El 1 de septiembre de 2023 entraron en vigor los nuevos requisitos y cuantías para los contratos bonificados.
Pese a que hace más de un año que se empezaron a aplicar estos incentivos, aún hay ciertas dudas en torno a ellos. Por eso, en este artículo te explicamos cómo comunicar el alta de los trabajadores en Seguridad Social para que se les apliquen los beneficios.
Además, te ponemos al día de todas las instrucciones de TGSS publicadas en el boletín RED para mecanizar los contratos con beneficios.
Más abajo, te indicamos cuáles son las claves en sistema RED para tramitar las bonificaciones del RDL1/2023 definitivas y podrás descargar una Tabla Resumen con todos los requisitos y códigos de afiliación para aplicarlas.
¿Qué claves tengo que indicar en sistema RED para el alta de contratos bonificados del RDL 1/2023?
En los boletines Boletín RED 11/2023 y 13/2023 se incluyeron las claves que se tienen que comunicar para realizar el alta en sistema RED de los contratos laborales para que puedan bonificarse en los seguros sociales.
En este artículo destacamos los cambios, que encontrarás con la anotación ¡Novedad! para que los localices más fácilmente.
Además, hemos actualizado la tabla resumen que podrás encontrar más abajo en este artículo.
Antes que nada, te recordamos que las características, requisitos y cuantías de las bonificaciones han cambiado y te recomendamos consultar todo antes de tramitar el alta.
Si los beneficios se aplican porque contratas algún colectivo especial es importante que esa persona aporte acreditación de su situación antes de realizar la afiliación en Sistema RED (por ejemplo, si es un colectivo en riesgo de exclusión) ya que, en muchos casos, se exige enviar la documentación por CASIA.
Asimismo, debes saber que las claves que se indican en Sistema RED en el alta tienen carácter de declaración responsable.
Esto quiere decir que tu empresa al marcar los campos está comprometiéndose a que se reúnen las condiciones y requisitos para aplicar los beneficios.
¿Para qué colectivos debo aportar documentación acreditativa por CASIA si quiero aplicar bonificaciones?
En el Boletín RED 12/2023 se indican los colectivos para los que debes enviar por CASIA los documentos que acreditan que esa persona contratada cumple los requisitos para bonificar sus seguros sociales.
Al enviar el CASIA tendrás que indicar:
- En materia: Afiliación, altas y bajas.
- En categoría: Aportar documentación acreditativa.
Los colectivos que exigen acreditación para el alta en Seguridad Social son los siguientes (recuerda escoger los que tienen la referencia al RDL 1/2023):
- Víctima de violencia de género.
- Víctima de terrorismo.
- Víctima de trata de seres humanos.
- Víctima de violencia sexual.
- Excluidos sociales.
- Cambio de puesto de trabajo por enfermedad profesional.
- Cambio de puesto de trabajo por riesgo de embarazo o lactancia.
- Sustitución de víctima de violencia de género.
- Sustitución de víctima de violencia sexual.
- Víctima de violencia de género sustituida.
- Víctima de violencia sexual sustituida.
- Exclusión social y no inscrito en el SEPE.
- Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El Boletín Red 13/2023 modificó algunas claves para bonificar los contratos
Tras la publicación del Boletín RED 13/2023 pudimos conocer cuáles son los cambios en los campos para tramitar algunos contratos.
A continuación, te resumimos los más importantes:
- El contrato de formación en alternancia bonificado debe marcar la casilla beneficios con el código 19.
- El contrato indefinido para cooperativas o sociedades laborales bonificado: tiene que incluir el código 21 en la casilla beneficios y en condición desempleo: W.
- Para la transformación de contratos temporales agrarios en fijos discontinuos bonificados es imprescindible añadir el código 20 en beneficios.
- Personas contratadas en Ceuta y Melilla de determinados CNAE, para la bonificación ahora en condición desempleo no hay que incluir contenido, si se hace, no coge la bonificación.
En los siguientes apartados los destacamos para que puedas identificarlos rápidamente con la palabra ¡Novedad!
¿Qué hago si me da error el alta del contrato bonificado porque fallan las claves?
Desde el pasado mes de septiembre de 2023 nos hemos estado encontrando con numerosos fallos en Sistema RED para aplicar las bonificaciones. En Seguridad Social eran conscientes de que el sistema no estaba preparado del todo y lo fueron avisando en sus boletines.
Esto provocó problemas a la hora de confirmar los ficheros de bases debido a las diferencias en los cálculos.
En estos casos, la solución que se ofreció desde TGSS fue dar el alta del contrato normal, sin bonificación. E inmediatamente enviar solicitud por CASIA para indicar que se trataba de un contrato bonificado.
En el boletín RED ya informaron que determinadas claves podían corregirse de manera posterior. Por ejemplo, en el contrato de formación en alternancia, si te daba error al tramitar el alta y no te aplicaba la bonificación, podías acceder posteriormente a añadir en beneficios la clave 19 y rectificar la afiliación.
A continuación, te detallamos todas las bonificaciones a la contratación existentes. También encontrarás las claves para tramitar el alta totalmente actualizadas:
Personas con discapacidad intelectual límite. Claves en Sistema RED
Bonificación: 128 €/mes durante 4 años.
Si deseas bonificar el contrato indefinido realizado a una persona con discapacidad intelectual límite reconocida tienes que incluir los siguientes campos en afiliación:
- Campo incapacitado readmitido / Cap. intelectual límite: valor 5
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- Casilla Cond. Desempleo: 1
Readmitidos tras cese por incapacidad permanente total o absoluta con contrato bonificado. Claves en afiliación
Bonificación: 138 €/mes durante 2 años.
Para bonificar el contrato indefinido realizado a personas que hayan sido readmitidas en la empresa tras el cese por incapacidad permanente en otra categoría o personas que sean contratadas en otra empresa, tras recuperar su capacidad, hay que especificar estas claves en el alta:
- Campo incapacitado readmitido / Cap. intelectual límite: valores del 1 al 4, según sea la situación. Desde Seguridad Social informaron que temporalmente debía incluirse el valor S, hasta que el sistema estuviese preparado.
- Modelo de contrato para las situaciones de 1 a 3: 130, 230 ó 330
- ¡Novedad! Casilla Cond. Desempleo: sin contenido
Si existe discapacidad hay que indicar el grado en el campo «grado de discapacidad».
Mujeres víctimas de violencia de género, sexual, trata o explotación con contrato bonificado. Claves en Sistema RED
Bonificación: 128 € al mes durante 4 años.
En estas situaciones, si se realiza un contrato indefinido y se quieren aplicar los beneficios en Seguridad Social, hay que marcar las siguientes casillas:
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- Campo exclusión social/ Víctima de violencia: valores 7, J ó M, según el perfil
- Casilla Cond. Desempleo: W
- Nº de Expediente CASIA
Es imprescindible haber enviado la documentación que acredita su situación previamente por CASIA y anotar posteriormente el número de expediente en el alta.
Víctimas del terrorismo con contrato bonificado. Trámites a realizar con TGSS
Bonificación: 128 €/mes durante 4 años.
Para bonificar el contrato indefinido a víctimas del terrorismo, en afiliación debes indicar estos campos:
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- Campo Exclusión social/ víctima violencia: 9
- Casilla Cond. Desempleo: W
- Nº de Expediente CASIA
Contratos bonificados para personas en situación de exclusión. Claves en afiliación
Bonificación: 128 €/mes durante 4 años.
Si contratas de forma indefinida a personas con situación de exclusión acreditada por servicios sociales o el órgano competente de tu Comunidad Autónoma, tienes que completar estas casillas en Sistema RED para poder aplicar los beneficios en Seguridad Social:
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- Campo Exclusión social: N ó O
- Casilla Cond. Desempleo: 1 ó W
- Nº de Expediente CASIA
Tu empresa debe conservar la documentación que acredita la exclusión social durante 5 años.
Contratos para desempleados de larga duración con indefinido bonificado. Alta en Sistema RED
Bonificación de 110 €/mes durante 3 años.
Si es mujer o mayor de 45 años: 128 €/mes.
Si quieres acceder a la bonificación para personas desempleadas de larga duración, estos son los campos que debes incluir en afiliación de Sistema RED:
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- Casilla Cond. Desempleo: L
Socios en cooperativas o sociedades laborales que realizan formación práctica. Claves en Sistema RED
Bonificación de 138 €/mes durante 3 años. Si es una persona discapacitada, durante toda la vigencia.
Si contratas de forma indefinida a personas que estén realizando una formación en la cooperativa o sociedad laboral y deseas beneficiarte de la bonificación, debes marcar estas casillas:
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- Beneficios: 18
- ¡Novedad! Condición desempleo: sin contenido.
- Relación laboral de carácter especial: 9924 (si es sociedad laboral)
Socios en cooperativas o sociedades laborales con contrato indefinido. Claves en Sistema RED para bonificar
Bonificación: 73 €/mes durante 3 años.
Si son menores de 30 años o menores de 35 discapacitados: 147 €/mes durante los 12 primeros meses.
La contratación indefinida de personas desempleadas en una cooperativa o sociedad laboral también puede bonificarse, estas son las claves:
- Modelo de contrato: 150, 250 ó 350
- ¡Novedad! Cond. Desempleo: W
- ¡Novedad! Beneficios: 21. Si esta casilla no está disponible, será necesario modificar posteriormente el alta.
- Relación laboral de carácter especial: 9924 (si es sociedad laboral)
Contrato indefinido en sectores y actividades en Ceuta y Melilla. Claves en Sistema RED para bonificar
Hasta noviembre de 2024 la bonificación era de 262 €/mes durante su vigencia debiendo la empresa ofrecer 20 horas de formación bonificada al año a esa persona.
A partir de noviembre de 2024, el Boletín RED de 11 de noviembre de 2024, establece que, en lugar de la bonificación fija de 262 €/mes, se aplicará un 50% de bonificación en las aportaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes y otros conceptos durante la vigencia de los contratos indefinidos.
Por tanto, los contratos indefinidos que se realicen para determinados sectores (tienes que revisar si tu CNAE está entre los incluidos) pueden bonificarse indicando estos campos en afiliación:
- Modelo de contrato: 150, 250, 350, 109, 209 ó 309
- Beneficios CCC: 17
- ¡Novedad! Cond. Desempleo: sin contenido.
La peculiaridad de cotización se identificará con TPC 13, Fracción de cuota 07, Porcentaje 50%, y Colectivo incentivado 3194 (para Ceuta y Melilla).
Contrato fijo-discontinuo en el sector turístico bonificado. Claves en Sistema RED
Bonificación de 262 €/mes en febrero, marzo y noviembre.
Las empresas del sector turístico o sectores comercio y hostelería vinculados al turismo que «alarguen» la contratación de las personas fijas discontinuas en los meses de febrero, marzo y noviembre pueden bonificar en los seguros sociales con estas claves:
- Modelo de contrato: 3xx
- Declaración responsable: 017
- Situación adicional: 420.
Contrato de formación en alternancia. Claves en Sistema RED para bonificar
Bonificación de 119 € + 60 ó 80 € adicionales para la empresa al mes. La cuota fija de seguros sociales que paga de 180,54 € quedaría totalmente bonificada. La empresa no pagaría Seguros Sociales.
En el contrato de formación en alternancia a los campos que ya había habitualmente se le añadió un nuevo valor en la casilla beneficios para que se aplicase la bonificación.
Si ya habías dado de alta el contrato y estaba bonificado, desde TGSS dieron indicaciones para que entrases directamente a modificar el alta e incluir la nueva casilla.
- Modelo de contrato: 421
- Cond. Desempleo: 1
- ¡Novedad! Beneficios: 19
Pero sí queremos destacar que en Contrat@ sí hay cambios. En la comunicación al SEPE desde septiembre de 2023 debes escoger estos modelos de contrato, según sea bonificado o no:
- Contrato bonificado: 450
- Contrato no bonificado: 421
Contrato de sustitución de víctimas de violencia de género, sexual, trata o explotación. Claves en Sistema RED para bonificar
Bonificación del 100% durante ese periodo.
Los contratos de duración determinada para sustituir a víctimas en estos supuestos que hayan suspendido su contrato o solicitado movilidad geográfica pueden beneficiarse de una bonificación en los seguros sociales, tienes que indicar lo siguiente en afiliación:
- Modelo de contrato: 410 ó 510
- Causa de sustitución. 06
- Cond. Desempleo: 1
- Nº de Expediente en CASIA
Contrato de sustitución por nacimiento, cuidados de menor, riesgo de embarazo o lactancia. Claves en Sistema RED para bonificar
Bonificación: 366 €/mes.
Si realizas un contrato de duración determinada para sustituir a personas de baja por nacimiento, cuidados de menor, riesgo de embarazo o lactancia, puedes aplicar la bonificación si la persona contratada reúne los requisitos y si se indican estos campos en el alta del contrato:
- Modelo de contrato: 410 ó 510
- Causa de sustitución. 02, 10 ó 17.
- Cond. Desempleo: 1
Debes incluir el Número de Seguridad Social de la persona sustituida.
Es importante que el periodo de contratación coincida durante el periodo que se extienda la baja que está cubriendo.
Personas sustituidas por nacimiento, cuidados de menor, riesgo de embarazo o lactancia
Bonificación: 366 €/mes.
Para que puedas bonificar los seguros sociales de la persona de baja por maternidad, paternidad, etc, es imprescindible que se realice una contratación temporal para cubrir ese puesto, que cumpla los requisitos del RDL 1/2023.
En afiliación del contrato de interinidad, como hemos visto anteriormente, debes incluir el NSS de esta persona.
Fundamental que el periodo de la baja coincida con la contratación de la persona interina.
Contratos de duración determinada para la situación de personas trabajadoras con discapacidad en situaciones de IT
El Boletín RED de 11 de noviembre de 2024 incluye una serie de modificaciones para estos casos.
Se introduce un nuevo valor de causa de sustitución (Valor 17) en el sistema de afiliación en lugar del actual valor 05.
Para poder aplicar la bonificación a la persona trabajadora sustituta deben cumplirse estos requisitos:
- El contrato debe comenzar el 1 de septiembre de 2023 o posterior.
- Tipo de contrato: Los contratos deben ser de los modelos 410 o 510.
- Condición de desempleo: El trabajador sustituto debe estar en situación de desempleo (código 1 o W).
- Sistema especial: El sistema especial de cotización debe ser distinto de 34.
- Número de Seguridad Social del trabajador sustituido: Se debe informar el NSS del trabajador que se sustituye.
- Discapacidad: Tanto el trabajador sustituido como el sustituto deben tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debidamente acreditado ante la TGSS.
Las bonificaciones para el trabajador sustituto se reflejarán con el código TPC 16, Fracción de cuota 01 y el colectivo incentivado 1108-CT SUSTITUCIÓN DISCAPACITADO IT.
¡Importante! El Valor 05 (anterior causa de sustitución) se seguirá utilizando para las sustituciones realizadas antes del 1 de septiembre de 2023.
Por tanto:
- El valor 17 se implementará para las sustituciones de trabajadores con discapacidad en IT a partir del 1 de septiembre de 2023.
- Esto incluye bonificaciones para el trabajador sustituto, pero no para el trabajador sustituido.
- Las altas previas con valor 05 deberán corregirse al nuevo valor 17.
Cambio de puesto por riesgo de embarazo, lactancia o enfermedad profesional. Claves en Sistema RED para bonificar
Bonificación: 138 €/mes.
Cuando se produce un cambio de puesto o función motivado por un riesgo de embarazo, lactancia o enfermedad profesional (para bajas IT de personas discapacitadas que sean cubiertas por otra persona discapacitada desempleada) se pueden aplicar beneficios en los seguros sociales durante el periodo de permanencia en el nuevo puesto.
Estas son las claves a indicar en afiliación:
- Cambio de puesto de trabajo: 01 ó 02
- Nº de Expediente CASIA
En CASIA debes aportar la evaluación de riesgos o valoración del INSS, si es por enfermedad.
Transformación en indefinido de contratos formativos (alternancia y prácticas). Claves en Sistema RED para bonificar
Bonificación de 128 €/mes durante 3 años, 147 € si es mujer.
Al transformar un contrato de formación en alternancia o contrato para la práctica profesional puedes bonificar en los seguros sociales indicando estas claves:
- Modelo de contrato: 109, 209 ó 309
- Siempre que el contrato transformado sea: 420, 421 ó 520
Es importante que la transformación se realice al finalizar el contrato inicial o la prórroga, nunca antes de que termine. Si no, el sistema no te va a dejar aplicar la bonificación.
Transformación en indefinido de contratos de relevo. Claves en afiliación
Bonificación de 55 €/mes durante 3 años, 73 €/mes si es mujer.
Al transformar un contrato de relevo, cualquiera que fuese su fecha de celebración, puedes aplicar una bonificación si se cumplen los requisitos.
- Modelo de contrato: 109, 209 ó 309
- Siempre que el contrato transformado sea: 441 ó 541
Transformación en fijo discontinuo del sector agrario. Claves en afiliación
Bonificación: 55 €/mes o 73 €/mes si es mujer.
Si realizas una transformación de un contrato temporal a fijo-discontinuo durante los 2 años posteriores al 1 de septiembre de 2023, fecha de entrada en vigor del RDL 1/2023, vas a poder bonificar en los seguros sociales al incluir estos campos en afiliación:
- Modelo de contrato: 309
- Régimen: 0163
- ¡Novedad! Beneficios: 20
Esta última casilla debe ser completada para que aplique correctamente la bonificación, según el Boletín RED 13/2023.
Persona investigador de contrato predoctoral. Trámites en Sistema RED
Bonificación: 115 €/mes.
La contratación de persona investigador en modalidad de contrato predoctoral de la Ley 14/2011 también está bonificada. Estas son las casillas que necesitas marcar en TGSS:
- Modelo de contrato: 404
- Relación laboral de carácter especial: 9921 (9924 si no deseas bonificarlo)
- Régimen: 0111
- Cond. Desempleo: sin contenido (según el Boletín RED 13/2023)
Descarga aquí una tabla resumen con todas las bonificaciones para contratar 2024 y las claves que necesitas para Sistema RED
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¿Qué te han parecido los cambios en las bonificaciones para contratar? Te leemos en comentarios, déjanos uno más abajo. ¡Gracias!
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Tengo un trabajador con discapacidad y bonificado ( ct 230). Solicitó excedencia y ha solicitado reincorporación y se le ha admitido. ¿ sigue manteniendo la bonificación? Para otros casos en los que trabajadores en excedencia solicitan trabajo en otra empresa se que se deniega la bonificación pero este caso me resulta dudoso ya que él es en la misma empresa donde va a solicitar la reincorporación ( iría contra sus derechos claramente ya que si se hace esto no es fácil que se le conceda excedencia). Lo que ocurre es que evidentemente no puede estar inscrito en el sepe porque está en situación de excedencia y por tanto en seguridad social no puede ponerse la situación de desempleado. No se si conocéis o sabéis de algún caso así y cual es la solución
Hola Mónica, se podría argumentar que la bonificación está vinculada a una nueva contratación, y dado que se trata de una reincorporación, es posible que no se cumpla este requisito. Lo más recomendable sería que contactaras con un/a asesor/a laboral, ya que podría tener experiencia con casos similares y orientarte mejor. También podrías consultar directamente con la Seguridad Social para obtener una respuesta más precisa. Saludos.