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¿Los autónomos que facturen menos de 85.000€ no pagarán el IVA?

¿Los autónomos que facturen menos de 85.000€ no pagarán el IVA?

¿Es cierto que a partir de 2025 se va a implementar un nuevo régimen especial de franquicia en el IVA? ¿Los autónomos que facturen menos de 85.000 € no pagarán el IVA?

Hacienda ha desmentido los rumores de que, en 2025, los autónomos quedarán exentos de liquidar el IVA.

La confusión proviene de la Directiva (UE) 2020/285, que obliga a los países miembros de la Unión Europea a aplicar este régimen. España es el único país que aún no ha implementado esta medida.

Por tanto, cuando se aplique la Directiva, los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales sí estarán exentos de la obligación de liquidar el IVA.

Sin embargo, aún falta tiempo para que esto sea oficial.

Hacienda está trabajando con asociaciones de autónomos en la transposición de esta normativa europea, pero han confirmado que no se publicará esta reforma fiscal a tiempo para entrar en vigor en enero de 2025.

Tienes todos los detalles, a continuación:

 

¿Qué es el IVA franquiciado?

El IVA franquiciado es un régimen especial de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que está diseñado para simplificar las obligaciones fiscales de los autónomos y pequeñas empresas.

 

¿Los autónomos que facturen menos de 85.000€ no tendrán que abonar el IVA?

Bajo el nuevo régimen de IVA franquiciado, las empresas y autónomos que cumplan ciertos requisitos podrían quedar exentos de la obligación de presentar declaraciones trimestrales de IVA. En algunos casos, también podrían dejar de emitir facturas con IVA.

Este régimen ya se aplica en otros países de la Unión Europea y está regulado por la Directiva (UE) 2020/285, aprobada el 18 de febrero de 2020 por el Consejo Europeo.

La medida ofrece un beneficio significativo para determinados autónomos y empresas, ya que no tendrán que declarar el IVA ni usar el modelo 303.

Sin embargo, en España aún no se ha implementado esta reforma, por lo que no está en vigor.

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¿Cuándo podrán los autónomos acogerse al régimen de IVA fraccionado?

En España, actualmente se están negociando las condiciones entre Hacienda y las asociaciones y sindicatos de autónomos. Sin embargo, parece que el Gobierno no está priorizando esta medida en su agenda.

Según la Directiva (UE) 2020/285, los Estados miembros tienen hasta 2025 para implantar el nuevo régimen de IVA fraccionado, por lo que esta sería la fecha límite para completar la transición en nuestro país.

Habrá que esperar para ver qué pasos se toman, pero mientras tanto, desde Hacienda se recuerda que los autónomos no están exentos de pagar el IVA, incluso si facturan menos de 85.000 euros al año.

 

¿Cómo funcionaría el régimen de IVA fraccionado?

Bajo este nuevo régimen de IVA fraccionado, si un autónomo o una pequeña empresa factura menos de 85.000 euros al año no tendría la obligación de:

  • Presentar declaraciones trimestrales de IVA.
  • Además, no necesitaría incluir el IVA en sus facturas.

Ahora bien, los autónomos podrían elegir entre seguir bajo el régimen general del IVA o acogerse al nuevo régimen especial de franquicia de IVA.

Si un autónomo eligiese la franquicia de IVA no podría aumentar su volumen de negocio en más del 10%. Si lo superara, ya no podría beneficiarse de este régimen.

Sin embargo, la UE podría permitir a los Estados miembros establecer un límite máximo del 25% para el crecimiento en el volumen de negocios antes de perder la franquicia.

¡Importante! Será necesario esperar hasta conocer qué detalles y especificaciones se incluirán en la normativa en España.

Además, los Estados miembros podrían tener la capacidad de modificar el límite de facturación de 85.000 euros hacia abajo o ajustarlo según sectores de actividad específicos.

 

¿Quiénes podrían acogerse al nuevo sistema de IVA fraccionado?

Una vez entre en vigor este cambio en España podrían acogerse al nuevo sistema de IVA los autónomos y pequeñas empresas con un volumen de facturación inferior a 85.000 euros.

 

¿Qué supondría la exención de abonar el IVA trimestral para los autónomos? Estas serían sus ventajas

Los autónomos que se acogiesen al nuevo régimen del IVA no tendrían que incluirlo en sus facturas, lo que conllevaría una simplificación en la declaración y el pago de impuestos para autónomos con ingresos limitados.

Es decir, a través del nuevo régimen del IVA fraccionado se limitarían las obligaciones informativas en cuanto al IVA en una única declaración que tendría que realizarse a principios de año.

Esto es debido a que Hacienda podría pedir dicha declaración a principios de año para controlar los ingresos y gastos de los autónomos con el fin de determinar si se continúan reuniendo los requisitos para acogerse a este régimen del IVA.

Además, al no tener que declarar el IVA los precios serán más competitivos. Sin aplicar el IVA los productos y servicios serían entre un 4% y hasta un 21% más baratos.

Otra ventaja del nuevo régimen del IVA fraccionado sería que los autónomos ya no deberían rellenar el modelo 303 de IVA al no facturar con dicho impuesto.

Ahora bien, no todo son ventajas. Este nuevo régimen impediría a los autónomos deducir el IVA soportado.

 

¿Quién podría revocar la franquicia de IVA de un autónomo?

Cada Estado miembro de la UE tendrá la autoridad para revocar la franquicia de IVA de un autónomo en su territorio nacional en caso de:

  • Incumplimiento de la normativa.
  • Notificación de la intención de abandonar la franquicia.
  • Cese de actividad.

Para ello, cada persona trabajadora contaría con un número de identificación único y los autónomos estarían obligados a informar a la Administración si optan por la franquicia de IVA en otro país.

En cualquier caso, habrá que esperar para conocer con detalle cómo será la aplicación del IVA fraccionado en nuestro país.

 

¿Hay sectores exentos de abonar el IVA en 2024?

Hacienda ha publicado una lista de sectores que quedan exentos de pagar el IVA este año. A continuación, te detallamos quiénes están exentos de declarar este impuesto:

  • Profesionales del sector educativo: quedan exentos quienes trabajen en centros públicos, privados o impartan clases particulares. Por ejemplo, centros de idiomas, formación profesional, institutos o universidades.
  • Sanitarios: se incluyen a profesionales como  como médicos, farmacéuticos, logopedas o psicólogos. Sin embargo, sí deben tributar aquellos que se dediquen a la investigación, ensayos clínicos, cirugía estética no relacionada con accidentes, pruebas biológicas o análisis de ADN sin fines terapéuticos.
  • Creadores y traductores de obras: aquellos que contribuyan en una obra literaria, teatral o composición musical, siempre que exista una aportación personal a la creación. No obstante, si la obra se entrega a un cliente sí se debería incluir el IVA ya que no se va a considerar una prestación de servicios sino una entrega de bienes.
  • Periodistas, gráficos y fotógrafos. Están exentos quienes colaboren en medios escritos, tanto en Internet como en papel. Sin embargo, quienes trabajen para blogs, redes sociales, radio o televisión sí tendrían que incluir el IVA.
  • Intermediarios financieros: autónomos que medien en operaciones como préstamos o letras de cambio también están exentos de incluir el IVA.

 

 

¿Podría Hacienda eliminar el actual régimen de módulos de estimación objetiva?

Así es. Hacienda también estima la posibilidad de eliminar el actual régimen de módulos de manera progresiva en los próximos años.

Estaremos pendientes para ofrecerte la información lo más actualizada posible.

Esperamos que este post te haya resultado interesante. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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