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Calendario fiscal de 2025 para empresas y autónomos

3 enero, 2025
Calendario Fiscal De 2025 Para Empresas Y Autonomos Grupo2000

En este artículo te presentamos un resumen completo de las obligaciones fiscales para este año. Este es el calendario fiscal de 2025 para empresas y autónomos.

A continuación, detallamos todas las obligaciones y los plazos máximos para la presentación de cada trámite, para que puedas cumplir con ellas de manera sencilla y a tiempo:

 

¿Qué es el calendario fiscal 2025 y para qué sirve?

El calendario fiscal 2025 fija cuáles son las fechas límite y los plazos para cumplir con las obligaciones tributarias a lo largo del año.

Va detallando los períodos en los que empresas y autónomos deben presentar sus distintas declaraciones y pagar impuestos.

El calendario fiscal es muy útil ya que sirve a modo de guía para mantenerse al día de todas las responsabilidades tributarias.

El año fiscal se estructura en cuatro trimestres de la siguiente manera:

  • Primer trimestre: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2025.
  • Segundo trimestre: Del 1 de abril al 30 de junio de 2025.
  • Tercer trimestre: Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2025.
  • Cuarto trimestre: Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2025.

Es esencial diferenciar el trimestre fiscal del periodo para su presentación. Después de cada trimestre existe un plazo para realizar la presentación correspondiente:

  • Primer trimestre: Del 1 de abril al 20 de abril de 2025.
  • Segundo trimestre: Del 1 de julio al 20 de julio de 2025.
  • Tercer trimestre: Del 1 de octubre al 20 de octubre de 2025.
  • Cuarto trimestre: Del 1 de enero al 31 de enero de 2025.
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¿Qué impuestos deben presentarse durante el calendario fiscal 2025?

Son diversos los impuestos que se tienen que ir presentando a lo largo de 2025. Los más destacados son el IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades.

Cada uno de ellos cuenta con un modelo oficial que debe presentarse ante Hacienda.

 

Obligaciones fiscales en enero de 2025

Enero es uno de los meses con mayor carga de obligaciones fiscales para autónomos y empresas.

A continuación, te recordamos las presentaciones que deberás realizar.

Antes del 20 de enero:

  • Modelo 039: incluyendo las contrataciones realizadas durante diciembre en el régimen especial del grupo de entidades del IVA.
  • Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 123: declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
  • Modelo 161: resumen de las aportaciones recibidas durante 2024 para proyectos.

Antes del 31 de enero:

  • Modelos 036 y 037: declaración de datos censales de la empresa o persona física.
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
  • Modelo 131: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.
  • Modelo 303: liquidación trimestral del IVA.
  • Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias a la Agencia Tributaria.
  • Modelo 390: resumen anual de la declaración del IVA del año anterior.

Antes del 31 de enero:

  • Modelo 165: declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
  • Modelo 179: declaración de Información trimestral de la cesión de uso de viviendas con fin turístico.
  • Modelo 180: resumen anual de retenciones en alquileres de inmuebles o locales para el desarrollo de la actividad.
  • Modelo 182: declaración de donaciones, donativos o aportaciones recibidas y/o realizadas.
  • Modelo 184: declaración informativa anual de entidades en Régimen de Atribución.
  • Modelo 188: rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 190: resumen anual de retención e ingresos del IRPF.
  • Modelo 233: declaración informativa por gastos en guardería.
  • Modelo 270: declaración de premios de lotería.
  • Modelo 345: declaración de planes, fondos de pensiones y sistema alternativos, planes de previsión asegurados o de previsión social empresarial.
  • Modelo 369: declaración del IVA relacionado con la prestación de servicios digitales o la venta a través de un e-commerce en países europeos fuera de España.

 

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Obligaciones fiscales de febrero y marzo 2025

Durante febrero y marzo de 2025 las obligaciones fiscales serán algo más relajadas. A continuación, te detallamos las presentaciones que deberás realizar.

Antes del 28 de febrero:

  • Modelo 347: declaración informativa anual de operaciones con terceros.

Antes del 31 de marzo:

  • Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero.

 

Obligaciones fiscales de abril y mayo 2025

En el segundo trimestre del año el número de obligaciones fiscales aumentará considerablemente. A continuación, te detallamos las presentaciones que tendrás que realizar.

 

Abril 2025

A partir del 6 de abril comenzará la presentación telemática de la Declaración de la Renta.

Además, hasta el 20 de abril deberás presentar los siguientes modelos:

  • Modelo 111: declaración trimestral, retenciones de personal y profesionales.
  • Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
  • Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.
  • Modelo 349: declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.

 

Mayo 2025

En mayo se abre el plazo para presentar la Declaración de la Renta de manera telefónica utilizando el Modelo 100.

 

Obligaciones fiscales de junio 2025

En junio hay dos fechas clave que no debes pasar por alto:

  • El 24 de junio finaliza el plazo para presentar el Modelo 714, que supone la declaración del Impuesto sobre el patrimonio.
  • El 30 de junio se cierra la opción de presentar la declaración del IRPF.

 

Obligaciones fiscales de julio 2025

Con la llegada de julio comienza el tercer trimestre del año y con él varias obligaciones fiscales que debes cumplir.

Hasta el 20 de julio:

  • Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
  • Modelo 303: liquidación del IVA del segundo trimestre.
  • Modelo 309: declaración y liquidación del IVA para quienes no están obligados a hacerla periódicamente.
  • Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias del segundo trimestre.

Hasta el 25 de julio:

  • Modelo 200: presentación del Impuesto de Sociedades.

 

Obligaciones fiscales de agosto y septiembre 2025

Durante los meses de agosto y septiembre de 2025 no existe ninguna obligación fiscal que debas cumplir.

 

Obligaciones fiscales de octubre 2025

Octubre de 2025 trae consigo una serie de obligaciones fiscales que no debes pasar por alto. Asegúrate de presentar los siguientes modelos antes del día 21:

  • Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 117: por rendimientos derivados de transmisión o reembolso de acciones/participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y transmisión de derechos de suscripción.
  • Modelo 123: por intereses, préstamos pagados o abonados. Así como por dividendos y/o participaciones de socios.
  • Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.
  • Modelo 349: declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.

 

Impuestos especiales

Además de los modelos mencionados, también deberás presentar impuestos especiales, que incluyen:

  • Declaración e ingreso por fabricación y elaboración (Modelos 521, 522, 547, V1, V2, V7, F1, 553, 506, 507, 508, 524, 572).
  • Impuesto para empresas de cogeneración.

 

Cambios en el IVA

Te recordamos que desde el 1 de enero de 2025 los tipos de IVA vuelven a ser los habituales:

  • Productos básicos: IVA del 4%.
  • Aceite de oliva: IVA del 4% (considerado alimento de primera necesidad).
  • Aceites de semillas y pastas alimenticias: IVA del 10%

 

Obligaciones fiscales de noviembre 2025

Antes del 7 de noviembre deberás presentar el Modelo 102, el cual corresponde al pago del segundo plazo de la declaración de la Renta. Es importante recordar que este pago es aplicable si optaste por fraccionar la declaración.

 

Obligaciones fiscales de diciembre 2025

El último mes del año traerá consigo la obligación de presentar el Modelo 202, que supone el pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, antes del día 20.

¿Conocías las declaraciones de impuestos este año? Nos encantará leer tus aportaciones. Déjanos tu comentario más abajo. ¡Gracias!

 

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Ángela M. Labrador

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