Grupo2000

Alumnado     Asesorías     Empresas     

Todos los becarios en prácticas ya cotizan en 2024

23 agosto, 2024
Todos los becarios en prácticas cotizarán a partir de 2024

¿Sabías que todos los becarios en prácticas ya cotizan en 2024?

El RD Ley de la Reforma de Pensiones incluyó una medida: la inclusión en la Seguridad Social de los becarios, que en un inicio se iba a hacer efectiva a partir de octubre de 2023.

Finalmente, y tras la publicación del RD Ley 5/2023, esta medida se retrasó y ha entrado en vigor este año.

Desde el 1 de enero de 2024 todas las compañías tienen que dar de alta en la Seguridad Social a los becarios. Esto es independientemente de que realicen prácticas remuneradas o no.

¿Qué pasa con los antiguos becarios? ¿Pueden convalidar como cotizados los períodos de prácticas?

A continuación, analizamos cómo es la cotización de las prácticas no laborales en 2024 y solventamos tus dudas respecto a la nueva normativa.

Además, hemos elaborado una guía con las modificaciones más importantes en cuanto a cotización de los becarios para que puedas llevarla contigo siempre que la necesites y estar al tanto de todas las novedades.

¡Sigue leyendo! Podrás descargarla más abajo.

Antes que nada, queremos distinguir entre contrato para la práctica profesional y convenio de prácticas (becarios) porque mucha gente los confunde y hay una diferencia notable.

Banner Cfa Grupo2000

¿Qué es un Contrato de prácticas?

El contrato de prácticas, conocido tras la Reforma Laboral como contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, es una modalidad regulada en el artículo 11.3 del Estatuto de los Trabajadores en el que existe relación laboral.

Para poder realizar un contrato de este tipo, el trabajador debe estar en posesión de un título universitario, de FP, Máster, de Certificado de Profesionalidad o equivalente, es decir, disponer de estudios oficiales ya finalizados.

El requisito es que no hayan transcurrido más de 3 años desde la finalización, ó 5 años si tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, tras la Reforma Laboral. Su duración es de entre 6 meses y 1 año.

Además, al ser un contrato laboral en Régimen General, se exige su correspondiente alta del trabajador en Seguridad Social.

Recordamos que el 1 de enero de 2019 se derogó la bonificación en los seguros sociales que tenía este contrato.

Por lo que no tienen derecho a ninguna bonificación (solamente para colectivos como en el caso de personas con discapacidad o de transformación a indefinido).

Estos contratos siempre pagan seguros sociales.

El salario será el establecido en convenio colectivo, sin que en ningún caso pueda ser inferior a la retribución mínima establecida para esta modalidad ni al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

 

¿Qué es un Convenio de prácticas?

Este tipo de convenio es un acuerdo que se formaliza con una entidad formativa o educativa y no implica relación laboral con la empresa.

Estas prácticas se pueden llevar a cabo en empresas o instituciones incluidas en programas formativos, prácticas académicas como las que realizan los alumnos de FP, Certificado de Profesionalidad, Estudios Universitarios, como parte del plan de estudios.

En este caso, los alumnos no tendrían los estudios finalizados y normalmente se exige que estén matriculados durante ese periodo en la entidad formativa.

Para este tipo de situaciones no se formaliza contrato laboral, se formalizaría un convenio entre alumno/a, entidad educativa y empresa.

Este es el mejor Contrato Bonificado para contratar en 2024

 

¿Qué prácticas están obligadas a cotizar en Seguridad Social en 2024?

Hasta antes de la entrada en vigor de esta obligación, únicamente los estudiantes con prácticas remuneradas cotizaban a la Seguridad Social en concepto de contingencias comunes y contingencias profesionales.

Así, los becarios con prácticas remuneradas sumaban años de experiencia laboral a tener en cuenta para acceder a la jubilación.

Pero, ¿qué ocurría con la cotización de las prácticas no remuneradas?

El Real Decreto Ley 2/2023, modificó la Disposición adicional quincuagésimo segunda de la  Ley General de la Seguridad Social, incluyendo en el Sistema de Seguridad social a los alumnos con prácticas formativas o académicas externas incluidas en programas de formación.

Así se han extedido los derechos beneficiando a más jóvenes, que pueden reconocer el tiempo de prácticas como tiempo cotizado a efectos de su futura pensión. 

Además, los jóvenes tienen más protección, por ejemplo, en caso de accidente durante la realización de sus prácticas. 

 

¿Qué tipo de prácticas están incluidas?

  • Las realizadas por alumnado universitario de grados, máster, doctorado, títulos propios de la universidad, diplomas de especialización o de experto.
  • Las realizadas por alumnado de FP, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.

Desde el 1 de enero de 2024 estas personas trabajadoras en prácticas ya han comenzado a cotizar, mejorando así la situación de todos los becarios.

Las empresas que acojan a becarios, incluyendo las prácticas que realicen alumnos universitarios y de Formación Profesional, les tienen que dar de alta en la Seguridad Social.

Estas prácticas quedarán comprendidas como «asimiladas» a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social.

Por tanto, todos los becarios se tienen que dar de alta, independientemente de si reciben remuneración o no.

Habrá excepciones en cuanto a la integración de los estudiantes en el Régimen de la Seguridad Social. Se excluyen aquellos que hagan prácticas a bordo de embarcaciones dependiendo del Régimen Especial del Mar.

Esta medida surge para obligar a computar los períodos de prácticas en la vida laboral con efectos de cara a la jubilación.

¡IMPORTANTE! Esto no significa que la relación de los estudiantes y la empresa sea laboral. Simplemente se asimilan a ellos a efectos de cotización.

 

¿Quién debe cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social?

En el caso de prácticas formativas remuneradas las obligaciones en materia de Seguridad Social corresponden a la entidad que financie el programa de formación.

Las altas y las bajas en la Seguridad Social se deben practicar según la normativa general de aplicación.

En las prácticas formativas no remuneradas es la empresa donde se desarrollen las prácticas quien debe cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social.

A no ser que exista un convenio en el que se indique que la responsable es la entidad formadora.

Las reglas de cotización aplicables que debe asumir la entidad que adquiera la condición de empresario son las siguientes:

  • Debe asignar un número de la Seguridad a la persona estudiante (en el caso de que no lo tenga).
  • Tiene que comunicar a TGSS las altas y bajas que correspondan al inicio y a la finalización de las prácticas formativas no remuneradas.

 

¿Cómo son las cotizaciones para los trabajadores en prácticas en 2024?¿Quién tiene que pagarlas?

Los becarios en prácticas cotizan en Seguridad Social, pero:

  • No cotizan por los conceptos de desempleo, FOGASA o formación profesional.
  • Tampoco aportan el MEI.

Tal y como recoge la Orden PJC/51/2024 las cotizaciones de las prácticas son las siguientes:

 

Prácticas formativas no remuneradas:

En las prácticas no remuneradas las obligaciones son de la empresa o entidad donde se desarrollen, salvo convenio que indique que se responsabilice la entidad educativa.

La cotización en el caso de prácticas no remuneradas consiste en la siguiente cuota empresarial por cada día de prácticas por contingencias comunes y profesionales determinada:

 

Concepto Empresa Persona Trabajadora TOTAL
Contingencias Comunes (excluida IT) 2,67 €/día   2,67 €/día (máximo mensual: 60,76 €)
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales 0,17 €/día (IT)
0,16 €/día (IMS)
  0,33 €/día (máximo mensual: 7,38 € (3,82 € de IT y 3,56 € de IMS))
Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI)     Excluido

 

En las prácticas no remuneradas se debe realizar alta en Seguridad Social al inicio de las prácticas y baja a su finalización.

A efectos de comunicar a TGSS el alta y baja hay un plazo de 10 días naturales desde el comienzo o fin de las prácticas.

Si tenemos en cuenta las futuras prestaciones, cada día trabajado en prácticas no remuneradas se va a considerar como 1,61 días cotizados.

En ningún caso podrá sobrepasar el número de días que tenga el mes correspondiente.

El plazo para ingresar las cuotas en las prácticas no remuneradas se establece de la siguiente manera (habrá posibilidad hasta el penúltimo día natural de los siguientes meses):

  • Ingreso de cuotas de enero, febrero y marzo, se realizará en abril.
  • Ingreso de cuotas de abril, mayo y junio, se realizará en julio.
  • Ingreso de cuotas de julio, agosto y septiembre, se realizará en octubre.
  • Ingreso de cuotas de octubre, noviembre y diciembre, se realizará en enero.

 

Prácticas formativas remuneradas:

El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social, en el caso de prácticas formativas remuneradas corresponde a la empresa que financie el programa de formación, que lo asumirá como si fuera el empresario.

Para las prácticas remuneradas se cotiza aplicando las reglas de cotización de los contratos de formación en alternancia.

Y la base mínima de cotización es la mínima vigente en cada ejercicio para el grupo 7.

 

Concepto Empresa Persona Trabajadora TOTAL
Contingencias Comunes 53,61 €/mes 10,69 €/mes 64,30 €/mes
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales 3,82 €/mes IT (Incapacidad Temporal)
3,56 €/mes IMS (Incapacidad Permanente, Muerte y Supervivencia)
  7,38 €/mes
Mecanismo Equidad Intergeneracional (MEI)     Excluido

 

Las compañías tienen un 95% de deducción en las cuotas por contingencias comunes.

El Estado se va a hacer cargo de cubrir prácticamente la totalidad de las cuantías a aportar a la Seguridad Social de los trabajadores en modalidad de prácticas.

Además, en el caso de los estudiantes de Formación Profesional, el 5% restante lo asume el Ministerio de Educación.

¿Entonces los becarios no cotizan a la Seguridad Social para el paro?

No, los becarios no cotizan a la Seguridad Social por desempleo, por tanto, el tiempo trabajado no sirve para solicitar el paro.

 

¿Pueden los antiguos becarios convalidar como cotizadas sus prácticas de forma retroactiva?

La norma (RD Ley 5/2023) no establece efectos retroactivos, pero especifica la opción de concertar un convenio especial abonado por los becarios.

Ya se ha publicado la Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ISM/386/2024, en la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas.

Esta normativa tiene como fin permitir que los antiguos becarios puedan firmar un convenio con TGSS para que se computen periodos de prácticas anteriores.

 

¿Quiénes pueden convalidar sus prácticas como cotizadas de forma retroactiva?

Podrán solicitar que se convaliden como cotizadas sus prácticas quienes hayan realizado prácticas de: FP (excepto FP intensiva), Títulos Universitarios o enseñanzas artísticas o deportivas.

También se podrán acoger los graduados universitarios que, a través de estudios oficiales de doctorado, hubieran participado antes del 4 de febrero de 2006 en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

Todos ellos van a poder suscribir un convenio especial, por una única vez, con la TGSS, que les permitirá el cómputo de esos periodos de cotización hasta un máximo de cinco años.

Para poder subscribirse al convenio:

  • Las prácticas no remuneradas: deberán haberse producido con anterioridad al 1 de enero de 2024.
  • Las prácticas remuneradas: tendrán que haberse realizado con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.

Para ello, los interesados e interesadas tendrán que acreditar el periodo de duración de los programas de formación en los que hubieran participado.

 

Nuevos requisitos para el convenio especial de cotización por prácticas formativas

Desde el 2 de agosto, con la entrada en vigor de la Orden ISM/386/2024, se han establecido nuevos requisitos para la firma del convenio especial de cotización:

 

Aumento del período reconocido por el convenio especial

  • Para prácticas remuneradas realizadas antes del 1 de noviembre de 2011, el período máximo que se puede computar en el convenio especial no podrá ser superior a 825 días (5 años) independientemente de los períodos reconocidos en el convenio anterior.
  • Además, se fija el 31 de diciembre de 2028 como límite para que los becarios en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título puedan suscribir un nuevo convenio especial.

 

Requisitos de Certificación para prácticas remuneradas y no remuneradas

  • Prácticas remuneradas: se requiere un certificado que detalle claramente los períodos en los que se realizaron las prácticas, especificando las fechas de inicio y fin de cada uno.
  • Prácticas no remuneradas: se necesita una certificación que indique las fechas de inicio y fin del período de duración de las prácticas. En su defecto, se pueden proporcionar las fechas del cuatrimestre en el que se llevaron a cabo.

Si las prácticas realizadas no cubren la totalidad del período previsto, el número de días de prácticas efectivamente realizadas se podrá sustituir por el número equivalente de horas de prácticas, de acuerdo con los créditos asignados a la asignatura.

Cada 8 horas de prácticas se considerarán como un día completo, y cualquier fracción de día se contará como un día adicional.

 

Ampliación del plazo para la suscripción

Se amplía el plazo para poder suscribir el convenio especial hasta el 31 de diciembre de 2028 (anteriormente, el plazo finalizaba el 1 de junio de 2026).

 

¿Qué períodos quedarán cubiertos?

La cotización por los períodos de prácticas reconocidos en el convenio especial va a cubrir la cobertura de las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.

Se considerarán cubiertos los períodos en los que se hayan realizado las prácticas. Si las prácticas no abarcan todos los días del período, solo se tomará en cuenta el número de días efectivamente trabajados durante ese período.

Además, si la certificación se refiere a prácticas no remuneradas, el cómputo de días u horas se realizará de forma continua, comenzando desde el primer día de cada período de prácticas y manteniéndose de manera consecutiva.

 

¿Cómo se calcula la cuota del convenio especial?

La base de cotización para el convenio especial será la base mínima del grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social vigente durante los períodos formativos o de prácticas certificados (anteriormente se usaba la base vigente en 2024).

Si en un mismo año existen varias bases de cotización, se tomará como referencia la base vigente a 31 de diciembre.

El tipo de cotización aplicable será el correspondiente al año 2024.

El importe resultante se ajustará aplicando un coeficiente del 0,77, que determinará la cantidad final a ingresar.

¡Importante! Se ha ampliado el plazo para el pago fraccionado mensual de la cuota.

Mientras que anteriormente el número máximo de mensualidades correspondía al número de meses del convenio, ahora se permite extender este período hasta el doble, con un máximo de 84 mensualidades.

 

¿Cuánto habrá que pagar para poder recuperar estas cotizaciones? 

La cifra se situaría por cada mes cotizado entre 40 y 140 euros al mes aproximadamente, por los periodos de prácticas realizadas entre 1980 y 2006.  

 

¿Qué pasará con las solicitudes presentadas antes del 2 de agosto?

Para las solicitudes presentadas entre el 1 de junio de 2024 (fecha de entrada en vigor de la Orden ISM/386/2024) y el 1 de agosto de 2024 (día anterior a la entrada en vigor de la Orden ISM/812/2024), se aplicarán las siguientes disposiciones:

  • Solicitudes no resueltas: se tramitarán de acuerdo con la nueva regulación establecida por la Orden ISM/812/2024.
  • Solicitudes ya resueltas: las personas interesadas podrán solicitar la modificación de las condiciones del convenio especial ya reconocido para ajustarlas a las nuevas disposiciones. No obstante, desde TGSS ajustarán de oficio la base de cotización del convenio en todos los casos.

 

¿Qué ocurre si hay una baja de paternidad, maternidad o baja IT durante las prácticas?

En caso de corresponder una prestación por nacimiento, riesgo durante el embarazo y lactancia, esta se abonará por la mutua o entidad gestora mediante pago directo.

Si se trata de una baja por incapacidad temporal derivada por contingencias comunes o profesionales, se abonará mediante pago delegado.

 

¿Se pueden mecanizar las altas y bajas de becarios en prácticas no remuneradas?

Mecanizar las altas y bajas de los becarios con prácticas no remuneradas -en CCC con TRL 993- PRACTICAS NO RETRIBUIDAS es posible desde el 15 de diciembre de 2023. 

Importante: la FRA tiene que ser igual o posterior al 1 de enero de 2024, fecha de entrada en vigor de la disposición adicional 52ª LGSS.

 

Modalidad online 

A través del Sistema RED, en la modalidad online, la funcionalidad Altas sucesivas y bajas realiza de forma correcta los controles pertinentes para la admisión de las altas.

Así, se gestionan las altas y bajas de forma eficiente y se agiliza el acceso a la documentación requerida.

 

Modalidad de remesas

En la modalidad de remesas, hasta que no se publicó la versión 3.5.0 de SILTRA, el pasado 10 de enero, al validar los ficheros AFI en la versión 3.4.0 se han estado emitiendo errores exigiendo:

  • El Grupo de cotización.
  • El contrato.
  • Y, en su caso, la C.N.O.

Estos errores tienen que ignorarse y enviar el fichero. Será procesado y aplicado sin los mencionados errores sobre el Fichero General de Afiliación.

 

¿Cómo se debe dar de alta a los becarios?

 

Para dar de alta a un becario o becaria es necesario que tenga un número de la Seguridad Social (NUSS).

Si no dispone de él será la empresa, entidad, institución o centro de formación responsable quien solicite el número en nombre del becario.

¡Importante! Los autónomos tienen que pagar las cotizaciones aunque se trate de becarios no remunerados

Pero se aplicará una bonificación del 95% en esas cuotas. 

 

 

¿Cómo se registran en Seguridad Social las prácticas de estudiantes? ¿Y las prácticas de graduados?

A menudo nos consultáis si hay que registrar en Seguridad Social las prácticas de estudiantes igual que las de personas que ya disponen de un Grado y van a realizar, por ejemplo, prácticas de un Máster.

Desde TGSS informan que las prácticas cuyo fin sea obtener un título (ya sean curriculares o extracurriculares) deben incluirse en la RLCE 9939.

A estas prácticas se les aplica un 95% de reducción.

Sin embargo, las prácticas no laborales en empresas de personas que ya haya finalizado sus estudio se incluirán en la RLCE 9923.

En estos casos, no se aplicará el porcentaje de reducción mencionado.

 

Descarga aquí la Guía sobre la Cotización de los becarios en prácticas a partir de 2024

¿Quieres descargar la Guía sobre la cotización de becarios?

A continuación, encontrarás un formulario para que incluyas tus datos.

 

Una vez te hayas inscrito, recibirás un email de confirmación con tu enlace de descarga. Recuerda revisar siempre tu bandeja de entrada.

 

Hidden
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

¿Es posible cobrar el paro y hacer prácticas en una empresa a la vez?

Antes de finalizar es necesario aclarar una importante cuestión: ¿se puede cobrar el paro a la vez que se hacen prácticas?

Sí, desde el 1 de enero de 2024 es posible hacer prácticas y cobrar a la vez el paro.

Desde el SEPE aclaran que las prestaciones y subsidios por desempleo son compatibles con:

  • La realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación.
  • Y la realización de prácticas académicas externas. 

Las prácticas pueden ser:

  • Realizadas por alumnos universitarios y alumnas universitarias, dirigidas a:
    • obtener titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, o
    • obtener un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto.
  • Realizadas por alumnos y alumnas de formación profesional, siempre que las mismas no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.
  • Realizadas por alumnos y alumnas de Enseñanzas Artísticas Superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.

¿Es recomendable compatibilizar el subsidio por desempleo con las prácticas?

Desde el 12 de enero de 2024 las percepciones económicas que se perciban por las personas asistentes a dichas prácticas deben ser computadas como rentas tanto de la persona beneficiaria como de algún miembro de su unidad familiar.

Estas novedades se producen en plena negociación del Estatuto del Becario, para el que se espera su publicación en los próximos meses.

Seguiremos muy atentos la evolución del desarrollo de esta normativa y os informaremos de todo en nuestro blog.

¿Qué te parecen estas medidas? ¿Nos dejas un comentario más abajo? ¡Gracias!

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar hasta 2 años sin pagar Seguros Sociales durante su vigencia.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Banner Cfa Grupo2000
Ángela M. Labrador

443 Comentarios

  1. OLGA

    Soy funcionaria de carrera y cotizo en el régimen general. Decidí estudiar un certificado de profesionalidad el año pasado en el que he de realizar prácticas. Parece ser que la empresa tiene dificultadas en darme de alta por ser funcionaria y aún no he podido iniciar las prácticas. En este caso es obligatoria también dar de alta en la seguridad social? Que solución hay. Me podéis orientar

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Olga, efectivamente entendemos que es obligatorio dar de alta en la Seguridad Social a cualquier persona que realice prácticas laborales, independientemente de su situación laboral previa, incluyendo a los funcionarios de carrera. Te sugeriríamos solicitar un informe a la empresa para entender por qué están teniendo dificultades en este proceso. Además, si estás afiliada a un sindicato podrías consultarlos, ya que probablemente tengan experiencia en este tipo de situaciones y puedan ofrecerte asesoramiento sobre los pasos a seguir. Un saludo.

      Responder
      • Olga

        Me indican que es por incompatibilidad por la cuenta de cotización com funcionaria de carrera…no tengo más información.
        Si es así…realmente es un problema que no ha previsto el legislador, porque diría que la normativa afecta también a las prácticas universitarias…

        Responder
        • Olga Agea

          Hola de nuevo Olga, tienes toda la razón. En este caso, no disponemos de información adicional que pueda ayudarte. Tal vez sería buena idea acudir a un/a asesor/a laboral, quien podrá analizar tu situación en detalle y orientarte para encontrar una solución adecuada. Un saludo.

          Responder
  2. Jesús M.

    Buenas tardes,
    Tengo dos dudas al respecto:
    1º. Realicé las prácticas en el MAEUEC en el exterior, desde octubre de 2022 hasta mayo de 2023, no fueron remuneradas y ni me dieron de alta. Analizando la información, supongo que no tendría ningún problema a la hora de que me coticen esas prácticas.
    2º. También realicé un Lectorado en el extranjero durante el curso 2021/22, pero en este caso, desconozco completamente si me podrían convalidar esa cotización.
    En espera de su respuesta, muchísimas gracias.

    Responder
  3. Luis

    Estoy jubilado, por lo tanto cobro una pensión de jubilación. Estoy estudiando derecho en su último curso y he de hacer unas practicas como becario y creo que son «no remuneradas». M i pregunta es. ¿Me afecta que me den de alta en el Despacho de abohados donde voy a hacer las práscticas, con la pensión de jubilación que cobro? ¿o tal vez como jubilado estan exentos de darme de alta?.
    Gracias

    Responder
  4. Elvira

    Hola, mientras estaba en el último año de carrera hice unas prácticas extracurriculares que duraron menos de tres meses y me dieron de alta en la Seguridad Social. Ahora quiero participar en el Programa Primera Experiencia Profesional y uno de los requisitos es no haber tenido contrato formativo en alguna empresa. He estado leyendo y para que se considere contrato formativo hay que tener ya la titulación, pero mientras estaba en las prácticas extracurriculares aún no la tenía. No me queda claro si me puede afectar a la hora de participar en este programa, puesto que por lo que he leído no tiene nada que ver el convenio de prácticas con un contrato formativo. Por otro lado, en el Informe de Vida Laboral no me aparece reflejado que fueran prácticas extracurriculares, aunque tengo el convenio y la memoria de prácticas. Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Elvira, en principio las prácticas extracurriculares no deberían considerarse como contrato formativo. Sin embargo, te recomendamos consultar directamente con las bases del Programa Primera Experiencia Profesional o contactar con el organismo encargado de gestionarlo. Un saludo.

      Responder
  5. Josep

    Tengo prácticas de FP GS de electricidad realizarás en 2003 en total 350 horas, y después tengo práctica de FP GM de futbol en 2011 de 150 horas, en 2012 de 200 horas, en FP GS de futbol en 2016 de 200 horas y FP GS fabricación mecánica en 2020 de 350 horas.
    ¿Puedo reconocer todas las prácticas realizadas? Que se tiene que hacer.
    Las prácticas eran de 4 horas al día, tengo que pedir algún justificante a las empresas que alguna ya no existe.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Josep, lamentablemente no contamos con mucha información al respecto. Te recomendamos que te pongas en contacto directamente con la Seguridad Social y les plantees tus consultas. Podrán ofrecerte la asistencia necesaria y resolver tus inquietudes. Un saludo.

      Responder
  6. juan

    Solicitamos la guía.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan, os contactamos por privado. Un saludo.

      Responder
      • Ascen

        Aparecen los días cotizados de FCT en la vida laboral? Porque aparece en blanco y si dada de alta la empresa

        Responder
        • Ilina

          Hola, estoy haciendo prácticas de formación profesional desde 12 de septiembre 2024 y aún no me han dado alta en Seguridad social.
          Es normal?

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Ilina, no es normal que aún no te hayan dado de alta en la Seguridad Social desde el 12 de septiembre. Te recomendamos hablar con tu tutor/a de empresa y solicitar que gestionen el trámite lo antes posible. Además, también puedes ponerte en contacto directamente con la Seguridad Social para que te orienten sobre los pasos a seguir. Un saludo.

      • Maria Amalia Rodriguez Morillas

        Hola buenas tardes, estoy en excedencia por cuidado de hijo y termina el 3 de noviembre, yo voy a renunciar a ella porque estoy estudiando un FP y el 1 de octubre empiezo prácticas, cuando termine estás prácticas podría solicitar el paro, llevo cotizados como 7 años

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Maria Amalia, entendemos que no habría ningún problema para que solicites el paro una vez finalices tus prácticas. Un saludo.

          Responder
  7. Sonia

    Hola, si una persona deja un puesto de trabajo para poder dedicarse a realizar prácticas no remuneradas, pero si cotizadas- Cuando dichas prácticas finalizan, y la persona todavía no tiene empleo. ¿tiene derecho al cobro de paro, (llevaba trabajando 2 años en una empresa) hasta que encuentre un nuevo empleo?- Muchas gracias

    Responder
    • Marta

      Si un alumno hace las practicas 4 horas al dia, media jornada, el importe de cotizacion se divide por 2? 😅

      Responder
  8. Marifé Becerra

    Hola. He finalizado los módulos teóricos de un certificado de profesionalidad que incluye un módulo de prácticas no remuneradas. Si he entendido bien, en mi caso bastaría con el convenio de prácticas entre la entidad formadora y la empresa donde realice las prácticas, sin que sea necesario darme de alta en Seguridad Social y cotizar, puesto que el certificado de profesionalidad no es FP reglada, sino FP para el Empleo. ¿Es así? Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Marifé, en el caso de la FP para el Empleo no existe obligación de cotizar a la Seguridad Social durante las prácticas, ya que no se consideran como una relación laboral. Un saludo.

      Responder
    • Manoli

      Después de 16 años en una empresa pido excedencia para hacer unas prácticas formativas (magisterio). Mi duda es si una vez finalizadas las prácticas y puesto que aún me queda un tiempo de excedencia, tendría derecho a cobrar prestación por desempleo o, al menos, apuntarme al paro. Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Manoli, entendemos que en principio no podrías cobrar la prestación por desempleo, aunque sí podrías apuntarte al paro. Un saludo.

        Responder
  9. Noe

    Hola. ¿Alguna novedad sobre el tema de hacer prácticas de un FP estando de baja laboral por contingencias comunes?

    Responder
    • Tania

      Buenas tardes: ¿Estando de baja maternal puedo hacer las prácticas de un Máster Universitario? Gracias.

      Responder
    • Laura vazquez

      Al final se pueden realizar o no?

      Responder
  10. Asunción

    Hola, me gustaría saber si las prácticas no laborales con bolsa de ayuda (x euros) al terminar estudios de grado relacionados con el puesto , es compatible con el programa de Primera experiencia laboral en las Administraciones públicas?

    Responder
  11. Ebert

    Hola,
    Si es que ya hice unas prácticas extracurriculares con la empresa, podría hacer un contrato de prácticas luego? hasta cuánto tiempo?
    Hay edad máxima para poder hacer un contrato en prácticas?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Ebert, entendemos que sí sería posible. El contrato en prácticas tiene una duración de entre 6 meses y 1 año. No hay fijada edad máxima para formalizarlo pero el contrato tiene que celebrarse en los 3 años posteriores a la finalización de los estudios, 5 años en caso de trabajadores con una discapacidad reconocida. Un saludo.

      Responder
  12. Susana Paz

    Buenas noches, el 8 de Abril comienzo las prácticas del módulo de CPR-TIC, y uno de mís dos empleos es incompatible con estas prácticas, que al ser de un centro privado no son remuneradas. Mi pregunta es si la empresa en la que trabajo no puede contar con mis servicios durante estos 3 meses, tienen obligación de pagarme igualmente? Obviamente no me interesa darme de baja voluntaria ya que perdería el derecho al paro, pero a mi cargo esta mi hijo menor y no sé como sobrevivir esos tres meses sin inglesos. Alguien sabe darme algo de información. Que derechos puedo tener o que obligaciones tiene la empresa en la que trabajo en estas circustacias, no he podido encontrar mucho en internet, más que las prácticas a pesar de no ser remuneradas si serán cotizadas. Gracias

    Responder
  13. YON

    Tengo reconocida una Incapacidad Permanente Total (IPT) por la que estoy cobrando una pensión. Quiero estudiar un Master, pero en en mismo es obligatorio hacer unas prácticas. ¿Seria posible? porque entiendo que no puedo darme de alta en la SS para hacer las prácticas (lo cual es obligatorio por ley)….

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Yon, lo más recomendable sería contactar con el INSS para que te confirmen si puedes realizar las prácticas sin que afecte a tu pensión. Un saludo.

      Responder
  14. Antonio

    Buenos días, estoy estudiando un grado universitario y he firmado un contrato con una empresa po 128h, me han dado de alta en la seguridad social.
    Nunca había trabajado y mi asistencia médica era bajo el seguro de mi madre, funcionaria y de Mufacce, con entidad médica privada.
    ¿tengo que cambiar esto, es decir, tengo que buscar médico y pasarme a la seguridad social ?. Gracias

    Responder
  15. Nori

    Cómo quedan los convenios de prácticas sin contratación laboral remunerados?
    Los TRL 986 y RLCE 9923 (prácticas no laborales remuneradas?
    Cómo cotizan a partir de 2024?

    Responder
  16. Mari cruz

    Hola, por lo que he leído en varios sitios el estado bonifica el 95% dl alta dl alumno y el 5% restante la empresa, mi duda está q he leído q no están obligados y en otros sitios que la junta Andalucía q es mi caso bonifica ese 5% por ciento. Y la gestión administrativa la hace el centro educativo. Mi pregunta es cuanto le cuesta a la empresa tener un alumno en prácticas diariamente. Por qué al alumno le ha ofrecido q si q haga ahí las prácticas pero que por los gastos q le supone al día y gestión en su gestoría le trabaje el mes de julio sin sueldo, pero dado d alta.

    Responder
    • Benjamin leiva diaz

      Se puede cobrar el paro a la vez que hago las prácticas?

      Responder
    • Sira

      Buenas tardes. Yo estoy ahora haciendo las prácticas de magisterio (no remuneradas) En mi caso pedí excedencia para ello. Mi idea es intentar meter la cabeza en algún colegio antes de volver a mí antiguo trabajo (contable). Mi duda es si al cotizar en TGSS y ser asimilados a trabajadores por cuenta ajena, una vez terminadas esas prácticas podría solicitar prestación por desempleo (cómo máximo hasta fecha fin excedencia) ya que en mi empresa llevaba 16 años. Un saludo y gracias de antemano

      Responder
    • Javier

      Hola!
      Estoy cobrando 800 euros de prestación por desempleo y ahora estoy haciendo prácticas de master y me han dado de alta y me remuneran 300€. Tengo entendido que no debo de dejar de percibir la prestación desde 1/1/2024. ¿Esto es cierto?
      Gracias.

      Responder
  17. Noelia

    Gracias por el artículo, muy esclarecedor.

    Una pregunta con respecto a las prácticas curriculares de FP y su compatibilidad con recibir prestación por desempleo. Lo que pasaba antes de 2024 es que la prestación por desempleo no era compatible con la participación en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional en los que se realicen prácticas formativas, curriculares o no curriculares que, aunque no den lugar a una relación laboral, sí supongan el cobro por las personas participantes de una cantidad económica y su introducción en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilado o asimilada a persona trabajadora por cuenta ajena.

    A partir de 2024, aunque los alumnos que hacen prácticas no cobren, como es obligatorio dar de alta en la Seguridad Social como asimilado a persona trabajadora por cuenta ajena dejan de ser compatibles en TODO CASO? gracias por aclarar 🙂

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Noelia, no tenemos constancia de los detalles específicos de lo que sucederá con la prestación por desempleo. Dada la complejidad de la normativa y la importancia de contar con información precisa, te recomendamos contactar con un/a profesional especializado/a en el ámbito legal o de recursos humanos. Un saludo y gracias por tu comprensión.

      Responder
      • Eli

        Me gustaría saber si puedo hacer las prácticas universitarias estando en permiso por riesgo del embarazo. Cabe decir que las actividades no serán peligrosas para el embarazo.

        Responder
        • Oxana

          Estoy en la misma situación. Tengo que hacer unas prácticas online de investigación y en nada cogeré la baja maternal… entonces no sé si se puede hacer las prácticas y si es así, podré cobrar la presentación.

          Responder
      • Sergio Moreno

        Buenas noches, y qué sucede con alumnado extranjero que no tiene NIE? Pueden obtener el NUSS. En Catalunya el año pasado sí, este año o curso no está claro. En mi caso es un programa de formación e inserción que descuelga de la FP básica y se obtiene un certificado profesional nivel 1. Gracias!

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Sergio, entendemos que efectivamente podrías obtener el NUSS. No obstante, te recomendamos contactar con tu centro educativo y con la Seguridad Social para obtener información precisa y actualizada sobre tu caso particular. Un saludo.

          Responder
          • Sergio Moreno

            Gracias por la respuesta. Teóricamente hay una forma, realizar videollamada con profesional de la TGSS aportando documentos vigentes, en este caso pasaportes extranjeros, de alumnos y familia, aportar matrícula de estudios y un padrón. Y, aún mejor, un documentos conforme se han iniciado los trámites para conseguir el NIE. No importa el tiempo que el alumno lleve en el país. Ya os diré! Gracias!

  18. Ana Lopez

    Buenas tardes,

    Me surgen dos dudas con respecto a las nuevas medidas de cotización. Si, por una lado, es de aplicación en practicas extracurriculares no remuneradas (puesto que en las nuevas medidas se hace referencia a las practicas incluidas en el plan formativo) y, por otro lado, si en formación NO reglada aplica también esta nueva normativa. Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Ana, de momento no existe mucha información respecto a este tema, por lo que para abordar las dudas específicas sobre las prácticas extracurriculares no remuneradas y la formación no reglada te recomendamos buscar asesoramiento legal especializado. Un saludo.

      Responder
  19. Juanmi

    Buenas tardes. Mi pregunta es, ¿Debe obtener el propio alumno, en prácticas no remuneradas, si número de la seguridad social o debe gestionarlo el centro donde las realice?
    Muchas gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juanmi, generalmente es responsabilidad del centro educativo facilitar el proceso de afiliación a la Seguridad Social para los/as alumnos/as en prácticas. Puedes consultar directamente con tu centro educativo para obtener información detallada sobre el proceso y los requisitos específicos para la afiliación a la Seguridad Social durante las prácticas no remuneradas. Un saludo.

      Responder
  20. Amelia

    Hola, buenos días.
    Quería saber si los estudiantes extranjeros que realizan prácticas curriculares en España también tienen que ser dados de alta en la Seguridad Social.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Amelia, la obligación de dar de alta a estudiantes extranjeros en la Seguridad Social durante prácticas curriculares puede depender de varios factores. Es fundamental revisar los convenios existentes y buscar asesoramiento legal para garantizar el cumplimiento de las normativas aplicables en cada caso. Un saludo.

      Responder
    • Sandra

      Acabo de realizar prácticas en un centro público y solo me cuentan los cuatro días del inicio de curso en este nuevo año 2024. Voy a poder mi prestación por desempleo? Tengo que volver a apuntarme al paro y al SEPE?
      Muchas gracias

      Responder
    • vanessa

      Justo esa duda tengo yo, el día 5 de febrero me vienen 2 y no sé como tengo que proceder, ya que para empezar, no tienen ni el NIE… Si alguien puede esclarecer esto, estaré muy agradecida

      Responder
  21. L.Salto Ruiz

    Buenos días, me gustaría agradecerle el articulo publicado y realizar la siguiente consulta; quisiera saber se las prácticas no remuneradas realizadas durante el curso para “LA OBTENCIÓN CONJUNTA DE LA LICENCIA DE MAQUINISTA Y EL DIPLOMA DE CONDUCCIÓN”, están consideradas dentro de las prácticas recogidas en el RD LEY 2-2023, le agradezco su tiempo, saludos.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Lorenzo, para obtener una respuesta precisa te recomendamos contactar con las autoridades competentes en materia de empleo, formación y Seguridad Social. También podrías consultar con tu institución educativa o centro de formación que esté ofreciendo el programa relacionado con la conducción y obtención de la licencia de maquinista. Un saludo.

      Responder
    • C.Fuente

      Buenas tardes, se cotiza por jubilación en las prácticas remuneradas y no remuneradas a partir de 1/1/2024?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola C, el tiempo en prácticas (sean o no remuneradas) se tendrá en cuenta para la futura jubilación. Un saludo.

        Responder
      • Pablo

        Buenos días mi pregunta es la siguiente actualmente trabajo en una empresa, estoy dado de baja por paternidad. Tengo que hacer unas prácticas no remuneradas para un máster durante la baja de paternidad, puedo hacerlas sin caer en ninguna sanción. Gracias

        Responder
        • Clara Mozo López

          Buenos días,comparto dudo con Pablo y añado otra más si,en lugar de estar de permiso de maternidad/paternidad, estás de baja antes de dar a luz,esta baja creo que se considera baja por enfermedad y no se podría compatibilizar con Pas prácticas universitarias o sí?

          Responder
  22. Alejandro

    Buenos días, yo hice prácticas de FP entre enero y marzo de 2021, ¿ese tiempo de prácticas podría pedirlo para la cotización entonces? si es así, ¿Cómo habría de hacerlo?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Alejandro, el Real Decreto Ley 5/2023 menciona la posibilidad de suscribir un convenio especial para aquellas personas que hubieran prestado servicios como becarios antes del 1 de enero de 2024. Este convenio especial permitiría el cómputo de la cotización por los periodos de formación o prácticas no laborales y académicas realizados antes de esa fecha, hasta un máximo de cinco años. Te recomendamos contactar con la Seguridad Social para obtener información específica sobre cómo solicitar y suscribir un convenio especial y cuáles son los plazos y condiciones. Un saludo.

      Responder
  23. Alejandro

    Buenos días, yo hice prácticas de FP entre enero y marzo de 2021, entonces con la nueva ley ¿se supone que esas prácticas deberían aumentar mi tiempo de cotización en la seguridad social no? ya que hace unos 3 años de ellas, mi duda es ¿debo pedirlo en algún lado, ya sea hablando con el centro donde realicé los estudios, o si por otra parte ese tiempo se añadirá automáticamente?

    Responder
    • Guillermo

      Yo he entendido que no hay carácter retroactivo, que sólo cuenta a partir del 2024…

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Guillermo, la cotización de prácticas formativas no remuneradas empezó a aplicarse a partir del 1 de enero de 2024. Por lo tanto, para las prácticas realizadas antes de esa fecha, no se aplica retroactivamente la obligación de cotizar. Sin embargo, para aquellos que hayan prestado servicios como becarios antes del 1 de enero de 2024, existe la posibilidad de suscribir un convenio especial que permitirá el cómputo de la cotización por esos periodos anteriores, hasta un máximo de cinco años. Un saludo.

        Responder
  24. Macarena Murcia

    Hola, buenos días.
    ¿Tienen información sobre la cotización con carácter retroactivo de antiguos becarios de investigación? Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Macarena, de momento no disponemos de esta información. Estamos pendientes de todas las novedades que vayan surgiendo. Un saludo.

      Responder
      • Adrián

        Hola,yo hice 3 meses de prácticas en un grado medio hace dos años,he escuchado que también se puede pedir la cotización de esos meses,es eso cierto?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Adrián, la normativa actual no establece retroactividad automática para las cotizaciones de periodos anteriores al 1 de enero de 2024. Sin embargo, sí menciona la posibilidad de suscribir un convenio especial para quienes hayan prestado servicios como becarios antes de esa fecha. Este convenio especial permitiría el cómputo de la cotización por los periodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas realizados antes de la entrada en vigor de la norma, hasta un máximo de cinco años. Un saludo.

          Responder
          • Sergio

            Hola Olga,

            ¿Sabéis qué hay que hacer para suscribirse a este convenio especial?

          • Olga Agea

            Hola Sergio, de momento no tenemos constancia de los pasos específicos para suscribirse a ese convenio especial, ya que la información al respecto es limitada. Estamos trabajando para obtener más detalles al respecto y os informaremos tan pronto como sea posible. Un saludo.

        • Samuel

          Buenas, hago este año las prácticas pero tanto la empresa como yo no sabemos si la empresa va a tener que asumir el coste por darme de alta durante las prácticas y posteriormente la seguridad social le dará el dinero. Es decir, mi pregunta es que cuando le da el dinero la seguridad social para poder pagar a los trabajadores en prácticas?

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Samuel, desconocemos el momento en el que Seguridad Social abonará las cuantías. Para obtener información precisa te recomendamos contactar directamente con TGSS. Un saludo.

      • Alicia

        Buenos días, si las prácticas curriculares y extracurriculares remuneradas han empezado antes del 1 de enero de 2024, habrá de aplicarse la bonificacion del 95%?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Alicia, la normativa indica que la cotización de los becarios empezaría a partir del 1 de enero de 2024, pero no establece efectos retroactivos. Un saludo.

          Responder
  25. Llorenç Raich Muñoz

    En relación a los convenios de prácticas, renumeradas o no, suscritos antes del 1 de enero de 2024, ¿se tienen que regularizar según la nueva ley? ¿O, por el contrario, ¿se mantienen en la antigua legislación hasta la fecha de su finalización aunque sea a principios de 2024?
    Gracias.

    Responder
  26. Lucia

    Hola, actualmente estoy de baja médica por una lesión, y voy a empezar unas prácticas, se sabe como afectaría esto a mi prestación por contingencias comunes a cargo de la Mutua, seguiré cobrándola o al estar de alta qué sucederá?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Lucía, de momento no tenemos constancia de qué sucederá en este tipo de situaciones. Nos mantenemos a la espera de obtener más información. Un saludo.

      Responder
    • Sanchez

      Buenas a mi me pasa lo mismo.Se sabe algo ya?

      Responder
      • Laura vazquez

        Al final se pueden realizar o no?

        Responder
  27. Pepa

    Buenos días, supongo que aún no tenéis noticias de qué hay que hacer con los estudiantes que vienen de Erasmus a España en prácticas no remuneradas, verdad? Además tenemos un estudiante que viene de una universidad extranjera, ¿también habrá que dar de alta a esos? Muchas gracias!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Pepa, de momento no tenemos constancia de cuál será la situación con los estudiantes de Erasmus y aquellos/as que vienen de una universidad extranjera. Esperamos poder informaros pronto. Un saludo.

      Responder
      • Beatriz

        Como hay que solicitarlo, si se hicieron anteriormente?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Beatriz, de momento no tenemos constancia de cómo hay que realizar la solicitud. Estamos a la espera de que se publique más información al respecto. Un saludo.

          Responder
        • Cathy

          Buenos días, mi hija va a hacer las prácticas de final de grado por 6 meses en una empresa y le van a dar de alta en la seguridad social. Le pagan muy poco.
          Pero la duda es la siguiente: yo soy funcionaria y estoy en régimen de Muface y por supuesto ella es beneficiaria.¿Tendría que darle de baja en Muface hasta que finalicen las prácticas y luego volver a darle de alta o puede seguir como beneficiario de Muface al ser solo por la realización de las prácticas de fin de carrera? Gracias

          Responder
          • jose

            Hola, mi padre es funcionario y yo era beneficiario de su seguro privado, una vez empece a trabajar te dan de baja automaticamente del seguro privado y pasas al regimen general de la seguridad social, las praticas en empresa tras finalizar los estudios igual.

      • Tine Mathiassen

        We also would like to know what to do with Erasmus students?

        Responder
    • LUIS MIGUEL MATILLA BESADA

      Hola ! Y que ocurre con las prácticas de Formación No Reglada ??

      Responder
  28. Iván

    Buenos días. Soy funcionaria de Muface y mi hija es beneficiaria. Acudimos a servicios médicos con una empresa colaboradora con Muface (Adeslas). Mi hija está estudiando FP y comenzará pronto sus prácticas de FCT (Formación en Centros Formativos) en una empresa. Mi preocupación es que durante el tiempo en el que desarrolle prácticas sea dada de alta en la S.S. y no pueda estar conmigo en Muface (es importante que siga con sus médicos, tiene una enfermedad grave) ¿Es posible que continue conmigo como beneficiaria de Muface? Gracias, saludos.

    Responder
  29. sarah parra

    Hola Buenas Tardes

    Si estoy realizando mis practicas y ahora debo de tener numero de seguridad social y no me lo asignan porque no cuento con NIE que puedo hacer perderia todo lo que he hecho ?

    Responder
  30. PASCUAL RODRÍGUEZ

    Buenos días; ¿cómo afectaría el alta en la Seguridad Social a los alumnos EXTRANJEROS que realicen una acción formativa por CUESTIÓN DE ARRAIGO, que tienen permiso de estudios pero no de trabajo?
    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Pascual, de momento será necesario esperar a que se publique el desarrollo de la normativa para obtener información al respecto. Estaremos al tanto para ofreceros todos los detalles tan pronto como estén disponibles. Un saludo.

      Responder
      • Eider

        Buenos días,

        Es compatible cobrar el paro y hacer prácticas curriculares no remuneradas?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Eider, en general cobrar el paro es incompatible con la realización de prácticas aunque existen algunas excepciones. Entendemos que según las informaciones del SEPE cobrar el paro es compatible con prácticas en entidades publicas o privadas incluidas en el plan de estudios que corresponda y que se lleven a cabo a través de una colaboración entre la entidad y el centro docente. En estos casos, las prácticas no pueden requerir dedicación exclusiva y su prestación económica debe limitarse a la compensación de los gastos derivados, como material de trabajo. Un saludo.

          Responder
    • Anahi diaz

      Buenas tardes.
      Como afectaría el alta en la seguridad social de un pensionista ( incapacidad total) por realizar FCT de un FP superior?

      Responder
  31. PASCUAL RODRÍGUEZ

    Buenos día;
    aquellos alumnos que en el momento de iniciar sus prácticas se encontrasen percibiendo algún tipo de PRESTACIÓN ECONÓMICA DEL SEPE, ¿verían interrumpido el cobro de dicha prestación?
    Gracias.

    Responder
  32. EJordan

    Buenas tardes, mi duda es sobre la obligación de cotizar en el supuesto del módulo de formación práctica en centros de trabajo de los certificados profesionales.
    El RDLey 28/12/2018 introdujo la obligación de cotizar por los becarios (académicos y de FP reglada) incluyéndolos en el campo de aplicación de la SS…
    Esa medida fue retrasándose, se han aprobado las normas recientes y, ahora entra en vigor teniendo una nueva Ley de integración del Sistema de FP (3/2022) que une los dos subsistemas anteriores: la FP reglada y FP para el empleo en el ámbito laboral (los certificados profesionales).
    La cuestión es que no me queda del todo claro que las PNL de los certificados profesionales se consideren incluidos en la DA52 de la Ley General de la Seguridad social.
    Alguien que haya formulado una consulta en este sentido al órgano encargado? Gracias

    Responder
    • Lola

      Tengo esa misma duda. Se consideran incluidas las horas de prácticas en una residencia en la obtención de un certificado de profesionalidad? Gracias

      Responder
      • Covadonga

        Buenas noches,
        Me gustaría saber si se sabe ya de qué manera puede afectar esto a las personas que estén percibiendo la prestación por desempleo.

        Y por último no acabo de entender eso de la cuota empresarial en prácticas no remuneradas…..

        Muchas gracias por toda la información y responder a tantas cuestiones.
        Un saludo.

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Covadonga, la cotización de los becarios incluye un punto importante a tener en cuenta: no se cotiza por desempleo. En cualquier caso, para obtener una comprensión más clara y específica sobre cómo estas medidas afectan a las personas que están percibiendo la prestación por desempleo y entender mejor la cuota empresarial en prácticas no remuneradas, te recomendamos consultar con un/a profesional legal. Un saludo.

          Responder
  33. Leonard barbieux

    Buenos dias,
    Muy bien hecho el articulo. Pero en ningún lado se especifica lo que pasará con todos los estudiantes extranjero comunitario que viene en España para hacer practicá cortas de 15 dias a traves del programa Erasmus Plus, Acción clave 1. Visto que hay que darles de alta en seg social, siñifica solicitar el NIE. Missión imposible actualemente con la administración. Qué esta previsto para ellos ?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Leonard, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa es difícil proporcionar información específica sobre la situación de estos estudiantes y los procedimientos exactos que deben seguir. Iremos actualizando la información tan pronto sea posible. Un saludo.

      Responder
      • Soraya

        Donde publicareis la normativa?? Quedan 15 días para el 1 de enero y los alumnos van a las prácticas sin saber si seguirán cobrando el paro, si pueden seguir en sus trabajos actuales…..

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Soraya. Nosotros somos un centro de formación, no somos el Ministerio. En cuanto haya novedades informaremos en el blog, en cuanto se publique en el BOE. Un saludo

          Responder
  34. lorena

    Hola! empiezo las prácticas en Enero, pero es un convenio de prácticas, por lo que no cobraría nada. Actualmente estoy cobrnado el paro, esto se vería afectado?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Lorena, de momento y hasta que no se publique el desarrollo de la normativa no tenemos constancia de qué sucederá con la prestación por desempleo. Estaremos atentos para informaros en cuanto sea posible. Un saludo.

      Responder
      • Marta

        Buenos días, acabo de enterarme de esta información. Yo soy profesora en activo con jornada completa trabajando en un IES público y que depende de la consejería de educación. Estoy en el segundo año de una FP superior y en febrero debería empezar con las prácticas obligatorias. ¿Se sabe si o cómo podría afectar en mi caso? Gracias.

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Marta, de momento no tenemos constancia de cómo afectaría en este tipo de situaciones. En cualquier caso, estaremos actualizando continuamente la información según vayan publicándose novedades al respecto. Un saludo.

          Responder
        • L.S.R

          Buenas tardes, quisiera saber si sabrían decirme si el las Prácticas del Curso para la Obtención conjunta del Diploma y Licencia para Maquinista de vehículos ferroviarios, podrían ser una de estas prácticas que deberían cotizar, gracias

          Responder
          • Pablo

            Buenos días mi pregunta es la siguiente actualmente trabajo en una empresa, estoy dado de baja por paternidad. Tengo que hacer unas prácticas no remuneradas para un máster durante la baja de paternidad, puedo hacerlas sin caer en ninguna sanción. Gracias

  35. Jose Antonio

    Buenos dias, las prácticas de la formación no reglada estarán sujetas a la cotización a la Seguridad Social a partir de 2024?

    Responder
    • JOSE ANTONIO PEINADO LORA

      Hola, En que párrafo hace alusión el Real Decreto-ley 5/2023 de 26 de mayo con respecto a las practicas no remuneradas de la formación no reglada? No lo encuentro…

      Responder
      • Olga Agea

        Hola José Antonio, la referencia que encontramos es la disposición adicional quincuagésima segunda del RD Ley 2/2023 sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. Un saludo.

        Responder
        • Sofía

          pero de aquí no se puede extraer la «obligación» como tal de cotizar por el alumnado que curse prácticas de formaciones/cursos no reglados. Más bien todo lo contrario. No aplicaría. Al menos, yo lo entiendo así.
          Estaría en lo correcto? gracias

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Sofía, en la mencionada disposición del RD Ley 2/2023 no se menciona explícitamente la obligación de cotizar por parte del alumnado que curse prácticas de formaciones/cursos no reglados. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la interpretación de la normativa puede ser compleja. Por eso, en caso de dudas, te recomendamos contactar con un/a asesor/a legal para obtener una interpretación precisa. Un saludo.

  36. Miguel

    Hola,

    Actualmente percibo una ayuda por desempleo y estoy haciendo una formación no reglada que incluye un convenio de prácticas no laborales en empresa no remuneradas. ¿Este tipo de prácticas requieren también el alta en la Seguridad Social? En ese caso, la prestación por desempleo que estoy recibiendo se puede ver afectada?
    Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Miguel, estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa para conocer cuáles serían sus efectos ante la prestación por desempleo. Os informaremos en cuanto sea posible. Un saludo.

      Responder
  37. Luis

    con subsidio de 52 años y el alta en seguridad social se pueden hacer practicas

    Responder
  38. Juan

    Buenos dias. Actualmente estoy en segundo año de un grado superior, estoy realizando prácticas y cobro el paro. ¿Esta nueva ley puede afectar mi prestación?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan, de momento no tenemos constancia de qué sucederá en estos casos. Estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa. Un saludo.

      Responder
  39. Julia

    Buenas! En nuestro caso estamos haciendo «prácticas formativas no laborales» de un centro privado, y mediante convenios de colaboración, echamos 6h al dia todos los dias en empresas privadas, que nos costean el master de dicho centro privado. En este caso, ¿también somos susceptibles de cotización por la nueva medida? Muchas gracias de antemano!

    Responder
  40. juan

    ¿Cómo puedo asegurarme que la Universidad ha dado de alta a un becario que está trabajando en mi empresa?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan, te recomendamos consultar el Sistema de la Seguridad Social para comprobar si el becario está dado de alta. Un saludo.

      Responder
  41. Juan

    En el caso de prácticas formativas remuneradas las obligaciones en materia de Seguridad Social corresponderá a la entidad que financie el programa de formación.

    Según el texto de la SS mencionado anteriormente, a qué se refiere con la entidad que financie el programa de formación. Es decir, en un convenio de prácticas normal y corriente, donde la Empresa paga a un becario, y la universidad pone simplemente a disposición de la Empresa el estudiante (a través de un convenio de prácticas), ¿Quién sería la responsable en materia de cotización del becario?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan, entendemos que la entidad que financia el programa de formación generalmente se refiere a la empresa. En cualquier caso, habrá que esperar para conocer un desarrollo más elaborado de la normativa. Un saludo.

      Responder
    • Natalia

      Buenas tardes;

      Estoy estudiando el último año del grado y son 5 meses de prácticas. Llevo ya un mes. Y justo se me ha terminado mi contrato en otra empresa en la que estaba cubriendo una baja.
      Voy a poder percibir igualmente a partir del 01/01 la prestación por desempleo? Porque me tendrán que dar de alta en las prácticas no remuneradas.

      Gracias.

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Natalia, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa no tenemos mucha más información. Estaremos atentos y actualizaremos el contenido en cuanto esté disponible. Un saludo.

        Responder
  42. Gloria

    Buenas tardes, me encuentro en el periodo de realización de prácticas en la finalización del grado. Actualmenente estoy percibiendo el IMV, mi duda es, si al realizar las prácticas de la carrera y darme de alta en la seguridad social me va a interrumpir la prestación o no me va a perjudicar? ya que no son remuneradas y solo se trata de un convenio?¿ gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Gloria, nos mantenemos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa para poder solventar este tipo de consultas. Os iremos informando en cuanto sea posible. Un saludo.

      Responder
  43. Marta

    Hola, espero puedan ayudarme con mi duda. Yo soy médica en la actualidad graduada en 2022 y realicé prácticas no remuneradas los años previos (desde 2019). ¿A qué organismo tendría que recurrir para solicitar ese convenio especial mencionáis para cotizarlas aunque ya hayan sido realizadas? Muchas gracias. Un saludo.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Marta, de momento no tenemos constancia de que se hayan determinado los términos y condiciones específicos para la suscripción de este convenio especial. Entendemos que dichas condiciones podrían incluir los plazos para la solicitud, la documentación requerida y cualquier otro detalle relevante. De momento, habrá que esperar. Os mantendremos al día de todas las novedades que surjan al respecto. Un saludo.

      Responder
    • Jorge

      Hola. Si el periodo de prácticas del máster, pese a no ser remuneradas, coincide con mi baja de paternidad, por el hecho de darnos de alta en la seguridad social, ¿perderé mi prestación por baja paternidad?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Jorge, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa no tenemos constancia de qué sucederá en este tipo de situaciones. Os iremos información en cuanto sea posible. Saludos.

        Responder
    • Julio

      Realicé mi Tesis Doctoral en el CIB/CSIC entre 1983 a 1987/8. Figuro cómo becario en las memorias del CSIC. Me financie mis gastos y el último a obtuve una beca del ICI. Prácticamente 5 años. Tengo certificado de los Tutores de la Tesis y las memorias publicadas y finalmente el título de Doctor. Esto puede justificar para cotizar para Enero 2024 el Convenio Especial?

      Responder
    • Luis

      Tengo subsidio de 52 años y prácticas no remuneradas en 2024 y por ley me Dan de alta lo nueva ley que han sacado, hay algún problema con subsidio?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Luis, aún no se ha publicado el desarrollo normativo, por lo que no tenemos constancia de qué sucederá con los subsidios en estos casos. Os iremos información en cuanto sea posible. Un saludo.

        Responder
        • Sara

          Hola yo estoy en paro y comienzo las prácticas no remuneradas en febrero. Me cortarán el paro

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Sara, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa no podemos ofrecerte información sobre qué sucederá con el paro. Estaremos pendientes para ir actualizando el contenido del post en cuanto sea posible. Un saludo.

    • David

      Hola, muy buen artículo. ¿Saben como afecta esta ley a los estudiantes beneficiarios MUFACE/MUGEJU/ISFAS? Perderían su beneficio al realizar prácticas formativas. Dónde pueden buscar asesoramiento? Ustedes lo proporcionan? Gracias!

      Responder
      • Olga Agea

        Hola David, nos alegra saber que el contenido del post te resulta útil. Para obtener asesoramiento sobre este tema, te recomendamos contactar con las propias mutualidades o con un/a asesor/a laboral que pueda explicarte con detalle todo lo que necesites. Un saludo.

        Responder
      • Ágata

        Hola, David:

        ¿Al final se ha informado sobre el tema de MUFACE?

        ¿Sabe cómo afecta a los estudiantes en esos casos?

        Responder
  44. Giomara

    Buenas,
    Si yo hice el arraigo para la formación y solo tengo permiso de residencia y no de trabajo, ¿que procede en este caso?
    ¿Como obtengo el número de la seguridad social y pueden darme de alta, aunque sean prácticas no remuneradas?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Giomara, entendemos que para realizar prácticas no remuneradas necesitarás firmar un convenio con una institución o empresa. En cualquier caso, te recomendamos contactar con un/a asesor/a especializado en derecho de inmigración para que pueda darte la información que necesitas y ayudarte con todos los trámites. Un saludo.

      Responder
  45. EVA

    En prácticas remuneradas a tiempo parcial, cuál será la base de cotización? se calculará como en los contrato a jornada parcial?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      La base de cotización será la de los contratos de formación en alternancia, pero no cotizan por los mismos conceptos. Un saludo

      Responder
  46. TANIA

    Buenas tardes,

    En la actualidad estoy esperando a que me concedan la baja por riesgo en mi puesto de trabajo al estar embarazada. En el mes de febrero, tengo que realizar las prácticas del máster que estoy matriculada durante 6 semanas. ¿Será posible compaginar mi baja por riesgo en mi puesto laboral con las prácticas, ya que son funciones distintas? Al darte de alta a partir de enero ¿esto puede perjudicarme? y en ese caso, ¿cómo?.

    Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Tania, os informaremos de todo en cuanto se publique el desarrollo de la normativa. Estamos a la espera. Un saludo.

      Responder
  47. JOSE GARRIDO PARRAS

    Buenos dias: Que pasa con la cotizacion de los becarios se estan en alta antes del 01/01/2024?
    Si continuan a fecha 01/01/2024 tendran que cotizar a partir de 01/01/2024?
    o NO porque su alta ha sido anterior a esa fecha.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola José, todo apunta a que la cotización debería aplicarse a todos los becarios, independientemente de si estaban en alta antes del 1 de enero de 2024. En cualquier caso, habrá que esperar hasta que se publique el Estatuto del Becario para conocer todos los detalles. Os iremos informando de las novedades. Un saludo.

      Responder
      • Felix

        Hola caso especial: si estás cobrando el subsidio mayores de 52 y por ese motivo ya estás cotizando qué pasaría si además te cotizan por las prácticas . Es.incomoatible? Me lo pueden quitar . Yo hago 3 de enfermería y hago para ticas actualmente

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Félix, estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa para poder responder qué sucedería con la compatibilidad o no de los diferentes subsidios. Un saludo.

          Responder
    • Ixeo Torres

      Buenas, y que sucede con las personas que estén estudiando y tienen declarada una incapacidad permanente absoluta, puede afectarles a la prestación que reciben?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Ixeo, estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa para conocer cómo afecta la cotización a las diferentes prestaciones. Un saludo.

        Responder
    • Amal Lahssairi

      Hola buenas tardes yo quería preguntar ya que a partir del 1 de enero está esta ley, yo estoy de baja laboral por contingencias comunes y me paga la mutua, pero estoy estudiando un grado superior y haciendo prácticas si pretenden darme de alta en la seguridad social por hacer practicas sin remuneracion, la baja laboral se extendería por no ser compatible una cosa con la otra?

      Responder
    • Ainhoa

      Hola buenas si yo tengo pensión de huérfandad y estoy en las prácticas , que pasaría ahora con ello ?

      Responder
  48. Juan Sánchez

    Hola, soy autónomo, pero estoy a punto de cerrar mi empresa, llevo años sin cotizar a la SS, y el año que viene hago las prácticas no remuneradas de un máster. Tenía pensado cuando terminaran esas practicas acogerme al convenio especial de la SS para poder seguir cotizando, pues ahora no me dejan por el tiempo transcurrido desde que me dí de baja. ¿Sería posible hacerlo?. Soy mayor de 60 años. Gracias, y un saludo muy cordial.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Juan, te recomendamos contactar con un/a asesor/a laboral que pueda ayudarte con tu caso en concreto. Un saludo.

      Responder
  49. Clara

    Buenas tardes, esta ley incluye también los becarios que están haciendo prácticas a través de Erasmus+? Es decir, pueden cotizar los estudiantes extranjeros que realicen sus prácticas en Espaňa?
    Gracias por la respuesta.
    Saludos

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Clara, hasta el momento no disponemos de información específica sobre la inclusión de becarios que realizan prácticas a través de Erasmus+ en el Estatuto del Becario. Será necesario esperar su publicación para conocer todos los detalles. Os mantendremos informados. Un saludo.

      Responder
    • Beatriz Hidalgo cantero

      Hola buenas tardes ! Estoy cobrando el paro y ahora en enero empieza las prácticas por un convenio de prácticas para el máster de educación en un instituto, no remuneradas , mi pregunta seria si con la nueva cotización dejaría de cobrar la prestación por desempleo?

      Responder
  50. susana

    Buenas tardes. Tengo que dar de alta a un alumno de una universidad francesa que va a hacer prácticas en España. ¿Se hace de la misma manera que si fuese una Universidad española o solo tendría que hacer un convenio con su Universidad?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Susana, estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa para conocer detalles sobre situaciones concretas. Un saludo.

      Responder
  51. Rafael

    Hola estoy haciendo un Fp empiezo prácticas en enero, pero tengo un curro jornada completa en que me afectaría y que tendría que hacer

    Responder
  52. Inés M.

    hola! Actualmente yo ya cotizo a la seguridad social, pero tambien estudio y haré practicas proximamente.

    Esta nueva ley me beneficia o me repercute a la hora de hacer renta.

    Responder
  53. nuria

    Si he hecho practicas anteriormente, puedo conseguir cotizar lo que he hecho?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Nuria, será necesario esperar a que se publique la normativa oficial para obtener una información más detallada sobre qué prácticas se verán afectadas por las novedades en la cotización de los becarios. Estaremos atentos a cualquier actualización para manteneros informados. Un saludo.

      Responder
      • Julio

        Hola buenos días. Soy un antiguo becario entre 1983 a 1988 realizando una Tesis Doctoral en el CSIC no había normativas alguna antes del 2011. Que se puede hacer para que me reconozcan todo ese tiempo en prácticas no remuneradas para poder cotizar en relación a la última ley de pensiones?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Julio, hasta que no se publique el Estatuto del Becario desconocemos los detalles sobre el reconocimiento de las prácticas. Os iremos informando con todas las novedades. Un saludo.

          Responder
      • Luis rus arboledas

        Hola, tengo reconocida una incapacidad permanente total cualificada (cobro el 75% de la base reguladora). Si hago practicas(programa epes), ¿sigo cobrando el 75% de la base reguladora de mi incapacidad permanente o me la bajan otra vez al 55% por hacer las prácticas en el programa epes?

        Responder
        • Andrea

          Buenas noches, actualmente soy graduada en educación primaria y realicé mis practicas en 2021/2022 y 2022/2023 ambas en dos colegios públicos ¿Tendrían que cotizarme por los meses trabajados?

          Responder
  54. Carmelo

    En 1989 realicé 3 meses de prácticas en una empresa eléctrica como estudiante de Ingenieria en virtud de un acuerdo firmado entre la empresa y la Universidad. Tengo un certificado que me expidió la empresa cuando las terminé.

    De acuerdo a la retroactividad que indica la Ley del Gobierno, ¿ créeis que en mi caso se me considerarán esos 3 meses como período cotizado?
    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Carmelo, comprendemos tu interés en saber si esos 3 meses de prácticas podrían considerarse como período cotizado. Sin embargo, en este momento no podemos ofrecerte una respuesta definitiva. Es necesario esperar a que se publique el Estatuto del Becario para obtener información detallada sobre la retroactividad y cómo se considerarán períodos como el tuyo. Estaremos atentos a todas las actualizaciones y OS informaremos tan pronto como tengamos más detalles al respecto. Un saludo.

      Responder
    • C

      Hola Carmelo, te informo que hay un grupo de 1,800 personas en tu situación llamado #AfectadosBecasSS , los encontrarás en Twitter .

      Responder
  55. Lore

    Hace unos meses tuve que causar baja voluntaria en la empresa en la que estaba cotizando. Tenía 6 años trabajados, pero no pude solicitar prestación por desempleo por haber causado baja voluntaria.
    6 meses después tras hacer un curso, he encontrado unas prácticas extracurriculares (convenio del centro de formación con la empresa) remuneradas por 6 meses y me estaba preguntando si, aunque las mismas prácticas no coticen por desempleo, al finalizarlas podría pedir la prestación por los años anteriores acumulados.

    Responder
  56. Antonio Ruiz Sánchez

    Hola,

    Actualmente me encuentro trabajando en una empresa privada. Voy a empezar un máster de profesorado este mes de Octubre. Tenía pensado realizar las prácticas en centro docente entre los meses de Enero y Marzo aprovechando que disfrutaré del Permiso de Paternidad y de esta manera no tener que hacerlo público en mi empresa.
    ¿Se pueden realizar las prácticas del máster mientras estoy cobrando la Prestación por Nacimiento?
    ¿Mi empresa se enteraría si me dan de alta en la Seguridad Social para dichas prácticas?

    Muchas gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Antonio, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa no tenemos constancia de la compatibilidad o no con las diferentes prestaciones. Un saludo.

      Responder
  57. Nati

    Tengo una duda.
    Estoy trabajando a la par que estudiando. Este año hago las prácticas universitarias, necesarias para la obtención del título. Justo estoy cubriendo una baja laboral que terminará a mitad de las prácticas.
    Puedo, estando de alta en las prácticas, percibir el paro?

    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Nati, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa desconocemos la respuesta a esta cuestión. Estaremos al tanto para informaros en cuanto sea posible. Un saludo.

      Responder
  58. PILAR

    Hola,
    Actualmente estoy trabajando en régimen general mientras estudio un FP. Estoy embarazada y en diciembre daré a luz. Comenzaría las prácticas curriculares del FP en mayo, mientras sigo de baja por descanso de maternidad y cobrando la prestación del INSS. Mi pregunta es: ¿habría algún problema con mi prestación en el caso de que me dieran de alta en SS por las prácticas curriculares?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Pilar, la realización de prácticas curriculares podría tener implicaciones en tu situación de baja por maternidad, por ejemplo, podría producirse la interrupción de la prestación. Te recomendamos buscar asesoramiento personalizado para obtener orientación específica sobre cómo proceder en tu caso. Un saludo.

      Responder
    • Lali

      Y los que estamos en paro en que influye?? Por favor me podéis informar porque ya estoy histérica!

      Responder
      • Sarai

        Yo llevo en paro desde Agosto y en Enero empiezo prácticas curriculares remuneradas a 25h de un Master que estoy haciendo, ¿me afecta esto para seguir cobrando el desempleo?
        Esto me esta quitando el sueño…

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Sarai, hasta que no se publique el desarrollo de la normativa no tenemos constancia de lo que sucederá con la prestación por desempleo. Iremos actualizando el contenido del post en cuanto sea posible. Un saludo.

          Responder
      • Noelia

        Ola Lali, sabes algo sobre esto? Porque yo me voy al paro ahora por finalización de contrato y me afecta con lo de las prácticas.

        Responder
  59. raquel

    Buenas noches, tengo una incapacidad permanente total para mi profesión (auxiliar de enfermería), ahora estoy estudiando grado de enfermería y voy a realizar las prácticas del segundo curso no remuneradas, con la nueva normativa que entra en vigor el 1 de enero del 2024 y te dan de alta en la Seguridad Social, afectaría de alguna manera a mi incapacidad????

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Raquel, será necesario esperar a que se publique la normativa para conocer todos los detalles. Un saludo

      Responder
      • Luis rus arboledas

        Hola, tengo reconocida una incapacidad permanente total cualificada (cobro el 75% de la base reguladora). Si hago practicas(programa epes), ¿sigo cobrando el 75% de la base reguladora de mi incapacidad permanente o me la bajan otra vez al 55% por hacer las prácticas en el programa epes?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Luis, no tenemos constancia de la compatibilidad con las diferentes prestaciones. Estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa. Sin embargo, para casos específicos recomendamos contactar con un/a asesor/a laboral que pueda estudiar detenidamente el tema. Un saludo.

          Responder
      • Sira

        Hola, he pedido excedencia en mi trabajo (contable) para realizar las prácticas de Magisterio. Al darnos a partir de enero de alta en la seguridad social, sería posible que, una vez terminadas mis prácticas, pudiera apuntarme al paro y cobrar subsidio? Quisiera intentar encontrar trabajo en un colegio antes de volver a mí empresa. La excedencia la solicité en julio de 2023 con una duración de 3 años. Gracias de antemano

        Responder
      • Yolanda Galan

        Hola, yo estoy de baja en la seguridad social y estoy haciendo prácticas no remuneradas. ¿Que ocurre en mi caso? Estoy de baja de larga duración

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Yolanda, estamos a la espera de que se publique el desarrollo de la normativa para poder ofreceros la información específica. Un saludo.

          Responder
    • Esmeralda Mochón López

      La cuenta de Cotización donde se van a dar de alta los estudiantes de prácticas no remuneradas es especial, por lo que pueden darse de alta en ella alumnos que sean pensionistas bien por IP, como es tu caso, o por jubilación.

      Responder
    • Esme

      Buenas noches , estoy de baja laboral, y quiero realizar unas prácticas no remuneradas, y con la nueva ley la universidades tiene que dar de alta en la seguridad social , esto me afectaría . Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Esme, así es. Si estás de baja laboral y deseas realizar prácticas no remuneradas, la situación puede verse afectada por la nueva ley que exigirá que las universidades den de alta en la Seguridad Social a las personas estudiantes que realicen prácticas formativas. Un saludo.

        Responder
        • Eva

          Hola, si estamos en situación de desempleo y cobrando paro? Que situación se nos queda, perdemos el paro? Gracias

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Eva, estamos a la espera del desarrollo de la normativa para tener información sobre este asunto. Un saludo.

      • Carlos

        He estudiado periodismo en Inglaterra y no me hacen un contrato de prácticas porque dicen que la universidad se tiene que hacer cargo de mi alta en la SS. Eso es cierto? Si es así,nunca voy a poder trabajar en España

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Carlos, te recomendamos que contactes con un/a asesor/a laboral. Podrá proporcionarte orientación específica sobre tus derechos y las obligaciones de la empresa en este contexto. Un saludo.

          Responder
    • Julio

      Hola buenos días. Soy un antiguo becario entre 1983 a 1988 realizando una Tesis Doctoral en el CSIC no había normativas alguna antes del 2011. Que se puede hacer para que me reconozcan todo ese tiempo en prácticas no remuneradas para poder cotizar en relación a la última ley de pensiones?

      Responder
    • Anónimo

      Hola,
      Estoy realizando una formación privada de cocina que tiene 80 horas de prácticas no laborales en empresas del sector para realizar ahora en diciembre. En ese caso nos darán de alta en seguridad social? Al estar cobrando prestación tendría inconvenientes?
      Muchas gracias
      Saludos

      Responder
  60. Eva

    Buenos días,
    Para las prácticas formativas no remuneradas, realizadas con anterioridad a la entrada en vigor, como se tendrá que solicitar el convenio especial y que documentación se deberá aportar.
    Gracias y un saludo.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Eva, habrá que esperar hasta que estas novedades entren en vigor para conocer todos los detalles. Un saludo

      Responder
      • Sira

        Hola, he pedido excedencia en mi trabajo (contable) para realizar las prácticas de Magisterio. Al darnos a partir de enero de alta en la seguridad social, sería posible que, una vez terminadas mis prácticas, pudiera apuntarme al paro y cobrar subsidio? Quisiera intentar encontrar trabajo en un colegio antes de volver a mí empresa. La excedencia la solicité en julio de 2023 con una duración de 3 años. Gracias de antemano

        Responder
    • Eva Rozalén

      Hola, si nos encontramos
      en situación de desempleo nos dejarían de pagar el paro por hacer las prácticas? Gracias

      Responder
  61. María

    Hola buenas! Llevo 11 meses con un beca de investigación por par te dé una empresa privada que son remuneradas , estoy dada de alta en la seguridad social y tengo informe de vida laboral. ¿Tengo derecho a paro? Un saludo y muchas gracias

    Responder
    • Veronica

      Hola buenas, voy a realizar en 2024 prácticas de técnico en rayos en hospital general para obtener la titulación.
      Esta nueva ley significa que van a remunerar las prácticas?
      Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Verónica, las prácticas que realices como técnico en rayos en un hospital general para obtener tu titulación estarán sujetas a la cotización a la Seguridad Social a partir de 2024, pero no necesariamente se traducen en remuneración. Te recomendamos consultar con el hospital o la institución que te proporciona las prácticas para conocer los detalles específicos sobre remuneración, si corresponde, y otras condiciones relacionadas. Un saludo.

        Responder
        • Marta

          Hola, fui becaria doctoral del 1999-2003. ,
          ?Podré recuperar esos cuatro años y que me cuenten en mi vida laboral?
          Gracias!

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Marta, aunque todo indica que la medida podría tener efectos retroactivos, en este momento no podemos asegurar nada y aún no conocemos los detalles exactos de su aplicación. Estaremos atentos/as para informaros de todas las novedades. Un saludo.

    • Alberto

      Puedo cobrar el paro y hacer practixas no remuneradas a la vez

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Alberto, en los casos en los que las prácticas formativas no sean remuneradas la percepción del subsidio por desempleo puede compatibilizarse siempre que se sigan cumpliendo los requisitos exigidos para ello. Un saludo

        Responder
        • Fred

          Buenas tardes. Me sumo a su pregunta. Yo tengo que hacer las prácticas de un grado superior en 2024 y quiero cobrar el paro mientras hago las prácticas. Según lo que leo me tienen que dar de alta en la seguridad social si o si? Entonces eso incompatible con el paro? Gracias y un saludo.

          Responder
      • Juani

        Hola si empiezo las prácticas en noviembre diciembre y enero. Hace falta que me den de alta en el mes de enero. O no como ya las he empezado a antes del 2024.

        Responder
      • Cristina Soriano Moya

        Hola.
        Una duda, las practicas para obtener el certificado de profesionalidad tiene que darse de alta en seg social y cotizar por ellos?

        Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Cristina, te contactamos por privado para informarte sobre el Certificado de Profesionalidad. Un saludo.

          Responder
  62. Maria

    Buenas,
    Estoy realizando actualmente prácticas extracurriculares hice 6 meses y me prorrogaron 3 meses más, estoy embarazada, pero cada vez estoy más incapacitada para ir. ¿Me corresponde baja médica?
    Gracias,
    Saludos

    Responder
    • Neus

      Buenos días,

      El año pasado realicé la asignatura de prácticas de la universidad. (Fueron prácticas no remuneradas).

      Estas prácticas constituyen una asignatura más del grado y son necesarias para titular.

      En este caso, ¿puedo pedir la cotización por estas prácticas ya realizadas? De ser así, ¿dónde se debe de realizar está gestión?

      Leído esto, me surgen dudas:

      «¿Tendrá efectos retroactivos esta medida? Así es.

      Desde el Gobierno están trabajando para realizar modificaciones e incluir la posibilidad de suscribir un convenio especial para poder computar períodos de prácticas realizadas con anterioridad a su entrada en vigor.

      Se pretende ampliar el plazo del convenio de dos a cinco años.»

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Neus. Dependerá de la norma que se publique y los plazos que indique. Todavía no se sabe nada. Un saludo

        Responder
    • Lola

      Buenos días, tenía previsto hacer prácticas en el centro educativo donde trabajo para sacarme primaria (yo soy de secundaria). Qué pasaría con mi seguridad social? Yo seguiría trabajando a tiempo parcial y a la vez estaría haciendo prácticas. Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Lola, dado que planeas realizar prácticas en el centro educativo donde trabajas para obtener la especialización en primaria, es importante que te comuniques con los responsables del centro educativo y/o con un asesor laboral para obtener orientación específica sobre cómo se aplicarían estas normativas en tu situación particular. Un saludo.

        Responder
  63. Noelia

    Hola, yo soy peruana, aún no tengo permiso de residencia y estoy haciendo una fpsuperior, ¿qué pasaría en mi caso?, ¿puedo cotizar con pasaporte?, ¿no cotizaría? Gracias

    Responder
  64. Miriam

    Hola.
    Finalizaré ni contrato con mi empresa el próximo Octubre y sobre esas fechas iniciaré prácticas curriculares en otra empresa de un Máster que estoy estudiando.
    En este caso podría compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con una compensación económica de las prácticas curriculares?

    Responder
    • Lara Espínola

      Si estoy cobrando el IMV Y voy a realizar practicas FCT en marzo, me lo pueden quitar ?

      Responder
  65. Marcos

    Buenos días,
    Estoy cursando un ciclo de FP «Técnico en cuidados auxiliares de enfermería» y en septiembre empezaría el módulo de prácticas en empresa. Estas prácticas constituyen un módulo más del ciclo y son necesarias para titular.
    En este caso, ¿tienen que darme de alta en la seguridad social o se gestiona únicamente con un convenio entre alumno/empresa y centro de formación?
    Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Marcos. La obligación de cotizar comenzaría a partir de octubre. Un saludo

      Responder
      • Sandrina

        Buenos días, trabajo en la empresa privada pero voy a hacer las practicas del master de profesorado de secundaria en un instituto, he hecho el master de manera discreta pero ahora, al tener que cotizar las practicas, mi empresa se va a enterar o no le llega esa información?
        Muchas gracias

        Responder
        • Ana

          Estoy exactamente en la misma situación

          Responder
    • Ismael

      Buenos días actualmente he terminado el máster de pedagogía didáctica y después de verano concretamente en Noviembre o incluso a principios de año 2024 está previsto que realice las prácticas en un instituto para FP. Mi pregunta es si es estás prácticas que son 200 horas están remuneradas con un sueldo ya que me van a dar de alta en la seguridad social. Gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Ismael. Deberías confirmar las condiciones de tus prácticas con tu centro formativo. Un saludo

        Responder
  66. Pilar

    Buenos dias, soy espa;ola no residente, y trabajando en Inglaterra. Estoy haciendo un curso FP online y para hacer las practicas de 3 meses de duracion, me tendria que trasladar a Espa;a y me darian alta en la seguridad social segun la nueva ley? Yo tendria que darme de alta tambien en la seguridad social?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pilar. Esta obligación de cotización para los becarios en prácticas no entra en vigor hasta octubre. Para poder hacer las prácticas tendrías que estar en España, la empresa te daría de alta en Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  67. TAMARA

    Buenas tardes, voy a realizar las practicas extracurriculares no remuneradas. ¿Deben darme de alta en seguridad social? En el caso de que si se obligatorio por la nueva normativa, ¿ que código de contrato me pertenece? Muchas gracias por toda la información que nos aportais.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, sólo sería obligatorio si las prácticas son a partir de octubre de 2023. Un saludo

      Responder
  68. Sonia

    Hola,

    Voy a empezar prácticas extracurriculares no laborales en una empresa y van a ser sin remuneración y a tiempo parcial.

    Estoy cobrando la prestación por desempleo, y por lo que tengo entendido me la tienen que paralizar y estaré los meses que duren las prácticas cobrando 0€ tanto del sepe como de la empresa.

    Esto es así?
    No hay ninguna forma de mantener el paro ya que no voy a recibir remuneración de la empresa?

    Gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Sonia. Al haber alta en Seguridad Social te afectaría. Un saludo

      Responder
      • Estefanía Fernández

        En serio? Si hago mis practicas este semestre que entra me quitan la pequeña ayuda que tengo ? Como voy a comer entonces esos meses? De qué sirve esto si no me van a pagar las practicas y encima me quitana ayuda?

        Responder
      • Amparo

        Hola, estoy estudiando el grado de logopedia en la umu y este verano he realizado 1 mes de prácticas extracurriculares estando en mi segundo año. Me dieron de alta en la seguridad social (prácticas retribuidas) y a la misma vez he cobrado mi prestación por desempleo. Ahora me reclaman del sepe ese mes porque es un cobro indebido por estas prácticas externas, y además con una cantidad más alta de mi cuota que recibo por mes. Yo me creí que no iba afectar para nada, que puedo hacer? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Amparo, lo ideal sería preparar toda la documentación relacionada con las prácticas extracurriculares, incluyendo los términos del acuerdo, el período de tiempo y cualquier evidencia de que las prácticas eran parte integral de tu programa académico. Esta documentación puede respaldar tu caso. Sin embargo, y para evitar conflictos, te recomendamos contactar con/a asesor/a laboral que pueda ayudarte en tu situación. Un saludo.

          Responder
  69. Unai

    Sería posible que una empresa hiciese dos contratos de prácticas a dos estudiantes diferentes de FP, gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Unai. Por el momento la normativa no pondría impedimento, en principio sería posible. Es importante que en la empresa exista una persona que vaya a tutorizar las prácticas. Un saludo

      Responder
      • Ana Belén Romero Benítez

        Hola.
        Si rompo el convenio de prácticas tengo derecho a cobrar el paro.
        Gracias

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Ana. El convenio de prácticas no supone relación laboral con la empresa, no genera derecho a paro. Un saludo

          Responder
          • Catalina Guardia

            Hola. ¿ cual es el plazo máximo que puede durar unas prácticas no remuneradas? Acabo de terminar un Master y he empezado las prácticas en una Empresa con convenio con el centro donde he estudiado.

          • Ángela M. Labrador

            Hola, Catalina. El tiempo máximo que pueden durar las prácticas no laborales se establece en el convenio de prácticas de tu centro. Un saludo

        • Raquel

          Hola, entonces desaparece la bonificación del 100% cuando las prácticas eran curriculares?gracias

          Responder
          • Ángela M. Labrador

            Hola. A partir de octubre de 2023, todas las prácticas estarán obligadas a cotizar en los seguros sociales. Un saludo

      • Susana Fernandez

        Hola, yo haría las prácticas del grado de enfermería en hospital. Actualmente tengo asistencia médica de Muface por mi padre y no tengo seguridad social. Si me dan de alta para las prácticas, pierdo mi cobertura con Muface de seguros privados ?. Porque si es así , cuando acaben las prácticas que ocurre ?

        Responder
    • Vanessa

      Buenas tardes, en octubre comiendo las prácticas en la universidad, y no saben nada sobre esta nueva ley, pueden mandarme a las prácticas y no darme de alta?

      Responder
  70. David Moreira Cecilia

    Buenas, he empezado las prácticas de empresa de Sistemas Microinformáticos y Redes (FPGM) el pasado 19 de septiembre.

    Hago 8 horas diarias lunes a viernes, estoy tanto de técnico informático en el taller como atendiendo a clientes sin parar y siento que deberían pagarme por ello, ya que estoy facturando y quitando bastante trabajo de encima a la empresa como para no tener ningún tipo de remuneración, bajo mi punto de vista. Mi pregunta es, al haber entrado en vigor la ley FP el pasado mes de abril, ¿Mis prácticas deberían ser remuneradas? Cabe recalcar que empecé el curso en septiembre de 2020.

    Muchas gracias de antemano.

    Responder
  71. Paloma

    Hola, tengo una pensión de incapacidad permanente total por enfermedad. Estoy estudiando una Formación Profesional online. Este año comienzo el segundo y último curso y tengo que realizar las prácticas en empresas. Mi pregunta es si puedo hacerlo teniendo la incapacidad, ya que según creo me tendrían que dar de alta en la seguridad social y no sé si es posible. Gracias.

    Responder
    • Maria Amparo Martinez

      el contrato de prácticas, consta para tener luego paro o no?
      tengo 3 meses de prácticas en una empresa.
      y 5 meses en otra de máster, en una eran de Universidad, se suman para paro??

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, María. Por el comentario entiendo que no es contrato de prácticas, si no convenio de prácticas. No daría derecho a paro. Un saludo

        Responder
      • Susana

        Hola he comenzado las prácticas externas de la universidad. En el convenio firmado se indica que no son remuneradas pero la empresa me va a dar 300 euros. Me tienen que dar de alta y cotizar en la seguridad social?

        Responder
    • Agustín Machado Hitos

      Estoy en la misma situación y me gustaría saber más. A ver si alguien puede contestar.

      Responder
  72. Rodrigo

    Hola buenas! Estoy terminando mi grado superior y al querer realizar las horas curriculares de prácticas, me contacto una empresa para hacerlas de forma remunerada. Mi escuela por el contrario me dice que esto no es asi y no estan dispuestos a firmar mi convenio de practicas. El puesto sería de becario, y segun tengo entendido debería convalidarme estas horas de practicas necesarias para el titulo y a la vez estar cobrando. Esto es perfectamente posible verdad? Mi escuela no para de ponerme trabas y me gustaría saber donde puedo reclamar o de que forma poder denunciar este abuso.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Rodrigo. Ese convenio de prácticas no laborales remuneradas debería adaptarse a los requisitos que exija la entidad educativa, normalmente no es la empresa la que impone las condiciones, es el centro el que suele ofrecer el convenio y sus características, también será quien decida si convalida las prácticas. Un saludo

      Responder
  73. ANGELA

    Hola buenas!

    Estoy realizando unas prácticas curriculares (25h/semana) remuneradas (150€/mes) en una empresa y no sé si puedo cobrar el paro al mismo tiempo.

    Gracias.

    Responder
  74. Kiarela Angulo

    Hola, soy estudiante extranjera, mi permiso de residencia tiene permiso de prácticas no laborales y tengo una empresa que quiere brindarme las prácticas, cuáles son los pasos para concretarlo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Kiarela, cada práctica no laboral va a tener unos trámites y condiciones que dependen de la entidad educativa, te recomendaría consultar el proceso con tu universidad o escuela. Un saludo

      Responder
    • Victoria

      Buenas tardes. Estoy haciendo unas prácticas voluntarias en una empresa . Me dijeron que sería un voluntariado de un mes aproximadamente, hasta firmar contrato por qué es debido a que la persona que ocupaba el puesto se jubila. Bien ahora me proponen un epe de tres meses.. Y mi pregunta es
      cotizaría igual a la Seguridad Social que si firmo un contrato laboral? Muchas gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Victoria. Necesitaría más información para poder ayudarte. Un saludo

        Responder
        • Victoria

          Realizo prácticas no laborales por un certificado de profesionalidad. Es trabajo real el que se me exige, sin remuneración alguna. En total van a ser 80 horas. El ambiente es malo, mucha tensión, pero es el único sitio en la ciudad donde hacer esas prácticas. Tengo 63 años y sé que no están contratando a nadie porque los alumnos en prácticas somos mano de obra gratuita y, no solo eso, sino que la empresa cobra por esa formación que no es tal formación, sino un dejarme sola ante una sobrecarga brutal. En el contrato dice que no hay relación laboral entre la empresa y yo. ¿Tengo derecho a asistir a cita médica concertada con antelación al comienzo de estas prácticas? ¿A quién recurro ante los abusos que allí se dan? Gracias anticipadas por la respuesta

          Responder
    • Ana

      Hola buen día,

      Las practicas no remuneradas serán compatibles con el paro??? Muchas gracias.

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Ana, actualmente no disponemos de información específica sobre este tema hasta que se publique el desarrollo de la normativa. Estaremos atentos y actualizaremos la información tan pronto como sea posible. Saludos.

        Responder
  75. sara

    Buenas tardes, realicé unas practicas no laborales con titulo universitario remuneradas y con cotización a la seguridad social. Me llegó una carta de la seguridad social donde se me pone que he realizado practicas como estudiante de Fp. Y no se si tengo que reclamar algo.
    Un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Sara. Según comentas no vemos nada raro, si has estado dada de alta durante las prácticas no laborales como estudiante, está correcto. Un saludo

      Responder
  76. Alejandra

    Hola buenos días! Estoy realizando mis prácticas por medio de convenio, pero la empresa donde estoy están interesado en realizarme el contrato en prácticas. Me comentan que necesito un título oficial? Que significa eso? Yo tengo mi título de máster y actualmente estoy cursando un curso grado superior? Por favor si me pudieran ayudar. Muchas gracias!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Alejandra. Para poder hacer un contrato laboral de prácticas se tiene que asociar a la titulación que hayas finalizado en los últimos 3 años. Si la última titulación que lo cumple es el Máster, podría ser asociado a esa formación. A la formación actual, cuando obtengas tu título. Un saludo

      Responder
    • Erika

      Buenas tardes.
      Voy a realizar prácticas de FP de grado medio en septiembre. ¿Me tendrían que dar de alta en la seguridad social? ¿O no, ya que la ley entraría en vigor a partir de octubre? ¿Cuánto le correspondería pagar a la empresa por darme de alta? Lo pregunto porque puede que las empresas se echen atrás y no quieran coger a alumnos en prácticas

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Erika. La cotización se aplicaría a partir de septiembre. Un saludo

        Responder
    • sara moreno

      Mi chico está en prácticas en una empresa para la finalizacion del módulo. Esta dado de alta en la seguridad social con lo cual no cobra el paro al ser incompatibles. Nuestra hija nació hace un mes, y le han dicho en la empresa que no genera la baja de paternidad por ser becario. Si estuviese en el paro si la generaría. Como es posible esto? Pierde las 16 semanas por estudiar ? No parece muy coherente. Saludos

      Responder
  77. Pedro

    Hola buenas, estuve haciendo practicas curriculares por la universidad y ya se me acabo el periodo maximo, pero la empresa donde estoy me ha dejado trabajando, como puedo saber que contrato tengo ahora?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pedro. Tendrías que comentarlo con la empresa. Un saludo

      Responder
    • Edurne

      Buenas, estuve de becaria durante 3 años en una Escuela Universitaria dependiente de la Universidad de Madrid. Tengo los certificados correspondientes. Estoy pendiente de poder subscribir un convemio especial de la Seguridad Social para poder cotizar esos 3 años. Cuándo y cómo podemos saber en qué plazo, términos y condiciones va a determinar el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para cotizar esos años de becarios realizados antes de la fecha de entrada en vigor del RD-ley del 2023 ( de marzo y de junio)?

      Responder
  78. Javier

    Hola, tengo una duda, yo actualmente estoy trabajando a tiempo completo y con contrato indefinido, llevando 15 años. Aparte, estoy estudiando una FP superior y tendría que ir a realizar las practicas NO LABORALES (convenio de practicas) cuando se supone que ya seré padre y estaré disfrutando del permiso de paternidad. Mi duda es: ¿ Ya que no existe ningún contrato de trabajo, sino que me sigo formando con el instituto, existe algún problema si estoy de permiso de paternidad y realizo dichas practicas, o estaría incumpliendo algo? Ya que claro, si da la casualidad que sucede esta situación y estoy obligado a cogerme las 4 semanas pero a la vez es incompatible con dichas practicas, no le encuentro la solución.

    Muchas gracias por su tiempo. Un saludo.

    Responder
  79. Alex Rivera

    Buenas tardes, Muchas gracias por el artículo. Tengo dudas sobre mi situación y quería ver si me podriaís ayudar. Voy a empezar unas prácticas extracurriculares y a la misma vez me gustaría hacer de vez en cuando (no cada mes) unos encargos de diseño gráfico que no superarían 900€/mes. No tengo muy claro si podría hacerlo a la misma vez que mis prácticas, entendiendo que pagaré mi cuota de la Seguridad Social a através de mis prácticas. Mi idea sería facturar los encargos sin tener que darme de alta como autónoma. ¿Sería posible hacer eso? Muchas gracias por la ayuda. Un saludo, Alex

    Responder
  80. Juliana

    Hola! Voy a hacer contrato de prácticas con una empresa a media jornada y con ello residencia en prácticas. Actualmente me están pagando 580€, quería saber si está bien poner eso en el contrato de residencia en prácticas para que lo aprueben. O si hay un mínimo de salario para que puedan aprobarlo. Gracias!!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Juliana. Para valorar esto, deberías revisar tu convenio colectivo, para ver qué salario se aplica para tu puesto. Si hacemos la proporción del 50% de jornada sobre el SMI, sí estaría correcto a priori, con los pocos datos que tenemos para valorar. Un saludo

      Responder
    • Nayara

      Hola Ángela,
      Es compatible una excedencia por cuidado de hijos con la realización de prácticas curriculares? Voy a realizar el máster de formación de profesorado y me preocupa tener algún problema al estar de excedencia. Muchas gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Nayara. Habría que analizar cada caso para poder hacer una afirmación, dependerá de si las prácticas te permiten conciliar la vida laboral y familiar mejor que en la empresa en la que has solicitado la excedencia, debería ser una mejoría notable y defendible. Un saludo

        Responder
  81. Jose

    Hola por casualidad sabes si con el contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena (antiguo contrato de Formación y Aprendizaje) me reconocen las cotizaciones para el arraigo laboral?

    Responder
  82. LAURA

    Hola Ángela! Tengo que dar de alta a un alumno con prácticas remuneradas, estara 273 horas y se cobra en total 300€, a tiempo parcial. me puedes echar una mano? No lo he hecho nunca

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Laura. Te dejo por aquí las claves a tener en cuenta para dar de alta en seguridad social personas con prácticas no laborales: En situación del alta: 01, en grupo de cotización: 2, en Exc. Cotización: 986 y escoge la opción RLCE: 9927 (Prácticas académicas externas). Un saludo

      Responder
      • Francisco

        Voy a pasar a segundo de un grado medio de cocina, soy pensionista y tengo prohibido cotizar a la ss, podré hacer las FCT el próximo curso sin cotizar a la seguridad social?

        Responder
      • Cristina R

        Hola, estoy en el mismo caso, que Laura, pero mi alumno está dado de alta además en el Régimen General por cuenta ajena, 26h semanales y turno de tarde, de tal manera que no supone que en el caso de las prácticas curriculares se solapen. ¿Habría algún problema de incompatibilidad con la cotización a la seguridad social?

        Responder
    • Gloria

      Hola. Estoy haciendo 7nas oracticas no remuneradas por un curso de formación de comercio por 40 horas. Debería recibir alguna paga o no? Ya que para realizarla debo pagar transporte. Gracias.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Gloria. Al no ser una relación laboral, las condiciones serán las que indique vuestro convenio de prácticas. Consúltalo con la entidad educativa. Un saludo

        Responder
        • Miri

          Hola,
          Llevo 1 mes cobrando el paro, estoy finalizando una FP superior y tengo que hacer el convenio de prácticas, 350 hrs.
          Por medio del centro donde estudio se ha puesto en contacto conmigo una empresa que ofrece becas de 6 meses no remuneradas, podría acceder a esta beca cobrando el paro? y de no ser así podría suspender el paro, aprovechar
          la beca y luego reanudar? Gracias por su respuesta,
          Un saludo

          Responder
      • Maria

        Buenas tardes
        Tengo un gran problema y nadie sabe decirme que debo hacer, el problema es que llevo esperando para hacer los prácticas más de un año y claro está me puse a buscar trabajo y me han hecho un contrato indefinido y mis prácticas no puedo compaginar porque me exigen disponibilidad total y con horario rotativo, iba a solicitar excedencia pero al no llegar al año no es posible y me indican que puedo pedir baja voluntaria pero claro no podría cobrar el paro y ninguna ayuda? Son 3 meses de prácticas y necesito el dinero que me aconsejan que pueda hacer? Estoy muy agobiada y no sé cómo afrontar esta situación, por qué solo me dan la opción de baja voluntaria por qué no barajan la opción de despido para a si poder cobrar el paro.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, María. Si es baja voluntaria, no tienes derecho a paro. Un saludo

          Responder
        • yo

          Haz algo para que te despidan….

          Responder
  83. Angela

    Hola Angela! Tengo convenio de practicas con una empresa, al estar remuneradas entiendo que estoy dada de alta en la SS. He tenido baja medica durante dos semanas, estas horas serian remuneradas al ser baja medica?o simplemente por no haber trabajado las horas no las cobraría?

    Muchas gracias

    Responder
    • Jose

      Hola por casualidad sabes si con el contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena (antiguo contrato de Formación y Aprendizaje) me reconocen las cotizaciones para el arraigo laboral?

      Responder
  84. Maialen

    Hola! Actualmente estoy trabajando en una empresa con un contrato indefinido y voy a darme de baja voluntaria para hacer unas prácticas en una empresa a través de un Convenio De practicas entre la empresa y la universidad. Si al acabar esas practicas no me renuevan, ¿puedo pedir el paro?
    Gracias!

    Responder
  85. Fidela palomares fernandez

    Hola Ángela! Tengo que dar de alta a día alumnos con prácticas no remuneradas, me puedes echar una mano? No lo he hecho nunca

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Buenos días, Fidela. Te dejo por aquí las claves a tener en cuenta para dar de alta en seguridad social personas con prácticas no laborales: En situación del alta: 01, en grupo de cotización: 2, en Exc. Cotización: 986 y escoge la opción RLCE: 9927 (Prácticas académicas externas). Un saludo

      Responder
  86. Rafael

    Buenos días, actualmente estoy en un convenio de practicas en una empresa. Este convenio viene dado por un máster que ya finalicé. Fui padre 2 días antes de la incorporación y quería saber si tengo algún derecho de paternidad y donde esta regulado dicho derecho. Muchas gracias de antemano.

    Responder
  87. Jorge Beltrán

    Hola, yo soy estudiante extranjero no comunitario, estoy haciendo un master, y quiero saber si es me es posible hacer por convenio de practicas remuneradas, ya que no se consideran una relación laboral, al ser convenio entre la universidad y la empresa. es decir que no necesitaría permiso de trabajo para ello? De antemano agradezco su respuesta. Saludos.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Jorge. Sí se podría realizar el convenio de prácticas, como estudiante no habría problema. Un saludo

      Responder
      • Adolfo

        Si no pone nada en el convenio, ¿Se pueden hacer 8 horas diarias en las prácticas no laborales?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Adolfo. Normalmente se fijan las condiciones en el convenio. Si no se establecen, podrían ser las 8 horas. Un saludo

          Responder
    • Pablo

      Buenas tardes,

      Estando en el paro y de baja por incapacidad temporal puedo hacer prácticas no laborales sin coger el alta?

      Gracias

      Responder
      • Cristián

        Estoy en la misma situación que tú

        Responder
    • Óscar Rios

      Hola. Para hacer prácticas de FP en una empresa, me piden el n° de seguridad social y no tengo, puesto que nunca he trabajado.
      Cómo lo puedo solicitar ?

      Responder
      • Kikospain

        Las prácticas no remuneradas existían con la Ley Zapatero ahora la han vuelto ha incluir pero sólo reconocen 2 años y lo curioso para que cotice hay que pagar pero se beneficiaron del trabajo gratis y eso es un FRAUDE en el tiempo.
        Muchos exbecarios afectados de las becas y del gremio sattui están cabreados por este último RD-ley de pensiones. ju

        Responder
    • Miriam

      Hola soy estudiante de grado medio de farmacia y parafarmacia y mis prácticas son de tres meses y quería saber si me pagan o no y cuánto. Gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Miriam. Esto tendrías que verlo con tu universidad, ya que las condiciones de las prácticas son las que se fijan en el convenio de prácticas con ellos. Un saludo

        Responder
  88. Susana

    Holaa para cotizar/cobrar las prácticas tengo que darme de alta en la seguridad social y ya esta??

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Susana. La cotización a la seguridad social es algo que realiza la empresa, sólo está obligada si son prácticas no laborales remuneradas. Un saludo

      Responder
      • Alejo

        Hola, la cuantía de las contingencias comunes es inferior a las que reflejan mis nóminas, lo único que coincide es lo de las contingencias profesionales, eso es normal? Simple curiosidad.

        Responder
    • Alejandra

      Hola, llevo trabajando 4 meses en una empresa 2 horas por las mañanas y en otra empresa otra hora por las tardes, en la vida laboral me pone que llevo 30 días cotizados/trabajados/de alta…llevo 4 meses no 1… al ser pocas horas no cuentan días completos? No se me suman las horas diarias de los dos trabajos?… está mal hecho?

      Responder
  89. Mel

    Hola! Quería consultar si existe posibilidad de realizar prácticas de
    Formacion Profesional de Grado Superior sin ser remuneradas, estando en el transcurso de la baja maternal.
    Gracias. Un saludo.

    Responder
  90. Jorge

    Hola, yo soy estudiante extranjero no comunitario, estoy haciendo un master, y quiero saber si es me es posible hacer por convenio de practicas remuneradas, ya que no se consideran una relación laboral, al ser convenio entre la universidad y la empresa. es decir que no necesitaría permiso de trabajo para ello? gracias.

    Responder
    • Lamis

      Buenas noches Jorge:
      Yo no soy una profesional pero decirte por experiencia de gente que conozco, no te hace falta tener un permiso de trabajo para que te den de alta en unas prácticas no laborales remuneradas con convenio entre universidad y empresa.
      Que puedes hacer las prácticas perfectamente sin ningún problema.

      Un saludo

      Responder
  91. Juan Jiménez

    Buenos días,
    ¿Puedo realizar prácticas curriculares remuneradas (con alta en la S.S.) y seguir cobrando prestación de paternidad?
    ¿Y en el caso de que no sean remuneradas?
    Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Juan. Si estás en situación de baja no sería compatible con el alta en las prácticas curriculares remuneradas durante las 6 semanas obligatorias de baja por paternidad. Un saludo

      Responder
      • Juan Jiménez

        Buenas tardes,

        Y a partir de las 6 semanas obligatorias, ¿puedo estar de baja en mi empresa y hacer prácticas curriculares en otra? ¿es obligatorio ya en 2022 dar de alta aunque las prácticas sean no remuneradas?

        Gracias.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Juan. Si las prácticas no son remuneradas, en 2022 todavía no es obligatorio estar dado de alta, a no ser que obligue el convenio de prácticas. Pasadas las 6 semanas podría ser, pero te recomendaría confirmarlo con TGSS siempre. Un saludo

          Responder
          • Ana

            Si soy extranjera y estoy estudiando y se me permite prácticas no laborales. Solo requiere que la empresa me cree un contrato y me de de alta en la seguridad social? O alguna otra cosa?

          • Miriam

            Hola, estoy cobrando el paro y me van a contratar con convenio formativo con mi escuela sin hacerme contrato si no por convenio. Las prácticas son remuneradas 600€ y me dan de alta en la S Social pero no cotizo para paro ni tengo relación laboral ya que es por convenio. Es posible seguir cobrando el paro a la vez que la beca que me la pagan como ayuda económica al estudio? Gracias

        • Mari carmen

          Hola, me gustaría saber si hago las prácticas de un grado superior en una empresa… que bonificacion recibe dicha empresa por mi.
          Gracias

          Responder
          • Ángela M. Labrador

            Hola Mari Carmen. Actualmente no existen bonificaciones asociadas al contrato de prácticas, excepto para colectivos con discapacidad. Un saludo

    • Juan José

      Estoy en la misma tesitura que tú.
      ¿Alguien conoce la respuesta?

      Gracias

      Responder
  92. Assun

    Holaa, hace dos meses que estoy haciendo unas prácticas remumeradas y me llegó un mensaje el 30 de noviembre que estaba dada de baja en la s.s. Es decir, llevo 3 dias trabajando y sin estar de alta en la s.s. Esto es legal? Además, practicamente no me estan formando….
    Gracias

    Responder
  93. Anna

    Hola, me han elegido para unas prácticas extracurriculares y remuneradas de 40h semanales. Ahora estoy embarazada y tengo la duda de si, al dar a luz tendré derecho a la maternidad (soy menor de 26 años y necesito tener cotizados 90 días). Necesito saber si las prácticas cuentan días para la maternidad. Gracias.

    Responder
  94. SAM

    ¿Es incompatible solicitar la beca MEC por comenzar unas prácticas extracurriculares remuneradas durante 3 meses con alta en la SS?

    Responder
    • Borja

      Buenas, mi caso es que estoy haciendo unas prácticas no laborales remuneradas externas al centro escolar. El caso es que me han ofrecido un trabajo en una empresa la cual me interesa más por qué se dedican a cosas que me interesan más.
      ¿Podría dejar las prácticas no laborales?

      Responder
      • Alicia

        Buenas. Tengo 29 años y me quiero apuntar a un grado del SEPE, cómo van las prácticas no laborales, que quiere decir ?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Alicia. Las prácticas no laborales quiere decir, que aunque te den de alta en Seguridad Social, porque estén obligados por el tipo de prácticas, no existe relación laboral con la empresa. Estás en la empresa como alumna del grado y hay que seguir la normativa que regula tus prácticas para esa relación con la empresa. Un saludo

          Responder
  95. Alberto

    Buenas,

    Llevo casi un mes de prácticas no laborales remuneradas. En el convenio consta la decisión de la empresa de pagar mensualmente, solo que la cantidad quedamos en decidirla una vez incorporado.

    Aún así, si bien me han dado de alta en la TGSS, aún no se me ha pedido el nº de cuenta bancaria, ni hemos discutido la cantidad.

    Qué debería hacer, ¿hablo con ellos o espero?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Alberto. Tendrías que hablarlo con ellos, es posible que estén esperando a final de mes. Un saludo

      Responder
    • Christine

      Hola,

      Soy estudiante del grado universitario, tengo que hacer la práctica este año. Si mi práctica será no remunerada tengo que darme de alta en la seguridad social? Alguna actualización en 2022

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Christine. De momento, en 2022 sólo están obligadas a dar de alta en seguridad social las empresas que acojan a estudiantes para prácticas remuneradas, si no son remuneradas, no estarían obligados, a no ser que se lo exija el convenio de prácticas. Un saludo

        Responder
  96. Javier

    Buenas, voy a realizar en Enero prácticas externas no remuneradas, de Grado y me piden desde el centro que nos hagamos cargo del pago por el tema de las cotizaciones sociales, yo o la universidad, estableciendo un acuerdo con el centro de estudios. ¿Esto se puede hacer?

    Y a parte de que se pueda hacer o no, quería saber si finalmente al no ser remuneradas, ¿sigue siendo opcional el dar de alta o ya es obligatorio al haber entrado en vigor la normativa?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Javier. Si las prácticas son no remuneradas, la empresa no está obligada a hacer alta en seguridad social. Depende todo de lo que indique vuestro convenio de prácticas, en estos casos, normalmente hay un seguro por parte de la universidad, confírmalo con ellos. Un saludo

      Responder
  97. salomon

    Buenos días, estoy haciendo practicas académicas externas remuneradas y además tengo un trabajo, esta remuneración cuenta como segundo pagador de cara a la declaración de la renta?
    Un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Salomón. Al tener dos remuneraciones contaría como segundo pagador. Un saludo

      Responder
    • Rosalía

      .Buenas tardes.
      Tengo un acuerdo de prácticas entre la empresa, el instituto y yo.
      Como estoy dada de alta en la seguridad social me han quitado la prestación por desempleo.
      Esto es así?
      Puedo seguir cobrando el paro?
      No cobro ni 300 euros y tengo un hijo menor.
      Gracias
      Saludos

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Rosalía. Al estar dada de alta por las prácticas, te habrán dado de baja del desempleo. Un saludo

        Responder
  98. Kevin

    Hola, voy a realizar prácticas no remuneradas dentro de un plan de estudios de máster, actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo, la empresa me ha pedido el numero de seguridad social para darme de alta, vuelvo a repetir no son remuneradas y son 20/25 horas semanales, es decir jornada parcial, puedo seguir cobrando la prestación por desempleo? Muchas gracias.

    Responder
  99. johanna

    Buenos días

    estoy realizando una prácticas remuneradas con convenio entre la universidad y la empresa, debo pagar yo la cuota de la SS, o es la empresa la que tiene que encargarse de pagar este gasto, necesito saberlo ya que llevo 3 meses ya dia de hoy todavía no he recibido ninguna nómina.
    muchas gracias
    un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Johanna. La empresa se encarga de este trámite. Al no tener relación laboral, no existe nómina. Puedes consultar tu vida laboral para ver el alta en TGSS. Un saludo

      Responder
      • Alejandra

        Estoy haciendo prácticas extracurriculares y quiero hacer baja voluntaria porque me quieren contratar en otra empresa, no me pagan nada, y en el contrato indica que si ellos me quieren echar me deben preavisar con 15 días, pero si es al revés no pone nada, voy a avisar con 1 semana de antelación, no me pueden quitar dinero, ya que no me pagan. Es correcto? Existe alguna manera de sancionarme ? Voy a terminar mis prácticas 15 días antes de lo firmado, no es periodo de prueba.

        Responder
      • Ricardo

        Buenas tardes.
        Estoy a punto de realizar prácticas NO curriculares y me gustaría saber si cuando se finalicen, tengo derecho a solicitar el paro.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Ricardo. Este tipo de prácticas no cotizan por desempleo. Un saludo

          Responder
      • Marieta

        Hola voy a comenzar las prácticas de un grado superior no remuneradas.. Actualmente estoy trabajando a 40h semanales en la seguridad social. Me comenta el instituto que solo puedo hacer 4h de prácticas… Hay alguna forma de hacer las 400h sin necesidad de hacerlas en dos años si estoy a 40h. Con vacaciones en mi trabajo. Las horas de prácticas se controlan en la seguridad social o solo en el instituto. Como funcionan?

        Responder
  100. Carmi

    Hola, estoy con un convenio de prácticas remuneradas y estoy dadad de alta en la seguridad social; esto puede servir para hacer un arraigo laboral?

    Responder
  101. Alejandra

    Hola, he empezado prácticas sin remunerar y según el convenio de estudios tenian que darme de alta en la ssocial y me han enseñado un papel que así lo indica pero en mi vida laboral no hay constancia de nada. En mis prácticas de hace años si aparecian y aparecen…a qué se debe? Está bien? O debo reclamar? Se que no me dan derecho a paro pero si que cotizaban o aparecian en la vida laboral… gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Alejandra. Debería aparecer, vuelve a consultarlo más adelante y si no aparece, coméntaselo a la empresa. Un saludo

      Responder
      • Alejandra

        Ya lo he comentado a la empresa y ellos lo tienen todo correcto, me han enseñado el certificado de alta con mis datos además de la vida laboral que ellos sacan viendo el tiempo que llevo trabajando con ellos…y a mí sigue sin aparecer nada en mi informe… es error de la seguridad social…no se cómo ponerme en contacto con ellos y si puede solucionarlo retroactivamente….

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Alejandra. Puedes contactar con Seguridad Social y comentarles la incidencia. Un saludo

          Responder
  102. PATRI

    hola actualmente estoy realizado practica no laboreles y la empresa ha decido quedarse conmigo como contrato en prorroga de practica , tengo que acreditar los estudios con un certificado, o que tengo que hacer

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Patri. Para que te puedan realizar un contrato de prácticas tendrías que acreditar los estudios oficiales finalizados con un certificado de tu universidad o centro formativo. Un saludo

      Responder
  103. Aida

    Hola, yo actualmente v¡estoy cobrando una prestación por desempleo y voy a empezar unas prácticas extracurriculares remuneradas, ¿puedo seguir cobrando el subsidio?

    Responder
    • Alejandra

      Hasta qué edad te pueden contratar como becario? O contrato en prácticas? El año que viene cumplo 30 y quiero saber si puedo optar a trabajar como becaria trás cumplir esa edad… gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Alejandra. Para un contrato en prácticas sobre todo influiría la fecha en la que has finalizado tus estudios. Si te refieres a un convenio de prácticas, no habría edad máxima, a no ser que la estableciese tu convenio de prácticas. Un saludo

        Responder
  104. Ambar

    Ahora mismo estoy haciendo unas prácticas remuneradas de Máster y dentro de unas semanas me tienen que hacer una intervención que tiene un postoperatorio de 3-4 semanas. Y quisiera saber si por tener un convenio de Universidad me corresponde una baja o si tendría que renunciar a lo que me queda de prácticas por esa ausencia médica.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Ambar. Como son remuneradas, entiendo que estás dada de alta en Seguridad Social, tendrías una baja médica. El tema es que el certificado de prácticas que emita la empresa no podrá ser por todas las horas que se suponía que ibas a realizar prácticas, a no ser que se completen. Tendrías que consultar y confirmar todo con universidad. Un saludo

      Responder
  105. Pablo

    Buenas tardes. Comienzo unas prácticas el próximo 3 de junio y no estoy dado de alta en la seguridad social, ¿cómo lo hago? ¿Lo tengo que hacer yo o es la universidad/empresa la que se tiene que hacer cargo?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Pablo. El alta en Seguridad Social te aparecerá desde el día que comiences no antes. Si son remuneradas tendría que hacer el alta la empresa. Por tu parte lo que tienes que facilitarle es el convenio de prácticas y documentación que te entreguen en tu universidad. Un saludo

      Responder
      • Reny

        Hola.
        Si las Prácticas se realizan en jornada completa de 8bhoras diarias los cinco días de la semana la remuneración (en el caso que la empresa decida pagar) debe ser por lo menos el salario mínimo?
        Para Prácticas Curriculares o Extracurriculares existe un tope de horas a laborar y/o un tope de remuneración?

        Responder
  106. Manuel

    Buenas tardes, mi caso es que estoy realizando prácticas extracurriculares de empresa renumeradas, y estoy dado de alta la seguridad social, ¿mi cotización serviría para pedir el subsidio de desempleo o algún tipo de paro?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Manuel. Este tipo de prácticas no son laborales y no cotizan por la contingencia de desempleo, por lo que no tendrías derecho a solicitar prestación por desempleo. Un saludo

      Responder
  107. Alba

    Buenas tardes, ¿hay alguna forma de meter ahora mismo unas prácticas remuneradas en 2012 para que aparezcan en la vida laboral y cuenten?
    Muchas gracias
    Alba

    Responder
    • Gines

      ¿Donde podemos solicitar que nos coticen las prácticas los que las hemos realizado durante los 5 años anteriores?

      Responder
  108. Andres Modet

    Buenos días, ¿Hay alguna novedad respecto a la firma de un convenio especial para incorporar a la vida laboral las prácticas realizadas en el pasado, tal y como recoge el decreto ley?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Andrés. Por el momento no hay novedad sobre esta posibilidad para las prácticas no laborales antiguas. Un saludo

      Responder
      • Miguel

        Buenos días,
        Mi pregunta es si la remuneración percibida en base a un convenio de prácticas académicas extracurriculares está sometida a retención por irpf, o si por el contrario son rentas exentas y no tributan en irpf.
        Muchas gracias

        Responder
    • Sum

      Hola! Actualmente me encuentro realizando mis practicas curriculares de master sin remuneracion y una empresa me ha ofrecido trabajo en contrato de obra y servicio. ¿Habría problema en cuanto a la seguridad social?

      Responder
  109. Cristina

    Hola, hoy he pedido mi informe de Vida Laboral y veo que no aparece 1 año entero de prácticas que hice, los 3 primeros meses con el convenio de la universidad y después de mi empresa con el SEPE.
    Estas últimas eran prácticas remuneradas.
    ¿Esto es normal? Cotizaba a las SS por lo que pensaba que aparecerían en este informe.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Cristina. Habría que ver en qué periodo realizaste esas prácticas y si en ese momento era obligatorio cotizar por ellas. Un saludo

      Responder
  110. Adrián

    Hola, finalicé mis prácticas del grado superior en 2019, y me gustaría saber si cotizan en la SS, ya que me quedan unos días para poder cobrar el subisidio y con las prácticas lo podría cubrir.
    Muchas gracias por la información

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Adrián. Si no son prácticas remuneradas no están obligados a darte de alta en Seguridad Social, a no ser que lo especifique vuestro convenio de prácticas. Aunque lo hiciesen, comentarte que este tipo de altas en Seguridad Social no cotizan por desempleo. Un saludo

      Responder
  111. Sil

    Hola, estoy haciendo prácticas de formación en centros de trabajo, no laborales y no remuneradas, y me han ofrecido ademas contratarme 2-3horas además de las horas (remuneradas y con contrato). Pueden contratarme en la misma empresa que hago las prácticas y al mismo tiempo? Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Sil. En principio no habría inconveniente, pero tendrías que revisar qué indica el convenio de prácticas. Un saludo

      Responder
    • Juan Camilo velasco

      Hola buen día en el caso de estudiante extranjero como se realiza este proceso.

      Se deberá solicitar algún permiso especial para realizar la prácticas o solo con el NIE estudiantil. Se podría dar de alta en seguridad social

      Gracias

      Responder
  112. María

    Hola,

    Tengo que abandonar mi trabajo de 14 años para realizar unas prácticas no remuneradas durante 3 meses (unas 440 horas).

    ¿Hay alguna forma de que pueda cobrar el paro durante esos meses y hasta que encuentre trabajo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María. Si dejas tu puesto de trabajo, no tendrías derecho a desempleo. Un saludo

      Responder
    • Katherine

      Pide una excedencia en tu trabajo actual no lo dejes hasta no tener algo seguro.

      Responder
  113. Martín

    Hola, voy a comenzar unas prácticas no remuneradas y no laborables en una empresa, para obtener título de Ciclo Superior. La empresa en la que realizo las prácticas ¿debe darme de alta?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Martín. En principio, la empresa no estaría obligada, tendrías que ver qué indica el convenio de prácticas de tu escuela. Un saludo

      Responder
  114. Teresa

    Hola! Estoy cobrando el paro y voy a empezar unas prácticas extracurriculares de 3 meses en las que me ofrecen 500eur. En este caso, ¿qué ocurre con mi paro? Se paraliza y luego se me vuelve a activar exactamente igual que antes?
    En caso de NO ser remuneradas, puedo hacer las prácticas SIN dejar de cobrar el paro?
    Saludos y millones de gracias!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Teresa. Al ser prácticas remuneradas, se exige alta en Seguridad Social, por lo que sí puede afectarte. Un saludo

      Responder
  115. MARIA

    Buenos días
    A nosotros la SS nos ha indicado que un estudiante que va a estar como becario en la empresa, con un convenio privado entre empresa y universidad, con prácticas no laborales, sin remuneración, pero con una bolsa de estudio que le paga la empresa, y que tiene un seguro privado que paga la universidad, tenemos que darlo igualmente de alta en SS. La Universidad también nos lo indicó así.
    La SS nos informó también que no supone coste para la empresa porque la cotización estaría totalmente bonificada, como con los contratos de formación, y que bastaría con indicar en el alta en SS que se trata de una relación laboral de carácter especial, de practicas curriculares externas.
    No sé si es correcto todo esto o no, porque en este tema de becarios personalmente tengo muchas dudas, de ahí que consultase a la TGSS. Nosotros lo hemos tramitado así, espero que no de problemas más adelante.
    Sería bueno que los legisladores aclararan mejor este tipo de prácticas.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María. Por parte de TGSS no se han publicado novedades sobre la cotización de las prácticas no laborales no remuneradas en su boletín RED. Por el momento sólo habría obligación de dar de alta si se exige en el convenio de la universidad o centro educativo o si son remuneradas. Un saludo

      Responder
    • María Antonia

      Hola! Voy a comenzar unas practicas curriculares de master de una universidad española en una empresa en Alemania. Las practicas son remuneradas y voy a firmar un contrato. Según el RD Ley de la Reforma de Pensiones con la nueva medida: la inclusión en la Seguridad Social de los becarios, ¿quien es el que debe darme de alta en la Seguridad Social, la universidad o la empresa?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola María Antonia, entendemos que sería la empresa la responsable de darte de alta en la Seguridad Social. En cualquier caso, puedes contactar con un/a asesor/a laboral para que solvente todas tus dudas. Un saludo.

        Responder
  116. Kelly

    Hola, actualmente estoy participando en un proceso de selección para una práctica remunerada, pero me dicen q al mi NIE decir “no autorizado a trabajar” entonces solo puedo hacer prácticas sin pago. Es esto verdad? Esto quiere decir q por ser estranjeri no tengo derecho a recibir el auxilio q da la empresa?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Kelly. Si son prácticas remuneradas tendrías que estar dada de alta en seguridad social. Un saludo

      Responder
  117. Raquel

    Buenas, he trabajado en la empresa como becaria por 2 años y al terminar el periodo me han contratado con contrato indefinido. Las prácticas eran remuneradas y tenía la cotización mínima en SS el primer año (2% IRPF + 6,94€ Cont. comunes) y en el segundo año me subió la remuneración y la cotización del IRPF a 11,51% + 8,49€ cont. comunes.
    Pasado 7 meses con contrato indefinido, salgo de la empresa por despido.
    Tengo derecho a solicitar la prestación por desempleo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Raquel. Si posteriormente a las prácticas, has tenido un contrato indefinido, no accederías a desempleo si no has cotizado el periodo mínimo. Un saludo

      Responder
  118. Maria

    Buenos días, Vamos a realizar un convenio de colaboración con una Universidad, para realizar prácticas curriculares y extracurriculares. Sabemos que la Universidad va a contratar un seguro para el becario. Como ha cambiado la Ley, pero todavía no se si ha entrado en vigor, es necesario que la empresa contrate a estos becarios.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María. En todo caso sería una relación no laboral, al ser un convenio de prácticas. En el caso de que sean prácticas remuneradas, se exigiría alta en Seguridad Social. Entiendo que no serán remuneradas porque comentáis sobre un seguro para el alumno. Un saludo

      Responder
  119. Carmen Pérez

    Buenos dias:

    A mi hija que está estudiando 42 de Psicologia, le han ofrecido realizar unas Practicas Curriculares en una empresa y le abonaran una ayuda economica de entorno 300 €. La pregunta que nos ha surgido es si es necesario que tenga número de la Seguridad social y en caso que asi sea, quién debe solicitarlo , ¿ ella o la empresa?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Carmen. Si fuese necesario darle de alta en Seguridad Social es la empresa la que se encarga de hacer todos los trámites. Un saludo

      Responder
  120. Minerva

    Buenas tardes, yo he realizado durante 4 meses PRÁCTICAS UNIVERSITARIAS EXTRACURRILARES REMUNERADAS, por otro lado tengo cotizados dos meses, podría solicitar alguna prestación, o las prácticas no computan?

    Saludos

    Responder
    • Pilar

      Mi hijo está trabajando 10 horas semanales para una empresa y le ofrecen además hacer con ellos simultáneamente un convenio de prácticas, la Universidad está de acuerdo pero la gestoria dice que por el cambio de ley no sería posible , esto es así ? Gracias

      Responder
  121. Sonia

    Buenos días, actualmente estoy realizando un máster y percibiendo la retribución por desempleo. Me han ofrecido hacer prácticas. Me podrías indicar en qué caso dejaria de seguir cobrando el paro?
    Gracias y un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Sonia. Te afectaría en el caso de que estas prácticas sean remuneradas. Un saludo

      Responder
    • Carlos

      Buenas estoy haciendo fpII y ahora entro a prácticas fct, la empresa me ofrecía una remuneración, pero el centro dice que no puedo percibir ningún tipo de ayuda.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Carlos. Entendemos que esto dependerá de vuestro convenio de prácticas. Un saludo

        Responder
  122. Ana

    Buenas tardes. Tengo conocimiento que algunas empresas cobran a los alumnos por realizar las prácticas de grados medios o superiores. Esto entiendo que es totalmente irregular?

    Responder
  123. Jose Luis

    Hola yo tengo una pension absoluta me gustaria hacer un grado medio de mecanicami pregunta es al ser practicas no remuneradas me darian de alta en la seguridad social pudiendo perder mi pension gracias de antemano

    Responder
  124. Rosa

    Hola buenas tardes. Tengo que dejar mi actual trabajo para empezar a realizar prácticas de FP superior remuneradas. En el caso que las pararan por el coronavirus, ¿tengo derecho a solicitar la prestación por desempleo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Rosa. Si las prácticas son no laborales, no cotizan por desempleo, tendrías que haber llegado a la cotización mínima anteriormente. Un saludo

      Responder
      • Francisco

        Hola
        Mi mujer está haciendo una formación FP Dual en la comunidad valenciana. Le pagan como unos 2€ la hora por las prácticas hace 12h a la semana.
        Está trabajando actualmente tambien y queríamos saber, en el caso de que la echasen si tendría derecho a cobrar el paro.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Francisco. Este tipo de prácticas, aunque coticen, no cotizan por desempleo. Un saludo

          Responder
  125. Patricia

    Hola, muchas gracias en primer lugar por la información. ¿Un estudiante de grado (sin haber terminado el grado) que realice prácticas en una empresa con la universidad de intermediaria, ha de ser dado de alta en la seguridad social a fecha de hoy siendo el caso de unas prácticas remuneradas? Y de haber empezado ya esas prácticas, sin que lo hayan dado de alta, ¿la empresa cotizaría por lo anterior o solo desde que de de alta al alumno? ¡Muchas gracias de nuevo!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Patricia. Si son prácticas remuneradas deberían cotizar en seguridad social, no obstante, te recomendamos contactar con tu universidad para ver el tipo de convenio de prácticas y sus condiciones. Un saludo

      Responder
      • Pau

        Hola, iniciaré unas practicas no remuneradas el mes que viene e iniciare a cobrar el paro ( ya se me ha resuelto positivamente la solicitud). Todavía no he firmado el convenio, ¿ puedo cobrar el paro si no cobro en las practicas, no ocupan tiempo superior a 4 horas diarias y forman parte de un plan docente?. Mi duda es si al darme de alta en la seg. social por las practicas se va anular mi paro de manera automatica.Gracias

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Pau. Si son prácticas remuneradas, están obligados a darte de alta en seguridad social, no sería compatible esta situación con el paro. Un saludo

          Responder
  126. Lourdes

    Hola, he empezado a realizar unas prácticas extracurriculares no remuneradas de un máster no oficial. En el centro dijeron que para hacer el convenio le ponían la condición a la empresa de dar de alta en la SS.

    No obstante, en las negociaciones que han tenido con la empresa (a mis espaldas) han reculado y finalmente no me dan de alta en la SS, alegando que si no son remuneradas no tienen por qué darme.

    Ante el cambio de normativa ¿podría pedir la alta con carácter retroactivo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Lourdes. Al ser prácticas no remuneradas la empresa no estaría obligada a darte de alta en seguridad social si no lo exige el acuerdo de colaboración, ya que esta normativa por el momento no está activa. Un saludo

      Responder
  127. Carlos

    Buenas tardes, se sabe algo de cuando saldrá la norma que desarrolla el RD28/2018 para poder cotizar por prácticas no laborales de años anteriores suscribiendo un convenio especial?.

    Gracias,

    Responder
  128. Souad

    Hola, una vez finalizadas mis prácticas no laborales estando en el estado de alarma y han pasado 2 meses, sigo teniendo derecho a pedir la prestación por desempleo? Muchas gracias!

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Souad, las prácticas no laborales no generan derecho a desempleo, ya que no existe relación laboral con la empresa. Un saludo

      Responder
  129. cursos remunerados para desempleados

    Buena info

    Responder
  130. María Fernanda

    Buenas,

    Me han concedido una beca de practicas extracurriculares remuneradas, me daran de alta en la SS durante el contrato de practicas pero mi pregunta es: despues de terminar las practicas (3 meses) sigo de alta en la SS?
    Tengo una discapacidad reconocida y voy al medico con frecuencia por la enfermedad que padezco, tengo muface pero porq me beneficio de la poliza de mi padre, al realizar las practicas perderia derecho a la compañia ya que entro en la SS.
    Esa es mi duda, no vaya a ser que me quede sin cobertura medica una vez que haya pasado el tiempo de practicas.

    Gracias y un saludo.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola María. Te dan de alta en la Tesorería General de Seguridad Social, que es diferente de tu seguro de salud. Cuando termines las prácticas, te darán de baja en TGSS. Un saludo

      Responder
      • Estela Alzugaray

        Hola buenos días. Mi hijo acaba un convenio de prácticas para un trabajo de final de máster, pone que hay una aportación IRPF, alta en seguridad social y base de aportación al desempleo pero no sé ve retención en este último concepto.
        Tendrá derecho al desempleo?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Estela. Aunque cotizan, este tipo de convenios de prácticas no cotizan por la contingencia de desempleo, fondo de garantía salarial, ni formación profesional. Por lo que no tendría derecho a desempleo. Un saludo

          Responder
  131. jessica

    Buenas, yo estoy cobrando el subsidio por desempleo, y quiero hacer unas practicas epes (practicas no laborales), ya se que no son compatibles y tengo que parar el subsidio, pero ¿una vez que termine las practicas con el certificado que te dan al terminar puedo reanudar el subsisio?, muchas gracias

    Responder
  132. Rubén

    Buenas tardes, en Abril comenzaré la Formación en Centros de Trabajo del FP Grado Medio de Farmacia y Parafarmacia y me gustaría saber si este año ya las prácticas cotizarán y exactamente a qué conceptos.

    Saludos y gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola, Rubén. Por el momento no hay novedades, siguen sin cotizar si son prácticas no remuneradas. Aunque el Gobierno ya ha anunciado su intención de aprobar un Estatuto de las Prácticas y entrar a regular estos aspectos. Un saludo

      Responder
  133. Eva Maria

    Buenas, voy a realizar unas prácticas extracurriculares con el programa PRAEM de la UCA. Son remuneradas, puedo también cobrar la prestación por desempleo? O me descontarían parte del subsidio por estar dada de alta?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Eva María. Al ser prácticas remuneradas, la empresa está obligada a darte de alta en seguridad social. Si estás dada de alta en seguridad social, no es compatible con el desempleo, tendrías que hablar con tu oficina de empleo para valorar las opciones. Un saludo

      Responder
  134. Cris

    Hola buenad, mi madre tiene la pension de jubilacion no contributiva , que se la dan porque en casa solod entra la pension de jubilacion d mi padre y somos 3. Entonces un vez q yono empiece a trabajar se la.quitan, sabeis si las EPES cuentan como ingresos a la unidad economica familiar? Gracias

    Responder
  135. Rocio

    Hola, un vez que termine las prácticas de empresa de tres meses y sin remuneración, tengo derecho al paro?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Rocío. Por lo que comentas, actualmente estás realizando unas prácticas no remuneradas no laborales, por tanto, no dan lugar a una relación laboral con la empresa, ni permiten acceder a prestaciones por desempleo a la finalización del convenio de prácticas. Un saludo

      Responder
      • Cristina

        Hola Ángela, a Junio del 2020, ha cambiado esta Ley o seguimos sin dar de alta si son prácticas no laborales, no remuneradas? Gracias.

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola Cristina. Esta norma sigue igual, no ha habido todavía un desarrollo. Sólo tendrás que dar de alta en seguridad social las prácticas si son remuneradas. Un saludo

          Responder
          • Laura

            Buenas tardes, me acaban de aceptar en el programa epes. Me encuentro en riesgo de exclusión social, y mi único ingreso es el subsidio por desempleo. Al empezar las prácticas, tengo que suspender el subsidio o es compatible con la remuneración de las prácticas epes? Por lo que he leído es una beca, no un sueldo, pero no me ha quedado muy claro. Gracias, un saludo

          • Ángela Martínez Labrador

            Hola Laura, desconocemos si son compatibles. Lo más recomendable es que solicites cita en tu oficina de empleo para confirmar todo. Un saludo

    • Souad

      Hola, una vez finalizadas mis prácticas no laborales estando en el estado de alarma y han pasado 2 meses, sigo teniendo derecho a pedir la prestación por desempleo?

      Responder
  136. María José

    Buenos días,

    Actualmente estoy haciendo unas prácticas no laborales de 25h la semana, me gustaría saber si esta media jornada es compatible con la prestación por desempleo, o por contra al ser NO laborales y por lo tanto no curriculares pierdo el derecho. Gracias!

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola, María José. Al ser prácticas no remuneradas no laborales no dan lugar a una relación laboral con la empresa. Por este motivo no generan derecho a cobrar prestaciones por desempleo a la finalización del convenio de prácticas. Un saludo

      Responder
    • Sara

      Hola, actualmente estoy cobrando el paro y voy a realizar unas prácticas académicas externas si hay remuneración de 250€ podría seguir cobrando el paro? Y si no hubiera remuneración?
      Muchas gracias por vuestra ayuda

      Responder
      • Ángela Martínez Labrador

        Hola, Sara. Si las prácticas son remuneradas, la empresa está obligada a cotizar, y por tanto, a darte de alta en Seguridad Social. Por este motivo, no podrías seguir cobrando el paro. Si las prácticas fuesen no remuneradas, sí podrías, ya que la empresa no está obligada a darte de alta con la normativa vigente. Un saludo

        Responder
  137. Mario

    Hola si dejo voluntariamente unas practicas no laborales y tenia previamente concedido un subsidio por desempleo por el SEPE, puede retomar ese subsidio sin problema?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Mario. Te recomendamos consultarlo con la Oficina de Empleo, ya que ellos dispondrán de más datos sobre la repercusión de estas prácticas. Un saludo

      Responder
  138. Adrián Sánchez Rodríguez

    Gracias por vuestra labo, muy útil para mi vídeo. Especialmente la parte de que se espera que no se aplique hasta septiembre.
    ç

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Adrián. Nos alegra que haya sido de utilidad. Como indicamos en el artículo, la cotización para las prácticas no laborales está pendiente de desarrollo reglamentario. No se aplicará hasta que no exista una norma que lo regule y dada la situación, es probable que se demore todavía más. Gracias por leernos. Un saludo

      Responder
  139. TERESA

    ¿que tipo de cotizacion y regimen tienen las practicas de master (obligatorias y remuneradas)?,
    contrato es a partir del 6 de mayo

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Teresa. Según el Boletín Red 1/2019, para la cotización de las prácticas se aplicarán las reglas de cotización correspondientes a los contratos de formación, sin que exista la obligación de cotizar por desempleo, Fondo de Garantía Profesional, ni formación profesional. Puedes ver las cuantías de cotización del contrato de formación durante 2019 aquí. Un saludo

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscribete Boletin Noticias Grupo2000
Necesitas Contratar Contrato De Formacion Grupo2000
Formación Catálogo De Cursos Grupo2000

Síguenos en redes

Últimas noticias

Ver Ocupaciones Contrato Formación Alternancia Grupo2000
Formacion Bonificada Para Empresas Grupo2000
Agencia Colocación Publicar Ofertas Grupo2000
Ir al contenido