Qué requisitos debe cumplir un contrato de formación en alternancia
¿Sabías que el contrato de formación en alternancia se ha convertido en una opción de contratación muy ventajosa para empresas y personas trabajadoras?
Además de ofrecer la posibilidad de estar formando a una persona trabajadora en una profesión, la empresa se beneficia de tener un coste 0 euros en los Seguros Sociales durante toda la vigencia del contrato.
¿Quieres saber más? A continuación, detallamos qué requisitos debe cumplir el contrato de formación en alternancia en 2024:
¿Qué requisitos debe cumplir un contrato de formación en alternancia 2024?
Analizamos con detalle qué requisitos deben cumplirse para firmar un contrato de formación en alternancia.
Requisitos que debe cumplir la persona trabajadora para firmar un contrato de formación en 2024
A continuación, resumimos los que debe reunir la persona trabajadora para poder utilizar este modelo de contrato:
- Edad: hasta 30 años para Catálogo de Especialidades. Este límite no se aplica para Certificados de nivel 3 y personas con discapacidad reconocida.
- Estar inscrita como demandante de empleo, al menos 1 día (para poder acceder a las bonificaciones de los seguros sociales).
- Titulación: No tener la titulación oficial requerida para realizar el puesto de trabajo en cuestión.
Desde Grupo2000 aconsejamos, además, cumplir estos requisitos para realizar la formación adecuadamente:
- Estar comprometido/a con la formación.
- Disponer de las competencias tecnológicas básicas para poder realizar una formación online.
- Tener acceso a Internet.
Requisitos que debe cumplir la empresa para firmar un contrato de formación en alternancia en 2024
Por su parte, la empresa deberá cumplir los siguientes requisitos para poder firmar un contrato de formación en alternancia:
- No tener deuda con Hacienda ni con la Seguridad Social.
- No haber sido sancionada.
- Asignar a una persona de la empresa para tutorizar la evolución de la persona trabajadora contratada.
- Respetar los horarios de trabajo efectivo y de formación.
¿En qué casos no se puede realizar el contrato de formación?
No se podrá firmar un contrato de formación:
- Si la persona ya ha tenido un contrato de formación del mismo sector productivo o especialidad formativa.
- Si fue contratada en la misma empresa por más de 6 meses.
En cualquier otro caso, ¡no hay problema! Ahora bien, ¿quieres bonificar el contrato de formación? A continuación, te contamos qué requisitos debes reunir.
¿Se puede bonificar un contrato de formación en 2024?
Así es, el contrato de formación permite aplicar 3 bonificaciones:
- Una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social.
- Una bonificación del 100% de la formación teórica.
- Una bonificación adicional en concepto de tutorización de entre 60 y 80€ que variará en función de la plantilla.
Para ello, es importante distinguir según se haya producido su fecha de alta inicial: si fue antes del 1 de septiembre de 2023 o se firmó de manera posterior.
Tienes toda la información que necesitas en nuestra sección cómo bonificar el contrato de formación en alternancia.
Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024
Es importante que revises el RD Ley 1/2023 para poder bonificar un contrato de formación en alternancia.
Desde el 1 de septiembre de 2023 para bonificar un contrato de formación la empresa debe tener un Plan de Igualdad (siempre y cuando exista obligación de ello según la Ley Orgánica 3/2007).
Además, hay algunos supuestos ante los que no se podrá bonificar el contrato.
Por ejemplo, cuando se firme con personas que vengan de un contrato indefinido en los 3 meses previos al alta.
En nuestro post requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024 tienes toda la información detallada para poder acceder a las ventajas que ofrece esta modalidad contractual.
¿Cuáles son las principales ventajas de los contratos de formación en alternancia?
Tras las limitaciones a la temporalidad que se incluyeron en la Reforma Laboral el contrato de formación en alternancia se ha convertido en la modalidad favorita para las empresas.
- El contrato de formación en alternancia permite contratar de 3 meses a 2 años y se ha posicionado como una gran alternativa al contrato temporal.
- Tiene coste 0 euros en los Seguros Sociales durante su vigencia.
- No tiene mantenimiento de empleo.
- No existe límite de contratos de formación por empresa actualmente, por lo que las empresas pueden formalizar el número de contratos de formación que deseen.
- La compañía puede acceder a una bonificación por transformación en indefinido de hasta 1.764 €/año.
Asimismo, las personas trabajadoras contratadas a través de esta modalidad tienen derecho a la prestación por desempleo y cobertura total de la Seguridad Social.
El contrato de formación aumenta las oportunidades de empleo entre las personas trabajadoras más jóvenes a la vez que les ofrece una formación teórica de calidad.
¿Qué características específicas tienen los contratos de formación el alternancia en 2024?
Las características de los contratos de formación en alternancia en 2024 son:
- La jornada laboral se divide entre formación y trabajo efectivo. 65% de trabajo y 35% de formación durante el primer año. En el segundo año la proporción de trabajo efectivo será del 85% y 15% se dedicará a formación.
- La duración mínima del contrato de formación en alternancia es de 3 meses y la máxima de 2 años.
- La formación que recibe la persona trabajadora es obligatoria y deberá disponer de un/a tutor/a en su centro de trabajo y de un/a tutor/a en el centro de formación.
- No podrá fijarse período de prueba.
¿Es posible hacer horas extra en un contrato de formación en alternancia?
Las personas trabajadoras contratadas a través de un contrato de formación en alternancia no pueden hacer horas extra en las empresas ni trabajar en horario nocturno o turnos. Excepto si es necesario debido al tipo de actividad.
El RD Ley 32/2021 introdujo una flexibilización: se permite el trabajo nocturno cuando las actividades para su aprendizaje “no puedan desarrollarse en otros periodos, debido a la naturaleza de la actividad”.
¿Cuál es el salario del contrato de formación en alternancia?
Para confeccionar la nómina del contrato de formación se tiene en cuenta el salario establecido en convenio o, en su defecto, el % trabajado respecto al SMI de 2024.
Al salario mínimo se le deben sumar los complementos salariales establecidos en Convenio Colectivo o contrato de trabajo.
El sueldo a recibir por parte de la persona trabajadora según el convenio colectivo no puede ser inferior al 60% durante el primer año o 75% durante el segundo, teniendo en cuenta la cantidad fijada en dicho convenio para ese grupo profesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
En ningún caso, será inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
En cuanto a la base de cotización del contrato de formación en alternancia durante 2024, tras la subida del SMI:
- Base de cotización mensual 2024: 1.323 euros.
- Base de cotización diaria 2024: 44,10 euros.
Puedes acceder a más información visitando nuestra página sobre la cotización del contrato de formación en 2024.
¡Importante! Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 32/2021, el SEPE publicó unas instrucciones sobre la tramitación del contrato de formación en alternancia que incluían una novedad.
Desde el 30 de marzo de 2022 no se requiere autorización previa de la actividad formativa para iniciar el contrato de formación en alternancia.
Esto permite tramitar el contrato de formación en el mismo día, sin esperas.
¿Quieres conocer más sobre el contrato de formación?
Si deseas formalizar un contrato de formación en alternancia, ¡te ayudamos! Desde Grupo2000 te informamos encantados en nuestro chat online o en el teléfono 958 80 67 60.
Tenemos más de 20 años de experiencia en la tramitación y formación de esta modalidad de contratos.
Grupo2000 es un centro acreditado por el SEPE para impartir la formación del Catálogo de Especialidades.
Ahora la formación es 100% online, sin eventos presenciales. ¡Contáctanos y disfruta de las ventajas del contrato de formación en alternancia!