Inspección actuará contra posibles abusos en el periodo de prueba

27 mayo, 2024
Inspección actuará contra posibles abusos en el periodo de prueba

Dos años después de la entrada en vigor de la Reforma Laboral, Inspección actuará contra posibles abusos en el período de prueba.

Lo hará a través de una campaña específica para controlar el uso fraudulento del período de prueba en las empresas, especialmente en los contratos indefinidos.

Te lo contamos todo:

 

¿Cómo será la campaña de Inspección para controlar abusos en los períodos de prueba?

En los últimos meses se está observando un aumento preocupante del uso del despido durante los periodos de prueba.

Por esta razón, la Inspección de Trabajo ha decidido iniciar una campaña para investigar posibles infracciones en este sentido.

En concreto, la campaña se enfocará en aquellas empresas que despiden a las personas trabajadoras al cumplirse seis meses de contrato, coincidiendo con el final del período de prueba.

Este tipo de despidos, supuestamente justificados por no superar la fase de prueba, se han vuelto cada vez más comunes, lo que sugiere un posible abuso de los mismos.

Por tanto, se van a realizar inspecciones exhaustivas y se impondrán sanciones en caso de detectarse irregularidades.

Es fundamental garantizar que los derechos de las personas trabajadoras sean respetados y que los despidos se realicen de manera justa y legal.

Al despedir a una persona trabajadora durante el período de prueba, las empresas solo están obligadas a pagar el finiquito correspondiente, lo que hace que el despido resulte económico.

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¿En qué casos es posible despedir durante el período de prueba?

El Estatuto de los Trabajadores establece, en su artículo 14, que la duración del periodo de prueba no puede exceder de seis meses para técnicos titulados, ni de dos meses para las demás personas trabajadoras.

En empresas de menos de 25 personas en plantilla el periodo de prueba no puede superar los tres meses para las personas empleadas que no sean técnicos titulados.

Mientras que en contratos temporales de seis meses o menos, el período de prueba no puede ser superior a un mes.

Ahora bien, ¿qué sucede si la persona empleada ya ha desempeñado con anterioridad esas funciones?

Se han detectado casos en los que se despide durante el período de prueba a personas que ya habían trabajado previamente en el mismo puesto.

El Estatuto de los Trabajadores establece claramente que:

“Será nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación”.

Por tanto, con esta campaña, la Inspección de trabajo buscará posibles irregularidades, especialmente en:

  • Contratos indefinidos, ya sea a tiempo completo o parcial, que se extinguen por no superar el período de prueba a pesar de exceder la duración máxima de ese periodo.
  • Despidos por no superar el periodo de prueba a personas que previamente habían estado contratadas para realizar la misma función.

¿Conocías la nueva campaña de la Inspección de Trabajo? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Olga Agea

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