Cotización a la Seguridad Social por contrato de formación y aprendizaje durante 2014.
El pasado sábado se publicó en el BOE la Orden ESS/106/2014, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
En esta ocasión nos vamos a centrar en lo establecido por el artículo 44, del Capítulo IV, que se refiere a la Cotización en los contratos de formación y aprendizaje. En él se determinan las cuotas y demás contingencias para el año 2014.
Hemos confeccionado la siguiente tabla con todos los conceptos. Si os fijáis en la cantidad total, no ha variado con respecto a 2013, se mantiene la cuota de cotización a la Seguridad Social para los contratos de formación y aprendizaje en 97,49 euros.
Empresa | Trabajador | Total | |
---|---|---|---|
Concepto | |||
Por contingencias comunes (Formación) | 30,52 € | 6,09 € | 36,61 € |
Contingencias profesionales IT | 2,35 € | – | 2,35 € |
Contingencias profesionales IMS | 1,85 € | – | 1,85 € |
Fondo de Garantía Salarial | 2,32 € | – | 2,32 € |
Formación Profesional | 1,12 € | 0,15 € | 1,27 € |
Desempleo | 41,42 € | 11,67 € | 53,09 € |
Total | 79,58 € | 17,91 € | 97,49 € |
La empresa pagará 0 € en el caso de los contratos de formación y aprendizaje, siempre que se cumplan los requisitos para acceder a la reducción del 100% de los Seguros Sociales:
- No tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social.
- El trabajador debe cumplir los requisitos para el contrato de formación y aprendizaje.
La Base mínima de cotización para el año 2014 también se mantiene: 25,10 euros/día.
Para calcular la Base de cotización del año 2014 utilizaremos la siguiente fórmula:
25,10 euros x 30 días = 753 euros/mes.
Esta cifra afecta a todos los cálculos relativos a prestaciones de cualquier tipo de la Seguridad Social por contrato de formación: baja por enfermedad, baja por maternidad, paternidad, etc.
Si os interesa este tema, os recomendamos leer nuestro artículo: Cambio en la Base Reguladora para el cálculo de las prestaciones de la Seguridad Social del contrato de formación.
Para cualquier consulta, os atenderemos encantados en nuestro chat online, o en el teléfono 958 806 760.
Fuente: BOE.
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