La obligación de registrar la jornada en 2019 podría venir de la UE. Recientemente hemos tenido novedades sobre esta obligación, que lleva ya varios años de idas y venidas. Parece que, por fin, 2019 va a ser el año del registro de la jornada. Veremos a continuación por qué.
Novedades en el registro de la jornada. Europa lo estima necesario
En 2017, el actual Gobierno planteó una proposición de Ley con el fin de imponer el registro de la jornada para todos los trabajadores.
La Propuesta de Ley se encargaría de reformar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, incluyendo una nueva obligación de registrar los horarios de entrada y salida de los trabajadores.
Esta norma se encuentra en fase de enmiendas, y dada la situación política actual, parecía que se iba a quedar en el tintero.
Ahora, la UE, puede ser quien tome las riendas de este asunto. Te explicamos qué ha ocurrido en las últimas semanas:
El 19 de Enero de 2019, la Audiencia Nacional, en vista de la controversia surgida con el registro, elevó al TJUE este asunto, para que determine si nuestra actual normativa se ciñe a las obligaciones europeas.
Este Auto de la Audiencia Nacional pone en el centro del debate los artículos 34 y 35 del Estatuto de los Trabajadores, que se analizan para ver si garantizan los derechos de los trabajadores.
Recientemente, hemos tenido conocimiento a través de diferentes medios sobre novedades al respecto. El Abogado General de la UE ha estimado necesario que nuestro país incluya nueva legislación con el fin de que exista un control efectivo sobre la jornada de los trabajadores.
Aunque la sentencia definitiva se espera para finales de primavera, todo parece apuntar que instará al Gobierno a modificar esta normativa. Ya que Abogado General de la UE ha indicado en estos días que, sin un sistema de cálculo del tiempo del trabajo, no existen garantías de que se respeten los límites temporales fijados en la Directiva 2003/88.
¿Cuáles son las obligaciones actuales para el registro de la jornada?
Según las últimas sentencias del Tribunal Supremo, estas son las obligaciones actuales en materia de registro de la jornada:
- Trabajadores a tiempo parcial (Artículo 1 del Real Decreto Ley 16/2013).
- Horas extraordinarias.
- Informar al representante legal de los trabajadores (RDL 16/2013).
Puedes ampliar información sobre las circunstancias, sentencias y normativas que introducen estas obligaciones haciendo clic aquí.
A raíz de los últimos acontecimientos habrá que estar atentos a la determinación de Inspección sobre el registro. Entendemos que esperarán a la sentencia europea antes de modificar su criterio. En los próximos meses os iremos informando sobre las novedades que surjan sobre este tema.
¿Cuál es tu caso? ¿Ya aplicas el registro de la jornada en tu empresa? Nos encantará conocer tu opinión sobre el tema. Déjanos un comentario. Gracias por leernos.
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Fuente: CCOO, CincoDías.
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