El nuevo año viene cargado de modificaciones que afectan a los autónomos.
Uno de los grandes cambios introducidos a partir de este año 2022 es el incremento de la cuota de los autónomos, que aumenta en 8 euros mensuales.
En este post, vamos a recopilar todas las novedades para autónomos en 2022, entre las que destacan cambios en materia laboral, fiscal y en Seguridad Social.
Te lo contamos todo, a continuación.
Sube la cuota de autónomos
Tal y como recoge la ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales, se producirá en este 2022 un aumento de la cuota de autónomos.
Este incremento se materializará en 8 € mensuales. De esta manera, los autónomos pasarán de pagar 286 € a 294 € al mes.
El aumento de la cuota de autónomos viene motivado por la ampliación en las contingencias profesionales, que suben del 1,1% al 1,3%, así como por cese de actividad, que pasaría de 0,8% a 0,9%.
Las cotizaciones por contingencias comunes (28,3%) y por formación profesional (0,1%) se mantienen.
De esta manera, la base mínima de cotización aumenta de los 944,40 € a los 960,60 €.
Aun así, hay que tener en cuenta que dependiendo de la edad del autónomo existen algunos condicionantes que modifican las cifras mencionadas anteriormente.
Se reducen a 1.500 euros las deducciones de las aportaciones a planes de pensiones
Debido a que la pensión media por jubilación ronda los 800 € para los autónomos, son muchos los que optan por complementar esta prestación con dichas aportaciones.
A partir de este año 2022 se han limitado a 1.500 € las deducciones de las aportaciones a planes de pensiones (que ascendían hasta los 2.000 € hasta la fecha).
Se mantiene el SMI 2021 durante 2022, de momento
- SMI diario: 32,17 euros/día.
- SMI mensual: 965 euros/mes.
- SMI en cómputo anual: 13.510 euros/año (en 14 pagas).
Hay cambios en el Impuesto de Sociedades
La ley de Presupuestos Generales también incluye modificaciones en cuanto al Impuesto de Sociedades.
Se establece una tributación mínima del 15% de la base imponible para aquellos trabajadores con importe neto de cifra de negocio igual o superior a 20 millones de euros.
También para aquellos que tributen por el régimen de consolidación fiscal.
En el caso de sociedades de nueva creación, la tributación mínima sufre modificaciones. Pasará del 15% al 10%.
Otro cambio que afecta al Impuesto de Sociedades es la bonificación fiscal en cuanto a sociedades dedicadas al arrendamiento de viviendas, que pasa del 85% al 45%.
Se prorrogan los límites de tributación por módulos en 2022
Los límites de tributación por módulos de los trabajadores autónomos se prorrogan y se mantienen los niveles y las condiciones del método de estimación objetivo del Impuesto sobre el IRPF.
Los autónomos tendrán la opción de elegir entre el sistema de estimación directa que incluye los ingresos reales y los gatos del trabajador o, por el contrario, decantarse por el régimen de estimación objetiva.
Este hecho da cierta tranquilidad a miles de autónomos que podrán mantener el sistema de estimación objetiva hasta 2023.
El Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre, incluye en su disposición adicional segunda una ampliación de los plazos (hasta el 31 de enero de 2022) para presentar renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del IRPF y al régimen simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA para el año 2022.
Además, desde el 1 de enero de este año 2022, a los autónomos no residentes que tengan un establecimiento permanente se les aplicará la tributación mínima del Impuesto sobre Sociedades.
Aumenta el impuesto de matriculación
Según la Ley de Presupuestos Generales, el impuesto de matriculación sube. Esto viene motivado por las nuevas normativas europeas de emisiones para frenar la huella de carbono.
Hasta el mes de enero estaban exentos de pagar este impuesto de matriculación los vehículos que emitieran un porcentaje inferior a 144 gramos/km de dióxido de carbono.
A partir de ahora, se salvarán de pagar el impuesto de matriculación aquellos vehículos de menos de 120 gramos/km.
El resto tendrán que pagar un porcentaje que se va elevando conforme aumentan los gramos/km.
Para los vehículos que produzcan entre 121 y 160 gramos/km el porcentaje se queda en un 4,75%.
Los vehículos que emitan entre 161 y 200 gramos/km pagarán un 9,75%.
Por su parte, el porcentaje asciende hasta un 14,75% para los vehículos de más de 200 gramos/km.
Se limitan los pagos en efectivo a 1.000 euros
Hasta el momento, era legal realizar pagos en efectivo de hasta 2.500 euros.
A partir de 2022 y según la Ley Antifraude el límite legal establecido para realizar pagos en efectivo se reduce a 1.000 euros.
Hay que destacar que el límite de pago es aplicable a la transacción al completo.
Por tanto, si necesitas realizar un pago en efectivo de un total de 1.000 euros y lo vas pagando en cantidades pequeñas, se tendrá en cuenta la suma de todas esas cantidades.
Aumenta el IPC
Los autónomos tendrán que estar atentos ante la subida del IPC que tendrá efectos inmediatos en el alquiler de las instalaciones o en los acuerdos acordados conforme a la subida del IPC.
Por tanto, no sería de extrañar que suban los precios en algunas actividades.
Sube la edad legal mínima para jubilarse y cobrar el 100%
En este 2022, los autónomos que deseen jubilarse y quieran recibir la pensión al completo tendrán que abandonar sus puestos de trabajo a los 65 años en el caso de tener 37 años y 6 meses o más cotizados.
Aquellos que no cumplan con dichos años y meses de cotización tendrán que jubilarse una vez que hayan pasado 2 meses desde que cumplan los 66 años.
Se estima que la edad mínima para jubilarse y cobrar el 100% quedará fijada en los 67 años en 2027.
¿Cómo se calcula la pensión a percibir por parte de un autónomo?
Desde enero de 2022 para calcular la pensión de un autónomo se tendrá en cuenta lo que haya cotizado cada mes en los últimos 25 años de su vida laboral.
Por tanto, aumenta el periodo de tiempo, ya que en años anteriores el cálculo se hacía teniendo en cuenta los últimos 16 años anteriores a la jubilación.
Además, se producen cambios en cuanto a la penalización para aquellos autónomos que se prejubilen.
A continuación, vamos a hablar sobre los cambios que ha introducido la reforma laboral en cuanto a formalización de contratos.
Se limita la formalización de contratos temporales a 6 meses
Podrán realizarse contratos temporales ante el aumento ocasional e imprevisible de trabajo en la empresa, pero estos contratos no podrán tener una duración de más de 6 meses.
En el caso de que se produzcan por circunstancias de la producción ante situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida, podrán utilizarse por el plazo máximo de 90 días y nunca de manera continuada.
Se amplía el contrato fijo-discontinuo
La reforma laboral ha incluido numerosas novedades, entre las que destacan la revalorización de la figura del fijo-discontinuo.
Podrán formalizarse contratos con trabajadores fijos-discontinuos para realizar trabajo de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada.
Además, podrán formalizarse para la prestación de servicios en la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles formen parte de una actividad ordinaria de la empresa.
Aumenta la edad para formalizar contratos de formación en alternancia hasta los 30 años
Los contratos de formación en alternancia podrán durar entre 3 meses y 2 años y se podrán formalizar con jóvenes de hasta 30 años.
Los autónomos podrán disfrutar de ayudas para digitalizar sus procesos de trabajo
Seguro que ya has escuchado hablar de los Fondos Next Generation, es una de las novedades existentes tanto para pymes como para autónomos para invertir en digitalización.
La primera convocatoria del programa ya está en activo, se trata del bono del Kit Digital.
Está dirigido a empresas que cuentan con un nivel muy bajo de digitalización y necesitan digitalizar sus procesos de trabajo.
Los autónomos y las pymes que quieran beneficiarse de este bono solo tienen que inscribirse en el portal Acelera Pyme y podrán contratar los servicios a partir de febrero de 2022.
Las empresas podrán invertir el dinero de las ayudas, de hasta 3.000 euros, en servicios como gestión de redes sociales, comercio electrónico, factura electrónica o ciberseguridad.
Puedes leer más información en nuestro post Así es el programa Kit Digital para la digitalización de pymes y autónomos.
¿Qué sabes sobre la nueva Ley de Startups?
Esta nueva Ley de Startups supone algunos cambios para los autónomos.
Por ejemplo, estarán exentos de cotizar a la Seguridad Social aquellos que compaginen su trabajo por cuenta ajena con la creación de su startup.
Puedes ampliar la información en nuestro post Todo lo que necesitas saber sobre la nueva Ley de Startups.
La Nueva Ley Concursal conlleva la posibilidad de exonerar deudas
Esta nueva ley introduce una serie de indicadores de aviso para alertar a la empresa en el caso de encontrarse en riesgo de insolvencia.
Además, se produce la posibilidad de exonerar deudas, es decir, los autónomos podrán elegir entre una exoneración inmediata previamente a la liquidación o por un plan que conlleve los pagos o la exoneración provisional de los mismos.
La Inspección de Trabajo digitaliza la emisión de las sanciones
TGSS utilizará un robot para detectar irregularidades y emitir sanciones.
Esta medida viene motivada por el fomento de un mayor control en cuanto a la formalización de contratos, por ejemplo, para hacer más eficientes las inspecciones laborales.
Los autónomos pueden recibir una multa gestionada directamente a través de un software. Ya no es necesaria la existencia de una inspección en las instalaciones de la empresa.
Así se obliga a los autónomos a tener un mayor control de todos los datos con los que trabajan para asegurarse de realizar de manera correcta todos los trámites.
Aparte de todas estas novedades, existen otras novedades que se irán aprobando a lo largo de este año 2022:
Se prevé el desarrollo de un sistema de cotización en función de los ingresos reales
El nuevo sistema de cotización conllevaría la creación de 13 cuotas de cotización en función del tramo de ingresos del autónomo, es decir, cada trabajador por cuenta ajena estaría dentro de un tramo dependiendo de sus ingresos netos.
Los autónomos cotizarían en función de sus ingresos y no mediante una cuota fija.
Esta medida entraría en vigor de forma progresiva entre 2023 y 2031.
Las cuotas mínimas sobre las que podrán elegir los autónomos irán aumentando conforme vayan pasando de un tramo a otro.
De esta manera, y con el nuevo sistema, no sería posible optar por una cuota de 286,15 euros al mes.
El objetivo es que los autónomos con rendimiento bajos paguen hasta 1.300 euros menos al año.
Se eliminará el uso de la figura del falso autónomo en el sector de la cultura
El fin que persigue el Gobierno es reformar el Estatuto del Artista para establecer cuándo una empresa puede contratar a un autónomo, es decir, se establecerá cuándo un artista debe de ser contratado como autónomo o asalariado.
Se creará un Régimen de residencia y trabajo de profesionales cualificados
El objetivo es atraer y retener el talento internacional, por lo que esta medida afecta en gran medida a los trabajadores autónomos.
Además, también se prevé la creación de un Régimen sancionador contra la morosidad. Se penalizaría a las empresas que pagasen a los autónomos por encima de los plazos de 30 o 60 días que marca la Ley.
Se regularán las características de los dispositivos electrónicos y sistemas informáticos
Esta medida es muy importante para los autónomos ya que el Gobierno pretende regular las características que deben de tener los dispositivos electrónicos y los sistemas informáticos utilizados en los negocios a la hora de realizar procesos contables o de facturación.
En la actualidad, la Administración fija multas de hasta 50.000 euros para los autónomos que utilicen softwares de doble uso para llevar la contabilidad de sus negocios.
Si has llegado hasta aquí estás al tanto de todas las modificaciones.
¿Qué te parecen todas estas novedades para autónomos en 2022? Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!
Entendi al oir a la ministra que aprobaban la cuota de autonomo en base a la envergadura e ingresos de cada cual,no se puede pagar la misma cuota por tener un kiosco de 15 m2 que un restaurante de 300 m2,pero no veo por ningun sitio nada acerca de este tema
saludos
Buenos días. Es una de las propuestas del nuevo Gobierno. Pero todavía tienen que darle forma y aprobar la ley. Cuando se apruebe os informaremos en nuestro blog. Un saludo
Bien, lo que no sabemos es que le va a ocurrir al autónomo que este de baja desde el mes de diciembre de 2018, si este tendrá que seguir pagando su cotización o si desde enero de 2019 ya la SS no le girara el recibo de forma automática.