Ayer conocimos los datos que nos aportó el Ministerio de Empleo sobre los movimientos del mercado laboral en el primer trimestre del año.
Como estaba previsto la tasa de paro, un año más, cayó para la temporada de Semana Santa. En este caso, las cifras de paro bajaron en 58.216 personas lo que nos deja una cifra de parados total de 4.094.770 personas en estos primeros meses del año. La tasa de afiliación a la seguridad social ganó 138.086 personas y ya contamos con más de 17.300.000 afiliados en estos tres primeros meses de 2016.
Algunos datos interesantes que pudimos extraer de los datos oficiales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social fueron los siguientes:
Caída del paro entre los jóvenes menores de 25 años.
El Ministerio de Empleo ha hecho un gran incidencia en la caída del paro de los jóvenes menores de 25 años. El número de parados para esta edad se ha reducido en 43.416 personas favorecido especialmente para los oficios en la Hostelería y los servicios auxiliares administrativos, dos de las ocupaciones que se han visto reforzadas por los contratos para la formación y el aprendizaje y ayudas a la contratación de las diferentes Comunidades Autónomas. Contrataciones que, eran altamente estacionales en años anteriores y que contaban con una duración de menos de tres meses dados los picos productivos en estos sectores.
En este aspecto cabe subrayar, en términos de desestacionalización, que el paro se redujo en 59.161 personas.
Disminuye también el número de ‘falsos autónomos’.
El Ministerio de Empleo ha detectado cómo en lo que va del año crece con gran intensidad la afiliación a la Seguridad Social de trabajadores asalariados en las diferentes modalidades de contrato y se ralentiza la creación de puestos de trabajo entre los autónomos. Este dato aunque en principio pudiera resultar negativo no lo es y viene apoyado en las ayudas a la contratación y los contratos que ofrecen ventajas fiscales instaurados desde hace unos años y que articula el SEPE. Una de las tendencias más castigadas entre las empresas de los últimos años ha sido la de contratar ‘falsos autónomos’ con el fin de ahorrarse el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social. Este comportamiento era extendido por ejemplo, en el caso de repartidores o dependientes de comercio menores de 30 años que afrontaban su primer empleo bajo cualquier condición laboral. En este aspecto, cabe destacar el gran papel que el contrato en formación y las ayudas a la contratación, instaurados por el SEPE, han desempeñado en los últimos meses del año en la lucha contra la precariedad laboral.
Aunque la afiliación de los autónomos en el primer trimestre del año sólo haya crecido un 1,1% creemos que, esta tendencia, nos permite vislumbrar un marco laboral mucho más realista que en años anteriores.
Crece el empleo en todas las Comunidades salvo Ceuta.
Todas las Comunidades Autónomas han sabido incrementar el número de afiliados a la Seguridad Social, salvo Ceuta. Cabe destacar que, Cataluña, Baleares y Andalucía se sitúan a la cabeza del empleo en España.La Región de Murcia, por otro lado, es la Comunidad Autónoma que menos empleo ha generado con tan sólo 4.804 nuevos afiliados.
Seguiremos muy de cerca la evolución del mercado laboral para los próximos meses aunque se prevé, como cada año, una nueva mejora de la empleabilidad de cara al verano. Esperamos que sigan aumentando las contrataciones, en especial, las que sean capaces de romper la estacionalidad y mejoren la estabilidad de los trabajadores bajo modalidades de contratos adaptados que eviten la precariedad.
Tras el intenso trabajo de estos últimos meses, vamos recibiendo su recompensa: Grupo2000ha sido el primer centro de España en recibir la autorización del Servicio de Empleo para comenzar los contratos de formación en todas las provincias, autorización imprescindible para dar de alta un contrato de formación. Y a día de hoy, Grupo2000 ya imparte el nuevo contrato de formación en todo el territorio nacional. Esto ha sido posible gracias a nuestra amplia red de centros presenciales, donde nuestros alumnos podrán acudir a realizar sus exámenes y a la extensa oferta formativa acreditada (ver ocupaciones disponibles).
Recordamos que el nuevo contrato de formación, vinculado a Certificado de Profesionalidad, requiere de la solicitud previa de una autorización de iniciode la formación inherente al contrato de formación y aprendizaje, según establece el artículo 16 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. Esta autorización es imprescindible para dar de alta el contrato de formación.
Tras estos tres meses trabajando con el nuevo contrato, hacemos balance sobre la autorización de inicio, y hemos podido comprobar que ya hay Delegaciones del Servicio de Empleo de varias comunidades, con las que se puede tramitar la solicitud de forma telemática, que están trabajando bien, y en determinadas provincias, los plazos se están agilizando.
Por otro lado, tenemos el caso de Comunidades Autónomas, como Andalucía, Cantabria y Canarias, donde se siguen presentando de forma presencial en la Delegación correspondiente. En estas provincias, normalmente las autorizaciones se están concediendo por silencio administrativo positivo. Es decir, tal y como recoge el citado artículo 16, tras presentar la solicitud, como no se ha recibido respuesta en el plazo de un mes al respecto, la autorización de la formación de esos contratos de formación se entiende autorizada.
Desde comienzos de 2016, nuestro equipo está dedicado en cuerpo y alma a informar y facilitar todo el trabajo a empresas y despachos profesionales relativo a sus contratos de formación. En nuestro centro estamos en un proceso de mejora contínua para ofrecer a nuestros clientes la mejor formación y un servicio eficiente y de calidad.
La respuesta tan positiva de nuestros alumnos, la confianza de nuestros clientes, y las felicitaciones que estamos recibiendo por parte de los diferentes organismos públicos (como el SEPE y Servicios de Empleo de las Comunidades Autónomas) son nuestra gran motivación, que nos inspira para venir a trabajar cada día con una sonrisa y dar lo mejor de nosotros mismos.
Por eso, no queremos finalizar este artículo sin daros a todos las gracias. Gracias por confiar en Grupo2000.
Muchos de vosotros ya tendréis que aplicar las bonificaciones correspondientes a los nuevos contratos de formación, vinculados a una formación de Certificado de Profesionalidad. Recordamos que para este tipo de contratos formativos existe una bonificación adicional para la empresa, en concepto de tutorización del trabajador con contrato de formación y aprendizaje.
Hoy queremos explicaros cómo aplicar correctamente la bonificación adicional del contrato de formación por teleformación, a continuación os detallamos todo lo que debéis tener en cuenta:
¿Cuándo se debe aplicar la bonificación adicional del contrato de formación?
La bonificación adicional se debe aplicar de forma mensual, desde el primer mes del contrato de formación. Deberás presentarla, junto con la bonificación de la formación teórica, en la liquidación de los Seguros Sociales del mes que corresponda, durante toda la vigencia del contrato de formación.
Esta bonificación corresponde solamente a los contratos de formación vinculados a Certificado de Profesionalidad, si tienes un contrato de formación a distancia de 2015 no debes aplicarla.
¿Qué cantidad debo aplicar en la bonificación adicional por tutorización del contrato de formación?
En primer lugar deberás revisar qué plantilla tiene la empresa, ya que según indica la norma que regula esta bonificación, Orden ESS/41/2015:
Las empresas con plantilla entre 1 y 4 trabajadores podrán bonificar por mes hasta un máximo de 40 horas y una cuantía por hora de 2 euros. La cantidad total mensual sería de 80 euros.
Empresas con 5 ó más trabajadores: Hasta un máximo de 40 horas, y la cuantía por hora sería de 1,5 euros. En este caso, la cuantía por mes sería de 60 euros.
Esta cantidad se deberá aplicar por cada trabajador en contrato de formación que tenga la empresa. En el caso de haber variaciones de plantilla, tendrás que modificar la cantidad, si procede.
Cada programa de nóminas está recogiendo esta nueva bonificación de forma diferente, pero en la mayoría tendrás que indicar el importe mensual que corresponde a la bonificación, 60 ó 80 euros, y el total de horas mensual: 40.
En la siguiente imagen puedes ver unejemplo. En este programa de nóminas se debe indicar, según sea la modalidad de formación (teleformación o presencial), el importe y horas de la formación. Y en la parte inferior derecha han incluido un campo para la nueva bonificación, que han denominado «tutorías». Como puedes ver, aquí habría que poner el total de horas del mes y el importe total.
¿Qué cantidad debo indicar por bonificación adicional cuando no sea un mes completo?
El primer y último mes de contrato, muchas veces no coincide con la totalidad del mes, ya que es raro que coincida con un mes natural. En estos casos habrá que hacer los cálculos en función del número de días que haya trabajado.
Para facilitaros el trabajo, hemos elaborado una tabla, que podrás consultar a continuación, con el importe que correspondería según los días trabajados en ese mes:
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Los pasados días 17 y 18 de marzo, Grupo 2000 tuvo el placer de colaborar, por segundo año consecutivo, en las XIV Jornadas de Trabajo y Seguridad Social, organizadas por el Ilustrísimo Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería.
En estas Jornadas se han abordado temas tan interesantes como las novedades de la Ley General Tributaria, el despido objetivo, los informes de los detectives privados en el proceso laboral, la transnacionalización del Derecho del Trabajo y el nuevo baremo en los accidentes de trabajo, de gran utilidad para el colectivo de graduados sociales.
Las Jornadas de Trabajo y Seguridad Social del Colegio de Graduados Sociales de Almería se han consolidado como un evento relevante a nivel nacional, de asistencia obligada para todos aquellos que quieren estar a la última en los temas de este ámbito.
¿Te quedaste con las ganas de ir? A continuación puedes ver el vídeo de las Jornadas que hemos realizado, que incluye una entrevista a Don José Esteban Sánchez Montoya, presidente del Consejo Andaluz de Graduados Sociales, y Doña María del Mar Ayala Andújar, presidenta del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería, que te contarán de primera mano qué se trató en las jornadas, y por qué no te las puedes perder el próximo año.
Queremos aprovechar este artículo para agradecer a Don José Esteban Sánchez y a Doña María del Mar Ayala su amabilidad por atender al equipo de Grupo2000, y participar en el vídeo, así como la oportunidad de colaborar en este evento al Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería. Hay destacar la gran labor, tanto de su presidenta, como de todo el equipo del Colegio en la organización del evento, trabajo que es sin duda gran parte del éxito de estas jornadas.
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Una de las preguntas frecuentes que más reciben los asesores y gestores de empresas es sobre la actividad de los autónomos: cotización, ayudas para su negocio y distintas situaciones que pueden presentarse en su actividad laboral como es si el autónomo tiene derecho a paro y cómo se debe solicitar.
La Legislación Laboral ya en 2014, modificó la Ley Mutuas con el fin de mejorar el régimen jurídico del sistema de protección de los trabajadores autónomos que con carácter voluntario cesasen su actividad estableciendo unos requisitos mínimos.
Cabe destacar que, teniendo en cuenta todas estas modificaciones, para que se tome como válida una situación de paro en el trabajador autónomo deberá estar sustentada en el cese de actividad empresarial por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos de manera constatables. También quedan reconocidos, la pérdida de licencia administrativa o causas de fuerza mayor como violencia de género, divorcio o separación matrimonial. Se considerará un nivel de pérdidas significativas si éstas suponen al menos un 10% sobre los costes de producción.
Pero, ¿cómo se accede al paro de los autónomos y qué requisitos debe cumplir un autónomo para cobrar el paro?
Este artículo te ayudará a comprender por qué, cómo y bajo qué requisitos un autónomo puede cobrar el paro. Te será muy útil tanto para asesorar a tus clientes como para acceder legalmente a tu derecho a paro como autónomo.
Requisitos para solicitar el paro si eres autónomo o trabajador por cuenta propia:
Estar dado de alta en la Seguridad Social y tener saldadas las cuotas de autónomo correspondientes. También deberá tener cubiertas las contingencias profesionales que le correspondan. Deberá realizar la solicitud antes del último día del mes siguiente al que se produjo el cese de actividad.
No debe haber alcanzado la edad de jubilación. Además, no se tendrá acceso a la prestación por desempleo en el caso de ser autónomo si el trabajador desea trabajar por cuenta propia o ajena, si ya se cobran pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social.
La actividad del trabajador no debe incurrir en ninguna incompatibilidad con la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos (Art. 12. Incompatibilidades).
Cotización mínima. El autónomo debe acreditar para cobrar el paro haber cotizado por cese de actividad al menos durante doce meses. Este periodo deberá ser anterior y posterior al cese incluyendo el mes en el que se produce el periodo de paro. Esto se explica dado que el motivo deberá estar siempre justificado, como os anunciábamos, por una razón de causa mayor de cese de actividad por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos demostrables.
Compromiso de actividad para mantener la prestación de desempleo. Deberá inscribirse y participar de forma activa en las actividades preparadas por el Servicio Público de Empleo Estatal. Estas pueden ser formativas, de orientación profesional o las disponibles en materia de emprendimiento.
¿Cómo se tramita la solicitud de paro de un autónomo?
El paro deberá solicitarse por parte del trabajador autónomo en la institución donde tenga cubierta la contigencia de cese de actividad. Puede ser:
Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
El Servicio Público de Empleo Estatal si la cobertura la tiene concertada con el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o ante el Instituto Social de la Marina.
El trabajador autónomo que desee tramitar su solicitud de paro deberá presentar la siguiente documentación a las anteriores instituciones:
Esperamos que este artículo te haya servido de utilidad para aclarar a tus clientes cómo tramitar fácilmente su derecho a paro en el caso de ser autónomos.
El Servicio Regional de Empleo y Formación para la Región de Murcia y la Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias han coincidido para realizar una convocatoria de procesos de evaluación y acreditación de competencias profesionales para la obtención de Certificados de Profesionalidad.
Los Certificados de Profesionalidad son la gran apuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para mejorar la capacitación de profesionales y el reconocimiento a nivel de europeo de competencias profesionales en diferentes oficios. Un Certificado de Profesionalidad es un documento avalado por el SEPE que te permite obtener una titulación oficial que reconoce experiencia profesional y formativa en diferentes oficios.
Cabe destacar la diferencia entre ambas convocatorias. La Región de Murcia, en este caso, ha convocado la acreditación de competencias clave para acceder a los certificados de profesionalidad sin necesidad de cumplir el requisito mínimo formativo (Bachiller o ESO dependiendo del Certificado de Profesionalidad al que se quiera acceder) y, por otro lado, la Comunidad de Canarias realiza esta convocatoria para acreditar las competencias profesionales con el fin de otorgar en este proceso los certificados de profesionalidad oficiales para cada rama profesional.
Aquí puedes consultar cómo serán las diferentes convocatorias para cada Comunidad Autónoma:
Convocatoria PEAC Canarias.
La Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias ha abierto el plazo para acreditar competencias profesionales hasta el 30 de Julio. Proporcionará a 450 personas reconocer de forma oficial las competencias adquiridas mediante experiencia laboral y formación no reglada.
La vicepresidenta de la Consejería de Empleo, Patricia Hernández, ha destacado en rueda de prensa la importancia de los certificados de profesionalidad no solo para reconocer competencias sino para conseguir un puesto de trabajo.
¿Quiénes podrán acreditar competencias profesionales en la convocatoria PEAC de Canarias?
Los trabajadores que hayan ejercido una profesión durante al menos tres años que carezcan de acreditación oficial o formación reglada. Este certificado les permitirá obtener una titulación oficial que acredita sus competencias profesionales en base a su experiencia y la formación no reglada relacionada que aporte en dicha convocatoria.
Las cualificaciones profesionales acreditadas en este proceso serán:
Relacionadas con hostelería:
Actividades de Cocina.
Servicios de Bar y Cafetería.
Relacionadas con cuidado medioambiental:
Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.
Servicios para el control de plagas.
Atención sociosanitaria:
Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
Y otras profesiones:
Cuidado estético de manos y pies.
Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes.
Revestimientos con pasta y morteros en construcción.
¿Cómo participar en la convocatoria PEAC de la Comunidad de Canarias?
Podrás conocer más información e inscribirte en la convocatoria en las oficinas de empleo, servicios de información y atención ciudadana o en Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales.
Convocatoria de Competencias Clave en la Comunidad de Murcia.
Para el caso de la Región de Murcia, el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) abre el plazo para acreditar competencias clave durante los días 24 y 26 de mayo en Murcia, Cartagena, Jumilla, Lorca y Cehegín cuyo plazo de inscripción se extenderá hasta el 5 de mayo.
En este caso, la convocatoria se trata de un proceso de acreditación de competencias clave en materias mínimas y básicas como lengua, matemática e inglés que te permitirán acceder sin estudios previos (ESO o Bachiller) a realizar certificados de profesionalidad oficiales.
Las pruebas se organizan y coordinan a través del Centro Nacional de Formación Profesional Ocupacional de Cartagena y el Centro de Formación Profesional del Servicio Regional de Empleo y Formación.
En Enero, se formalizó una convocatoria similar de competencias clave en la que participaron 480 personas.
Esta será la última convocatoria de competencias clave para acceder a los estudios de Certificados de Profesionalidad que se realizará en 2016 para la Comunidad de Murcia.