en las bases.

La concesión de ayudas finalizará el día 3 de julio de 2017, o hasta que se agoten los fondos de este programa.

Antes de solicitarla, te recomendamos ampliar información sobre la misma, descargando las bases de la convocatoria.

 

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Grupo2000 colabora en las XV Jornadas de Trabajo y Seguridad Social

Grupo2000 colabora en las XV Jornadas de Trabajo y Seguridad Social

Grupo2000 colabora en las XV Jornadas de Trabajo y Seguridad Social de nuevo este año, organizadas por el Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería.

Estas jornadas, se han consolidado como un evento de referencia para el colectivo de Graduados Sociales, donde se tratan temas de gran interés en materia laboral. A ellas acuden colegiados de todas las provincias de España, para informarse sobre cuestiones y novedades que son relevantes para su trabajo de asesoramiento de empresas.

El lugar escogido para las jornadas vuelve a ser el Museo Arqueológico de Almería, en la Ctra de Ronda, 91. Y se desarrollará los días 23 y 24 de marzo.

A continuación compartimos con vosotros el programa de las jornadas:

Día 23 de marzo:

  • 16:00 Entrega de material y acreditación.
  • 16:30 Acto de apertura.
  • 17:00 El control empresarial sobre las comunicaciones electrónicas del trabajador. Criterios convergentes de la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. (Ponente: Sr. D. Francisco Pérez de los Cobos, Presidente del Tribunal Constitucional).
  • 17:45 Debate coloquio.
  • 18:00 Responsabilidad penal de las personas jurídicas y administradores societarios. (Ponente: Sr. D. Eloy Velasco Núñez, Magistrado-Juez de la Audiencia Nacional).

Día 24 de marzo:

  • 09:30 Últimos criterios jurisprudenciales del Tribunal Supremo. Especial referencia de los trabajadores fijos discontinuos del campo de Almería. (Ponente: Sr. D. Ángel Antonio Blasco Pellicer, Magistrado del Tribunal Supremo).
  • 10:15 Debate coloquio.
  • 10:30 Pausa-café.
  • 11:00 Sucesión de contratas. Problemas actuales en el sector público y privado. (Ponente Sra. Dª Ana de la Puebla Pinilla, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Madrid).
  • 11:45 Debate coloquio.
  • 12:00 La nueva regulación de la reclamación administrativa previa. (Ponente: Sr. D. Ignacio García Perrote, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la UNED).
  • 14:00 Almuerzo de trabajo.
  • 16:30 La apreciación de factores de discriminación en los despidos objetivos colectivos. (Ponente: Sr. D. Miguel Ángel Falguera Baró, Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña).
  • 17:15 Debate coloquio.
  • 17:30 El tratamiento de la prueba en el proceso laboral. (Ponente: Sra. Dª Esther Concepción Morales, Magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid).
  • 18:15 Debate coloquio.
  • 18:30 Acto de clausura.

Como puedes ver, además, los ponentes de las conferencias son de excepción. Te recomendamos asistir, y todavía estás a tiempo para inscribirte. Si estás interesado/a, puedes contactar con el Ilmo. Colegio de Graduados Sociales de Almería.

Para cualquier consulta, estamos a tu disposición, como siempre, en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

 

 

 

 

 

 

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