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Calendario fiscal de 2024 para empresas y autónomos

Calendario fiscal de 2024 para empresas y autónomos

En este artículo te resumimos todas las obligaciones fiscales de este año. Este es el calendario fiscal de 2024 para empresas y autónomos.

Te indicamos cuáles son y los plazos máximos para su presentación:

 

¿Qué es el calendario fiscal 2024 y para qué sirve?

El calendario fiscal 2024 fija cuáles son las fechas límite y los plazos para cumplir con las obligaciones tributarias a lo largo del año.

Va detallando los períodos en los que empresas y autónomos deben presentar sus distintas declaraciones y pagar impuestos.

El calendario fiscal es muy útil ya que sirve a modo de guía para mantenerse al día de todas las responsabilidades tributarias.

El año fiscal se estructura en cuatro trimestres de la siguiente manera:

  • Primer trimestre: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2024.
  • Segundo trimestre: Del 1 de abril al 30 de junio de 2024.
  • Tercer trimestre: Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2024.
  • Cuarto trimestre: Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024.

Es esencial diferenciar el trimestre fiscal del periodo para su presentación. Después de cada trimestre existe un plazo para realizar la presentación correspondiente:

  • Primer trimestre: Del 1 de abril al 20 de abril de 2024.
  • Segundo trimestre: Del 1 de julio al 20 de julio de 2024.
  • Tercer trimestre: Del 1 de octubre al 20 de octubre de 2024.
  • Cuarto trimestre: Del 1 de enero al 31 de enero de 2024.
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¿Qué impuestos deben presentarse durante el calendario fiscal 2024?

Son diversos los impuestos que se han presentado y se tienen que continuar presentando a lo largo de lo que queda de 2024. Los más destacados son el IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades.

Cada uno de ellos cuenta con un modelo oficial que debe presentarse ante Hacienda.

En nuestro post Estos son los impuestos que suben en 2024 tienes información que podría ser relevante.

 

Obligaciones fiscales en enero de 2024

Aunque ya hemos llegado a octubre de 2024 es útil repasar las obligaciones fiscales que se debieron cumplir al inicio del año.

A continuación, te recordamos las presentaciones que debías realizar.

Antes del 20 de enero:

  • Modelo 039: con las contrataciones realizadas durante diciembre de 2023 en el régimen especial del grupo de entidades del IVA.
  • Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Modelo 123: declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
  • Modelo 161: resumen de las aportaciones recibidas durante 2024 para proyectos.

Antes del 30 de enero:

  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
  • Modelo 131: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.
  • Modelo 303: liquidación trimestral del IVA (desde octubre a diciembre de 2023).
  • Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias a la Agencia Tributaria.
  • Modelo 390: resumen anual de la declaración del IVA del año anterior.

Antes del 31 de enero:

  • Modelo 165: declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
  • Modelo 179: declaración de Información trimestral de la cesión de uso de viviendas con fin turístico.
  • Modelo 180: resumen anual de retenciones en alquileres de inmuebles o locales para el desarrollo de la actividad.
  • Modelo 182: declaración de donaciones, donativos o aportaciones recibidas y/o realizadas.
  • Modelo 184: declaración informativa anual de entidades en Régimen de Atribución.
  • Modelo 188: rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 190: resumen anual de retención e ingresos del IRPF.
  • Modelo 233: declaración informativa por gastos en guardería.
  • Modelo 270: declaración de premios de lotería.
  • Modelo 345: declaración de planes, fondos de pensiones y sistema alternativos, planes de previsión asegurados o de previsión social empresarial.
  • Modelo 369: declaración del IVA relacionado con la prestación de servicios digitales o la venta a través de un e-commerce en países europeos fuera de España.

 

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Obligaciones fiscales de febrero y marzo 2024

Durante febrero y marzo de 2024 las obligaciones fiscales fueron algo más relajadas. A continuación, te detallamos las presentaciones que debías realizar.

Antes del 28 de febrero:

  • Modelo 347: declaración informativa anual de operaciones con terceros referentes al ejercicio 2023.

Antes del 31 de marzo:

  • Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero.
  • Modelo 347: informe anual de transacciones con terceros.

 

Obligaciones fiscales de abril y mayo 2024

En el segundo trimestre del año el número de obligaciones fiscales aumentó considerablemente. A continuación, te detallamos las presentaciones que debías realizar.

 

Abril 2024

Desde el 6 de abril comenzó la presentación telemática de la Declaración de la Renta.

Además, hasta el 20 de abril debías presentar los siguientes modelos:

  • Modelo 111: declaración trimestral, retenciones de personal y profesionales.
  • Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
  • Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.
  • Modelo 349: declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.

 

Mayo 2024

En mayo, se abrió el plazo para presentar la Declaración de la Renta de manera telefónica utilizando el Modelo 100.

 

Obligaciones fiscales de junio 2024

En junio hubo dos fechas clave que no debiste pasar por alto:

  • El 24 de junio finalizó el plazo para presentar el Modelo 714, que supone la declaración del Impuesto sobre el patrimonio.
  • El 30 de junio se cerró la opción de presentar la declaración del IRPF.

 

Obligaciones fiscales de julio 2024

Con la llegada de julio, comenzó el tercer trimestre del año y con él, varias obligaciones fiscales que debías cumplir.

Hasta el 20 de julio:

  • Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
  • Modelo 303: liquidación del IVA del segundo trimestre.
  • Modelo 309: declaración y liquidación del IVA para quienes no están obligados a hacerla periódicamente.
  • Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias del segundo trimestre.

Hasta el 25 de julio:

  • Modelo 200: presentación del Impuesto de Sociedades.

 

Obligaciones fiscales de agosto y septiembre 2024

Durante los meses de agosto y septiembre de 2024 no hubo ninguna obligación fiscal que debieras cumplir.

 

Obligaciones fiscales de octubre 2024

Octubre de 2024 trae consigo una serie de obligaciones fiscales que no debes pasar por alto. Asegúrate de presentar los siguientes modelos antes del día 21:

  • Modelo 111: declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 117: por rendimientos derivados de transmisión o reembolso de acciones/participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y transmisión de derechos de suscripción.
  • Modelo 123: por intereses, préstamos pagados o abonados. Así como por dividendos y/o participaciones de socios.
  • Modelo 130: declaración trimestral del IRPF en estimación directa.
  • Modelo 131: declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.
  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.
  • Modelo 349: declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.

 

Impuestos especiales

Además de los modelos mencionados, también deberás presentar impuestos especiales, que incluyen:

  • Declaración e ingreso por fabricación y elaboración (Modelos 521, 522, 547, V1, V2, V7, F1, 553, 506, 507, 508, 524, 572).
  • Impuesto para empresas de cogeneración.

 

Cambios en el IVA

Recuerda que, según al Real Decreto Ley 4/2024, de 26 de junio, desde el 1 de octubre de 2024 finaliza la prórroga del tipo de IVA al 0% para ciertos productos.

Estos son los cambios relevantes:

Producto Del 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2024 Del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024
Productos básicos y aceite de oliva IVA del 0% y recargo de equivalencia del 0% IVA del 2% y recargo de equivalencia del 0,26%
Aceites de semillas y pastas alimenticias IVA del 5% y recargo de equivalencia del 0,62% IVA del 7,5% y recargo de equivalencia del 1%

A partir del 1 de enero de 2025, los tipos de IVA volverán a ser los habituales:

  • Productos básicos: IVA del 4%.
  • Aceite de oliva: IVA del 4% (considerado alimento de primera necesidad).
  • Aceites de semillas y pastas alimenticias: IVA del 10%

 

Obligaciones fiscales de noviembre 2024

Antes del 7 de noviembre deberás presentar el Modelo 102, el cual corresponde al pago del segundo plazo de la declaración de la Renta. Es importante recordar que este pago es aplicable si optaste por fraccionar la declaración.

 

Obligaciones fiscales de diciembre 2024

El último mes del año traerá consigo la obligación de presentar el Modelo 202, que supone el pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, antes del día 20.

¿Cómo llevas tus declaraciones de impuestos este año? Nos encantará leer tus aportaciones. Déjanos tu comentario más abajo. ¡Gracias!

 

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