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TGSS sólo resolverá incidencias sobre Sistema RED y SLD en estos email

TGSS sólo resolverá incidencias sobre Sistema RED y SLD en estos email

En el Boletín RED de septiembre TGSS anuncia que sólo resolverá las incidencias sobre Sistema RED y SLD vía email.

Este cambio en su forma de informar a sus usuarios se aplica desde el 16 de septiembre de 2019.

A partir de esta fecha, todas las consultas relacionadas con envíos de ficheros, Sistema RED o el Sistema de Liquidación Directa, tendrán que enviarse por email.

Seguridad Social justifica esta novedad como una forma de mejorar su atención a las empresas y autorizados RED y potenciar el canal de comunicación telemático.

TGSS ha creado hasta 28 buzones diferentes de consultas. Cada uno atenderá las dudas de una provincia en concreto.

Además de estos buzones, han habilitado el buzón tecnicas.red@seg-social.es para consultas técnicas sobre Sistema RED y tecnicas.sede@seg-socil.es, de la Secretaría de Estado de Seguridad Social.

A continuación compartimos con vosotros los nuevos buzones de consultas de Seguridad Social, con la provincia que les corresponde:

PROVINCIA BUZÓN DE CONSULTAS DE TGSS
Araba alava.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Albacete albacete.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Alicante alicante.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Almería almeria.uau.tgss@seg-social.es
Asturias asturias.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Ávila avila.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Badajoz badajoz.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Baleares Illesbalears.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Barcelona creta.tgss-barcelona.dp@seg-social.es
Bizkaia 48tgss.sistema-red.tgss@seg-social.es
Burgos burgos.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Cáceres caceres.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Cádiz creta.tgss-cadiz.dp@seg-social.es
Cantabria cantabria.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Castellón castellon.sistemared.tgss@seg-social.es
Ceuta ceuta.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Ciudad Real ciudad-real.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Córdoba cordoba.atencionusuario.tgss@seg-social.es
A Coruña creta.tgss-a-coruna.dp@seg-social.es
Cuenca cuenca.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Girona girona.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Granada granada.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Guadalajara guadalajara.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Guipuzkoa gipuzkoa.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Huelva Creta.tgss-huelva.dp@seg-social.es
Huesca Huesca.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Jaén jaen.atencionusuario.tgss@seg-social.es
León buzon.tgss-leon.llamadasred@seg-social.es
Lleida lleida.atencionusuario.tgss@seg-social.es
La Rioja creta.tgss-la-rioja.dp@seg-social.es
Lugo sistemared.tgss-lugo.buzon@seg-social.es
Madrid madrid.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Málaga malaga.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Melilla melilla.administracion1.tgss@seg-social.es
Murcia consultas@seg-social.es
Navarra navarra.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Ourense ourense.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Palencia palencia.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Las Palmas G.C. laspalmas.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Pontevedra pontevedra.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Salamanca salamanca.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Segovia segovia.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Soria soria.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Tarragona tarragona.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Teruel Teruel.serviciogeste.tgss@seg-social.es
Tenerife opcion1.tgss-tenerife.atenciontelefonica@seg-social.es
Toledo creta.tgss-toledo.dp@seg-social.es
Valencia uau.tgss-valencia.telefono@seg-social.es
Valladolid usuariosred.tgss-valladolid.buzon@seg-social.es
Zamora atenctelefonica.tgss-zamora.buzon-admon4901@seg-social.es
Zaragoza zaragoza.atencionusuario.tgss@seg-social.es

 

Se supone que esta vía viene a complementar el servicio de atención electrónica que ya se ofrecía en el teléfono 901 50 20 50.

Muchos de vosotros nos habéis expresado vuestra preocupación y descontento al ver en estos días que ya no es posible solucionar las dudas en el momento en ese teléfono.

Por lo que comentáis desde los despachos profesionales, ya se están derivando todas las consultas a los nuevos buzones.

Habrá que ver si este nuevo sistema de resolución de dudas es ágil y es capaz de dar respuesta a todas las cuestiones que surgen ante el complejo sistema de gestiones de TGSS.

Y tú, ¿qué opinas de este cambio?¿Crees que será positivo? Nos encantará leer tus comentarios. Escríbenos más abajo. ¡Gracias!

Fuente: Boletín RED.

 

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Si eres autónomo, debes cumplir esta obligación antes del 1 de octubre

Si eres autónomo, debes cumplir esta obligación antes del 1 de octubre

Si eres autónomo, debes cumplir esta obligación antes del 1 de octubre: incorporarte al Sistema RED y a SEDESS será obligatorio a partir de esa fecha.

A continuación te contamos todos los detalles que debes saber sobre esta nueva obligación:

La nueva obligación de incorporarse al Sistema RED para los autónomos

Esta nueva obligación surge tras la Orden ESS/214, de 1 de marzo, que modifica la Orden ESS/484/2013, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social. El Sistema RED es el Sistema de Remisión Electrónica de Datos de Seguridad Social.

Tras su entrada en vigor, ha habido un plazo de adaptación de 6 meses, que finaliza el 1 de octubre. A partir de esta fecha podrías ser sancionado si no has realizado el trámite.

Esta obligación implica que a partir de dicha fecha deberás realizar por esta vía las siguientes gestiones:

  1. Alta y baja de autónomos (RETA). Podrás comunicar tu alta previamente, hasta 60 días, al inicio de tu actividad.
  2. Cambios de base de cotización. Hasta 4 veces en el año natural.
  3. Modificación de actividad en tu actividad como autónomo.
  4. Solicitud de modificación de las coberturas de las contingencias para el año siguiente.
  5. Variaciones de datos en RETA: Datos identificativos, documentación complementaria al alta, etc.
  6. Recepción de notificaciones y comunicaciones a través de SEDESS.

También podrás obtener a través de la Sede Electrónica duplicados de tu alta o baja de autónomos, informes de las cuotas ingresadas, de estar al corriente en tus pagos a Seguridad Social o de vida laboral.

¿Qué autónomos están obligados a darse de alta en el Sistema RED?

Esta Orden afecta a la mayor parte de autónomos, según se indica, tendrán que incorporarse los trabajadores por cuenta propia, los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios y los trabajadores del Grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Para esta nueva obligación no se va a realizar ninguna comunicación previa desde TGSS, así que no te despistes, y tramita tu alta lo antes posible.

¿Cómo se pueden realizar estas gestiones?

Tienes dos alternativas para cumplir con estos nuevos trámites:

  • Utilizar el Sistema RED. En el que un autorizado actúa en tu representación (tu gestor o despacho profesional de confianza).
  • Realizarlos directamente a través de la Sede Electrónica SEDESS, utilizando sus servicios electrónicos o presentando las solicitudes por Registro Electrónico.

Si vas a acceder a SEDESS deberás disponer de Certificado Digital, DNI Electrónico o Cl@ve para poder identificarte. En las oficinas de TGSS te facilitarán el Certificado y el registro en el Sistema Cl@ve.

Importante: debes comunicar y actualizar tus datos de contacto para recibir información y avisos de las notificaciones de Seguridad Social. Ya que a partir del 1 de Octubre recibirás tus notificaciones a través de SEDESS.

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TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018

TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018

En las últimas semanas os adelantábamos la noticia: Seguridad Social tenía previsto eliminar los códigos de cuenta de cotización específicos para las altas. De nuevo a través del Boletín RED, TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018 y explica cómo será el proceso. Y hoy nosotros te lo contamos con detalle en nuestro blog:

El fin de esta unificación de cuentas de cotización es que las empresas sólo tengan que disponer de un código de cuenta de cotización único, con independencia de que algunos trabajadores estén excluidos de cotizar por alguna prestación o contingencia, o de que coticen mediante bases de cotización o cuotas fijas.

En esta situación se encontrarían todas las empresas que hayan formalizado contratos para la formación y el aprendizaje ya que, antes de hacer el alta, hay que solicitar un código de cuenta de cotización específico. A partir de octubre de 2018, según indica Seguridad Social, ya no será necesario porque aparecerán todos los trabajadores asociados a la cuenta de cotización principal.

Según indican, la fecha para la aplicación de esta unificación no se realizará hasta que TGSS no lo establezca de forma expresa, sí se avisa que está previsto que sea antes del 1 de octubre de 2018.

¿Qué situaciones se verían afectadas por esta unificación?

Las empresas que se verán afectadas por esta unificación y deben estar pendientes de estas instrucciones son las que se correspondan con estas situaciones:

  • Cuando algún código de cuenta de cotización de una provincia sea de un Régimen Especial, distinto al resto de CCC.
  • Los CCC de altas de trabajadores a los que se apliquen unos tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal de la empresa.
  • Los CCC del Régimen Especial del Mar, si cada CCC es un grupo de cotización distinto o figura vinculado a embarcaciones distintas.
  • La cotización adicional de bomberos y ertzainas.
  • Los CCC que identifiquen cualquier condición en comunicación de altas o bajas, autorizaciones para la deducción diferida de las compensaciones por pago delegado de incapacidad temporal, o procedimientos de liquidación de cuotas específicos.

Estarán excluidos de esta unificación por el momento los supuestos en que el CCC sea necesario para identificar a trabajadores con varias relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con distintas condiciones de cotización.

¿Cómo se debe hacer la unificación de CCC?

Todos los CCC que se indican en el anterior apartado causarán baja y el nuevo Código de Cuenta de Cotización al que estarán asociados será el que establezca TGSS, pudiendo ser uno de los que ya existan para esa empresa.

Será la propia Tesorería quien contactará con el autorizado RED, indicándole la fecha y cómo debe hacer la unificación.

Una vez haya contactado con tu empresa, habrá que hacer la baja del trabajador con exclusiones para la cotización en el CCC específico a través del sistema RED en el último día del mes que te indiquen. Y en segundo lugar, hacer el alta de dicho trabajador por la misma vía, en el CCC único, el primer día del mes inmediatamente posterior a la fecha de la baja.

¿Cómo se identificarán ahora los casos de exclusión de cotización?

Dado que a partir de octubre no habrá CCC para diferenciar las situaciones de exclusión de los trabajadores, Seguridad Social ha creado un nuevo campo, denominado «Exclusión de cotización», que contendrá los mismos valores que el actual campo de tipo de relación laboral de CCC (tabla T-52).

Este campo «Exclusión de cotización» deberás marcarlo con la opción que proceda, según la situación del trabajador, en el momento de hacer el alta a través del Sistema RED.

Recuerda: Si tu empresa se ve afectada por la unificación, también tendrás que recordar incluir este campo cuando realices el nuevo alta del trabajador.

En cuanto a la bonificación y cálculo de cuotas, informan desde TGSS que no se verán afectados. Solamente en el caso de presentar liquidaciones complementarias de los trabajadores que has migrado al CCC único. En estos casos, las liquidaciones se tendrán que realizar en el CCC en el que el trabajador estuviese dado de alta para ese periodo de liquidación.

 

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Fuente: Boletín RED 2/2018.

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