Ayudas para autónomos con proyectos asociados al Metaverso y la Web3
El Gobierno ha publicado en el BOE la convocatoria oficial para solicitar las ayudas para proyectos de desarrollo experimental e innovación en España.
Esta Orden ETD/653/2022, de 6 de julio, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para autónomos con proyectos asociados al Metaverso y la Web3.
El Gobierno destinará hasta 3,8 millones de euros a este proyecto del ámbito de los videojuegos y las nuevas tecnologías.
Esta iniciativa se suma a la estrategia España Digital 2026 desarrollada por el Gobierno tras el impacto de la pandemia.
¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas asociadas al Metaverso y la Web3?
Podrán resultar beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las pequeñas y medianas empresas y las microempresas que sean de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
Los beneficiarios tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio fiscal ubicado en territorio español, o disponer de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español.
- Que los centros operativos de las empresas que reciban las ayudas estén ubicados en territorio español.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tratarse de una empresa de naturaleza pública, entidad de derecho público, ni estar participada mayoritariamente por éstas, ni tratarse de empresas, de cualquier tipo, que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
- No tratarse de meras agrupaciones de personas físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones.
- No ser sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
Además, los beneficiarios tendrán que acreditar la solvencia económica y financiera, así como la solvencia técnica o profesional.
¡IMPORTANTE! Las empresas tendrán que fomentar la participación activa de mujeres en los equipos, estableciendo como requisito que su presencia sea superior al 25 % durante el plazo de ejecución.
¿Cuándo pueden solicitarse las ayudas para desarrollar proyectos relacionados con el Metaverso y la Web3?
Estas ayudas podrán solicitarse desde el 4 de agosto hasta las 13 horas del 31 de agosto y se concederán por procedimiento de concurrencia competitiva.
La solicitud tendrá que realizarse a través del formulario publicado en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Además de rellenar la solicitud será necesario presentar la memoria del proyecto, plan de hitos, cronograma, acuerdos cerrados con terceros y memoria económica.
El plazo para aceptar las ayudas será de 5 días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva.
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¿Qué proyectos pueden beneficiarse de las ayudas?
Los proyectos tendrán, al menos, una de las siguientes finalidades:
- Prototipado o procesos innovadores de nuevas herramientas de producción audiovisual y de contenidos digitales.
- Prototipos o procesos innovadores que hagan uso de las tecnologías asociadas al Metaverso y Web3 para la transformación social y la integración de colectivos desfavorecidos, especialmente en lo referente a la brecha de género.
- Creación de nuevos espacios de trabajo y colaboración virtuales.
- Prototipos o procesos innovadores que implementen las tecnologías asociadas al Metaverso en entornos culturales, sanitarios o educativos.
El plazo final de ejecución de los proyectos que sean objeto de esta ayuda terminará el 30 de junio de 2024.
¿Qué criterios se valorarán para la concesión de las ayudas?
Se valorarán los siguientes criterios para la concesión de las ayudas:
- Grado de innovación del proyecto.
- Impacto potencial en el futuro desarrollo de productos y servicios en el mercado.
- Impacto social.
El presupuesto mínimo del proyecto será de 150.000€ y el máximo de 1.000.000€.
El presupuesto subvencionable del proyecto estará compuesto por el total de los gastos subvencionables necesarios para la realización de dicho proyecto, distinguiendo entre:
Proyectos de Desarrollo Experimental:
Pequeñas empresas | Medianas empresas | Grandes empresas |
45% | 35% | 0% |
Proyectos de Innovación en procesos:
Pequeñas empresas | Medianas empresas | Grandes empresas |
50% | 50% | 0% |
¿Es posible subcontratar la ejecución de los proyectos?
Los beneficiarios podrán subcontratar parte de la ejecución de sus proyectos, pero no podrá superar el 50 % del importe del proyecto subvencionable.
¿Qué gastos serán subvencionables?
Serán subvencionables:
- Los costes de personal, investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
- Los costes de edificios y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes.
Además, se podrán subvencionar los siguientes costes directos:
- Costes de personal.
- Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones.
- Los costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
¿Qué gastos se considerarán no subvencionables?
No se considerarán subvencionables:
- El Impuesto sobre el Valor Añadido, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local, cuando sean recuperables conforme a la legislación aplicable.
- Los intereses de las deudas.
- Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
- Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
- Gastos financieros.
- Gastos de infraestructura y obra civil.
- Los gastos realizados fuera del plazo de ejecución establecido en cada convocatoria.
- Los gastos asociados a la realización de actuaciones no declaradas como subvencionables en el marco de las presentes bases.
- Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas.
- Costes de garantías.
¿Qué es la Web3?
Aunque es difícil explicar qué es exactamente la Web3, éste término está adquiriendo gran relevancia ya que hay expertos informáticos que consideran que podría cambiar el panorama tecnológico tal y como lo conocemos.
La Web3 supondría un avance en el mundo informático que permitiría descentralizar el uso de Internet y que conllevaría la creación de un conjunto de tecnologías dedicadas al desarrollo de contenidos audiovisuales y productos de animación a través de la realidad virtual y de los videojuegos.
¿Qué supone el Metaverso para las empresas?
El Metaverso es un mundo virtual que permite a los usuarios conectarse a través de los dispositivos electrónicos generando la sensación de estar realmente dentro de él.
Una de las ventajas que podría tener el Metaverso para las empresas es realizar reuniones online haciendo uso de avatares propios. Esto posibilitaría interactuar con los compañeros a distancia de forma mucho más realista.
Con estas ayudas el Gobierno pretende digitalizar las empresas y sus estrategias casi al 100%.
¿Qué te parecen este tipo de subvenciones? ¿Crees que el futuro de las empresas se encuentra en el Metaverso y la Web3?
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