Nueva ayuda para los jóvenes autónomos de La Caixa

Nueva ayuda para los jóvenes autónomos de La Caixa

La Obra Social de la Caixa, dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, ha creado una nueva ayuda con el fin de pagar parte de la cuota de cotización a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante 6 meses.

Esta ayuda se pagará a partir del séptimo mes, tras el alta como autónomo de Tarifa Plana. La cuantía máxima de esta ayuda es de 75 euros. Cantidad destinada al pago de la cuota a la Seguridad Social, a la que se aplicará la retención  de IRPF correspondiente. Siempre que no se indique algo diferente por el beneficiario de la ayuda, se aplicará una retención del 19%.

Requisitos para acceder a la ayuda:

– Ser autónomo acogido a la Tarifa Plana. En el momento del alta debía ser menor de 30 años.

– Estar en el séptimo mes o tras darse de alta con la Tarifa Plana.

– Domiciliar la cotización de la Seguridad Social en una cuenta de la CaixaBank.

– Estar al corriente con Seguridad Social y La Caixa.

 

¿Cómo solicito la ayuda para autónomos de La Caixa?

Deberás completar la solicitud oficial online, y acreditar, entre otros, el número de cuenta corriente de CaixaBank, número de afiliación a la Seguridad Social, fecha de alta como autónomo. Y en caso de aplicar una retención diferente al 19%, el porcentaje correspondiente.

Una vez presentada la solicitud, te indicarán si se ha concedido vía email.

Ojo: si tras conceder la ayuda, dejas de pagar las cuotas de Seguridad Social o cancelas la domiciliación en CaixaBank, perderás el derecho a recibir la ayuda. Aunque se puede regularizar la situación posteriormente, y continuar percibiendo la ayuda, las cantidades que no hayas recibido hasta entonces, no se pagarán.

Para cualquier duda, te atendemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: Bases de la ayuda de la Obra Social de CaixaBank

 

Bases de cotización para autónomos en 2015

Bases de cotización para autónomos en 2015

En los últimos días se han publicado numerosas normas que afectan al 2015. En esta ocasión vamos a resumir todas las novedades en cuanto a la cotización de los autónomos para 2015:

La base mínima de cotización sube un 1% hasta 884,40 euros mensuales para 2015. La cuota mínima, que es a la que están acogidos la mayoría de autónomos en España pasaría de 261.83 euros a 264.44 euros.  Para los autónomos societarios asciende hasta 315.97€.

La base máxima de cotización se incrementa solamente en un 0.25%, y pasa de 3.597,00 a 3.606,00 euros mensuales.

Se dan además especificaciones en varios rangos de edad. La base de cotización para los autónomos que a día 1 de enero de 2015:

– Sean menores de 47 años: será la elegida por ellos dentro de las bases máxima y mínima.

– Tengan 47 años y su base de cotización en diciembre 2014 fuese  igual o superior a 1.926,60 euros mensuales, o se den de alta en 2015: será la elegida por ellos dentro de las bases máxima y mínima.

– Tengan 47 años y su base de cotización sea inferior a 1.926,60 euros mensuales: no podrán elegir una base de cuantía superior a 1.945,80 euros mensuales, salvo excepciones.

– Tengan 48 años o más cumplidos: estará comprendida entre las cuantías de 953,70 y 1.945,80 euros mensuales, salvo excepciones.

Además, tras la recién aprobada Ley de Mutuas, se ha facilitado el acceso de los autónomos al cese de actividad. Hasta ahora, se necesitaba acreditar un 30% de pérdidas de los ingresos de un año completo o que fuesen superiores a un 20% en dos años completos (consecutivos). Ahora, se acreditará el cese de actividad alegando un 10% de pérdidas anuales.

Como ya os adelantamos, también hay novedades en las retenciones para los autónomos en 2015. En Octubre, Cristóbal Montoro anunció la rebaja en las retenciones a los autónomos durante los próximos dos años, pasando del 21% al 19% en 2015 y al 18%, en 2016.

Fuente: BOE.

Los autónomos con Tarifa Plana podrán contratar también

Los autónomos con Tarifa Plana podrán contratar también

El pasado miércoles día 15, Fátima Bañez, Ministra de Empleo y Seguridad Social, adelantó una nueva medida para los autónomos que disfruten de la Tarifa Plana de 50 euros. Se prevé que todos los autónomos acogidos a esta reducción en la cotización a la Seguridad Social puedan contratar a trabajadores sin perder las reducciones.

Hasta ahora, esta reducción en la cuota mínima de la Seguridad Social por contingencias comunes, limitaba a los autónomos a no tener trabajadores por cuenta ajena.

En la siguiente tabla vamos a recordar las características de la Tarifa Plana para autónomos:

tabla autonomos tarifa plana

Esta reducción, regulada en el R.D. Ley 4/2013, se creó en un principio para menores de 30 años. Pero debido a la movilización del sector, terminó por ampliarse a todos los nuevos autónomos, tras la Ley 14/2013, de 27 septiembre de “apoyo a emprendedores y su internacionalización”.

Según datos de Moncloa, unos 291.000 autónomos disfrutan de la tarifa de 50 euros, destacando las comunidades autónomas de Andalucía y Cataluña, con 54.950 y 46.468 trabajadores autónomos suscritos, respectivamente.

Todavía no hay fecha establecida para la entrada en vigor de esta nueva medida. Los autónomos con tarifa plana que quieran contratar, deberán esperar al desarrollo de la normativa y su publicación en el BOE.

Iremos informando de todas las novedades a través de nuestro Blog. Para cualquier consulta relacionada con este tema estaremos encantados de atenderte en el teléfono 958806760, o nuestro chat online.

Fuente: Moncloa.

Ayudas de 1.500 euros para nuevos autónomos de BBVA

Ayudas de 1.500 euros para nuevos autónomos de BBVA

Ayudas de 1.500 euros para nuevos autónomos de BBVA

BBVA y la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos, ATA, han firmado un acuerdo de colaboración, dentro del cual se incluyen unas condiciones beneficiosas para sus asociados.

BBVA ofrecerá, dentro del programa «Yo Soy Empleo», 1.500 euros a fondo perdido para cada nuevo autónomo dado de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA). Podrán beneficiarse de esta ayuda hasta 1.000 autónomos.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Esta ayuda es para autónomos dados de alta a partir del 1 de junio de 2014.
  • Hacerte socio de ATA (120 € al año).
  • Estar al corriente del pago a las cuotas de la Seguridad Social y Hacienda.
  • Abrir una cuenta en BBVA, donde ingresarán los 1.500 euros de ayuda.
  • Domiciliar en la misma cuenta el pago de las cotizaciones, para que puedan controlar que sigues dado de alta durante 1 año.
  • El autónomo que solicite la ayuda, no debe haber estado de alta como trabajador por cuenta propia en los últimos 90 días.

    ¿Cómo se paga la ayuda? 

Una vez confirmada la concesión, la ayuda se pagará de forma fragmentada, en 4 pagos, cada 3 meses.

Se trata de una ayuda a fondo perdido, si tienes que cerrar tu negocio, no tendrás que devolverla.

En caso de que te la concedan, y te des de baja antes del período, no tendrás que devolver las cantidades que hayas recibido, pero no percibirás la ayuda restante.

¿Cómo se solicita la ayuda?

Para realizar la solicitud, deberás acudir a alguna de las oficinas de ATA.

Deberás presentar:

  • Certificado de alta en RETA (TA0521) con una antigüedad no superior a 3 meses.
  • Certificados de Seguridad Social y Hacienda, de estar al corriente de los pagos.
  • Declaración censal modelo 036 ó 037.

Una vez presentada la solicitud, la entidad te contestará por correo electrónico en 15 días. Y deberás abrir la cuenta en BBVA para los pagos.

Si tienes alguna consulta, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: ATA, BBVA con tu empresa

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