Programa Bono Pyme: ayudas de 3.000 euros para mejorar la conectividad

Programa Bono Pyme: ayudas de 3.000 euros para mejorar la conectividad

El pasado 23 de julio se publicó en el BOE la Orden TDF/755/2024 que establece el programa de bonos de conectividad UNICO Demanda Bono PYME.

Conocido como Programa Bono PYME, esta subvención está diseñada para coordinarse con el Kit Digital.

A continuación, te contamos todo lo que debes saber. Programa Bono Pyme: ayudas de 3.000 euros para mejorar la conectividad.

 

¿Qué es el Programa Bono Pyme?

Este programa ofrece una línea de ayudas que complementa el Programa Kit Digital, con el objetivo de mejorar la conectividad de las pymes mediante la adopción de soluciones de acceso a Internet de banda ancha y servicios asociados.

Estas Soluciones y Servicios de Conectividad se encontrarán accesibles en el Catálogo de Categorías de Servicios y Soluciones de Conectividad del Programa.

Para contratar estas soluciones las pymes beneficiarias recibirán un Bono de Conectividad que podrán usar para adquirir una o varias soluciones de acceso a Internet y servicios asociados.

Una vez que la pyme elija las soluciones deseadas deberá formalizar contratos de prestación de soluciones o servicios con los Prestadores de Servicios.

¡Importante! El Bono de Conectividad no podrá hacerse efectivo hasta que los prestadores de servicios, en nombre de la pyme beneficiaria, presenten la cuenta justificativa de la actividad realizada para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.

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¿Quiénes pueden beneficiarse del Programa Bono Pyme?

Podrán beneficiarse del Programa ÚNICO Demanda Bono PYME:

  • Pequeñas empresas y microempresas de entre 0 y menos de 50 personas trabajadoras.
  • Personas en situación de autoempleo.

En todo caso, las entidades beneficiarias deberán:

  • Tener su domicilio fiscal ubicado en territorio español.
  • Estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de las ayudas, y tener la antigüedad mínima que se establezca en la Convocatoria de éstas.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.

 

¿Cuál es la antigüedad mínima que debe tener el solicitante para poder solicitar la ayuda?

La antigüedad mínima para obtener la condición de beneficiario será de 6 meses.

 

¿Quiénes no pueden ser beneficiarios de estas ayudas?

No podrán beneficiarse:

  • Las personas físicas o jurídicas que sean Prestadores de Servicios adheridos al Programa Bono PYME o Agentes Digitalizadores adheridos al Programa Kit Digital, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de servicios y soluciones de conectividad.
  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
  • Las uniones temporales de empresas (UTE).
  • Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

 

¿Cómo se calcula el número de personas trabajadoras?

Se calculará teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (autónomos colaboradores y autónomos societarios), o por cualquier otro medio válido en Derecho, en el momento de presentar la solicitud.

El plazo para contabilizar la plantilla media de trabajadores del Régimen General será el correspondiente a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.

 

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Cada pyme beneficiaria podrá recibir un importe máximo de 3.000 euros, que se entregará en forma de Bono de Conectividad.

Con este Bono podrán contratarse soluciones de conectividad hasta agotar el límite del saldo disponible del bono de conectividad.

A continuación, detallamos los importes máximos de ayuda por Categorías de Servicios y Soluciones de Conectividad, así como la duración mínima que deben mantener:

 

ACCESO A INTERNET:

CATEGORÍA DE SOLUCIÓN O SERVICIO PERÍODO PRESTACIÓN IMPORTE TOTAL
Acceso a Internet de Banda Ancha (100 Mbps de velocidad en sentido descendente) 12 meses 400 euros x sede (intensidad de ayuda 50 por 100)

 

SERVICIOS ASOCIADOS:

CATEGORÍA DE SOLUCIÓN O SERVICIO PERÍODO PRESTACIÓN IMPORTE TOTAL
IP fija 12 meses 180 euros x IP (max. 3 IPs por empresa)
Telefonía móvil corporativa 12 meses 3.000 euros x usuario
WIFI Profesional 12 meses 150 euros x sede (200 euros con 1 punto de acceso)
Centralita virtual 12 meses 100 euros x usuario
Almacenamiento y Backup en la nube: modalidad básica 12 meses 500 euros x empresa
Almacenamiento y Backups en la nube: modalidad avanzada 12 meses 2.000 euros x empresa
    Cada solución está destinada a las siguientes mejoras:
  • Acceso a Internet: el objetivo de esta solución es proporcionar a la pyme un acceso a Internet en redes de banda ancha.
  • IP fija: el fin es suministrar a la pyme una dirección IP fija o estática que le permita disponer de una dirección exclusiva en Internet a la que asociar distintos servicios de su titularidad.
  • Telefonía móvil corporativa: se pondrá a disposición de las personas trabajadoras de la pyme un servicio de telefonía móvil con llamadas y navegación sin límite.
  • WIFI Profesional: se ofrecerá a la pyme una red WIFI de alta calidad, segura e independiente para personas trabajadoras, clientes y colaboradores.
  • Centralita virtual: el objetivo es proporcionar a la pyme una centralita telefónica digital que desarrolle funciones para facilitar las comunicaciones tanto internas como externas.
  • Almacenamiento y Backup en la nube: se ofrecerá a la pyme un servicio de almacenamiento de datos que suponga su almacenamiento en servidores remotos (en la nube) con medidas de seguridad avanzadas que permitan su protección.
  • Almacenamiento y Backup en la nube, modalidad avanzada: el fin del servicio es proporcionar a la pyme un servicio de almacenamiento de datos con medidas de seguridad un poco más avanzadas.

 

¿Quiénes pueden ser Prestadores de Servicios de Conectividad Adheridos?

Para ser Prestadores de Servicios será necesario cumplir estos requisitos:

  • Tener un volumen neto acumulado de la cifra de negocio en los dos últimos años fiscales cerrados anteriores al de la presentación de la solicitud de adhesión, de al menos 100.000 euros o 50.000 euros de volumen neto de la cifra de negocio en el año fiscal cerrado anterior al de presentación de la solicitud.
  • Para el caso de personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo se deberá tener un volumen neto acumulado de la cifra de negocio en los dos últimos años fiscales cerrados anteriores al de presentación de la solicitud de adhesión de al menos 70.000 euros, o 35.000 euros de volumen neto de la cifra de negocio en el año fiscal cerrado anterior al de presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Tener domicilio fiscal en un país de la Unión Europea.

 

¿Cuál es el plazo de solicitudes para el Bono Pyme?

El plazo de solicitudes se abrirá el 10 de septiembre de 2024 y permanecerá disponible hasta el 30 de diciembre de 2024.

 

¿Cómo se presentarán las solicitudes?

Las solicitudes serán realizadas por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización y se presentarán únicamente a través del formulario habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.

Este formulario también será accesible desde la plataforma Acelera Pyme.

 

¿Cómo se concederán las subvenciones del Bono Pyme?

Se concederán a través de un proceso de concurrencia no competitiva.

¿Conocías las ayudas del Bono Pyme? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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