¿Para qué actividades se puede firmar un contrato fijo discontinuo?

¿Para qué actividades se puede firmar un contrato fijo discontinuo?

Aunque han pasado ya varios años desde que se publicó la Reforma Laboral (RD Ley 32/2021) aún persisten algunas dudas sobre el contrato fijo discontinuo y sus usos.

¿Para qué actividades se puede realizar un contrato fijo discontinuo? Esta es una pregunta muy frecuente a la que vamos a dar respuesta, a continuación:

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¿Qué es un contrato fijo discontinuo y cuándo emplearlo?

Un contrato fijo-discontinuo es un tipo de contrato laboral indefinido que se usa en situaciones en las que la actividad laboral no es continua, pero es previsible y forma parte de la actividad habitual de una empresa.

Es decir, la actividad laboral es permanente pero intermitente. Se realiza en temporadas específicas y no durante todo el año.

Digamos que en este tipo de contrato la persona empleada trabaja durante las temporadas en las que se necesita personal.

Y a su vez se le garantiza cierta estabilidad en su empleo, ya que se espera que vuelva a trabajar en temporadas futuras.

Un ejemplo clásico de trabajadores con contrato fijo discontinuo son los monitores de campamentos de verano.

Estos trabajadores son necesarios cada año durante la época estival, pero no trabajan durante el resto del año. Sin embargo, siguen siendo empleados de la empresa en períodos de inactividad.

Las ventajas de las personas trabajadoras que firman esta modalidad contractual es que tienen derecho a prestar servicios cuando la empresa los necesita.

Y, por supuesto, sus cotizaciones a la Seguridad Social están aseguradas, ya que siguen formando parte de la plantilla de la empresa incluso en los períodos sin actividad laboral.

 

¿Cuándo utilizar un contrato fijo discontinuo?

Los contratos fijos discontinuos según recoge el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores podrán realizarse para:

  • La realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada.
  • El desarrollo de trabajos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.

El contrato fijo-discontinuo podrá concertarse para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.

Por ejemplo, una empresa de construcción puede usar el contrato fijo discontinuo para contratar a personas trabajadoras en temporadas en las que tiene proyectos de construcción y no necesita aumentar la plantilla durante el resto del año.

 

¿Pueden las ETT contratar como fijos discontinuos a sus trabajadores?

Sí, puede celebrarse un contrato fijo-discontinuo entre una empresa de trabajo temporal y una persona contratada para ser cedida a otra empresa que requiera personal de manera temporal.

Es decir, si una ETT tiene contratos para proporcionar personas trabajadoras en la temporada alta de turismo en un complejo hotelero podría celebrar contratos fijos-discontinuos con estos trabajadores para garantizar su disponibilidad durante esos períodos de alta demanda.

A esta conclusión llegó el Juzgado de lo Social n° 26 de Barcelona en la sentencia de 7 de marzo de 2022 (rec. 141/2020) en la que se estudió un caso en el que el SEPE negaba a un trabajador el derecho a recibir la prestación por desempleo.

Desde el SEPE consideraban que se había producido un fraude por la celebración de varios contratos fijos discontinuos con la ETT.

Pero, el juez rechazó el argumento del SEPE e indicó que no hay ningún precepto que prohíba a las ETT celebrar contratos fijos discontinuos.

Existiría fraude si la ETT pone a disposición de una única empresa a la persona trabajadora para cubrir varias campañas.

En este caso, la contratación correspondería directamente a la empresa.

Sin embargo, cuando la ETT pone a disposición de diferentes empresas para cubrir distintas campañas a una persona trabajadora no hay fraude.

¡IMPORTANTE! El llamamiento a los trabajadores fijos discontinuos deberá realizarse:

  • Por escrito.
  • Por otro medio que permita dejar constancia de la notificación a la persona interesada con las indicaciones precisas de las condiciones de su incorporación y con una antelación adecuada.

La empresa deberá trasladar a la representación legal de las personas trabajadoras al inicio de cada año natural un calendario con las previsiones de llamamiento anual o semestral.

Además de los datos de las altas efectivas de las personas fijas discontinuas una vez se produzcan.

 

¿Se puede contratar a una persona fija discontinua a través de contratas?

Sí, es posible contratar a una persona fija discontinua a través de contratas, subcontratas, o concesiones administrativas.

Bajo esta modalidad los períodos de inactividad solo pueden ser considerados como plazos de espera de recolocación entre subcontrataciones.

Esto significa que en lugar de que la persona empleada se quede sin trabajo durante los períodos de inactividad la empresa se va a comprometer a mantener al empleado a la espera de ser asignado a un nuevo proyecto tan pronto como sea posible.

En estos supuestos, los convenios colectivos sectoriales podrán determinar un plazo máximo de inactividad entre subcontratas, que, en defecto de previsión convencional, será de tres meses.

Después de que se cumpla ese período la empresa deberá tomar medidas temporales o permanentes para resolver la situación.

 

Ejemplo práctico: sector de la construcción

Supongamos que una empresa de construcción celebra contratos con diferentes compañías para realizar proyectos durante el año.

Debido a la naturaleza estacional de la construcción la empresa utiliza contratos fijos discontinuos para emplear a personas trabajadora para cada proyecto.

Según el convenio colectivo del sector de la construcción se acuerda un plazo máximo de inactividad de dos meses entre proyectos.

Después de completar un proyecto de construcción los trabajadores no quedan sin trabajo, sino  que permanecen en un «plazo de espera de recolocación» durante un máximo de dos meses hasta que se les asigna al próximo proyecto de construcción.

Durante este período, siguen siendo empleados de la empresa y deben estar disponibles para trabajar en cuanto se inicie un nuevo proyecto.

Si el convenio colectivo del sector de la construcción no hubiera establecido un plazo máximo de inactividad se aplicaría el plazo predeterminado de tres meses.

Después de ese período, la empresa tendría que tomar medidas para resolver la situación de inactividad, como proporcionar a los trabajadores otras tareas dentro de la empresa o poner fin al contrato.

 

¿Para qué actividades se puede hacer un contrato fijo discontinuo

Como comentamos, un contrato fijo-discontinuo se puede firmar en situaciones en las que la actividad laboral es recurrente pero no continua a lo largo del año.

Se suele utilizar la modalidad fija discontinua cuando existen periodos de actividad seguidos de periodos de inactividad previsibles.

 

¿En qué casos y para qué sectores se puede firmar un contrato fijo discontinuo?

Los sectores en los que suele emplearse esta modalidad de contrato son:

  • Sector hostelero. En el turismo o la hostelería la demanda de personal varía según las estaciones del año.
  • Sector de la construcción. Las personas trabajadoras pueden ser necesarias solo para proyectos específicos durante ciertas épocas del año.
  • Actividades relacionadas con eventos o espectáculos: Por ejemplo, la contratación de personal para ferias, festivales u eventos deportivos que no son continuos.
  • Agricultura. En el sector agrícola se necesitan personas trabajadoras para la siembra, cosecha y otros trabajos agrícolas estacionales.
  • Pesca. La pesca, a menudo, opera en ciclos estacionales y puede requerir de personal adicional durante ciertas épocas del año.
  • Producción de alimentos. Algunas empresas de producción de alimentos, como las de conservas o productos agrícolas, pueden necesitar personal de manera estacional para hacer frente a la demanda de temporada.
  • Logística y transporte. Durante épocas de mayor demanda, como la temporada navideña, las empresas de logística y transporte pueden requerir personas trabajadoras adicionales para satisfacer las necesidades de envío.
  • Industria forestal y maderera. La tala y la industria maderera pueden requerir empleados adicionales para la cosecha y el procesamiento de la madera en ciertas épocas del año.
  • Venta minorista. Las tiendas minoristas pueden necesitar personal adicional durante períodos de alta demanda, como las rebajas de temporada o eventos especiales.
  • Sector deportivo. En instalaciones deportivas o parques temáticos se pueden firmar contratos fijos discontinuos para cubrir la demanda de personal durante las temporadas altas.
  • Trabajos relacionados con la nieve. Las estaciones de esquí y los lugares turísticos de nieve requieren personal adicional durante la temporada de invierno.

¡IMPORTANTE! Existe cierta controversia en el sector educativo en relación con la utilización de contratos fijos discontinuos.

En particular, hay quienes cuestionan si realmente la impartición de clases por docentes es una actividad permanente y no cíclica, lo que afectaría a la justificación para utilizar contratos fijos discontinuos.

La Audiencia Nacional, en una sentencia del 21 de febrero de 2023, estableció que la impartición de clases en la enseñanza general básica y las actividades curriculares en sí mismas se consideran actividades permanentes y no cíclicas.

Esto significa que, según esta interpretación, no sería apropiado utilizar contratos fijos discontinuos para este tipo de actividad docente.

Aún así, hay expertos que indican que el uso o no de los contratos fijos discontinuos dependería de las circunstancias específicas y la duración de los cursos académicos.

 

¿Se puede hacer un contrato fijo discontinuo a tiempo parcial?

El artículo 16.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que los convenios colectivos sectoriales pueden acordar, cuando las peculiaridades de la actividad lo justifiquen, la celebración de contratos fijos discontinuos a tiempo parcial.

Para que un contrato fijo discontinuo pueda celebrarse a tiempo parcial es necesario que el convenio colectivo aplicable a la empresa o al sector específico permita expresamente esta modalidad de contrato.

No es una opción automática, y la autorización para utilizar contratos fijos discontinuos a tiempo parcial debe estar reflejada en el convenio colectivo.

Esta disposición reconoce que en ciertas actividades o sectores las necesidades laborales pueden variar en el tiempo y justificarían la contratación de empleados a tiempo parcial bajo esta modalidad.

Sin embargo, la posibilidad de hacerlo depende de lo que se haya establecido en el convenio colectivo correspondiente.

Por lo tanto, si una empresa o trabajador está interesado en utilizar esta forma de contrato deberá revisar el convenio colectivo aplicable y asegurarse de que permite la contratación de fijos discontinuos a tiempo parcial.

 

¿Cómo cotizan los trabajadores con contrato fijo discontinuo?

Los trabajadores con un contrato fijo discontinuo cotizarán a la Seguridad Social como cualquier otra persona trabajadora que sea indefinida.

Las cotizaciones incluyen el desempleo, las contingencias comunes y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

¡IMPORTANTE! Los trabajadores fijos discontinuos van a cotizar durante el tiempo en el que estén trabajando.

Mientras se encuentren en un período de inactividad únicamente cotizarán por contingencias comunes si están percibiendo la prestación.

 

¿Y si me hacen un contrato superior a 10 meses? ¿Puedo ser trabajador fijo discontinuo?

Esta uno de los motivos por los que la Inspección de Trabajo ha comenzado a multar a las empresas.

Desde Inspección señalan que se estaría cometiendo fraude en la contratación cuando el período de actividad de un contrato fijo discontinuo supere los 10 meses.

Ya que se estaría simulando un período de inactividad injustificado para no tener que hacer un contrato indefinido.

En estos últimos años, desde Inspección han descubierto que existen empresas que realizan contratos fijos discontinuos para cubrir puestos fijos que en realidad deberían cubrirse con contratos indefinidos.

Las compañías que firmen contratos fijos discontinuos para actividades que deberían cubrirse con otro tipo de contratos podrían tener que hacer frente a multas de hasta 10.000 euros por cada persona trabajadora con dicho contrato.

 

¿Pueden los fijos discontinuos realizar una segunda actividad en el sector público en períodos de inactividad?

Sí, los fijos discontinuos pueden realizar una segunda actividad en el sector público durante sus períodos de inactividad.

Así lo indica la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que establece, en su sentencia de 1 de julio (1164/2024), que el periodo de inactividad laboral del personal temporal fijo discontinuo es compatible con el desempeño de una segunda actividad en el sector público bajo las siguientes condiciones:

  • Se realiza dentro del periodo de inactividad laboral de la relación discontinua.
  • No impide ni menoscaba el cumplimiento de los deberes inherentes a su trabajo principal.
  • No compromete la imparcialidad o independencia del trabajador.

El caso que motivó la sentencia fue el siguiente:

Un bombero forestal, trabajador temporal fijo discontinuo en el Servicio de Prevención y Defensa contra incendios forestales de Galicia, solicitó la compatibilidad para trabajar como peón de brigada de repoblación forestal en un Ayuntamiento durante los períodos de inactividad de la campaña antiincendios.

La solicitud fue inicialmente denegada por la Xunta de Galicia, y dicha denegación fue avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG).

Sin embargo, el trabajador impugnó esta decisión ante el Tribunal Supremo, que finalmente ha estimado su recurso de casación.

El TS anula la resolución del TSXG y respalda la decisión inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra, que había fallado a favor del bombero en septiembre de 2020.

El Tribunal Supremo declara firme esta decisión y condena a la Xunta a abonarle 6.542 euros más intereses.

Esperamos haber resuelto todas tus dudas sobre esta modalidad contractual. No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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