por Ángela M. Labrador | May 17, 2016 | certificados, certificados de profesionalidad, Contenido cursos Certificados de profesionalidad, empresas, Formación Programada, Grupo2000, laboral, noticias
La Fundación Tripartita ya ha puesto a disposición de empresas y trabajadores la información relativa a la plantilla media de trabajadores, la cuota que será destinada para Formación Programada en función a la plantilla media de trabajadores de 2015 y las cuentas de cotización que facilita la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
La Formación Programada es un instrumento que permite a las empresas a incrementar su competitividad y productividad desarrollando las competencias y cualificaciones de los trabajadores asalariados. La Fundación Tripartita se vale de una ayuda económica para hacer efectiva esta formación mediante la bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social.
En esta actualización, que data del presente 5 de mayo, se informa sobre los importes y la plantilla para que las empresas puedan realizar el cálculo de crédito disponible en función de las cotizaciones de 2015 establecidas para la plantilla media de trabajadores del pasado año.
Cabe recordar que, para microempresas que cuentan con una plantilla media de 1 a 5 trabajadores y empresas de nueva creación existe un crédito mínimo disponible para Formación Programada de 420€.
Además, destaca algunos problemas de validación que puede sufrir una empresa que no es de nueva creación en el ejercicio 2016.
Si al tratar de comprobar los datos de cuota y plantilla aparece un error que indica ‘pendientes de validar’ puede deberse a dos factores:
- Error de mecanización del CIF y/o cuenta de cotización.
- Cambio de societario no acreditado ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
* Para solucionarlo deberán incluir en el buzón de notificaciones de la Fundación Tripartita.
La Fundación Tripartita con esta actualización también pone a disposición de las empresas un simulador para calcular el crédito disponible en el año 2016, teniendo en cuenta las cantidades cotizadas en el año anterior y el número medio de plantilla.
¿Qué tipo de Formación Programada puedo elegir para los trabajadores de mi empresa?
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, que regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo, que a su vez recoge la reforma introducida por el RDL 4/2015 ha supuesto modificaciones sustanciales para la Formación Programada.
Atendiendo a dicha reforma, la formación que debe recibir el trabajador a través de Formación Programada durante este 2016 debe:
- Desarrollar competencias técnicas y profesionales del trabajador en el puesto de trabajo y/o en el sector.
- Ser independiente de los cursos desarrollados por la empresa a nivel interno.
- Ser cursos en modalidad de teleformación, presencial o mixta. Nunca a través de formación a distancia.
- Ser bonificables, como lo son los Certificados de Profesionalidad.
¿Te gustaría saber más sobre Formación Programada? ¿Quieres saber qué cursos tenemos disponibles para tus trabajadores? Llámanos al 958 806 760 o consulta nuestros cursos de Formación Programada.
Catálogo de cursos de Formación Programada
Fuente: Fundación Tripartita
Última hora: Más de 3 millones de trabajadores han realizado cursos de formación programada
por Ángela M. Labrador | May 16, 2016 | certificados, certificados de profesionalidad, Contenido cursos Certificados de profesionalidad, Grupo2000, noticias
Grupo2000 sigue sumando acreditaciones para poder impartir Certificados de Profesionalidad en toda España en modalidad de teleformación. Este nuevo Certificado de Profesionalidad en Gestión Comercial de Ventas va a preparar a los alumnos de Grupo2000 para un gran número de ocupaciones y puestos de trabajo. Además con él, completamos el total de ocupaciones y certificados de profesionalidad que completan la Familia Profesional de Comercio y marketing regulados por el Real Decreto 1694/2011, de 18 de noviembre.
El Real Decreto 14694/2011, de 18 de noviembre, establece tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Comercio y marketing y que ya pueden realizarse en modalidad de teleformación con Grupo2000 en toda España. Estos son:
Esta nuevo Certificado de Profesionalidad COMT0411 Gestión Comercial de Ventas va a proporcionar a todos nuestros alumnos, bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje, la capacitación profesional necesarias para desempeñar las siguientes ocupaciones:
- 26401047 Vendedores/as técnicos/as, en general.
- 35101019 Agentes comerciales.
- 35101028 Delegados/as comerciales, en general.
- 35101037 Representantes de comercio, en general.
- 52101034 Encargados/as de tienda.
- 54991013 Vendedores/as no clasificados bajo otros epígrafes
¿Cómo es el Certificado de Profesionalidad COMT0411 Gestión Comercial de Ventas?
Este Certificado de Profesionalidad prepara a los alumnos para adquirir conocimientos especializados en:
- Organización comercial.
- Gestión de la fuerza de ventas y equipos comerciales.
- Operaciones de ventas.
- Promociones en espacios comerciales.
- Inglés Profesional para actividades comerciales.
- Módulo de prácticas profesionales no laborales.
* Los alumnos que acceden a los Certificados de Profesionalidad bajo Contrato para la formación y el aprendizaje están exentos de realizar el módulo de prácticas profesionales MF0421.
¿Qué significa que un Certificado de Profesionalidad sea de Nivel 3?
Los Certificados de Profesionalidad se clasifican en certificados de Nivel 1, 2 y 3 en función de su grado de especialización. Se establece para cada nivel superior un grado académico mayor para poder acceder. De este modo, un Certificado de Profesionalidad de Nivel 3 como este, establece estos requisitos previos de acceso:
- Disponer del título de Bachiller.
- Tener un Certificado de Profesionalidad del mismo nivel.
- Tener un Certificado de Profesionalidad de Nivel 2 de la misma familia profesional. Por ejemplo: Certificado de Profesionalidad de Actividades de Venta.
¿Quieres más sobre Certificados de Profesionalidad?
En Grupo2000 podrás leer noticias diarias como estas sobre ésta nueva formación reglada:
Fuente: Certificados de Profesionalidad
Novedad: Grupo2000 acreditado para impartir el Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante
por Ángela M. Labrador | May 12, 2016 | ayuda contratación, ayudas contrato de formación, ayudas contrato formación, contrato de formacion, empleo, empresas, laboral, mayores de 45 años, noticias
Se acaban de publicar los datos de la Encuesta de Población Activa del primer trimestre del año. El informe estadístico del INE, en esta ocasión, nos deja un análisis nada previsto y muy positivo en la contratación juvenil a tenor de la situación laboral de los más jóvenes de los últimos años.
Los contratos en formación están reduciendo la realización de contratos precarios entre los menores de 30 años.
Pese a los malos datos para las personas mayores de 40 años en materia de contratación, celebramos este cambio ya que con anterioridad los contratos temporales por un día y otras modalidades contractuales más precarias estaban destinadas a los más jóvenes con menos experiencia laboral.
Reflexionamos sobre los cambios en la contratación que deben influir de manera positiva para que se realicen contratos que garanticen condiciones factibles para los empresarios y para los trabajadores también entre la población mayor de 30 años.
A día de hoy, y con un porcentaje del 35,8% del total de los contratos por un día, el colectivo más afectado por esta modalidad de contrato temporal por un día tiene una edad superior a los 30 años. Las características de este perfil profesional es que está más formado y tiene más cargas familiares que los menores de 30 años.
Numerosas empresas se apoyan de manera incorrecta en el contrato temporal por un día para contratar por un periodo superior de tiempo a estos profesionales mayores de 30 años. Lo que no prevén es que, este colectivo al soportar cargas bancarias y financieras como la hipoteca sobre la vivienda, revela de manera involuntaria la existencia de una relación con la empresa más allá de un día al contar con solvencia económica para saldar mes a mes sus gastos personales.
Para los jóvenes entre 16 y 29 años sólo se destinaron el 25% de estos contratos por un día frente al 60% que se realizaron en 2007.
Iniciativas como el contrato para la formación y el aprendizaje están suponiendo un gran estímulo para la contratación de jóvenes en nuestro país como revelan las cifras del INE. Este contrato aporta una titulación oficial europea como es el Certificado de Profesionalidad y prepara a los jóvenes para desempeñar ocupaciones que en anteriores años presentaban un entorno laboral más precario como eran: cocineros, camareros o trabajadores del hogar.
Además, el contrato para la formación y el aprendizaje cuenta con una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social y esto está animando a los empresarios a contratar por un periodo mínimo de seis meses o un año a sus trabajadores.
Algunos datos sobre qué tipo de sectores contratan las empresas por un día mayores de 30 años marcan el contrapunto al dato anterior. Es en Hostelería, Actividades de los Hogares y Comercio donde se aglutinan unas cifras alarmantes de contrataciones por un día y afectan a fecha de publicación oficial de la Encuesta de Población Activa a 7.400 empleados en Hostelería, 5400 trabajadores en Actividades de los hogares y 4.200 personas en Comercios mayores de 30 años.
Los contratos por un día hacen saltar el sistema de alarma de la Seguridad Social.
Como destacan las centrales sindicales, este tipo de contrato aunque es legal se presta a ser revisado y seguido muy de cerca por la Seguridad Social. Muchos trabajadores forzados por una situación personal complicada acceden a trabajar por más días y horas que las celebradas en este contrato.
Las medidas laborales que tienen que emplearse en nuestro país deben seguir favoreciendo la inserción de los más jóvenes al mercado laboral bajo contratos que garanticen una duración de al menos tres meses sin olvidar el desarrollo de incentivos, ayudas, subvenciones a la contratación de mayores de 30 años.
Se necesitan numerosos mecanismos que estimulen la formalización de contratos que aporten más garantía y seguridad tanto a empresas como a empleados.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística
Última hora: Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano
por Ángela M. Labrador | May 9, 2016 | autónomo, ayuda contratación, ayudas contratar 2016, ayudas empresas 2016, ayudas y subvenciones, empleo, emprendedores, empresas, negocios, noticias
El Consejo de Ministros ha aprobado un triple convenio entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y ENISA para la financiación a emprendedores y pymes que generen empleo en sectores con alto potencial y futuro.
ENISA (Empresa Nacional de Innovación) es una sociedad pública que depende del Ministerio que surge para financiar proyectos a largo plazo, a través de préstamos participativos, para emprendedores y PYMES que tengan modelos de negocio viables e innovadores.
Un préstamo participativo es una modalidad de préstamo a través de la cual ENISA asume el riesgo en la inversión a cambio de un porcentaje de participación en los resultados de la empresa. El tipo de interés del préstamo que percibe ENISA depende de la rentabilidad y del beneficio económico de la empresa en cada año.
Las tres líneas de ayudas que la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016 ha aprobado financiarán más de 900 proyectos empresariales con vistas a que se generen unos 1.500 puestos de trabajo. Si tu empresa es altamente innovadora o deseas desarrollar una idea de negocio con base tecnológica podrás acceder a estas tres líneas de ayudas:
- Línea Pyme. Está destinada a medianas y pequeñas empresas que quieran invertir en mejorar su competitividad y generar empleo. Esta línea de ayuda contará con un total de 57,42 millones de euros. Las empresas podrán percibir entre 25.000 euros y 1,5 millones de euros por empresa sin necesidad de aportar garantías. Estos préstamos tendrán un vencimiento máximo de 9 años, con 7 años de carencia.
- Línea de Empresas (PYME) de Base Tecnológica. De igual forma que la Línea PYME, esta ayuda concederá entre 25.000 euros y 1.5 millones de euros por empresa, sin necesidad de aportar garantía, y contará con un total de 20,44 millones de euros. Serán empresas perceptoras de estas ayudas las que deseen invertir en desarrollar un avance tecnológico que conlleve la obtención de nuevos productos, procesos o servicios en el mercado. La Línea de Empresas (PYME) de Base Tecnológica tendrá un vencimiento máximo de 7 años y un máximo de carencia de 5 años.
- Línea Jóvenes Emprendedores. El objetivo de esta línea de financiación es promover la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales impulsados por jóvenes con una edad límite de hasta 40 años. La Línea Jóvenes Emprendedores contará con el mismo importe de financiación que la Línea de Empresa de Base Tecnológica, es decir, se destinarán un total de 20,44 millones de euros para financiar los proyectos y contará con un vencimiento máximo de 7 años y 5 de carencia.
Estas tres líneas de ayudas se unen a una gran propuesta del Ministerio de Industria por fomentar no sólo el emprendimiento industrial de última generación sino la digitalización de los procesos productivos. Cabe destacar que, Industria también ha puesto en marcha en estos días la iniciativa ‘Industria Conectada 4.0’ que facilitará la transformación digital de empresas industriales en nuestro país. Industria Conectada 4.0 fomenta la transformación industrial española gracias a las diferentes líneas de actuación que plantea como es un servicio exclusivo de autodiagnóstico o el asesoramiento personalizado en el proceso de desarrollo digital.
Esperamos que estas ayudas del Ministerio de Industria aporten resultados muy positivos en la Economía y el Empleo en el sector tecnológico y apoye a las mejores ideas empresariales y emprendedoras del país.
Fuentes de la noticia:
Más ayudas para emprendedores, pymes y empresas:
Última hora: Mapfre otorgará 400 ayudas a empresas para nuevas contrataciones
por Ángela M. Labrador | May 5, 2016 | contrato de formacion, empresas, noticias
Tras estos primeros cuatro meses trabajando con el nuevo contrato de formación, hacemos balance sobre nuestra experiencia como centro de formación impartiendo la nueva modalidad mediante teleformación. Hoy queremos compartir con vosotros algo que ya es una realidad, en determinadas Comunidades Autónomas, la tramitación online reduce los plazos de autorización del contrato de formación.
Recordamos que el contrato de formación y aprendizaje en 2016 recibe una formación reglada, de Certificado de Profesionalidad. Al tratarse de una formación oficial, reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas, implica una serie de trámites antes de iniciar la formación. La gestión más importante, sin la que no se podría dar de alta un contrato, es la solicitud de la autorización de inicio de la actividad formativa del contrato de formación.
La solicitud de la autorización de inicio es una gestión que realiza el centro de formación ante el Servicio de Empleo de cada Comunidad Autónoma. Una vez presentada, la administración competente tiene un plazo máximo para resolver dicha solicitud de un mes. Si en ese tiempo no se ha recibido contestación por su parte, la solicitud se entenderá autorizada por silencio administrativo positivo, según establece el artículo 16 del RD 1529/2012.
A día de hoy, prácticamente todas las Comunidades Autónomas permiten realizar estos trámites de forma telemática, en algunas provincias, gracias a una gestión eficiente de su Delegación están autorizando las solicitudes para la formación incluso antes del mes. Provincias como Barcelona, Navarra, País Vasco o Alicante, están concediendo las autorizaciones en un plazo aproximado de dos semanas, permitiendo agilizar las altas del contrato de formación.
En comunidades, como Andalucía y Canarias, todavía es preciso realizar las gestiones para la autorización de forma presencial, ante la inexistencia de un Convenio para la gestión telemática de estos trámites con el SEPE. Reciéntemente la Comunidad de Cantabria, ha autorizado a la firma del Convenio con el SEPE, hecho que ayudará a una mejor y más ágil gestión de la formación vinculada al contrato de formación.
Si necesitas ampliar información sobre el nuevo contrato de formación y aprendizaje, también te puede interesar leer:
Cómo tramitar el nuevo contrato de formación
Cómo funciona la formación teórica del nuevo contrato de formación
Ocupaciones disponibles para realizar el contrato
por Ángela M. Labrador | May 5, 2016 | contrato de formacion, empresas, noticias
El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria ha autorizado finalmente el convenio por el que se permite la tramitación y registro electrónico de la actividad formativa de los contratos para la formación y el aprendizaje que se realicen en la comunidad cántabra.
Con ello se completa el total de comunidades autónomas, exceptuando Canarias y Andalucía, que ya han realizado este convenio para dar solución telemática al alta de la actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje a través de la aplicación que facilita el Servicio Público de Empleo Estatal.
El Consejo asegura que, dados los buenos resultados de la gestión electrónica de la solicitud y registro que precede al resto de comunidades, se instaurará el uso de la aplicación de Registro Electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal para ‘facilitar a la ciudadanía la realización de dichos trámites, favorecer la contratación juvenil y el acceso a la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje’.
Cabe recordar que, en base al Artículo 16.7 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual y el artículo 6 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre sólo se podrá autorizar el inicio de la actividad formativa de manera telemática en las comunidades autónomas donde previamente se haya realizado un convenio con el Servicio Público de Empleo.
Plazos, validez y autorización de la actividad formativa para el nuevo contrato de formación y aprendizaje
En las Comunidades Autónomas de Andalucía y Canarias se seguirán presentando de forma presencial en la Administración Laboral competente de cada comunidad. En estas provincias, las autorizaciones se están concediendo por silencio administrativo un mes vista a su solicitud. La autorización de la formación de estos contratos de formación se entiende como legitimada en estos casos.
En el resto de comunidades, donde ya se ha instaurado de manera definitiva la solicitud telemática, es destacable la agilidad que el SEPE proporciona a las que realizan dicha solicitud electrónica no llegando a agotar, en ningún caso, el periodo máximo de un mes establecido para su validación. Esto ha animado tanto a Cantabria como al resto de comunidades autónomas, exceptuando las citadas, a realizar el convenio con el SEPE que les permite realizar el alta de los trabajadores bajo contrato de formación de una manera más ágil en un periodo inferior a las comunidades donde se sigue solicitando de manera presencial.
Se espera en las próximas semanas que la solicitud electrónica de la actividad formativa para el contrato de formación y el aprendizaje se instaure en todas las comunidades autónomas.
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Fuente: Grupo2000
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