por Ángela M. Labrador | May 4, 2016 | autónomo, ayudas empresas 2016, ayudas y subvenciones, Cámara de Comercio, Cámaras de Comercio, cámaras de comercio España, emprendedores, empresas, garantía juvenil, PICE, Programa Integral de Cualificación y Empleo, Sin categoría
Continuamos desgranando el Programa Integral de Cualificación y Empleo, hoy os informamos sobre las nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros de las Cámaras de Comercio.
Se trata de un incentivo para todos los jóvenes que quieran iniciar una actividad empresarial y/o profesional puedan, fomentando así la creación y consolidación del empleo autónomo y el emprendimiento.
Cuantía de la ayuda:
La cuantía de la ayuda es de 1.800 euros por la puesta en marcha de una nueva actividad empresarial y/o profesional.
Requisitos:
- Tanto en el momento del alta en el IAE, como del RETA, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
- Ser jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (personas físicas).
- Tener finalizado al menos el bloque de Orientación Vocacional, dentro del Plan de Captación que ofrece PICE en las Cámaras de Comercio. Algunas Cámaras de Comercio pueden establecer terminar el itinerario formativo al completo.
- Mantener la actividad empresarial y/o profesional durante al menos 12 meses.
- Se admite cualesquiera que sea la forma jurídica de la actividad empresarial/profesional.
Se otorgará una ayuda por actividad empresarial, con independencia de que en la misma participe más de un joven que reúna los requisitos.
Solicitud, plazos y pago:
La solicitud se puede realizar desde la entrada en vigor de cada convocatoria en su Cámara de Comercio, hasta el 30 de diciembre de 2016. La concesión es de forma directa por estricto orden de registro de entrada, estableciéndose el plazo de 3 meses para notificar la concesión.
El pago de la ayuda esta condicionado a la justificación del mantenimiento de la actividad empresarial y/o profesional durante 12 meses. El plazo para acreditarlo es de 30 días naturales, desde la finalización de la obligación de mantenimiento.
Compatibilidad con otras subvenciones:
Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan. Es compatible con la Tarifa Plana de 50 euros.
Son ayudas acogidas al régimen mínimis, en donde la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa no será superior a 200.00 euros durante cualquier periodo de los tres ejercicios fiscales, o superior a 100.000 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancía por carretera.
Exclusiones:
- No es compatible el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social.
- En caso de persona jurídica o entidad en régimen de atribución de rentas, se excluyen la participación como socio, comunero o similar cuando esta se circunscriba a aportaciones de capital.
- No estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, DE 17 de noviembre.
Si estás interesado/a en solicitar la ayuda, tan sólo debes ponerte en contacto con tu Cámara de Comercio para comprobar que se ha aprobado la convocatoria para tu provincia y cumplimentar la documentación necesaria. Además puedes inscribirse en algunos de sus planes específicos como el Plan de Captación o de Movilidad.
También pueden interesarte estas ayudas para tu empresa:
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Fuente: Cámaras de Comercio
por Ángela M. Labrador | Mar 29, 2016 | ayudas y subvenciones, emprendedores, empresas, negocios, noticias
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo convoca un nuevo programa de ayudas para pequeñas y medianas empresas que fomentará la demanda de soluciones en la nube, ‘soluciones cloud’. El fin de esta ayuda es promover el aprovechamiento de internet y las nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y laboral.
El programa se apoya en la entidad Red.es diseñada para fomentar el empleo entre empresas que apuesten por la vanguardia digital.
Las empresas que realicen esta adaptación podrán percibir unas ayudas de entre 625 Euros y 15.000 Euros por beneficiario que se corresponden con el 50%-80% del presupuesto subvencionable solicitado.
Creemos que es muy interesante esta propuesta del Ministerio para apoyar la digitalización de procesos empresariales así como su difusión entre emprendedores, empresas y pymes. Asesores, centros de formación y gestores de empresa debemos informar a nuestros clientes sobre este tipo de ayudas que fomentan su expansión.
¿Qué tipo de empresas pueden acceder a las ayudas de adopción cloud?
Todas las pequeñas y medianas empresas podrán solicitar el acceso a esta ayuda si cuentan con:
- Menos de 250 empleados.
- Volumen de negocio menor de 50 Millones de Euros.
- Domicilio fiscal en España.
- Hayan comenzado su actividad inicial antes de la publicación de estas bases.
Estas ayudas cuenta con el límite de la subvención que es de 40 millones de euros.
¿Qué tipo de solución en la nube cubre este programa de ayudas?
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha puesto a disposición de las pymes un catálogo que recoge el tipo de solución que podrías implantar en tu empresa gracias a estas ayudas Red.es. Podrán solicitar las ayudas las empresas que inviertan en soluciones cloud dentro de cualquiera de estas categorías:
- Categoría 1. Puesto de usuario
- Categoría 2. Gestión económica
- Categoría 3. Gestión negocio
- Categoría 4. Relación con clientes
- Categoría 5. Gestión del punto de venta
- Categoría 6. Presencia en internet
- Categoría 7. Comercio electrónico
- Categoría 8. Infraestructura como servicio
- Categoría 9. Plataforma de desarrollo como servicio
- Categoría 10. Centralita virtual
¿Cómo se pueden solicitar las ayudas de adopción cloud?
Se podrán solicitar del 4 al 25 de mayo de 2016 a través de la sede electrónica de Red.es. En este enlace, podrás descargar los modelos a presentar y conocer las condiciones de la ayudas de adopción cloud. También puedes obtener más información en convocatorias@red.es, o a través del 901 900 333 (teléfono de atención de Red.es).
Gracias a estas ayudas del Ministerio de Industria, tu empresa podrá acceder a mejoras en tecnología digital muy convenientes y lograr su completa adaptación a las nuevas exigencias del mercado.
Fuente: Ministerio de Industria, Energía y Turismo
por Ángela M. Labrador | Ene 21, 2016 | autónomo, ayudas y subvenciones, emprendedores, empresas, negocios
Entre las propuestas más interesantes del Gobierno para nuestras empresas encontramos, para este año, el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética para PYMES y gran empresa del sector industrial que promueve el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y que estará dotado de más de 49 millones de euros gracias al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
Concretamente, este programa de ayudas está dirigido a Pequeñas y Medianas Empresas así como grandes empresas del sector industrial que apuesten por actuaciones de mejora de eficiencia energética e implementación de sistemas de gestión energética.
Estas ayudas estarán activas hasta el 5 de mayo de 2016, siempre y cuando no se haya agotado antes el presupuesto disponible, y se recibirán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía máxima del 30% de la inversión definida y un importe máximo de inversión elegible por solicitud de 4 millones de euros.
Pero, ¿qué medidas y/o actuaciones de eficiencia energética puedo implementar en mi empresa para acceder a las ayudas?
- Mejoras tecnológicas en equipos y procesos industriales. Actuaciones con una inversión mínima de 75.000€.
- Implantación de sistemas de gestión energética. Actuaciones con una inversión mínima de 30.000€.
Además, las empresas y PYMES que apuesten por la innovación tecnológica podrán beneficiarse de incentivos fiscales que pueden alcanzar hasta el 42% de los gastos a través de deducciones en el Impuesto de Sociedades por la realización de proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica. Así como, en las bonificaciones en la cuota empresarial de la Seguridad Social del personal investigador.
La web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo incluye las bases y los modelos de inscripción para solicitar estas ayudas para tu empresa.
Desde Grupo 2000, os animamos a solicitar las ayudas, sobre todo, si queréis apostar por implantar medidas como éstas que van a favorecer la innovación y el ahorro energético de vuestra empresa. De este modo, seréis referentes y cada día más competitivos en vuestro sector.
Además, os invitamos a leer otras ayudas, medidas y novedades beneficiosas para tu empresa:
por Ángela M. Labrador | Ene 18, 2016 | autónomo, ayudas y subvenciones, empresas, negocios
Un año más el Ministerio de Economía y Competitividad apuesta por las ayudas de las nuevas líneas ICO 2016 para Empresas y Emprendedores para el fomento de la actividad productiva en nuestro país.
Las líneas ICO son una iniciativa del Gobierno que consiste en una financiación orientada a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas, tanto españolas como extranjeras, que realicen inversiones en el territorio nacional y/o necesiten liquidez para llevarlas a cabo. Estas ayudas se gestionan a través de entidades financieras.
Pocos saben, además, que para solicitar financiación con fondos de la Línea ICO Empresas y Emprendedores no es necesario estar dado de alta como autónomo, sino que sería suficiente con estar dado de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Ésto resulta muy atractivo y anima a nuevas empresas y jóvenes emprendedores, cada año en nuestro país, a solicitar una línea ICO para impulsar sus negocios.
¿Alguna vez has pensado en obtener una ayuda o línea de crédito para invertir e impulsar tu negocio? Quizá una línea ICO sea la mejor fórmula para que tu empresa pueda aumentar su productividad y seguir invirtiendo en el país.
Deberás tener en cuenta todos estos requisitos y las novedades que recogen las líneas ICO en 2016 para solicitarlas:
- Cantidad disponible: Se podrá solicitar hasta 12,5 millones de euros por cliente. Tanto para llevar a cabo una sola operación como en varias.
- Objeto: El objetivo de la solicitud de una línea ICO es la obtención de liquidez para invertir en la producción de tu empresa dentro del territorio nacional.
- Inversión: Las líneas ICO están diseñadas para que empresas y emprendedores inviertan en la adquisición de empresas, activos fijos relativos a la productividad ya sean nuevos o usados, vehículos turismos que no superen los 30.000 euros o disposición de liquidez para invertir en la productividad de su empresa (limitada al 50% de la financiación conseguida a través de la línea ICO).
- Modalidad: Se podrán percibir las ayudas de la línea ICO 2016 a través de préstamos- leasing para inversión y préstamo para liquidez.
- Tipo de interés: Puede ser fijo o variable. A este interés se le añade el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización.
- Plazo de amortización y carencia. Si se financia 100% liquidez dispondrá de un plazo de hasta 4 años con la posibilidad de un 1 de carencia. Si se financia la inversión quedarán definidos los plazos en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 15 y 20 años con hasta dos años de carencia.
Podrás solicitar estas ayudas de hasta 12,5 millones de euros para tu negocio hasta el 10 de diciembre de 2016.
Algunos datos más que pueden interesarte sobre las nuevas líneas ICO para Empresas y Emprendedores 2016:
- Podrán solicitarse para la rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas en el caso de agrupaciones de comunidades de propietarios, propietarios y particulares.
- Se podrán financiar inversiones que se hayan realizado antes de la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2015.
- El cliente podrá comenzar la inversión hasta un año después de la firma de la operación siempre que la inversión se realice sobre el objeto de financiación pactado.
- Esta financiación es compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones.
Recuerda: Podrás solicitar estas ayudas antes del 10 de Diciembre de 2016 si eres autónomo, entidad pública o privada (también en el caso de disponer de una fundación, ONG) siempre que las inversiones productivas se realicen en España.
Fuente: Líneas ICO Empresas y Emprendedores 2016
Nuevas ayudas para empresas y emprendedores en 2016: