por Ángela M. Labrador | Mar 16, 2016 | certificados de profesionalidad, contrato de formacion, empleo, garantía juvenil, laboral, noticias
El SEPE ha modificado en su web recientemente el modelo oficial para formalizar el contrato de formación y aprendizaje. El nuevo modelo incluye novedades para adaptarse a la nueva tramitación del contrato vinculado a una formación de Certificado de Profesionalidad.
Este nuevo modelo, que es el que debes utilizar para los nuevos contratos que formalices a partir de ahora, presenta una serie de cambios, principalmente en lo que se refiere al Anexo I.
A continuación os indicamos los cambios más destacados, y aprovechamos para repasar novedades de la tramitación contrato:
Se simplifican los datos para indicar la actividad formativa, ya simplemente se deberá indicar la modalidad de formación, y el Certificado de Profesionalidad que corresponda.
En los datos de la empresa, se pide especificar si la empresa tiene menos de 5 trabajadores. Esta casilla se ha incluido en referencia a la nueva bonificación adicional en concepto de tutorización que le corresponde a la empresa por cada trabajador en formación que tenga. Dicha bonificación será de 60 euros si tiene 5 o más trabajadores, y 80 € si tiene menos de 5.
En los datos del trabajador se incluyen una serie de detalles, a marcar si procede. El primero será obligatorio, puesto que está indicando que el trabajador reúne los requisitos de acceso a la formación del contrato (si no se cumpliese, obviamente, no podríamos realizar este contrato). Y el resto serán opcionales, solo se marcarán cuando el trabajador tenga discapacidad reconocida, esté inscrito en Garantía Juvenil o se encuentre en situación de exclusión social.
El relación a los datos del contrato, se aclara que el identificador del contrato solamente se deberá consignar cuando se comunique, y no antes. Es decir, se entiende que para solicitar la autorización de la formación no se debe aportar.
En cuanto al apartado de Actividad Formativa, se ha ampliado, puesto que era necesario incluir más filas para recoger los módulos de la formación, tanto de la formación acreditable, como de la formación complementaria. Recordamos que con la nueva formación del certificado es necesario añadir formación complementaria para ampliar las horas de formación, puesto que un contrato de formación tiene más horas que un certificado.
- Calendario y distribución:
En el calendario y distribución se indican todos los datos relativos a la jornada laboral y de formación, que será de 30 y 10 horas, respectivamente, el primer año. Para el segundo y tercer año, la jornada efectiva será de 34 horas y 6 de formación.
Como novedad, también se incluye un cuadro que contempla los diferentes porcentajes de jornada, diferenciando porcentajes de formación y trabajo. Esto ha sido necesario para poder indicar aquellos casos en que el contrato es específico para el colectivo de Garantía Juvenil, con una jornada de formación de hasta el 50%.
- Centros impartidores de la actividad formativa:
Se amplia el espacio para indicar el centro impartidor de la actividad formativa.
- Autorización de la actividad formativa:
La formación del nuevo contrato es oficial, y por tanto, según indica el artículo 16 del RDL 1529/2012 es imprescindible contar con la autorización de la actividad formativa por parte del Servicio de Empleo correspondiente antes de dar el alta del contrato. Una vez obtenida, este campo será donde se refleje con la firma del responsable del organismo. Este apartado solo se podrá sustituir en los casos en los que se obtenga la autorización mediante resolución.
Puedes descargar el modelo oficial completo del nuevo contrato de formación y aprendizaje aquí.
Si deseas ampliar información sobre el nuevo contrato de formación, te recomendamos los siguientes artículos:
Así es el nuevo contrato de formación y aprendizaje.
Nueva bonificación adicional en concepto de tutorización del contrato de formación.
¿Tienes que hacer un contrato de formación? Llámanos, nos encargamos de todo: 958 806 760.
Fuente: SEPE.
por Ángela M. Labrador | Mar 16, 2016 | ayudas contrato de formación, ayudas contrato formación, contrato de formacion, contrato10, empleo, empresas, laboral, noticias, subvenciones contrato de formación
Las agencias de colocación y empresas de trabajo temporal están calculando parcialmente las cifras de empleo que se generarán en Semana Santa. Hace unos días, os comentábamos cuál era la evolución del Mercado de Trabajo que recogía el Boletín Trimestral donde el SEPE nos mostraba las diez profesiones donde se hacen más contratos.
En este caso, para la temporada de Semana Santa, las ETT prevén gestionar este año el mayor número de contratos de trabajo que se conoce desde antes de la crisis. Disponemos de datos tan positivos gracias a los informes que se están emitiendo desde Adecco y Asempleo (Asociación de empresas de trabajo temporal).
Por sectores, cabe destacar que el turismo y la hostelería van a avivar las contrataciones para camareros de pisos de hotel, cocineros, camareros y recepcionistas, entre otros. Para Andalucía, Adecco prevé realizar más de 100.000 nuevos contratos de trabajo. Esto supondrá un aumento del número de contratos de trabajo efectuados en un 15% respecto a 2015.
Más contratos de formación en Semana Santa frente al contrato temporal.
El contrato para la formación y el aprendizaje ha crecido un 25% respecto al año anterior lo que supone romper las barreras de estacionalidad tan características en la cifras de empleo durante Semana Santa y verano. Gracias a las ventajas y bonificaciones de este nuevo contrato de formación, se prevé que las contrataciones temporales aumenten de tres meses a seis y se prorroguen hasta varios años de duración.
Además, algunas grandes empresas como cadenas hoteleras relacionadas con el turismo y la hostelería están valorando como muy positivas las ventajas de este nuevo contrato que otorga una formación oficial a la altura de la calidad del servicio que desean prestar a sus clientes. Los nuevos contratos de formación proporcionan la obtención de certificados de profesionalidad con una formación altamente especializada compuesta por unidades de estudio muy convenientes para el trabajador y el empresario. Los certificados de profesionalidad cubren las necesidades que requieren puestos como camareros y cocineros entre las que destacan dominio de idiomas, técnicas de atención al cliente y servicios especializados.
Por nuestra parte, la Agencia de Colocación Oficial Contrato 10 está realizando numerosas selecciones para realizar contrataciones en Semana Santa en diferentes cadenas hoteleras. Ahora mismo, estamos gestionando una interesante convocatoria de empleo para cadenas hoteleras en Cádiz.
Os mantendremos informados de la evolución del empleo con los datos oficiales para el segundo trimestre del año y esperamos que cada vez más se rompa la barrera de estacionalidad. La calidad de los nuevos contratos los contratos de formación y las diferentes ayudas a la contratación, se están materializando en nuevas contrataciones de larga duración.
Fuente: Adecco
Más información interesante sobre contratos para la formación y el aprendizaje:
por Ángela M. Labrador | Mar 11, 2016 | laboral, noticias, Sin categoría
Comienza la temporada hotelera en nuestro país, y con ella se produce un incremento considerable en las contrataciones relacionadas con el sector turístico. El sector servicios es el que más empleo genera en nuestro país, especialmente en las zonas costeras.
Esta época suele haber un repunte importante de las cifras de empleo, ya que las empresas contratan personal en previsión del incremento de negocio que implica Semana Santa y el periodo estival. Según datos de la Encuesta de Población Activa, durante 2015 el sector turístico dio empleo a más de 2.300.000 personas.
Para nuestra agencia de colocación suele ser una época de mucha actividad. Actualmente, Contrato10 selecciona personal para varias cadena hoteleras.
Hoy queremos informaros sobre estos procesos de selección, que ayudarán a cubrir los puestos más demandamos, para establecimientos ubicados en diferentes provincias del territorio nacional.
A continuación os indicamos cuáles son los perfiles más demandados:
- Ayudantes de camarero: Se valora experiencia previa como ayudante de camarero en restaurantes y hoteles. Se precisa un nivel mínimo de idiomas, se valorará el conocimiento de inglés o alemán.
- Personal de lavandería: Seleccionan personal con experiencia algo de experiencia previa en el puesto.
- Recepcionistas: Se precisa experiencia previa, y conocimiento de idiomas, inglés o alemán.
- Ayudantes de cocina: Para estos puestos se pide tener conocimientos básicos de cocina o experiencia previa como pinche de cocina.
- Fregantines: No se requiere experiencia previa, aunque sí se valorará.
- Camareros de pisos: Se precisa personal para la limpieza de habitaciones y zonas comunes del hotel, valorándose la experiencia previa en el puesto.
Para todos ellos no se requiere formación específica, aunque sí se valorará la experiencia previa en el puesto. En los puestos de atención al público se precisará un nivel mínimo de inglés o alemán.
¿Cómo participar en los procesos de selección?
Si estás interesado en participar en la selección de personal, suscríbete a las ofertas de empleo en la página web de nuestra agencia de colocación oficial, Contrato10 y envía tu currículum.
por Ángela M. Labrador | Mar 10, 2016 | autónomo, laboral, negocios, noticias
Hace algunos días recogíamos todas las ayudas para pymes y autónomos disponibles y los cambios de cotización de los autónomos para el presente año. Seguimos muy de cerca las ayudas que el Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de empresas y trabajadores. En lo que va de año, el SEPE ha anunciado numerosas ventajas para la contratación como son las ayudas para contratar a personas mayores de 40 años o menores de 30 en contrato para la formación y el aprendizaje.
En este caso, queremos ponerte al día sobre las ayudas que el Servicio Público de Empleo Estatal va a mantener abiertas para este 2016 y que te vendrá bien saber en el caso de que seas trabajador por cuenta propia. Deberás tener en cuenta que todas estas ayudas, bonificaciones y deducciones en la cuota de la Seguridad Social van a mantenerse activas y que podrás beneficiarte de ellas mientras desarrollas tu actividad.
El Servicio de Empleo Público Estatal ha decidido respetar algunas de las mejoras para los trabajadores autónomos recogidas en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto Autónomo modificadas por la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
Si eres autónomo, aún podrás beneficiarte durante todo 2016 de las siguientes seis ayudas:
- Jóvenes autónomos.
El SEPE establece bonificaciones y reducciones a jóvenes autónomos. Son considerados jóvenes autónomos aquellos que:
- Sean menores de 30 años o, en el caso de ser mujer, las que sean menores de 35 años.
- Cumpliendo el requisito previo de edad, causen alta o no hubiesen estado dados de alta en los últimos cinco años desde la fecha en que se inscriben en la Seguridad Social como trabajador autónomo.
Éstos, podrán aplicarse:
- Reducciones de carácter general.
- Bonificación adicional del 30% sobre el importe la cuota por contingencias comunes. Esta ayuda queda dividida en 15 meses de reducción y otros 15 de bonificación. La cuota a reducir el resultado de aplicar a la base mínima que corresponda el tipo de cotización vigente.
Será aplicable esta bonificación una vez concluido el periodo de reducción aplicado con carácter general durante los siguiente quince meses a su finalización. Los jóvenes autónomos podrán disfrutar de estas reducciones durante 30 meses.
Esta ayuda para jóvenes autónomos incluyen también a los socios trabajadores de cooperativas y socios de sociedades laborales que se encuentren en el Régimen Especial de los Autónomos aunque contraten a empleados por cuenta ajena.
- Autónomos, en general.
Para los trabajadores por cuenta propia con carácter general, excluidos los jóvenes autónomos, serán destinatarios de las siguientes ayudas:
Bonificaciones con carácter general. Se determinan diferentes porcentajes bonificables en función de la base de cotización elegida.
De este modo:
- Quienes sitúen su base de cotización por encima de la base mínima disfrutarán de una bonificación del 80% de reducción por contingencias comunes durante los seis primeros meses (incluyendo la incapacidad temporal). Al finalizar el primer semestre, la bonificación será del 50% en los siguientes seis meses y del 30% entre el primer año y el mes dieciocho.
- Quienes sitúen la base de cotización en la base mínima de cotización estipulada. La cuantía de la cuota ascenderá a 50 euros mensuales por contingencias comunes durante los seis primeros meses. Una vez cumplido el primer semestre y hasta alcanzar los doce meses hasta completar 18 meses tras la fecha de alta se procederá a aplicar las reducciones de este modo: Reducción del 50% durante los seis meses siguientes, reducción del 30% en los tres meses siguientes y una bonificación del 30% durante los tres meses siguientes a los nueve anteriores.
- Trabajadores autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo.
En el caso de personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo podrán bonificarse las cuotas a la Seguridad Social de la siguiente forma:
- Autónomos en estos supuestos que sitúen su base de cotización por encima de la base mínima. Podrán aplicarse una reducción inicial de la base de cotización del 80% de la cuota durante los doce primeros meses. Posteriormente, podrán bonificarse y aplicar una reducción de la base de cotización hasta del 50% sobre la base de cotización elegida por contingencias comunes durante los 48 meses siguientes.
- Autónomos en estos supuestos que sitúen su base de cotización en la base mínima de cotización vigente. La cuota inicial quedará reducida en 50 euros mensuales por contingencias comunes durante los doce primeros meses. Posteriormente, podrán beneficiarse de bonificar el 50% de la cuota durante los 48 meses siguientes por contingencias comunes.
- Baja por maternidad o paternidad del autónomo.
Se mantienen las bonificaciones que se recogen en la Ley 31/2015, de 9 de septiembre por la que se regula la bonificación del 100% de la aportación correspondiente a la base mínima del RETA para trabajadores autónomos en periodo de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, lactancia o suspensión por maternidad en los casos que se contrate un trabajador autónomo que los sustituya.
- Altas de familiares colaboradores de los autónomos.
El SEPE ha decidido también mantener las bonificaciones específicas diseñadas para fomentar el alta de familiares colaboradores en el negocio del autónomo.
Se procederá a aplicar, en estos casos, una bonificación de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización el tipo de cotización vigente (regulado por el Régimen Especial del trabajo por cuenta propia que corresponda). A tal efecto, se podrán aplicar para las nuevas altas de familiares colaboradores en régimen de autónomo las siguientes reducciones:
- Reducción del 50% durante los 18 primeros meses.
- Reducción del 25% durante los 6 meses siguientes.
- Autónomos en Ceuta y Melilla diversos sectores.
Cabe destacar, por último, las bonificaciones y reducciones aplicables a los autónomos en Ceuta y Melilla para los sectores de comercio, hostelería, turismo e industria. Esta bonificación es de carácter indefinido y supone una reducción del 50% sobre la base de cotización por contingencias comunes.
Estas son las seis ayudas con las que podrás contar durante todo 2016 si eres trabajador por cuenta propia o autónomo. El Servicio Público de Empleo Estatal sigue apostando por el trabajo que realizan las PYMEs y autónomos en nuestro país. Os seguiremos informando de todas las ayudas activas e iniciativas que incentiven el trabajo de los trabajadores autónomos a lo largo del año.
En nuestro blog, podrás consultar además todas las ayudas a la contratación, planes de expansión interesantes para tu negocio y novedades laborales para pymes y autónomos.
Fuente: Ley 31/2015, de 9 de septiembre
por Ángela M. Labrador | Mar 2, 2016 | certificados de profesionalidad, contrato de formacion, laboral, noticias
Grupo 2000 recibe la acreditación para impartir el Certificado de Profesionalidad de Operaciones Básicas de Restaurante y Bar. Nuestro centro sigue ampliando sus acreditaciones para impartir certificados de profesionalidad en la modalidad de teleformación. Este certificado nos acredita para impartir una de las formaciones más demandadas, para el puesto de camarero.
Este certificado de profesionalidad oficial con código y denominación ‘HOTR0208 Operaciónes básicas de restaurante y bar‘ forma parte del Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad en la familia profesional de Hostelería y Turismo, regulado por el Real Decreto 619/2013, de 2 de Agosto por el que se establece este y el certificado de profesionalidad de Operaciones Básicas de Cocina, ya acreditado por Grupo 2000.
La formación de este Certificado de Profesionalidad, a la que se vincularían los contratos de formación de la ocupación de camarero, es de nivel 1. Por lo que no se exigiría ningún tipo de requisito académico previo de acceso a la formación.
Estamos muy contentos de haber recibido esta nueva acreditación y gracias a ella, vamos a poder proporcionar una formación oficial de alta calidad para las ocupaciones de camareros que se encuentren en contrato de formación.
Una de las ventajas más interesantes con las que cuenta el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje es precisamente ésta, la obtención de un certificado de profesionalidad avalado por el Servicio Público de Empleo Estatal, que acredita competencias prácticas y teóricas adquiridas durante el periodo en que el trabajador está en la empresa. Además, la modalidad de teleformación permite al trabajador compatibilizar mejor trabajo y estudios y, junto al apoyo de nuestros tutores, podrá superar con éxito su Certificado de Profesionalidad.
¿Cómo es el Certificado de Profesionalidad HOTR0208 Operaciones básicas de Restaurante y Bar?
El certificado de profesionalidad de Operaciones básicas de Restaurante y Bar va a proporcionar al alumno las competencias necesarias para desempeñar de manera oficial la ocupación de camarero.
Durante su formación, el alumno superará los siguientes módulos y unidades formativas del certificado de profesionalidad lo que le permitirá adquirir las competencias esenciales para realizar:
- MF0257_1 Servicio básico de restaurante-bar (120h
- UF0053 Aplicación de normas y condiciones higiénico-sanitarias en restauración (30h).
- UF0058 Uso de la dotación básica del restaurante y asistencia en el preservicio (30h).
- UF0059 Servicio básico de alimentos y bebidas y tareas de postservicio en el restaurante (60h).
- MF0258_1 Aprovisionamiento, bebidas y comidas rápidas (120h).
- UF0053 Aplicación de normas y condiciones higiénico-sanitarias en restauración (30h).
- UF0060 Aprovisionamiento y almacenaje de alimentos y bebidas en el bar (30h).
- UF0061 Preparación y servicio de bebidas y comidas rápidas en el bar (60h).
Gracias a los diferentes programas formativos de nuestro Centro de Formación Grupo 2000 podrás obtener tu Certificado de Profesionalidad de hostelería y turismo a través de:
- Contrato para la formación y el aprendizaje. En las contrataciones realizadas para camareros y camareros de sala bajo la modalidad del contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador obtendrá con Grupo 2000 el certificado de profesionalidad de Hostelería y Turismo en modalidad de teleformación.
- Cursos Online. Nuestro centro de formación, a través de nuestro departamento de cursos online, te permite obtener en modalidad de teleformación el certificado de profesionalidad en Hostelería y turismo o la formación conducente a obtener este certificado para acreditar en convocatorias PEAC de tu ciudad.
- Formación programada. Una de las ventajas de realizar nuestros cursos para trabajadores (utilizando el crédito formativo otorgado por la Fundación Tripartita) es la posibilidad de obtener un certificado de profesionalidad oficial avalado por el Servicio de Empleo Público Español. Desde hoy, ya podrás obtener el certificado de profesionalidad de hostelería y turismo en modalidad de teleformación gracias a que somos centro autorizado para impartir los certificados de profesionalidad.
Podrás encontrar más información interesante sobre los certificados de profesionalidad en:
Qué es un certificado de profesionalidad
por Ángela M. Labrador | Mar 2, 2016 | contrato de formacion, laboral
Cuando hace unos meses nos dirigíamos a todos diciendo que ‘Comienza la Teleformación’ no sabíamos hasta qué punto iba a marcar un antes y un después para Grupo 2000. Sabíamos de primera mano, cuáles eran las ventajas para el alumno que por fin podría realizar su formación desde cualquier dispositivo y lugar gracias a las ventajas que proporciona la teleformación, pero nunca esperábamos las llamadas de tantos alumnos y los mensajes que nos dejan a diario agradeciendo la formación que están recibiendo gracias al nuevo contrato de formación.
El nuevo contrato de formación nace con el objetivo de mejorar las condiciones laborales y formativas de los más jóvenes y en esto, como ya sabéis, Grupo 2000 lleva más de 25 años trabajando para que, a través de la formación, los más jóvenes puedan adquirir las mejores condiciones profesionales. Pero la verdad, ha sido una grata sorpresa valorar los cambios positivos que está proporcionando el nuevo contrato de formación.
Hemos encontrado alumnos altamente comprometidos con esta forma de estudio y es que saben que al finalizar su formación van a recibir un certificado oficial de estudios, similar a una Formación Profesional Oficial, gracias a la integración de los Certificados de Profesionalidad en la formación de los contratos para la formación y aprendizaje que avala el Servicio de Empleo Público Estatal con el apoyo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Nuestros alumnos, nos cuentan que esta formación oficial les parece una gran oportunidad para obtener un título ya que les permite certificar sus competencias. Realizar su formación mientras trabajan es lo que más valoran; antes no habían podido compaginar estudios y trabajo y tenían que elegir entre uno de los dos. De esta forma, pueden recibir un certificado de profesionalidad que les garantiza el desarrollo de una carrera profesional tras finalizar su contrato.
Además, en estos días, nos están contando que antes de este contrato jamás habían recibido un empleo de larga duración y que esta oportunidad laboral y formativa le estaba garantizando una continuidad laboral por al menos un periodo de seis meses a un año.
Estamos muy contentos por este trabajo en equipo, el de Grupo 2000, y debemos destacar que los que más piropos se llevan son nuestros tutores. La teleformación está permitiendo al alumno y a su tutor estar aún mejor comunicados y resolver las dudas en tiempo real mientras avanza en su aprendizaje.
Muchos de nuestros alumnos nos cuentan cómo van aplicando los conocimientos técnicos en el puesto de trabajo y las empresas están notando cambios gracias a la inserción de estos jóvenes que contagian día a día su espíritu de superación, ganas de aprender y, sobre todo, sus ganas de trabajar.
Os podemos asegurar que recibimos mensajes muy emocionantes y hacen que este equipo siga creciendo con el espíritu que nos une, ‘el de Grupo’.
Una vez más, os damos las gracias por elegirnos…
Nuevos Certificados de Profesionalidad para Contratos para la formación y el aprendizaje 2016.