Convocadas ayudas para nuevos autónomos en Castilla y León

Convocadas ayudas para nuevos autónomos en Castilla y León

Con el fin de promover el desarrollo de actividades profesionales, han sido convocadas ayudas para nuevos autónomos en Castilla y León. Las ayudas de hasta 5.000 euros, tienen como objetivo  facilitar el inicio de dicha actividad aportando financiación en los primeros gastos que puede ocasionar, especialmente para las mujeres emprendedoras. También contempla a los beneficiarios de Garantía Juvenil, ya que flexibiliza la cuantía de  gastos de inversión y permite que puedan establecerse como autónomos colaboradores.

Beneficiarios:

Personas físicas que se establezcan como autónomos entre el día 1 de septiembre de 2015 y el 31 de agosto de 2016 en Castilla y León.

Cuantía de la ayuda:

Los interesados podrán acceder a ayudas de hasta 5.000 euros destinadas a fomentar el inicio de una actividad económica por cuenta propia.

Cuantía según colectivos

Colectivos Cuantía
  • Menor de 35 años
  • Desempleados de larga duración de entre 35 y 45 años.
  • Personas de 45 años o más.
  • Beneficiarios de Sistema de Garantía Juvenil
4.000 euros
  • Desempleados durante al menos 3 meses (no desempleados de larga duración) de entre 35 y 45 años.
3.000 euros
  • Mujeres
  • Personas con circunstancias descritas en Anexo I
Se incrementarán 500€ por cada circunstancia

 

Requisitos:

  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo antes de solicitar el alta en RETA.
  • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
    • Menores de 35 años.
    • Desempleados de larga duración de entre 35 y 45 años. Deberán estar inscritos como desempleados de larga duración, es decir, desempleado durante 12 meses ininterrumpidos antes del alta en RETA. De no ser así, al menos durante 3 meses ininterrumpidos antes del alta.
    • Personas de 45 años o más.
  • Solicitar el alta en RETA antes de realizar solicitud.
  • Permanecer como autónomo durante dos años ininterrumpidos.
  • Acreditar la realización de gastos por cuantía al menos de 4.000 euros sin IVA. Estos gastos deberán de estar directamente relacionados con la actividad profesional y ser esenciales para desarrollarla (Ver gastos incluidos en Convocatoria).
    • El gasto y el pago deberán realizarse entre los 3 meses anteriores (para gastos inmuebles 6 meses) y los 3 meses posteriores del alta en RETA. Fecha límite, el día de presentación de solicitud.

¿Estás inscrito en Garantía Juvenil?

Los jóvenes inscritos en Sistema de Garantía Juvenil, que se den de alta como autónomos o autónomos colaboradores entre el 1 de Octubre de 2015 y el 31 de octubre de 2016, se le añaden al resto de requisitos:

  • Estar inscrito en Sistema de Garantía Juvenil antes de alta en RETA o del inicio de la actividad.
  • La acreditación de gastos será solo de 2.000 euros sin IVA, no siendo necesario acreditar gastos para autónomos colaboradores.

Cuantía:

El importe será de 4.000 euros (4.500 para mujeres), pudiéndose incrementar 500 euros si desarrolla una actividad del sector emergente. La concesión en este caso es directa hasta fin de fondos.

 

Solicitud, plazos y pago:

La solicitud se podrá realizar tanto por vía telemática (con certificado digital), como presencial en las oficinas de registro del SEPE o de Correos. Para la última opción deberá realizarse en sobre abierto, para que sea fechada y sellada.

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha de alta en RETA.

  • Antes del 1 de Mayo de 2016: Hasta el 27 de Julio de 2016.
  • Desde el 1 de Mayo de 2016: Hasta el 15 de Septiembre

La concesión es por concurrencia competitiva. De las solicitudes presentadas que cumplan todos los requisitos, se realizará una selección para conceder la ayuda de acuerdo a los criterios establecidos en Base 6º de la convocatoria.

El plazo para realizar solicitud para inscritos en Garantía Juvenil:

  • Entre el 1 de octubre de 2015 y el 27 de Mayo de 2016: Hasta el 27 de Julio de 2016.
  • Desde el 27 de Mayo de 2016: Dos meses desde el alta en RETA.

El plazo máximo para notificar la concesión es de seis meses desde el 15 de septiembre, donde aparecerán el nombre de los beneficiarios de la subvención. Antes del pago, se deberá acreditar la inversión por cuantía  de 4.000 euros y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta ayuda está acogida al régimen mínimis.

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, a excepción de ayudas para financiación de inversiones o intereses de prestamos y de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan. Compatible con Tarifa Plana 50 euros de autónomos.

 

Exclusiones:

  • Socios de sociedades mercantiles, socios trabajadores o de trabajo de las empresas de economía social y autónomos colaboradores.
  • Haber estado como autónomo en los 6 meses anteriores al alta en RETA en la misma o similar actividad.
  • Incumplimiento de la Ley 5/2008 de Subvenciones de Castilla y León, Ley 38/2003 General de Subvenciones y articulo 33 de la Ley 13/2005 de Medidas Financieras.
  • Incumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.
  • No estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Fuente: BOCYL

Los empresarios desconocen estas exenciones en el Impuesto del Patrimonio

Los empresarios desconocen estas exenciones en el Impuesto del Patrimonio

Coincidiendo con las fechas de la campaña de la Renta para finales de este mes se establece también el plazo máximo para presentar la liquidación del Impuesto del Patrimonio.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo de naturaleza personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas. Este impuesto, aunque recaiga sobre las personas físicas, afecta a empresarios y a la actividad de muchas empresas que por su naturaleza ven afectos sus bienes privados.

Muchos empresarios no conocen las exenciones de las que pueden beneficiarse dada la forma jurídica y la actividad de su empresa. Es el caso de los miles de socios de empresas familiares que existen en nuestro país.

Se considera empresa familiar aquella participada en su integridad o en una parte muy significativa por uno o varios socios con lazos familiares. También se considera empresa familiar cuando además concurren en los órganos de gobierno o dirección de la sociedad.

Cabe reseñar que, son las personas físicas miembros de una empresa familiar las que quedan exentas de la liquidación de este impuesto. No hay que olvidar que, la naturaleza del impuesto grava el patrimonio personal del empresario y no debe confundirse con las obligaciones fiscales de las empresas como son IVA o Impuesto de Sociedades. También los socios participados en empresas familiares quedarán exentos de pagar gran parte del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Qué requisitos debe cumplir el empresario de empresa familiar para quedar exento de pagar el Impuesto sobre el Patrimonio?

Tanto el empresario como su forma de participar en la empresa deben cumplir diferentes requisitos para quedar exento de tributar por el Impuesto sobre el Patrimonio.

A. Requisitos referentes a la sociedad. Las sociedades en las que el sujeto pasivo del impuesto debe participar para quedar exento del impuesto son:

  1. Sociedad operativa. Entendiendo como sociedad operativa la que no se dedica exclusivamente a la tenencia de valores o bienes inmuebles. Para ellas es condición necesaria la explotación industrial o realizar actividad comercial entorno a un producto o servicio diferente.
  2. Sociedad arrendamiento de inmuebles. Siempre y cuando cuenten con un empleado con contrato laboral y a jornada completa.
  3. Sociedad de tenencia de valores. Esta debe disponer de un activo compuesto por más de un 50% de valores que otorgan el 5% de los derechos de voto de otras entidades que sean operativas.

B. Requisitos referentes a la participación. El sujeto titular de las participaciones deberá:

  • De manera individual. Ostentar al menos el 5% del patrimonio de la empresa familiar.
  • De manera conjunta. Disponer del 20% junto con los miembros de un grupo familiar.

C. Requisitos de retribución obtenidos de la participación. El sujeto pasivo deberá ejercer funciones de dirección en la entidad participada y percibir una remuneración superior al 50% de la totalidad de sus rendimientos tanto de actividades económicas como del trabajo.

Si una sola persona del grupo familiar cumple con este requisito será suficiente para que todos los miembros de la familia queden exentos del pago del Impuesto del Patrimonio.

Aplicación de la exención del Impuesto del Patrimonio en la empresa familiar

Si se cumplen todos los requisitos comentados (sociedad, participación y retribución) la exención se aplicará al porcentaje del valor de las participaciones afectadas al ejercicio de actividad empresarial a las cuales habrá que minorarle el importe de las deudas derivadas de las participaciones y del valor del patrimonio neto de la sociedad.

Si una empresa familiar participa en otras entidades, el valor exento de las filiales será calculado en función de la porción participada de cada una de las filiales.

Si sois empresarios y cumplís con estos requisitos podrías estar exento de pagar el Impuesto del Patrimonio en esta declaración. Asesorías y gestorías de empresas podrán aplicar y justificar las exenciones de las personas físicas que participen en empresas familiares en el Impuesto del Patrimonio.

Fuente: Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio

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Información sobre declaración de impuestos 2016


 

El 1 de julio la Seguridad Social dejará de emitir el certificado SILCON

El 1 de julio la Seguridad Social dejará de emitir el certificado SILCON

Ya se ha anunciado oficialmente, el certificado SILCON dejará de emitirse el próximo 1 de julio y quedará invalidado totalmente a partir del 1 de septiembre.

El certificado SILCON, como la mayoría conocéis, es el certificado digital que identifica a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica para actualizar, consultar datos y realizar trámites en la Seguridad Social gracias al Sistema RED, de manera segura.

Este certificado deja de tener validez al no cumplir con los estándares de seguridad de los certificados que se reconocieron en el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas.

Los estándares de seguridad establecidos a nivel europeo marcan lo dispuesto en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, concretamente en su artículo 24 donde se enuncia que las Administraciones Públicas tienen que acogerse sólo a los certificados reconocidos incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación. Esta Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación ya está publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y excluye, de manera tácita, al certificado SILCON.

 

El Certificado SILCON desaparecerá definitivamente en septiembre de 2016

Aunque dejará de emitirse el certificado SILCON desde el 1 de julio, el Ministerio ha dispuesto una vía transitoria hasta el 1 de septiembre para promover la adaptación y dar por finalizados los trámites que se están realizando en la actualidad con los certificados no reconocidos (Disposición Adicional Octava de la Ley 15/2014).

Si hasta hoy has utilizado el certificado SILCON para realizar gestiones en tu empresa, ¿qué debes hacer para adaptarte a los nuevos certificados reconocidos?

Recomendamos que se realice, cuanto antes, la migración por parte de los usuarios de SILCON a las nuevas versiones de los certificados SILTRA  y WINSUITE para evitar problemas de última hora en los programas que se utilizan en la empresa para comunicar y consultar datos en la Seguridad Social (programa de nóminas, gestión documental de trabajadores, altas y bajas en la Seguridad Social, etc.). Estos nuevos certificados permitirán la autenticación con el resto de certificados admitidos de manera sistemática.

Se ha creado en la página web de la Seguridad Social un acceso a los servicios online y también a Red Directo, que podrán ser usados con cualquiera de los certificados admitidos.

Animamos a asesores y empresarios a establecer los nuevos certificados SILTRA  y WINSUITE para que puedan compatibilizarlos con sus programas de gestión, realizar modificaciones y tramitar sus gestiones administrativas con la Seguridad Social antes del 1 de julio.

Fuente: Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa 

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Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano

Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha puesto en marcha una fuerte campaña para detectar contratos irregulares a lo largo de los meses estivales con especial interés en el sector de la Hostelería.

Numerosas localidades y municipios entre los que destacan los pertenecientes a las provincias costeras de España han activado este plan que prevé luchar un año más por revelar contratos irregulares que especialmente perjudican a los trabajadores y empresas del sector Hostelero.

En 2015 se descubrieron más de 8.000 irregularidades e infracciones en los contratos de trabajo

Ya el año pasado, la Inspección de Trabajo en materia de Seguridad Social descubrió 5.672 empleos irregulares en los que el trabajador no estaba dado de alta. También fueron detectadas numerosas infracciones, en particular 2.825, relativas a la duración del contrato y al incumplimiento de horas pactadas sobrepasando el número de horas y días por contrato y trabajador.

Este verano se prevé que se van generar más de un millón de contratos de trabajo en nuestro país según los datos que aporta el informe de Adecco y serán especialmente susceptibles de inspección bares, restaurantes, chiringuitos y otros destinados a la Hostelería y Turismo especialmente en las zonas costeras.

Las sanciones aplicadas por infracción el año pasado fueron superiores a los nueve millones de euros y supuso la transformación de esta situación irregular en contratos indefinidos para los trabajadores damnificados.

El Ministerio busca potenciar contratos de larga duración en Hostelería  

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social celebra la especial y significativa subida de contratos celebrados para los puestos de Hostelería y Turismo que proporcionan ‘un empleo de calidad, que generan valor añadido y que reafirman al país como potencia turística mundial’ tal y como ha indicado el Secretario de Estado de la Seguridad Social Tomas Burgos.

Los incentivos que se instauraron para apoyar la contratación de jóvenes menores de 30 años en este sector ha reforzado la especialización y el empleo de calidad para la Hostelería en nuestro país.

Los Certificados de Profesionalidad facilitan la capacitación de los trabajadores en Hostelería

Cabe destacar especialmente este año que, además, estos nuevos contratos para la formación van a otorgar un Certificado de Profesionalidad a los trabajadores de Hostelería que garantizan la capacitación y renovación del sector. Estos van a ser un gran punto de apoyo para prevenir la contratación irregular que tanto ha dañado al sector en años anteriores.

En Grupo2000 para facilitar la contratación de nuevos trabajadores en Hostelería, y así contribuir a mejorar la situación laboral de los trabajadores, hemos logrado la acreditación del Servicio Estatal de Empleo para impartir los Certificados de Profesionalidad del sector de Hostelería y Turismo. Esto va a permitir capacitar de manera oficial a los trabajadores del sector gracias los contratos para la formación y el aprendizaje.

Los Certificados de Profesionalidad que podrán hacer los trabajadores de Hostelería y Turismo son:

¿Cómo puedes dar de alta y hacer un contrato de formación para trabajadores en Hostelería? 

Infórmate en Grupo2000, en nuestro chat en línea o a través del 958 80 67 60 para realizar un contrato en formación para el sector de Hostelería.

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Grupo2000 acreditado para impartir el Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante

Grupo2000 acreditado para impartir el Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante

Grupo2000 ha recibido una nueva acreditación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal para impartir el Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante en modalidad de teleformación.

Estamos muy satisfechos de poder proporcionar los estudios de Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante a los alumnos interesados en recibir una formación de calidad y adaptada a los requerimientos del mercado laboral en el Sector de Restauración en modalidad de teleformación.

La teleformación, como ocurre en los cursos de Formación Programada, es la modalidad de estudio que prefieren los estudiantes de Certificados de Profesionalidad ya que les facilita conciliar su vida profesional con este nuevo marco formativo a la vez que completan su jornada laboral.

El Catálogo Nacional de Profesionalidad HOTR0608 Servicios de Restaurante para lograr, cada vez más, Cualificaciones Profesionales ha otorgado gran relevancia al Certificado de la especialización y cualificación de los trabajadores en el sector de Restauración y mejorar con ello la competitividad de este sector a nivel europeo.

Validez del Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante

El Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante permite a los trabajadores adquirir las competencias profesionales para que cada vez más se cumpla con la legislación vigente en las empresas de Hostelería que afecta a la seguridad, higiene y prevención, entre otras.

El Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante es un certificado de nivel 2 que otorga una formación reglada a trabajadores contratados en contrato de formación como camareros en general, camareros en sala o jefes de rango que, previamente, dispongan de una formación académica mínima de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

El Certificado de Profesionalidad HOTR0608 Servicios de Restaurante habilita profesionalmente y de manera oficial a todos los trabajadores que, en el ámbito de la Hostelería, desempeñen las siguientes ocupaciones:

  • 51201049 Camareros, en general.
  • 51201038 Camareros de sala o jefes de rango.

Estamos convencidos de que este certificado es una buena oportunidad para los jóvenes que deseen iniciar su carrera profesional en el ámbito de la Hostelería gracias al reconocimiento que se está dando a los Certificados de Profesionalidad en la Unión Europea tanto a nivel laboral como formativo.

Programa de estudio del Certificado de Profesionalidad HOTR0608 Servicios de Restaurante

Los módulos en los que se divide el Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante suman un total de 540 horas y son:

  • MF0711_2: Seguridad, higiene y protección ambiental en Hostelería.
  • MF1052_2: Servicio en restaurante.
  • MF1048_2: Servicio de vinos.
  • MF1053_2: Elaboración y acabado de platos a la vista del cliente.
  • MF1054_2: Servicios especiales en Restauración.
  • MF1051_2: Inglés profesional para servicios de Restauración.
  • MP0061: Módulo de prácticas profesionales no laborales (Los alumnos de contrato para la formación y el aprendizaje estarán exentos de realizarlo).

Estos módulos se realizarán en modalidad de teleformación lo que permitirá al alumno a acceder fácilmente no sólo a los contenidos del Certificado de Profesionalidad sino que también podrán contar con una conexión en tiempo real con su tutor durante todo su aprendizaje.

Ya puedes iniciar con Grupo2000 los trámites para dar el alta de tus trabajadores en contrato en formación para las ocupaciones de camarero, camarero de sala y jefe de rango para que accedan a este Certificado de Profesionalidad en modalidad de teleformación.

Infórmate en Grupo2000 a través de nuestro chat en línea o en el teléfono 958 806 760.

Fuente: Certificado de Profesionalidad HOTR0608 Servicios de Restaurante 

Más información sobre Certificados de Profesionalidad:


Última hora: Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano


 

Más de 3 millones de trabajadores han realizado cursos de Formación Programada

Más de 3 millones de trabajadores han realizado cursos de Formación Programada

La Fundación Tripartita ha realizado un estudio donde se muestra la participación de los trabajadores y el interés por las empresas en realizar cursos de Formación Programada. Los datos revelan cómo cada vez más las empresas utilizan el crédito de Formación Programada para la formación de sus trabajadores. En total, un 30% de empresas los aprovechan para realizar un reciclaje formativo continuo de las capacidades de sus trabajadores.

Recordamos que la Fundación Tripartita es una organización dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte cuya misión es facilitar el acceso a la formación a trabajadores para que mejoren competencias profesionales.

Más de 3 millones de trabajadores y 470 mil empresas ya han realizado cursos de Formación Programada

Los datos concretos del estudio aportan que la participación en la Formación Programada ha sido de 3.300.000 millones de trabajadores repartidas en más de 470.000 empresas. La Formación Programada, además, está siendo aprovechada por empresarios y trabajadores para obtener Certificados de Profesionalidad.

Según datos más específicos del informe de la Fundación Tripartita, cabe destacar que un 56% de los trabajadores que realizan cursos de Formación Programada son hombres y un 44% de los trabajadores formados mediante el crédito disponible para las empresas son mujeres.

Un 43,8% está realizando la formación en modalidad de teleformación dadas las ventajas que presenta esta modalidad frente a la presencial y la mixta. Mayor autonomía en el estudio y mejor capacitación para ciertas competencias profesionales orientadas al uso de la informática y las nuevas tecnologías hacen que sea la modalidad más apreciada por los trabajadores en 2016.

Los cursos más demandados en Formación Programada son administración y gestión, seguridad, medioambiente y comercio y marketing. Para algunas de ellas ya se pueden obtener Certificados de Profesionalidad como son las Familias Profesionales de Administración y Gestión y Comercio y Marketing. Otros contenidos transversales también entre los más demandados como son prevención de riesgos laborales, inglés o informática.

Madrid, Cataluña y Andalucía las comunidades con mayor número de participantes en cursos de Formación Programada

Madrid, Cataluña, Andalucía, País Vasco y Comunidad Valenciana son las comunidades autónomas que más se preocupan por la formación de sus trabajadores siendo Islas Baleares, La Rioja y Extremadura las comunidades donde la participación de los trabajadores en Formación Programada ha sido menor.

Destaca la Fundación Tripartita el gran interés de los jóvenes menores de 30 años en realizar cursos de Formación Programada. Éstos la valoran como una oportunidad para capacitarse y desarrollar una carrera profesional en la empresa. Muestran aún más interés si, estos cursos, les permiten realizar formación reglada como son los Certificados de Profesionalidad. Los más jóvenes ven en los Certificados de Profesionalidad una importante vía para acceder al mercado laboral europeo.

Animamos a empresarios, asesores y trabajadores a solicitar el crédito disponible para las empresas y a realizar cursos de Formación Programada durante este 2016. Aquí puedes consultar nuestro catálogo de cursos de Formación Programada para trabajadores.

Más sobre Formación Programada para las empresas:


Novedad: Grupo2000 acreditado para impartir el Certificado de Profesionalidad de Servicios de Restaurante (Bonificable)


 

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