TGSS podrá anular contratos laborales falsos sin sentencia judicial
¡Importante novedad! El Supremo va a permitir a la Seguridad Social dar de baja a una persona trabajadora de oficio.
Así lo recoge en una reciente sentencia en la que el Tribunal Supremo otorga a la Seguridad Social la capacidad de dar de baja a personas trabajadoras registradas con contratos fraudulentos.
Esta medida refuerza la lucha contra el fraude fiscal. TGSS podrá anular contratos laborales falsos sin sentencia judicial previa.
Te lo explicamos, a continuación:
¿Puede la Seguridad Social revocar directamente contratos falsos sin una resolución judicial?
Así es, la TGSS podrá identificar y anular contratos que considere simulados o fraudulentos, como aquellos que se utilizan para obtener prestaciones indebidas o beneficios fiscales.
Se elimina la obligación de iniciar un procedimiento judicial para invalidar estos contratos acelerando la respuesta ante irregularidades.
¿Cómo actuará la Seguridad Social ante un contrato laboral falso?
Seguridad Social analizará los contratos laborales registrados e investigará casos sospechosos de simulación laboral.
Después, podrá dar de baja a la persona trabajadora afectada si se confirma el carácter fraudulento del contrato.
Este procedimiento no requiere la intervención de un juez para ser efectivo.
Hasta el momento, si Seguridad Social detectaba una relación laboral falsa tenía que acudir a un tribunal social, lo cual retrasaba el proceso.
Ahora Seguridad Social va a poder actuar de manera directa por vía administrativa.
Hay que recordar que en enero de 2023 el Gobierno modificó la Ley General de la Seguridad Social permitiendo a la TGSS que revisase y anulase afiliaciones o contratos falsos sin necesidad de acudir a los tribunales.
Sin embargo, no se había encontrado ninguna sentencia del Tribunal Supremo que ratificase este cambio normativo.
Finalmente, ha sido a través de una sentencia de 28 de octubre de 2024 en la que el Supremo ha cambiado su criterio y ha adaptado la jurisprudencia a la nueva ley.
¿Por qué el Supremo va a permitir a la TGSS anular por vía administrativa contratos falsos?
En su sentencia del 28 de octubre de 2024, el Supremo anuló una decisión previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que exigía llevar estos casos a los tribunales sociales.
El alto tribunal aclaró que estos actos administrativos deben ser conocidos por la jurisdicción contencioso-administrativa.
La TGSS anuló un período de cotización (septiembre 2019 – febrero 2020) al determinar que no existía una verdadera relación laboral, sino una simulación.
El supuesto trabajador no realizó actividad laboral, solo recibió formación.
En este caso, el Supremo considera que estos actos deben ser reconocidos por la jurisdicción contencioso-administrativa en lugar de la jurisdicción social.
¿Cuándo suelen usarse contratos falsos?
Los contratos falsos suelen emplearse con dos objetivos principales:
- Para acceder a beneficios permitiendo que una persona cumpla con los requisitos para obtener prestaciones del sistema de Seguridad Social, como desempleo o cotizaciones adicionales necesarias para alcanzar el tiempo mínimo requerido para la jubilación.
- Para acceder a ventajas empresariales simulando un aumento artificial de plantilla. Esto es con el fin de acceder a subvenciones, por ejemplo, por creación de empleo.
¿Puede la empresa o la persona trabajadora reclamar?
Así es. Esta medida no va a impedir que la persona trabajadora o la empresa puedan reclamar.
Simplemente, se tendrá que recurrir directamente a los tribunales contencioso-administrativos.
¿Por qué esta medida podría tener un impacto especialmente en los autónomos?
- La Administración podrá intervenir directamente si detecta indicios de fraude en los contratos. Esto significa que acuerdos laborales considerados irregulares podrían ser revocados unilateralmente por la Tesorería, sin necesidad de un proceso judicial.
- La medida refuerza la capacidad de la TGSS para actuar contra los falsos autónomos, personas registradas como autónomos pero que, en realidad, trabajan bajo condiciones que los clasifican como empleados.
- Esta práctica afecta principalmente a sectores como el de los repartidores y plataformas digitales, donde es común externalizar servicios bajo esta figura.
- Las pequeñas empresas que dependan de contratos con autónomos para sus operaciones podrían enfrentarse a sanciones y ajustes laborales, lo que podría generar incertidumbre y costos adicionales.
¿Estabas al día de este cambio de criterio del Supremo? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación
Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.
Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años sin pagar Seguros Sociales durante su vigencia.
Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.