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Cómo se aplica el MEI en el contrato de formación en alternancia

4 marzo, 2025
Cómo se aplica el MEI en el contrato de formación en alternancia

En enero de 2023 entró en vigor el impuesto denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las Pensiones, conocido como MEI.

Hoy resolvemos algunas de las dudas más habituales que nos planteáis: ¿Cómo se aplica el MEI en el contrato de formación en alternancia en 2025? ¿Se puede bonificar el MEI en el contrato de formación?

Es importante tener en cuenta que aunque el MEI comenzó suponiendo una cotización adicional a la Seguridad Social del 0,6% este porcentaje ha ido incrementando en los últimos años.

¿Quieres saber cuál es el MEI en 2025? Te lo contamos:

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¿En qué consiste el impuesto MEI?

El MEI es un impuesto destinado a repartir en cierta forma el coste que ocasionará asumir las pensiones entre todas las generaciones de personas trabajadoras.

Es una medida creada por el Gobierno para aumentar la llamada «hucha de las pensiones».

El impuesto MEI se debe aplicar sobre las cotizaciones de cada persona trabajadora y consiste en una cotización adicional de un determinado porcentaje al mes por persona.

El año pasado (2024) el porcentaje fue de un 0,7%, que se distribuyó de la siguiente manera:

  • Un 0,58% en la cotización correspondió a la empresa.
  • Y un 0,12% se asumió por parte de las personas trabajadoras.

Para 2025 el MEI se ha incrementado hasta un 0,8% de cotización distribuido así:

  • Un 0,67% a cargo de la empresa.
  • Y 0,13% a cargo de la persona trabajadora.

 

¿Se debe incluir el MEI en la cotización del contrato de formación en alternancia?

Así es. Debes incluir el impuesto MEI en la cotización del contrato de formación en alternancia.

Según la Disposición Adicional Séptima de la Orden PCM/74/2023, la cotización adicional correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional se debe efectuar en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar.

Asimismo, la Orden PCM/313/2023, en su artículo 44 sobre la cotización del contrato de formación, también incluyó la necesidad de cotizar por el mecanismo de equidad intergeneracional.

Es decir, el contrato de formación en alternancia está obligado a incluir el concepto MEI en la cotización.

 

¿Desde cuándo se debe incluir el impuesto MEI en la nómina del contrato de formación?

El impuesto MEI o Mecanismo de Equidad Intergeneracional entró en vigor en enero de 2023, de acuerdo a lo previsto en la Disposición Final Cuarta de la Ley 21/2021.

En consecuencia, se ha tenido que incluir el MEI en el cálculo de las cotizaciones para las nóminas del contrato de formación en alternancia desde el 1 de enero de 2023.

 

¿Se bonifica el MEI en el contrato de formación en 2025?

El impuesto MEI no se puede bonificar en el contrato de formación en alternancia, ese porcentaje de cotización debe ser abonado por empresa y persona trabajadora.

Es algo que generó muchas dudas, ya que normalmente el contrato de formación permite aplicar una bonificación de los Seguros Sociales durante su vigencia, siempre y cuando se reúnan los requisitos para bonificar el contrato de formación.

Seguridad Social confirmó en su Boletín RED 3/2023 que el MEI no es un concepto bonificable.

¡Importante! Este cambio no afecta al resto de conceptos de la cotización del contrato de formación, que sí se pueden bonificar desde el primer mes de contrato. El único concepto no bonificable, por tanto, será el % de MEI.

 

¿Cómo se aplica el MEI en la cotización del contrato de formación en alternancia?

Antes de abordar el MEI es importante recordar que la Reforma Laboral introdujo cambios en la cotización de los contratos de formación en alternancia.

A la hora de calcular la cotización se distingue entre:

  • Contratos que cotizan por la base mínima.
  • Contratos que cotizan por cuantías superiores a la base mínima.

Por tanto, al aplicar la bonificación en los contratos de formación en alternancia debemos tener en cuenta las siguientes cuantías de cotización:

 

Contratos de formación que cotizan por la base mínima (cuota fija)

Concepto Empresa Persona trabajadora TOTAL  
Por contingencias comunes 55,97 € 11,16 € 67,13 €  
Por contingencias profesionales 7,71 € (3,99 IT + 3,72 IMS) 7,71 €  
Fondo de Garantía Salarial 4,25 € 4,25 €  
Desempleo 75,97 € 21,41 € 97,38 €  
Formación 2,09 € 0,27 € 2,36 €  
MEI 9,25 € 1,80 € 11,05 €  
TOTAL

155,24 €

34,64 € 

189,88 € 

 

La cuantía total a aplicar desde enero de 2025 en los seguros sociales del contrato de formación en alternancia es de 189,88 €.

Esta cuota fija de seguros sociales del contrato de formación normalmente está bonificada durante toda la vigencia del contrato.

Únicamente tendría que abonarse si el contrato no cumple los requisitos para beneficiarse de la bonificación.

¡IMPORTANTE! Como comentamos, las cuantías del MEI no pueden bonificarse, pero sí el resto de conceptos. Por tanto, de la cuota fija de 189,88 € se podrán bonificar 178,83 € y solo se abonarán los 11,05 € correspondientes al MEI.

En la práctica la Seguridad Social realiza el descuento automático del importe correspondiente al MEI de la bonificación.

 

Contratos de formación que cotizan por encima de la base mínima

Si el contrato de formación cotiza por encima de la base mínima a la parte que exceda sobre dicha base se le aplican otros tipos de cotización.

Sin embargo, no deberás aplicar un nuevo porcentaje de MEI sobre esa cuantía que supera la base mínima. Este ajuste solo se realiza una vez sobre la cuota fija correspondiente, como se establece en el Boletín RED 3/2023.

Para calcular la cuota total en estos casos se habilitaron dos nuevas peculiaridades:

  • 59/59 Contratos formativos en alternancia – Cuota total 
  • 09/04 Contratos formativos en alternancia – Exclusión de desempleo

Estas peculiaridades permiten calcular una cuota fija, y si la base de cotización por contingencias comunes supera la base mínima del grupo 7, se genera una cuota adicional por la parte que exceda.

Todavía no tenemos instrucciones sobre cómo y cuándo regularizar los meses previos.

En Grupo2000 te informaremos de todas las novedades que vayan surgiendo al respecto.

Te recomendamos leer nuestra página sobre las bases y tipos de cotización del contrato de formación durante 2025 para ampliar información.

¿Qué te parecen todas estas novedades? ¿Estabas aplicando así las bonificaciones del contrato de formación? Nos encantará leer tus comentarios, ¡déjanos uno más abajo!

 

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Ángela M. Labrador

4 Comentarios

  1. María del carmen Lopez

    Buenos días, tengo una asesoría y nos surge una duda.
    Si en este 2024 el importe máximo a bonificar por un contrato de formación en alternancia es de 119 euros, y la cuota fija son 171,95 euros, ¿eso quiere decir que la empresa tiene que pagar 52,95 euros?
    Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola María del Carmen, para los nuevos contratos de formación dados de alta a partir del 1 de septiembre de 2023 se aplicará una bonificación de 119 € sobre la cuota fija de seguros sociales, que en 2024 es de 171,95 €. Además, se sumará la bonificación por tutorización, pudiendo alcanzar hasta 199 €. Después de aplicar estas bonificaciones, el coste final en los seguros sociales de la empresa sería 0 euros, a excepción de la cuantía no bonificable del MEI, que debería pagarse aparte. Un saludo.

      Responder
  2. Olga Lorenzo

    Está muy bien el artículo, muy bien explicado todo. Solo una cuestión y es de donde salen los 104,58 € de cotización por desempleo si la base mínima de cotizacion son 1260 € y el tipo aplicable es el 7,05%, distribuido en 5,50% a cargo de la empresa y 1,55% a cargo del trabajador, serían 88.83€ total, 69,30 € para la empresa y 19,53 € para el trabajador.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Olga. Muchas gracias, hemos revisado el artículo. Un saludo

      Responder

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