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Europa aprueba la Ley Rider para acabar con los falsos autónomos

Europa aprueba la Ley Rider para acabar con los falsos autónomos

Con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras autónomas que prestan sus servicios en plataformas digitales se ha producido una importante novedad:

Europa aprueba la Ley Rider para acabar con los falsos autónomos.

A través de esta nueva Directiva sobre Trabajo en Plataformas Digitales, empresas como Glovo o Uber Eats tendrán que ofrecer condiciones laborales más justas a sus personas empleadas.

Tienes toda la información, a continuación:

 

¿Qué es el trabajo en plataformas digitales?

El trabajo en plataformas digitales es una forma de empleo en la que empresas utilizan plataformas en línea para ofrecer servicios específicos a clientes a cambio de una retribución.

Estas plataformas funcionan como intermediarias, conectando a consumidores con personas trabajadoras, quienes prestan servicios que van desde el reparto de comida hasta trabajos más especializados.

El trabajo en plataformas digitales, también conocido como economía por encargo, experimentó un crecimiento significativo tras la pandemia de Covid-19.

Factores como la digitalización acelerada y los cambios en los patrones de consumo han impulsado su expansión global.

Aunque las plataformas digitales ofrecen comodidad y flexibilidad a los consumidores, han generado desafíos importantes para las personas trabajadoras, quienes han enfrentado:

  • Falta de claridad laboral: Muchas han estado en un limbo legal, sin una definición clara de su relación laboral con las plataformas.
  • Derechos laborales limitados: La ausencia de normativas específicas ha llevado a situaciones de vulnerabilidad y precariedad laboral.

Para resolver estos problemas, la Directiva sobre Trabajo en Plataformas Digitales (también conocida como Ley Rider) busca establecer normas claras y específicas que fomenten el trabajo digno.

Esta iniciativa promueve:

  • El reconocimiento laboral de quienes operan bajo plataformas digitales.
  • La transparencia en las condiciones de trabajo.
  • La protección de los derechos laborales.

 

¿Qué es un Rider?

Un rider es un término que se utiliza para referirse a las personas trabajadoras que prestan sus servicios como repartidores para empresas de entrega a domicilio a través de plataformas digitales.

Su principal función es transportar pedidos, como comida, paquetes u otros productos, desde un establecimiento hasta el cliente.

Normalmente, estos trabajadores utilizan bicicletas, motos o vehículos para realizar sus entregas.

Durante mucho tiempo, los riders han estado en un vacío legal, sin una definición clara sobre su relación laboral con las plataformas digitales. La principal controversia gira en torno a si deben ser considerados:

  • Trabajadores por cuenta propia (autónomos): En este caso, los riders gestionan su tiempo y recursos de manera independiente, pero no cuentan con los beneficios laborales básicos.
  • Trabajadores por cuenta ajena: Si se determina esta relación, las plataformas digitales tendrían la obligación de garantizarles contratos laborales, acceso a seguridad social y otros derechos laborales.

¡Importante! Aunque el término «rider» se asocia comúnmente con repartidores de comida a domicilio, también incluye otros colectivos que trabajan a través de plataformas digitales, como:

  • Taxistas que operan con aplicaciones.
  • Trabajadores domésticos contratados por plataformas.
  • Personas que prestan otros servicios bajo demanda.

La Directiva sobre Trabajo en Plataformas Digitales se ha creado para mejorar las condiciones laborales de estas personas trabajadoras abordando cuestiones como:

  • Reconocer su estatus laboral.
  • Garantizar derechos básicos como el acceso a seguridad social, vacaciones y salario justo.
  • Ofrecer una mayor transparencia y calidad en las condiciones de empleo.

Con esta Directiva, se busca equilibrar la balanza, ofreciendo a los trabajadores de plataformas empleos dignos sin comprometer la flexibilidad que caracteriza a este tipo de economía.

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¿Qué supone la nueva Directiva sobre el trabajo en plataformas digitales y cómo afectará a las empresas?

Como comentamos, el Parlamento Europeo ha aprobado en primera lectura la directiva para mejorar las condiciones de trabajo en plataformas digitales, más conocida como Ley Rider.

La directiva establece que, en ciertos casos, las personas trabajadoras de plataformas digitales podrán ser consideradas como empleados por cuenta ajena en lugar de autónomos.

Esto ocurre cuando la empresa ejerza un nivel de control similar al que tiene sobre un trabajador asalariado. Entre los factores que indican esta relación laboral están:

  • Supervisión directa del trabajo mediante aplicaciones o herramientas digitales.
  • Establecimiento de tarifas o precios por parte de la empresa.
  • Fijación de horarios o instrucciones detalladas sobre cómo realizar las tareas.

La normativa establece que:

  • La empresa deberá demostrar que no existe una relación laboral.
  • Hasta ahora, recaía en la persona trabajadora la responsabilidad de probar que era un falso autónomo. Con esta Directiva, se busca equilibrar el poder entre empresas y personas trabajadoras.

La ley tiene como objetivo:

  • Combatir los falsos autónomos. Evitar que las empresas clasifiquen erróneamente a los trabajadores como autónomos para eludir responsabilidades laborales.
  • Garantizar condiciones justas para quienes prestan servicios en la economía digital.
  • Crear un marco claro que beneficie tanto a trabajadores como a empresas.

Las empresas de reparto y transporte más conocidas, como Uber Eats, Just Eat, Glovo o Deliveroo, se verán directamente afectadas, ya que muchos de sus repartidores podrían ser reclasificados como empleados.

Esto implicará mayores costes laborales y adaptaciones en sus modelos de negocio.

 

¿Qué novedades incluye la nueva Directiva sobre el trabajo en plataformas digitales?

Estas son las novedades principales:

 

Clasificación laboral como trabajadores por cuenta ajena

Se establece que los trabajadores de plataformas digitales podrán ser reclasificados como empleados por cuenta ajena si existen indicios de control y dirección por parte de la plataforma.

Este cambio facilita el acceso a los derechos laborales que les corresponden como personas empleadas, en virtud de las normas de la UE, incluyendo:

  • Seguridad social.
  • Vacaciones pagadas.
  • Derecho al salario mínimo.
  • Otras garantías laborales.

 

Presunción de relación laboral

Se presumirá jurídicamente la existencia de una relación laboral cuando la plataforma:

  • Controle los horarios o el desempeño del trabajo.
  • Fije tarifas o condiciones de los servicios.
  • Supervise directamente las tareas realizadas mediante herramientas digitales.

 

Carga de prueba para las plataformas

Si la plataforma digital no está de acuerdo con la presunción de relación laboral será su responsabilidad demostrar que no existe una relación laboral.

Este cambio invierte la carga de la prueba, que anteriormente recaía en la persona trabajadora.

 

Reconocimiento de derechos laborales

Las normas garantizan que los trabajadores reclasificados como empleados tengan un acceso sencillo y directo a los derechos laborales.

Esto incluye beneficios como cotizaciones a la seguridad social y protección frente al despido injustificado.

 

Uso de algoritmos en el puesto de trabajo

Las plataformas digitales utilizan algoritmos para gestionar y supervisar las actividades de los trabajadores.

Con la nueva Directiva sobre Trabajo en Plataformas Digitales se establecen normas específicas para regular su uso:

  • Las plataformas deben informar a las personas trabajadoras sobre el uso de los sistemas automatizados para supervisión y toma de decisiones.
  • También sobre cómo estos algoritmos afectan a las condiciones laborales o la asignación de tareas.

 

¿Podrá un rider ser despedido por una decisión adoptada por un algoritmo?

No, existen nuevas normas sobre gestión algorítmica.

La futura normativa pretende asegurar que una persona que trabaja en plataformas digitales no pueda ser despedida simplemente por una decisión tomada por un algoritmo o un sistema automático.

Las plataformas deberán asegurarse de que haya supervisión humana en decisiones importantes que afecten directamente a las personas trabajadoras.

 

La Ley Rider impedirá el uso de datos biométricos 

La Directiva introduce otra novedad: las plataformas tendrán prohibido tratar datos, como las creencias personales o los datos biométricos.

Es decir, no podrán tratar datos sensibles entre los que se incluyen:

  • Estado emocional o psicológico de las personas trabajadoras.
  • Conversaciones privadas.
  • Origen racial o étnico.
  • Situación migratoria.
  • Opiniones políticas.
  • Creencias religiosas.
  • Datos biométricos, salvo los estrictamente necesarios para autenticación.

 

 

¿La ley europea supondrá cambios sobre la Ley Rider española?

En España encontramos la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales

¿Podría suponer la Directiva Europea cambios en la Ley Rider española? Sí, actualmente la Ley Rider en España únicamente incluye a las personas trabajadoras de plataformas de reparto a domicilio.

Será necesario que incluya la presunción de laboralidad a todas las personas trabajadoras de plataformas que oferten este tipo de servicios.

Además, deberá incluir la obligatoriedad de efectuar una auditoría algorítmica cada 2 años y aumentar las obligaciones de transparencia.

 

¿Cuándo tendrá España que incorporar las novedades en la Ley Rider?

El Consejo Europeo tiene que ratificar la Directiva y tras su ratificación los Estados miembros van a tener dos años para incorporar a la legislación nacional las disposiciones que incluya la Directiva.

Estos dos años empezarán a contar una vez se publique la Ley en el Diario Oficial de la UE.

¿Conocías las novedades de la nueva Directiva sobre el trabajo en plataformas digitales? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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