El SEPE ha anunciado recientemente que por fin están disponibles los nuevos campos en Contrata para el contrato de formación en alternancia adaptados al Real Decreto Ley 32/2021.
Recordamos que la Reforma Laboral introdujo dos novedades importantes en el contrato de formación:
- Se extiende la edad máxima, pudiendo realizarse con personas de hasta 30 años.
- Se modifica la duración: se puede realizar desde 3 meses hasta 2 años.
Pero desde el 30 de marzo de 2022, fecha en la que entraron en vigor las nuevas características y requisitos del contrato de formación en alternancia, ha habido numerosos problemas para comunicar estos contratos al SEPE, puesto que la sede electrónica de Contrat@ no estaba adaptada.
Ya están habilitados en Contrat@ los nuevos campos para el contrato de formación en alternancia
Nos alegra informarte que hemos podido comprobar en estos días que funcionan correctamente los nuevos campos de Contrat@ para comunicar los contratos de formación en alternancia según la Reforma Laboral.
La plataforma ya se ha adecuado a las nuevas duraciones y edades del contrato de formación:
- Puedes mecanizar contratos de formación para mayores de 25 años.
- Se pueden comunicar contratos con duración desde 3 meses hasta 2 años.
También se han incluido 3 nuevos colectivos para realizar el contrato, cuando la edad de la persona trabajadora supera los 30 años:
- Estudios universitarios.
- Formación Profesional.
- Certificados de Profesionalidad de nivel 3.
¿Se puede comunicar el Anexo del contrato de formación en alternancia?
Todavía no es posible comunicar el Anexo con el contenido del plan formativo individual del contrato de formación en alternancia, porque el SEPE debe adaptar el Anexo y el aplicativo a los cambios de la Reforma Laboral.
Desde DGT y Empleo se emitió una nota informativa hace varios meses en la que daban las instrucciones a seguir. Mientras no estuviese disponible el nuevo Anexo, se podrá seguir utilizando el antiguo modelo oficial antiguo.
Pero todavía habrá que esperar para comunicarlo por Contrat@, porque el aplicativo no está preparado.
En la citada nota, indicaban igualmente que ya no es necesario realizar la solicitud previa de autorización del contrato de formación, pudiéndose realizar el contrato hasta en el mismo día.
No obstante, es imprescindible que contactes con nuestro equipo, antes del alta, para que te enviemos el Anexo con todos los detalles de la formación, ya que es una parte muy importante del contrato y debe estar firmada por ambas partes.
¿Se puede comunicar por Contrat@ un contrato de formación a tiempo parcial?
Otra de las novedades más destacadas de la Reforma Laboral es la posibilidad de realizar un contrato de formación a tiempo parcial, antes siempre debía ser a jornada completa.
Desde marzo de 2022 se pueden tramitar contratos a tiempo parcial. No obstante, en Contrat@ tendrás problemas para comunicarlo por la sede electrónica, que todavía no está adaptada.
Tendrás que mecanizar el contrato como un modelo 421 y posteriormente enviar por buzón la incidencia para que lo corrijan manualmente.
Esperamos que en las próximas semanas vayan incluyendo nuevas actualizaciones para comunicar el contrato a tiempo parcial en Contrat@, te avisaremos en nuestro blog.
¿Te gustaría realizar un contrato de formación en alternancia? Contacta con nosotros en el chat online en directo o en el teléfono 958 806 760. ¡Te ayudamos con todos los trámites!
También se han incluido 3 nuevos colectivos para realizar el contrato, cuando la edad de la persona trabajadora supera los 30 años:
Estudios universitarios.
Formación Profesional.
Certificados de Profesionalidad de nivel 3.
¿ porqué esta diferenciación ?, ¿ es que no se pueden hacer con estos estudios si son menores de 30 años ?
Hola, Ámparo. La diferenciación es porque cuando se formalice un contrato de formación vinculado a estudios universitarios, de formación profesional o de Certificado de Profesionalidad no habrá límite de edad. Un saludo