Ventajas de la ayuda de 430 euros de Garantía Juvenil para la empresa

Ventajas de la ayuda de 430 euros de Garantía Juvenil para la empresa

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe desde el 1 de enero de 2019. El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que hayan sido dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Desde el 4 de agosto, los jóvenes menores de 30 años sin estudios pueden solicitar una ayuda de acompañamiento durante hasta 18 meses. Vemos hoy cuáles son las ventajas de la ayuda de 430 euros de Garantía Juvenil para la empresa.

Los jóvenes contratados mediante contrato para la formación y el aprendizaje recibirán una ayuda de 430,27 euros al mes, que desde el Servicio Público de Empleo Estatal ingresarán directamente en su cuenta.

Aunque la ayuda esté destinada al joven, la empresa que los contrate se beneficiará de numerosas ventajas, que a continuación os detallamos:

  • La empresa podrá aplicar una bonificación en los seguros sociales del trabajador por hasta 6 años:

Las empresas que contraten a un trabajador en formación, beneficiario de la ayuda de acompañamiento, si transforman el contrato en indefinido a su finalización y cumplen estos requisitos, podrán aplicar una bonificación anual de hasta 4.500 euros (4.800 euros si es mujer) en los seguros sociales del trabajador. Esta bonificación tendría una duración máxima de 3 años

Si sumamos a ésta los 3 años por los que se puede aplicar una bonificación en el 100% de los seguros sociales del contrato de formación. La empresa podría llegar a aplicar hasta 6 años de beneficios en los seguros sociales del trabajador.

  • El autónomo puede contratar a su hijo o familiar y aplicar los mismos beneficios:

El autónomo podría contratar a su hijo menor de 30 años, y beneficiarse de las citadas bonificaciones, independientemente de que conviva o no con él.

También podrá aplicar las bonificaciones si contrata a un familiar, siempre que se trate del primer trabajador que contrata, y no exista situación de dependencia.

  • El trabajador está más comprometido con su formación oficial:

El objetivo fundamental de la nueva ayuda de acompañamiento que recibe el joven contratado en formación es la obtención de una formación oficial de Certificado de Profesionalidad.

La realización de la formación de forma activa es un compromiso que asume el trabajador y su cumplimiento es muy importante si desea recibir la ayuda. Ya que en el caso de que no se forme, tendría que devolver las cantidades.

El cobro de esta ayuda está suponiendo un incentivo adicional muy poderoso para que los jóvenes sin estudios que acceden a estos contratos se preocupen por su formación.

Para la empresa es también una ventaja, ya que el trabajador estará más comprometido y el contrato transcurrirá con más probabilidades de éxito en la formación.

  • Las bonificaciones de la empresa son compatibles con subvenciones para el fomento del empleo autonómicas:

Las bonificaciones del contrato de formación y del contrato indefinido son compatibles con ayudas autonómicas para el fomento del empleo, como por ejemplo, el Bono de Empleo Joven en Andalucía.

Por ejemplo, una empresa que formalice un contrato de formación que cumpla las características, podrá solicitar una ayuda a la Junta de Andalucía de 6000 euros. Y una vez finalizado el contrato inicial, si decide transformarlo en indefinido, podrá solicitar una nueva ayuda de 8000 euros.

  • La empresa cuenta con un trabajador capacitado para realizar un puesto de trabajo:

El trabajador, durante el tiempo que dura su contrato de formación, estará recibiendo una formación oficial teórica y una formación práctica en su puesto de trabajo, que le permitirán incrementar su eficiencia.

La empresa contará con personal más capacitado y formado en el seno de su empresa, según sus necesidades productivas.

  • El contrato de formación puede ser integrado en el Plan de Responsabilidad Social Corporativa de la empresa:

Las empresas que contraten a los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, estarán contribuyendo a paliar uno de los problemas más graves a los que nos enfrentamos en el panorama laboral actual: una elevada tasa de desempleo juvenil. Que junto con el alto porcentaje de abandono escolar, supone un gran reto para nuestra sociedad.

Gracias al contrato de formación, los jóvenes acceden a un puesto de trabajo y reciben formación para realizar una profesión. Esta iniciativa está siendo integrada en el Plan de Responsabilidad Social Corporativa de muchas empresas.

 

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Claves de la nueva campaña de Inspección tras el Plan Director por un Trabajo Digno

Claves de la nueva campaña de Inspección tras el Plan Director por un Trabajo Digno

Hace unas semanas se publicó en el BOE la Resolución de 27 de julio de 2018, por la que se aprueban las nuevas medidas impulsadas por el Gobierno para detectar los casos de fraude o empleo irregular. Te contamos cuales son las claves de la nueva campaña de Inspección tras la aprobación del Plan Director por un Trabajo Digno.

 

El Plan Director por un Trabajo Digno

Este plan se crea con el fin de promover el empleo en las empresas, pero garantizando los derechos en el trabajo, extendiendo la protección social y la igualdad de género. Su duración se extiende desde 2018 hasta 2020.

La elevada tasa de temporalidad en contratación (España es el país europeo con mayor índice de temporalidad en 2018), los excesos de jornadas, y figuras que han proliferado en los últimos años, como las falsas cooperativas o falsos autónomos, son algunos de los motivos que han impulsado este Plan.

El Plan contiene 75 medidas para luchar contra el fraude y la precariedad laboral. En su elaboración han participado las Comunidades Autónomas y organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

 

Claves de la nueva campaña de Inspección tras el Plan Director por un Trabajo Digno

A continuación os resumimos las claves en las que se va a centrar la campaña de Inspección tras la aprobación del Plan Director por un Trabajo Digno:

  • Luchar contra el abuso y el fraude en la utilización de los contratos temporales:

Se van a perseguir todos aquellos casos en que el uso de la contratación temporal se realiza de forma fraudulenta, no respondiendo a las necesidades temporales, sino a otras de carácter estructural. Estas son algunas de las medidas que van a impulsar:

  1. Disuadir a las empresas, incluyendo ETT, que realicen prácticas fraudulentas en la contratación temporal, con la propuesta de sanciones y conversión de contratos de duración determinada en indefinidos.
  2. Informar a los trabajadores en el ejercicio de la actividad inspectora.
  3. Controlar el fraude en el sector agrario, mediante la realización de acciones.
  4. Realizar un seguimiento a las actuaciones realizadas para evitar que las empresas sancionadas reiteren su comportamiento.
  5. Incrementar el número de empresas investigadas y el número de conversiones a indefinido.
  6. Mejorar el control a los contratos que se desarrollan al amparo de programas europeos como el Fondo Social Europeo.
  7. Mejorar las herramientas del equipo de Inspección.

Todas estas medidas han comenzado con un plan de choque inmediato, que ya se está aplicando desde agosto y finalizará en diciembre de 2018. Como parte de este plan de choque, han enviado cartas a 50.000 empresas con posibles situaciones irregulares, centrándose en el uso fraudulento de los contratos temporales y en los posibles falsos autónomos.

El plan de choque pretende regularizar situaciones de fraude y generar un efecto disuasorio. Sus principales ejes de actuación son los siguientes:

  1. Contratación temporal.
  2. Utilización irregular de la contratación a tiempo parcial.
  3. Contratación de «falsos autónomos».

 

  • Perseguir los excesos de jornada y horas extraordinarias no compensadas, ni pagadas:

Sectores como el de hostelería, sanidad, espectáculos, son algunos de los que destacan por tener una media superior en la realización de horas extraordinarias, teniendo jornadas muy extensas y cotizando solamente por una jornada normal.

Supervisarán aquellos casos en los que se los contratos a tiempo completo superan las 80 horas extraordinarias anuales permitidas y aquellas que no se han compensado o pagado.

Así mismo, revisarán el uso de los contratos a tiempo parcial e incrementarán las inspecciones sobre los registros de la jornada.

 

  • Medidas para corregir los incumplimientos en materia salarial y por externalización de servicios:

Se va a hacer un seguimiento especial a los casos de impago de salarios, así como a las situaciones de discriminación, con perspectiva de género.

También se incluyen en este área las acciones de vigilancia a todos los servicios externalizados o subrogados, para evitar situaciones de desigualdad. Poniendo el foco en empresas de multiservicios, hostelería, seguridad y limpieza.

 

  • Creación de una unidad para la lucha contra la discriminación

Esta unidad perseguirá cualquier tipo de discriminación laboral, prestando especial atención a la igualdad de género. Para ello, se designarán Inspectores especializados en cada provincia.

Utilizarán herramientas como el cruce de base de datos con el fin de detectar situaciones de discriminación salarial dentro de las empresas.

Se creará un buzón de denuncias específico para todos los casos de discriminación.

Se mantendrá en campaña anual de la Inspección la obligación legal de que las empresas con 50 o más trabajadores respeten la reserva del 2% de sus puestos de trabajo para personas con discapacidad.

 

  • Lucha contra la economía irregular:

Centrándose en los trabajadores extranjeros, trabajadores del hogar y sector hostelero. Para ello, la Inspección realizará visitas en horarios especiales, como el nocturno, o fines de semana.

Se han centrado en la detección de los falsos autónomos. Con el fin de detectarlos, se intensificará la coordinación con TGSS y Hacienda, para disponer de información que permita identificar a las empresas que los emplean.

También se hace mención a los trabajadores de plataformas digitales u online y trabajadores que se encuentren bajo la figura de «falso becario».

  • Medidas para reducir la siniestralidad laboral:

Que incluyen campañas específicas para aquellos sectores que presentan un índice más elevado de accidentes laborales.

  • Garantizar los derechos sindicales:

Vigilarán y supervisarán la actividad de los Comités de empresa y Delegados de personal, para garantizar que puedan llevar a cabo su labor sin impedimentos.

 

Desde nuestro blog os informaremos sobre todas las novedades que se vayan produciendo en este ámbito, que anticipa un trimestre repleto de cambios.

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Fuente: BOE.

 

 

TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018

TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018

En las últimas semanas os adelantábamos la noticia: Seguridad Social tenía previsto eliminar los códigos de cuenta de cotización específicos para las altas. De nuevo a través del Boletín RED, TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018 y explica cómo será el proceso. Y hoy nosotros te lo contamos con detalle en nuestro blog:

El fin de esta unificación de cuentas de cotización es que las empresas sólo tengan que disponer de un código de cuenta de cotización único, con independencia de que algunos trabajadores estén excluidos de cotizar por alguna prestación o contingencia, o de que coticen mediante bases de cotización o cuotas fijas.

En esta situación se encontrarían todas las empresas que hayan formalizado contratos para la formación y el aprendizaje ya que, antes de hacer el alta, hay que solicitar un código de cuenta de cotización específico. A partir de octubre de 2018, según indica Seguridad Social, ya no será necesario porque aparecerán todos los trabajadores asociados a la cuenta de cotización principal.

Según indican, la fecha para la aplicación de esta unificación no se realizará hasta que TGSS no lo establezca de forma expresa, sí se avisa que está previsto que sea antes del 1 de octubre de 2018.

¿Qué situaciones se verían afectadas por esta unificación?

Las empresas que se verán afectadas por esta unificación y deben estar pendientes de estas instrucciones son las que se correspondan con estas situaciones:

  • Cuando algún código de cuenta de cotización de una provincia sea de un Régimen Especial, distinto al resto de CCC.
  • Los CCC de altas de trabajadores a los que se apliquen unos tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal de la empresa.
  • Los CCC del Régimen Especial del Mar, si cada CCC es un grupo de cotización distinto o figura vinculado a embarcaciones distintas.
  • La cotización adicional de bomberos y ertzainas.
  • Los CCC que identifiquen cualquier condición en comunicación de altas o bajas, autorizaciones para la deducción diferida de las compensaciones por pago delegado de incapacidad temporal, o procedimientos de liquidación de cuotas específicos.

Estarán excluidos de esta unificación por el momento los supuestos en que el CCC sea necesario para identificar a trabajadores con varias relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con distintas condiciones de cotización.

¿Cómo se debe hacer la unificación de CCC?

Todos los CCC que se indican en el anterior apartado causarán baja y el nuevo Código de Cuenta de Cotización al que estarán asociados será el que establezca TGSS, pudiendo ser uno de los que ya existan para esa empresa.

Será la propia Tesorería quien contactará con el autorizado RED, indicándole la fecha y cómo debe hacer la unificación.

Una vez haya contactado con tu empresa, habrá que hacer la baja del trabajador con exclusiones para la cotización en el CCC específico a través del sistema RED en el último día del mes que te indiquen. Y en segundo lugar, hacer el alta de dicho trabajador por la misma vía, en el CCC único, el primer día del mes inmediatamente posterior a la fecha de la baja.

¿Cómo se identificarán ahora los casos de exclusión de cotización?

Dado que a partir de octubre no habrá CCC para diferenciar las situaciones de exclusión de los trabajadores, Seguridad Social ha creado un nuevo campo, denominado «Exclusión de cotización», que contendrá los mismos valores que el actual campo de tipo de relación laboral de CCC (tabla T-52).

Este campo «Exclusión de cotización» deberás marcarlo con la opción que proceda, según la situación del trabajador, en el momento de hacer el alta a través del Sistema RED.

Recuerda: Si tu empresa se ve afectada por la unificación, también tendrás que recordar incluir este campo cuando realices el nuevo alta del trabajador.

En cuanto a la bonificación y cálculo de cuotas, informan desde TGSS que no se verán afectados. Solamente en el caso de presentar liquidaciones complementarias de los trabajadores que has migrado al CCC único. En estos casos, las liquidaciones se tendrán que realizar en el CCC en el que el trabajador estuviese dado de alta para ese periodo de liquidación.

 

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Fuente: Boletín RED 2/2018.

Nueva obligación de comunicar las horas de los fijos discontinuos

Nueva obligación de comunicar las horas de los fijos discontinuos

El pasado 28 de mayo se publicó el Boletín RED, donde desde Seguridad Social avisan sobre una novedad importante, la nueva obligación de comunicar las horas de los fijos discontinuos. Te lo explicamos todo a continuación:

¿Cuál es el origen de esta nueva obligación de comunicar las horas de los trabajadores fijos discontinuos?

Para ver el origen de esta nueva obligación tenemos que remontarnos al Boletín RED 7/2017, en el que se planteaba el caso de los trabajadores con contrato a tiempo parcial y fijo discontinuo cuando se encontraban en situación de IT.

En el Real Decreto 708/2015, se modificaba la redacción del artículo 65.4 del Reglamento General sobre cotización, y se establecía lo siguiente:

“Durante las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, la base diaria de cotización será la base reguladora diaria de la correspondiente prestación. En las situaciones de incapacidad temporal y de maternidad en las que no se haya causado derecho al respectivo subsidio, la base diaria de cotización se calculará, asimismo, en función de la base reguladora diaria de la prestación que hubiera correspondido, de haberse causado derecho a la misma. Esta base de cotización se aplicará durante todos los días naturales en que el trabajador permanezca en alguna de las situaciones antes indicadas”. 

Y Seguridad Social ya entonces se informaba que desde diciembre de 2017 se eliminaba el ajuste de días cotizados de los trabajadores con contrato fijo discontinuo que figurasen en situaciones de IT, Maternidad, Paternidad o riesgo de embarazo y lactancia.

De acuerdo a lo indicado en el nuevo boletín, tras el acuerdo con el informe de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de 2017, según el artículo 245 de la Ley General de la Seguridad Social, a los trabajadores con contratos fijos discontinuos les es de aplicación lo dispuesto para los trabajadores con contrato a tiempo parcial.

Por este motivo, hacen extensivos todos los controles que actualmente se llevan para los trabajadores a tiempo parcial a los trabajadores con contratos fijos discontinuos.

Nueva obligación para los contratos fijos discontinuos

Desde hace meses ya existe la obligación de registrar la jornada de los trabajadores a tiempo parcial.

A partir de julio de 2018, ojo porque en Seguridad Social especifican «con independencia del período de liquidación que se esté presentando», en los contratos fijos discontinuos se solicitará siempre el número de horas trabajadas, independientemente del tipo de jornada.

Estarán exentos los casos de trabajadores fijos discontinuos que se encuentren en situación de IT o baja maternal, paternal, etc..

Así mismo, estarán excluidos de comunicar las horas trabajadas los fijos discontinuos del Sistema Especial Agrario, Artistas, los trabajadores del Régimen Especial del Mar (grupos I y II) y situaciones de alta sin percibo de retribución.

 

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Fuente: Boletín RED 2/2018 y 7/2017.

 

Grupo2000 colabora en las Jornadas de Trabajo y Seguridad Social del CGS Málaga

Grupo2000 colabora en las Jornadas de Trabajo y Seguridad Social del CGS Málaga

Grupo2000 colabora en las próximas Jornadas de Derecho de Trabajo y Seguridad Social organizadas por el Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Málaga y Melilla.

Estas Jornadas tendrán lugar en las próximas semanas, a ellas asistirán ponentes de primer nivel para abordar temáticas de gran interés para el colectivo de Graduados Sociales. Compartimos con vosotros el programa del evento para que tengáis una información mas completa:

  • Fecha: 17 y 18 de mayo de 2018.
  • Lugar: Salón de actos de la Facultad de Estudios Sociales y del Trabajo de Málaga (FEST). Avda. Francisco Trujillo Villanueva, 1. Málaga
  • Programa:

 

Programa para el día 17 de mayo

09:00 h. Acreditaciones y entrega de credenciales.

09:30 h. Acto de inauguración.

10:00 h. Conferencia sobre la Jurisprudencia reciente de la Sala IV del Tribunal Supremo. Ponente: D. Antonio Vicente Sempere Navarro, Magistrado de la Sala IV del Tribunal Supremo.

11:00 – 11:30 h. Pausa para café.

11.30 h Conferencia sobre los Despidos en situación de incapacidad temporal, según la doctrina del TJUE. Ponente: D. Guillermo Barrios Baudor, Catedrático de la Universidad Juan Carlos I.

12:15 – 12:30 h. Turno para preguntas

12:30 h. Conferencia sobre los aspectos fiscales del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En especial, la afección a las empresas familiares. Ponente: D. Diego Domínguez Porras, Jefe de la Unidad de la Inspección de la Agencia Tributaria Andaluza.

13:15 – 13:30 h. Turno de preguntas.

14:15 h. Almuerzo.

17:00 h. Conferencia sobre los aspectos laborales del Compliance. Ponente: D. Eloy Velasco Núñez, Magistrado de la Audiencia Nacional.

18:00 – 18:15 h. Turno para preguntas.

18:15 – 18:45 h. Descanso.

18:45 h. Conferencia sobre el Régimen Jurídico de los Trabajadores Extranjeros comunitarios y extracomunitarios. Ponente: D. Manuel Llano Espinosa, Jefe de la Oficina de Extranjería.

19:45 h. Cierre de sesión.

Programa para el día 18 de mayo

10:00 h. Conferencia sobre los aspectos sobre la inteligencia emocional en la gestión de Recursos Humanos. Ponente: Dª. Gloria de la Torre Muñoz, Consultora de RRHH.

11:00 – 11:30 h. Pausa para café.

11:30 h. Conferencia sobre la actuación y protocolos ante la Inspección de Trabajo: El procedimiento administrativo sancionador.

13:00 h. Acto de clausura.

 

El año pasado asistieron más de 350 personas, profesionales del área de Recursos Humanos, Graduados Sociales y estudiantes. Y este año prometen ser todo un éxito. Si deseas inscribirte, todavía estás a tiempo, para realizar la inscripción debes dirigirte al Colegio Oficial de Graduados Sociales de Málaga y Melilla.

En Grupo2000 estaremos apoyando estas jornadas, no olvides pasar por nuestro stand. ¡Te esperamos!

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