¿Pueden los autónomos negociar colectivamente sus condiciones de trabajo?
Esta cuestión ha sido una de las preguntas que más incertidumbre ha generado en los trabajadores por cuenta propia.
¿Pueden los autónomos negociar colectivamente sus condiciones de trabajo? La Comisión Europea se ha pronunciado en este sentido, ¡te lo contamos!
¿Cuándo pueden los autónomos negociar colectivamente sus condiciones de trabajo?
La Comisión Europea publicó el pasado jueves, 29 de septiembre, un comunicado con una serie de directrices sobre la aplicación del Derecho de la competencia de la Unión a los convenios colectivos.
En este caso, relativos a las condiciones laborales de las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados.
El objetivo de la Comisión es aclarar en qué casos los trabajadores autónomos pueden reunirse de manera colectiva para mejorar sus condiciones de trabajo y obtener salarios justos sin incumplir las normas de la UE.
El artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohíbe los acuerdos entre empresas que restrinjan la competencia.
Y aquí es donde aparece el desconcierto de algunos autónomos.
¿Los autónomos podrían mejorar sus condiciones en negociaciones colectivas?
Los trabajadores por cuenta propia se consideran empresas, por tanto, podrían infringir las normas de competencias si realizan estas negociaciones colectivas.
Las personas que trabajan por cuenta propia son consideradas empresas porque ofrecen sus servicios a cambio de una remuneración en el mercado y realizan sus actividades como operadores económicos independientes
Pero, en este sentido, hay que destacar que algunos autónomos se enfrentan a dificultades para influir en sus condiciones de trabajo.
Este es el caso, particularmente, de las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados, que trabajan por sí solas y dependen especialmente de su propia mano de obra personal para vivir.
Las negociaciones colectivas pueden constituir un medio importante para mejorar las condiciones de trabajo de estas personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados.
Por eso, la Comisión ha publicado las directrices que eliminan los obstáculos legales para la negociación colectiva de los trabajadores autónomos. Te lo contamos, a continuación:
¿Los autónomos sin asalariados podrán negociar colectivamente?
Hasta ahora interpretaciones de la ley de competencia de la UE causaban cierto recelo entre los autónomos, ya que muchos de ellos quedaban excluidos de la negociación colectiva.
Este hándicap provocaba que algunos empresarios optaran por subcontratar a trabajadores por cuenta propia en peores condiciones.
Según las directrices de la Comisión Europea el Derecho de la competencia no se aplica a los autónomos sin asalariados que estén en una situación que se pueda comparar con la de los trabajadores por cuenta ajena.
Es decir, trabajadores autónomos sin asalariados que presten sus servicios en una sola empresa.
Tampoco tendrán que cumplir las normas de la competencia los autónomos sin asalariados que presten sus servicios en una plataforma digital.
Ni aquellos trabajadores por cuenta propia sin asalariados que se encuentren en una posición negociadora débil.
¿Quién se encargará de hacer cumplir las directrices de la Comisión Europea?
Se supervisará la integración de las directrices a través de la Red Europea de Competencia y de reuniones con interlocutores sociales europeos.
Además, desde la Comisión han informado de que se revisarán las propuestas y directrices como muy tarde en el año 2030.
Este comunicado de la Comisión Europea supone un avance para muchos trabajadores por cuenta propia, especialmente, aquellos que trabajan en el sector cultural donde suelen trabajar con otros empleados por cuenta ajena.
Seguiremos pendientes de todas las novedades que puedan surgir para ofreceros la información lo más actualizada posible.
¿Qué te parecen las directrices de la Comisión Europea? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!