Se prorroga la ayuda a la contratación Yo soy empleo

Se prorroga la ayuda a la contratación Yo soy empleo

Recientemente hemos tenido conocimiento de la ampliación del plazo para solicitar la ayuda a la contratación “Yo Soy Empleo” de BBVA. Aunque en un principio esta ayuda finalizaba el pasado 31 de diciembre, se ha ampliado el plazo para solicitarla hasta el 31 de diciembre de 2015, o hasta fin que se consigan las 10.000 contrataciones que se pretende conseguir con este programa.

La ayuda consiste en una aportación económica de 1.500 euros por contratación que se realice. Cada empresa podrá solicitar hasta 10 ayudas.

 

Os recordamos las características de esta ayuda:

– Contratar a trabajadores inscritos como demandantes de empleo, al menos 2 meses.

– El contrato debe concertarse por 12 meses. Se admiten todas las modalidades de contrato, excepto el contrato por obra y servicio. La jornada deberá tener un mínimo de 20 horas semanales.

Esta ayuda es compatible con el contrato de formación, y la reducción del 100% en la cuota a la Seguridad Social de este tipo de contrato.

– Se debe domiciliar la nómina del trabajador en una sucursal BBVA, durante al menos 12 meses.

– La empresa debe tener menos de 250 trabajadores, y abrir una cuenta en BBVA. Además de acreditar estar al corriente con los pagos a Hacienda y Seguridad Social.

¿Cómo solicitar la ayuda Yo Soy Empleo?

Si no eres cliente de BBVA, deberás abrir una cuenta para tu empresa (imprescindible para recibir la ayuda).

Tras realizar la contratación, debes presentar el modelo de solicitud oficial antes de 30 días. Una vez comprueben que toda la documentación está correcta, te enviarán un email con el plan de pagos trimestral de la ayuda.

Antes de solicitar la ayuda, te recomendamos consultar las bases del programa.

Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación teórica vinculada al contrato de formación a distancia.

Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a esta ayuda, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Fuente: Yo Soy Empleo.

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación

Ayudas a la contratación de Cantabria al hacer contrato de formación.

Os queremos informar de otra subvención a la contratación que se ha aprobado recientemente. En este caso, se trata de una subvención a la contratación de la Comunidad de Cantabria, regulada en la Orden INN/14/2013, de 19 de Abril, para el fomento del empleo en el sector de la distribución comercial durante el año 2013.

  • Cuantía de la subvención: 70% de las retribuciones brutas anuales, con un límite de 4.500 euros por cada contratación.
  • Requisitos:
  1. Empresa con plantilla igual o inferior a 20 empleados.
  2. El establecimiento donde vaya a trabajar el empleado debe pertenecer a la Comunidad de Cantabria.
  3. Su actividad esté incluida en los siguientes epígrafes del IAE: Agrupación 64 y 65, Grupos 661.3, 662, 663, 691.1, 755, 856, 971, 972, 973.1, 973.3 y 975.
    En general, podrán acogerse las empresas cuya actividad principal sea de carácter minorista, que les faculte para la venta al detalle, siempre que dispongan de una superficie dedicada a exposición y ventas.
  4. Formalizar un contrato de formación durante 1 año con desempleados empadronados en Cantabria.
  5. Incrementar su plantilla con respecto al año anterior, como mínimo, por la mitad del número de contratos a subvencionar. Si es de nueva creación, se toma como fecha su inicio.
  • Se excluyen:
  1. Relaciones laborales de carácter especial.
  2. Contrataciones a cónyuge o familiar de hasta segundo grado.
  3. Trabajadores que hayan trabajado en la misma empresa hasta 24 meses antes.
  4. Trabajadores que no figuren inscritos en alguna Oficina de Empleo de Cantabria en el momento de su contratación.
  • Compatibilidades:
    Esta subvención es compatible con cualquier otra ayuda procedente de otras entidades públicas o privadas, excepto de las procedentes del Gobierno de Cantabria.
  • Plazo: Como máximo hasta el 16 de Octubre de 2013.
  • Pago: Una vez concedida la subvención, se recibirá el 75% de forma anticipada, y el 25% restante, durante el año 2014, una vez que el beneficiario haya justificado la contratación subvencionada. No se podrá recibir la subvención si la empresa tiene deudas con la Agencia Tributaria, Seguridad Social o Comunidad Autónoma.
  • Solicitudes: Debe presentarse el modelo oficial en el Registro Delegado de la Dirección General de Comercio y Consumo, situado en la C/ Nicolás Salmeron, 7 (Santander).

Es una ayuda muy interesante, ya que además, la empresa se estaría beneficiando de una bonificación del 100% de los Seguros Sociales al contratar con un contrato de formación.

Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos hablar en el 900 44 22 44 o chat online.

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