Tras las numerosas incidencias derivadas de la falta de un formato oficial, Hacienda establece el formato definitivo de los libros de registro de IVA para los sujetos obligados a presentar los libros de IVA de forma electrónica.
Hace unos meses ya te informábamos sobre los cambios que había introducido en AEAT en el Sistema Inmediato de Información (SII) y las especificaciones técnicas para la llevanza de los libros de registro del IVA.
Ahora, Hacienda publica cuáles son los formatos de presentación electrónica que se deben utilizar, con el fin de homogeneizar el formato utilizado por los usuarios.
La carencia de un formato en los meses anteriores provocaba retrasos en las gestiones y como consecuencia, en la devolución del IVA. AEAT espera que los nuevos formatos reduzcan estas incidencias.
¿Cuáles son los nuevos formatos para presentar los libros de IVA?
El formato que han establecido para presentar los libros de IVA puede ser alguno de los siguientes:
- CSV: similar al formato Excel, pero con los datos separados por comas y puntos.
- XLS: el formato Excel de toda la vida.
- Formato SII: este formato debe cumplir con los detalles técnicos de SII.
Esta nueva indicación afecta a las empresas no obligadas a llevar los libros de registro de IVA a través de SII. Sobre todo serán autónomos y pequeñas empresas con facturación anual inferior a 6 millones de euros, y aquellos no inscritos en REDEME.
Además, introducen novedades en la organización de los campos de cada archivo:
- Para los comercios con régimen de Recargo de Equivalencia se tendrá que incluir dos campos nuevos: tipo de recargo Eq y Cuota de Recargo Eq.
- Reordenación de las columnas del NIF destinatario (Tipo y Código del país) y NIF expedidor (Clave Operación y Total Factura).
- Se añaden los campos de Factura Sustitutiva para aquellos casos en que es necesario anular una factura anterior y hacerla nueva.
Puedes ver el manual completo con las nuevas instrucciones para el formato de estos archivos haciendo clic aquí.
Curso de Excel para directivos y contables
Aprende a sacar el máximo partido a esta herramienta y haz más fácil tu trabajo
Fuente: Hacienda.
Más artículos que también pueden interesarte:
Alerta ante la campaña masiva de cartas de AEAT a Pymes y autónomos
Cómo registrar la jornada y cumplir la normativa de Protección de Datos
Nueva guía para el registro de la jornada del Ministerio de Trabajo
0 comentarios