Esta semana hemos tenido conocimiento a través de diversos medios sobre el borrador en el que se está trabajando, con el fin de reducir la alta tasa de desempleo, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El texto detalla el Plan de Choque por el Empleo Juvenil, donde el Gobierno propone flexibilizar la jornada del contrato de formación.
La nueva norma flexibilizaría la jornada del contrato de formación y aprendizaje
La propuesta del Gobierno incluiría una flexibilización de la jornada del contrato de formación, por lo que de ser aprobado, los trabajadores en contrato de formación podrían trabajar a turnos.
Recordamos que, actualmente, la jornada del contrato de formación, regulada en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, no permite que realicen trabajo a turnos o nocturno.
Este cambio podría ser positivo ya que muchas las empresas, cuyas plantillas utilizan un sistema por turnos, se animarían a incorporar nuevo personal en formación, y darían la oportunidad de incorporarse al mundo laboral a muchos jóvenes.
Hay que destacar que el contrato de formación, además, les proporcionaría una formación oficial gratuita de Certificado de Profesionalidad, a la vez que están trabajando, que les capacitaría para ejercer una profesión.
Se flexibilizaría el tiempo dedicado a la formación teórica del contrato de formación
El borrador también recogería, en consecuencia, una flexibilización del tiempo dedicado a la formación teórica del contrato de formación por los trabajadores. Dado que si la jornada se establece por turnos, el trabajador también tendría cada semana un horario diferente para la conexión a su aula virtual.
El trabajador con contrato de formación y aprendizaje dedica un 25% de su jornada para formarse, 15% si se trata de su segundo o tercer año de contrato. Esto supone que se conecten al menos 2 horas diarias a la plataforma para acceder a los contenidos, entregar tareas, etc..
Esta flexibilización del tiempo dedicado a la formación, estaría enmarcada en el espíritu inicial del contrato de formación en la modalidad de teleformación, que ya dejaba patente el legislador en el artículo 17,2 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, donde indicaba lo siguiente:
«Las actividades formativas podrán organizarse con una distribución temporal flexible que en todo caso deberá garantizar que el trabajador pueda cursar los módulos profesionales del ciclo formativo o los módulos formativos del certificado de profesionalidad.»
Bajo nuestro punto de vista, como centro acreditado para impartir el Certificado de Profesionalidad, por el Servicio Público de Empleo Estatal, inherente al contrato de formación y aprendizaje, creemos que estas modificaciones que se plantean para la jornada permitirían que el contrato de formación en la modalidad de teleformación se adaptase mejor a las necesidades del mercado laboral real, y es una medida que vienen demandando las empresas desde hace tiempo.
Se espera que en los próximos meses se apruebe finalmente esta medida, junto con otras como la ayuda mensual de 430 €, que se concedería a los trabajadores, contratados mediante contrato de formación, inscritos en Garantía Juvenil, y la nueva bonificación, adicional a la actual, para contratos de formación transformados en indefinidos.
En nuestro blog os iremos informando de todas las novedades, mientras tanto, quizá os interese leer también:
La Ley de PGE modifica la inscripción de los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil.
Fuente: El Diario, El Economista, La Voz de Galicia.
Buenas tardes.
Estaría interesado en recibir un contrato de formación y aprendizaje de mantenimiento de instalaciones deportivas.
Estoy desempleado y tengo 28 años y estoy en garantía juvenil.
Gracias.
Daniel Delgado Ochoa.
Buenos días, Daniel.
Gracias por contactar con nosotros. Si estás interesado, envía tu currículum a nuestra agencia de colocación http://www.contrato10.es y así podrás inscribirte en las ofertas de empleo con contrato de formación que desees. Muchas gracias. Un saludo