Ayuda directa por contrato de formación en la Comunidad de Madrid.
El 9 de Octubre de 2013 se publicó la Orden 7210/2013, de 03 de Octubre, que regula las subvenciones del Programa de Inserción Laboral para desempleados de larga duración de la Comunidad de Madrid.
El Programa tiene como finalidad insertar laboralmente a personas que lleven inscritas más de un año en la Oficina de Empleo y hayan agotado las prestaciones por desempleo.
A continuación os detallamos las condiciones de la subvención:
- Beneficiarios de la ayuda. Empresas que contraten mediante contrato de formación a parados de larga duración inscritos en Oficinas de Empleo de Madrid, estas pueden ser:
- Empresas con al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
- Entidades sin ánimo de lucro.
- Administraciones Públicas y entidades dependientes.
- Requisitos:
- La empresa tiene que estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y Administración Tributaria.
- El trabajador debe desarrollar la actividad laboral en la Comunidad de Madrid.
- Contratar mediante contrato de formación durante al menos 6 meses.
- La edad de los candidatos debe ser como máximo hasta 30 años.
- La persona desempleada debe estar inscrita, de manera ininterrumpida, durante al menos los 12 meses previos al Programa.
- Cuantía de la subvención:
La subvención cubre los costes salariales, Seguridad Social y costes formación dirigida al trabajador, hasta un máximo de 1.800 euros mensuales. Los gastos por formación incluidos serán de 5 euros por persona, por hora de formación. Para los cálculos habrá que tener en cuenta que la jornada laboral se compone de un 75% de trabajo efectivo y un 25% de formación teórica. El sueldo será el establecido según Convenio Colectivo o normativa vigente. - Solicitud:
Muy importante: las solicitudes se deben presentar en los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la Orden en el BOCM, es decir, hasta el 28 de Octubre de 2013.
- El modelo de solicitud oficial se presentará en el Registro auxiliar de la Dirección General de Empleo, C/ Vía Lusitana, 21. Madrid o vía electrónica.
- Una vez concedida la solicitud, la empresa presentará, durante los 5 días hábiles siguientes, en la Oficina de Empleo, la oferta de empleo.
- La Oficina de Empleo enviará candidatos que cumplan el perfil, y la empresa realizará la selección final entre estos.
- Se deberá presentar la relación de seleccionados en la Oficina de Empleo en 5 días hábiles. Y contratar en el plazo máximo de 30 días a contar desde la publicación de la resolución de la ayuda.
- En los 10 días posteriores al plazo de contratación, se remitirá a la Dirección General de Empleo: la comunicación del contrato subvencionado, y copia de éste.
Si tenéis alguna duda, os atendemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.
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