Murcia y Canarias convocan procesos de acreditación profesional

Murcia y Canarias convocan procesos de acreditación profesional

El Servicio Regional de Empleo y Formación para la Región de Murcia y la Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias han coincidido para realizar una convocatoria de procesos de evaluación y  acreditación de competencias profesionales para la obtención de Certificados de Profesionalidad.

Los Certificados de Profesionalidad son la gran apuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para mejorar la capacitación de profesionales y el reconocimiento a nivel de europeo de competencias profesionales en diferentes oficios. Un Certificado de Profesionalidad es un documento avalado por el SEPE que te permite obtener una titulación oficial que reconoce experiencia profesional y formativa en diferentes oficios.

Cabe destacar la diferencia entre ambas convocatorias. La Región de Murcia, en este caso, ha convocado la acreditación de competencias clave para acceder a los certificados de profesionalidad sin necesidad de cumplir el requisito mínimo formativo (Bachiller o ESO dependiendo del Certificado de Profesionalidad al que se quiera acceder) y, por otro lado, la Comunidad de Canarias realiza esta convocatoria para acreditar las competencias profesionales con el fin de otorgar en este proceso los certificados de profesionalidad oficiales para cada rama profesional.

Aquí puedes consultar cómo serán las diferentes convocatorias para cada Comunidad Autónoma:

Convocatoria PEAC Canarias.

La Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias ha abierto el plazo para acreditar competencias profesionales hasta el 30 de Julio. Proporcionará a 450 personas reconocer de forma oficial las competencias adquiridas mediante experiencia laboral y formación no reglada.

La vicepresidenta de la Consejería de Empleo, Patricia Hernández, ha destacado en rueda de prensa la importancia de los certificados de profesionalidad no solo para reconocer competencias sino para conseguir un puesto de trabajo.

¿Quiénes podrán acreditar competencias profesionales en la convocatoria PEAC de Canarias?

Los trabajadores que hayan ejercido una profesión durante al menos tres años que carezcan de acreditación oficial o formación reglada. Este certificado les permitirá obtener una titulación oficial que acredita sus competencias profesionales en base a su experiencia y la formación no reglada relacionada que aporte en dicha convocatoria.

Las cualificaciones profesionales acreditadas en este proceso serán:

  1. Relacionadas con hostelería:
  • Actividades de Cocina.
  • Servicios de Bar y Cafetería.
  1. Relacionadas con cuidado medioambiental:
  • Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.
  • Servicios para el control de plagas.
  1. Atención sociosanitaria:
  • Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
  • Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
  1. Y otras profesiones:
  • Cuidado estético de manos y pies.
  • Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes.
  • Revestimientos con pasta y morteros en construcción.

¿Cómo participar en la convocatoria PEAC de la Comunidad de Canarias?

Podrás conocer más información e inscribirte en la convocatoria en las oficinas de empleo, servicios de información y atención ciudadana o en Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales.

Fuente: Gobierno de Canarias.

Convocatoria de Competencias Clave en la Comunidad de Murcia.

Para el caso de la Región de Murcia, el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) abre el plazo para acreditar competencias clave durante los días 24 y 26 de mayo en Murcia, Cartagena, Jumilla, Lorca y Cehegín cuyo plazo de inscripción se extenderá hasta el 5 de mayo.

En este caso, la convocatoria se trata de un proceso de acreditación de competencias clave en materias mínimas y básicas como lengua, matemática e inglés que te permitirán acceder sin estudios previos (ESO o Bachiller) a realizar certificados de profesionalidad oficiales.

Las pruebas se organizan y coordinan a través del Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Cartagena y el Centro de Formación Profesional del Servicio Regional de Empleo y Formación.

En Enero, se formalizó una convocatoria similar de competencias clave en la que participaron 480 personas.

Esta será la última convocatoria de competencias clave para acceder a los estudios de Certificados de Profesionalidad que se realizará en 2016 para la Comunidad de Murcia.

Fuente: CARM (Comunidad Autónoma de la Región de Murcia)

¿Quieres saber más sobre certificados de profesionalidad?

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Hacienda sube a 30.000 euros el límite para aplazar impuestos sin garantías

Hacienda sube a 30.000 euros el límite para aplazar impuestos sin garantías

Hacienda amplía el límite de aplazamiento de deudas en impuestos autonómicos de 18.000 a 30.000 euros para los cuales no será necesario aportar garantías para su concesión.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas aclara que esta medida surge para facilitar los trámites de gestión de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de las deudas autonómicas equiparando los importes a los límites existentes para los impuestos estatales al amparo de la nueva Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, por la que se eleva a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas.

Dicta la citada orden, la necesidad de otorgar facilidades a contribuyentes con dificultades financieras transitorias.

Se verán beneficiados los contribuyentes que dispongan de deudas en los impuestos que recoge la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, cedidos a las Comunidades Autónomas como son el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, Impuestos de Valor Añadido y los que gravan el juego y los hidrocarburos, entre otros. No se deberán superar los importes, en conjunto, la cifra de 30.000 euros.

De este modo será:

  • Ámbito de aplicación. Solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas por delegación del Estado.
  • Exención de garantías. Con el límite de 30.000 euros en su conjunto y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago.
  • Ausencia de incremento del gasto público. Esta medida de agilizar trámites al contribuyente no supondrá un aumento del gasto en el presupuesto de los órganos u organismos a los que influye su aplicación.
  • Solicitudes en trámite. Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento en trámite a la entrada en vigor de la presente orden (18 de marzo de 2016) seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente al a fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
  • Entrada en vigor. Viernes 18 de marzo de 2016 quedando derogada la Orden EHA/1621/2009, de 17 de junio por la que se elevaba a 18.000 euros el límite exento de obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas en tributos autonómicos.

Fuente: BOE

El SEPE ha modificado el modelo oficial del contrato de formación

El SEPE ha modificado el modelo oficial del contrato de formación

El SEPE ha modificado en su web recientemente el modelo oficial para formalizar el contrato de formación y aprendizaje. El nuevo modelo incluye novedades para adaptarse a la nueva tramitación del contrato vinculado a una formación de Certificado de Profesionalidad.

Este nuevo modelo, que es el que debes utilizar para los nuevos contratos que formalices a partir de ahora, presenta una serie de cambios, principalmente en lo que se refiere al Anexo I.

A continuación os indicamos los cambios más destacados, y aprovechamos para repasar novedades de la tramitación contrato:

  • Datos generales:

Se simplifican los datos para indicar la actividad formativa, ya simplemente se deberá indicar la modalidad de formación, y el Certificado de Profesionalidad que corresponda.

En los datos de la empresa, se pide especificar si la empresa tiene menos de 5 trabajadores. Esta casilla se ha incluido en referencia a la nueva bonificación adicional en concepto de tutorización que le corresponde a la empresa por cada trabajador en formación que tenga. Dicha bonificación será de 60 euros si tiene 5 o más trabajadores, y 80 € si tiene menos de 5.

En los datos del trabajador se incluyen una serie de detalles, a marcar si procede. El primero será obligatorio, puesto que está indicando que el trabajador reúne los requisitos de acceso a la formación del contrato (si no se cumpliese, obviamente, no podríamos realizar este contrato). Y el resto serán opcionales, solo se marcarán cuando el trabajador tenga discapacidad reconocida, esté inscrito en Garantía Juvenil o se encuentre en situación de exclusión social.

El relación a los datos del contrato, se aclara que el identificador del contrato solamente se deberá consignar cuando se comunique, y no antes. Es decir, se entiende que para solicitar la autorización de la formación no se debe aportar.

  • Actividad Formativa:

En cuanto al apartado de Actividad Formativa, se ha ampliado, puesto que era necesario incluir más filas para recoger los módulos de la formación, tanto de la formación acreditable, como de la formación complementaria. Recordamos que con la nueva formación del certificado es necesario añadir formación complementaria para ampliar las horas de formación, puesto que un contrato de formación tiene más horas que un certificado.

  • Calendario y distribución:

En el calendario y distribución se indican todos los datos relativos a la jornada laboral y de formación, que será de 30 y 10 horas, respectivamente, el primer año. Para el segundo y tercer año, la jornada efectiva será de 34 horas y 6 de formación.

Como novedad, también se incluye un cuadro que contempla los diferentes porcentajes de jornada, diferenciando porcentajes de formación y trabajo. Esto ha sido necesario para poder indicar aquellos casos en que el contrato es específico para el colectivo de Garantía Juvenil, con una jornada de formación de hasta el 50%.

  •  Centros impartidores de la actividad formativa:

Se amplia el espacio para indicar el centro impartidor de la actividad formativa.

  • Autorización de la actividad formativa:

La formación del nuevo contrato es oficial, y por tanto, según indica el artículo 16 del RDL 1529/2012 es imprescindible contar con la autorización de la actividad formativa por parte del Servicio de Empleo correspondiente antes de dar el alta del contrato. Una vez obtenida, este campo será donde se refleje con la firma del responsable del organismo. Este apartado solo se podrá sustituir en los casos en los que se obtenga la autorización mediante resolución.

Puedes descargar el modelo oficial completo del nuevo contrato de formación y aprendizaje aquí.

Si deseas ampliar información sobre el nuevo contrato de formación, te recomendamos los siguientes artículos:

Así es el nuevo contrato de formación y aprendizaje.

Nueva bonificación adicional en concepto de tutorización del contrato de formación. 

¿Tienes que hacer un contrato de formación? Llámanos, nos encargamos de todo: 958 806 760.

 

Fuente: SEPE.

Agencias de empleo están gestionando un 25% más de contratos de formación

Agencias de empleo están gestionando un 25% más de contratos de formación

Las agencias de colocación y empresas de trabajo temporal están calculando parcialmente las cifras de empleo que se generarán en Semana Santa. Hace unos días, os comentábamos cuál era la evolución del Mercado de Trabajo que recogía el Boletín Trimestral donde el SEPE nos mostraba las diez profesiones donde se hacen más contratos.

En este caso, para la temporada de Semana Santa, las ETT prevén gestionar este año el mayor número de contratos de trabajo que se conoce desde antes de la crisis. Disponemos de datos tan positivos gracias a los informes que se están emitiendo desde Adecco y Asempleo (Asociación de empresas de trabajo temporal).

Por sectores, cabe destacar que el turismo y la hostelería van a avivar las contrataciones para camareros de pisos de hotel, cocineros, camareros y recepcionistas, entre otros. Para Andalucía, Adecco prevé realizar más de 100.000 nuevos contratos de trabajo. Esto supondrá un aumento del número de contratos de trabajo efectuados en un 15% respecto a 2015.

Más contratos de formación en Semana Santa frente al contrato temporal.

El contrato para la formación y el aprendizaje ha crecido un 25% respecto al año anterior lo que supone romper las barreras de estacionalidad tan características en la cifras de empleo durante Semana Santa y verano. Gracias a las ventajas y bonificaciones de este nuevo contrato de formación, se prevé que las contrataciones temporales aumenten de tres meses a seis y se prorroguen hasta varios años de duración.

Además, algunas grandes empresas como cadenas hoteleras relacionadas con el turismo y la hostelería están valorando como muy positivas las ventajas de este nuevo contrato que otorga una formación oficial a la altura de la calidad del servicio que desean prestar a sus clientes. Los nuevos contratos de formación proporcionan la obtención de certificados de profesionalidad con una formación altamente especializada compuesta por unidades de estudio muy convenientes para el trabajador y el empresario. Los certificados de profesionalidad cubren las necesidades que requieren puestos como camareros y cocineros entre las que destacan dominio de idiomas, técnicas de atención al cliente y servicios especializados.

Por nuestra parte, la Agencia de Colocación Oficial Contrato 10 está realizando numerosas selecciones para realizar contrataciones en Semana Santa en diferentes cadenas hoteleras. Ahora mismo, estamos gestionando una interesante convocatoria de empleo para cadenas hoteleras en Cádiz.

Os mantendremos informados de la evolución del empleo con los datos oficiales para el segundo trimestre del año y esperamos que cada vez más se rompa la barrera de estacionalidad. La calidad de los nuevos contratos los contratos de formación y las diferentes ayudas a la contratación, se están materializando en nuevas contrataciones de larga duración.

Fuente: Adecco

Más información interesante sobre contratos para la formación y el aprendizaje:

Contrato10 selecciona personal para cadenas hoteleras

Contrato10 selecciona personal para cadenas hoteleras

Comienza la temporada hotelera en nuestro país, y con ella se produce un incremento considerable en las contrataciones relacionadas con el sector turístico. El sector servicios es el que más empleo genera en nuestro país, especialmente en las zonas costeras.

Esta época suele haber un repunte importante de las cifras de empleo, ya que las empresas contratan personal en previsión del incremento de negocio que implica Semana Santa y el periodo estival. Según datos de la Encuesta de Población Activa, durante 2015 el sector turístico dio empleo a más de 2.300.000 personas.

Para nuestra agencia de colocación suele ser una época de mucha actividad. Actualmente, Contrato10 selecciona personal para varias cadena hoteleras.

Hoy queremos informaros sobre estos procesos de selección, que ayudarán a cubrir los puestos más demandamos, para establecimientos ubicados en diferentes provincias del territorio nacional.

A continuación os indicamos cuáles son los perfiles más demandados:

  • Ayudantes de camarero: Se valora experiencia previa como ayudante de camarero en restaurantes y hoteles. Se precisa un nivel mínimo de idiomas, se valorará el conocimiento de inglés o alemán.
  • Personal de lavandería: Seleccionan personal con experiencia algo de experiencia previa en el puesto.
  • Recepcionistas: Se precisa experiencia previa, y conocimiento de idiomas, inglés o alemán.
  • Ayudantes de cocina: Para estos puestos se pide tener conocimientos básicos de cocina o experiencia previa como pinche de cocina.
  • Fregantines: No se requiere experiencia previa, aunque sí se valorará.
  • Camareros de pisos: Se precisa personal para la limpieza de habitaciones y zonas comunes del hotel, valorándose la experiencia previa en el puesto.

Para todos ellos no se requiere formación específica, aunque sí se valorará la experiencia previa en el puesto. En los puestos de atención al público se precisará un nivel mínimo de inglés o alemán.

¿Cómo participar en los procesos de selección?

Si estás interesado en participar en la selección de personal, suscríbete a las ofertas de empleo en la página web de nuestra agencia de colocación oficial, Contrato10 y envía tu currículum.

El Servicio de Empleo reactiva seis ayudas para autónomos

El Servicio de Empleo reactiva seis ayudas para autónomos

Hace algunos días recogíamos todas las ayudas para pymes y autónomos disponibles y los cambios de cotización de los autónomos para el presente año. Seguimos muy de cerca las ayudas que el  Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de empresas y trabajadores. En lo que va de año, el SEPE ha anunciado numerosas ventajas para la contratación como son las ayudas para contratar a personas mayores de 40 años o menores de 30 en contrato para la formación y el aprendizaje.

En este caso, queremos ponerte al día sobre las ayudas que el Servicio Público de Empleo Estatal va a mantener abiertas para este 2016 y que te vendrá bien saber en el caso de que seas trabajador por cuenta propia. Deberás tener en cuenta que todas estas ayudas, bonificaciones y deducciones en la cuota de la Seguridad Social van a mantenerse activas y que podrás beneficiarte de ellas mientras desarrollas tu actividad.

El Servicio de Empleo Público Estatal ha decidido respetar algunas de las mejoras para los trabajadores autónomos recogidas en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del  Estatuto Autónomo modificadas por la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.

Si eres autónomo, aún podrás beneficiarte durante todo 2016 de las siguientes seis ayudas:

  1. Jóvenes autónomos.

El SEPE establece bonificaciones y reducciones a jóvenes autónomos. Son considerados jóvenes autónomos aquellos que:

  • Sean menores de 30 años o, en el caso de ser mujer, las que sean menores de 35 años.
  • Cumpliendo el requisito previo de edad, causen alta o no hubiesen estado dados de alta en los últimos cinco años desde la fecha en que se inscriben en la Seguridad Social como trabajador autónomo.

Éstos, podrán aplicarse:

  • Reducciones de carácter general.
  • Bonificación adicional del 30% sobre el importe la cuota por contingencias comunes. Esta ayuda queda dividida en 15 meses de reducción y otros 15 de bonificación. La cuota a reducir el resultado de aplicar a la base mínima que corresponda el tipo de cotización vigente.

Será aplicable esta bonificación una vez concluido el periodo de reducción aplicado con carácter general durante los siguiente quince meses a su finalización. Los jóvenes autónomos podrán disfrutar de estas reducciones durante 30 meses.

Esta ayuda para jóvenes autónomos incluyen también a los socios trabajadores de cooperativas y socios de sociedades laborales que se encuentren en el Régimen Especial de los Autónomos aunque contraten a empleados por cuenta ajena.

  1. Autónomos, en general.

Para los trabajadores por cuenta propia con carácter general, excluidos los jóvenes autónomos, serán destinatarios de las siguientes ayudas:

Bonificaciones con carácter general. Se determinan diferentes porcentajes bonificables en función de la base de cotización elegida.

De este modo:

  • Quienes sitúen su base de cotización por encima de la base mínima disfrutarán de una bonificación del 80% de reducción por contingencias comunes durante los seis primeros meses (incluyendo la incapacidad temporal). Al finalizar el primer semestre, la bonificación será del 50% en los siguientes seis meses y del 30% entre el primer año y el mes dieciocho.
  • Quienes sitúen la base de cotización en la base mínima de cotización estipulada. La cuantía de la cuota ascenderá a 50 euros mensuales por contingencias comunes durante los seis primeros meses. Una vez cumplido el primer semestre y hasta alcanzar los doce meses hasta completar 18 meses tras la fecha de alta se procederá a aplicar las reducciones de este modo: Reducción del 50% durante los seis meses siguientes, reducción del 30% en los tres meses siguientes y una bonificación del 30% durante los tres meses siguientes a los nueve anteriores.
  1. Trabajadores autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo.

En el caso de personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo podrán bonificarse las cuotas a la Seguridad Social de la siguiente forma:

  • Autónomos en estos supuestos que sitúen su base de cotización por encima de la base mínima. Podrán aplicarse una reducción inicial de la base de cotización del 80% de la cuota durante los doce primeros meses. Posteriormente, podrán bonificarse y aplicar una reducción de la base de cotización hasta del 50% sobre la base de cotización elegida por contingencias comunes durante los 48 meses siguientes.
  • Autónomos en estos supuestos que sitúen su base de cotización en la base mínima de cotización vigente. La cuota inicial quedará reducida en 50 euros mensuales por contingencias comunes durante los doce primeros meses. Posteriormente, podrán beneficiarse de bonificar el 50% de la cuota durante los 48 meses siguientes por contingencias comunes.
  1. Baja por maternidad o paternidad del autónomo.

Se mantienen las bonificaciones que se recogen en la Ley 31/2015, de 9 de septiembre  por la que se regula la bonificación del 100% de la aportación correspondiente a la base mínima del RETA para trabajadores autónomos en periodo de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, lactancia o suspensión por maternidad en los casos que se contrate un trabajador autónomo que los sustituya.

  1. Altas de familiares colaboradores de los autónomos.

El SEPE ha decidido también mantener las bonificaciones específicas diseñadas para fomentar el alta de familiares colaboradores en el negocio del autónomo.

Se procederá a aplicar, en estos casos, una bonificación de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización el tipo de cotización vigente (regulado por el Régimen Especial del trabajo por cuenta propia que corresponda). A tal efecto, se podrán aplicar para las nuevas altas de familiares colaboradores en régimen de autónomo las siguientes reducciones:

  • Reducción del 50% durante los 18 primeros meses.
  • Reducción del 25% durante los 6 meses siguientes.
  1. Autónomos en Ceuta y Melilla diversos sectores.

Cabe destacar, por último, las bonificaciones y reducciones aplicables a los autónomos en Ceuta y Melilla para los sectores de comercio, hostelería, turismo e industria. Esta bonificación es de carácter indefinido y supone una reducción del 50% sobre la base de cotización por contingencias comunes.

Estas son las seis ayudas con las que podrás contar durante todo 2016 si eres trabajador por cuenta propia o autónomo. El Servicio Público de Empleo Estatal sigue apostando por el trabajo que realizan las PYMEs y autónomos en nuestro país. Os seguiremos informando de todas las ayudas activas e iniciativas que incentiven el trabajo de los trabajadores autónomos a lo largo del año.

En nuestro blog, podrás consultar además todas las ayudas a la contratación, planes de expansión interesantes para tu negocio y novedades laborales para pymes y autónomos.

Fuente: Ley 31/2015, de 9 de septiembre

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