El pasado mes de octubre se publicó la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. En el Artículo 115 sobre las Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2016. Podemos encontrar la referencia a la cotización de los contratos para la formación y el aprendizaje en su apartado once:
«Las cuotas por contingencias comunes a cargo del empresario y a cargo del trabajador, por contingencias profesionales, por desempleo, al Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional de los contratos para la formación y el aprendizaje se incrementarán, desde el 1 de enero de 2016 y respecto de las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2015, en el mismo porcentaje que aumente la base mínima del Régimen General.»
Por tanto, para poder hacer el cálculo de la cotización del contrato de formación para 2016, nos remiten al Real Decreto 1171/ 2015, de 29 de diciembre por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016.
Esta norma, recoge un aumento del SMI para 2016 de un 1%
A continuación te indicamos la cuantía de las diferentes contingencias del contrato de formación y aprendizaje. Cantidades establecidas en la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Por contingencias comunes | 30,98 € | 6,18 € | 37,16 € |
Contingencias profesionales IT | 4,26 € | – | 4,26 € |
Fondo de Garantía Salarial | 2,35 € | – | 2,35 € |
Formación Profesional | 1,14 € | 0,15 € | 1,29 € |
Desempleo | 42,04 € | 11,85 € | 53,89 € |
Total | 80,77 € | 18,18 € | 98,95 € |
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