
Diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas
Los contratos formativos son una excelente opción tanto para empresas como para personas trabajadoras que buscan experiencia profesional o formación en un puesto de trabajo.
Sin embargo, existe confusión sobre cuándo utilizar el contrato de formación en alternancia y cuándo optar por el contrato en prácticas.
¿Tienes dudas? ¡Te ayudamos! Analizamos cuáles son las diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas y te mostramos la comparativa actualizada de sus características, según la normativa vigente en 2025:
¿Qué requisitos se exigen para un contrato de prácticas?
El contrato en prácticas, conocido tras el RD Ley 32/2022 como contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, está diseñado para personas que ya han completado su formación y buscan adquirir experiencia laboral en su sector.
Es decir, pueden firmar un contrato de prácticas titulados universitarios, técnicos superiores o de grado medio de FP.
Esta modalidad de contrato se realiza para una ocupación directamente relacionada con su formación. De esta forma, en su puesto de trabajo, la persona trabajadora puede obtener la práctica profesional necesaria para complementar su formación.
El contrato tiene que celebrarse en los 3 años posteriores a la finalización de dichos estudios, (5 años en caso de personas trabajadoras con una discapacidad reconocida).
¿Qué requisitos se exigen para un contrato de formación en alternancia?
Por otro lado, el contrato de formación en alternancia tiene una finalidad diferente: formar a personas trabajadoras sin estudios previos en la ocupación para la que van a ser contratadas.
Es decir, las personas trabajadoras que realicen el contrato de formación en alternancia no pueden disponer de formación oficial relacionada con el puesto, ya que el fin de este contrato es proporcionársela.
Por ello, está dirigido a jóvenes que carezcan de los estudios para desempeñar esa profesión. Estos se van a formar de manera teórica y práctica para ejercerla.
En el caso de que la persona trabajadora haya realizado formación oficial, pero no tenga nada que ver con el puesto, también podría realizarse el contrato de formación en alternancia porque va a formarse en una ocupación para la que no cuenta con estudios previos.
Además de este requisito, hay que destacar que:
- El contrato de formación en alternancia se puede formalizar con jóvenes de hasta 30 años.
- Esos jóvenes no pueden haber desempeñado ese puesto en la misma empresa por tiempo superior a 6 meses.
Beneficios del contrato de formación para las empresas
Las empresas que contraten bajo esta modalidad pueden beneficiarse de un importante ahorro en costes laborales, ya que este contrato permite acceder a diversas bonificaciones:
- Bonificación de los Seguros Sociales.
- Bonificación de la formación teórica.
- Bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.
Requisito clave: para que la empresa pueda aplicar estas bonificaciones la persona trabajadora debe estar inscrita en el SEPE como demandante de empleo.
¿Qué duración tiene el contrato de prácticas?
El contrato en prácticas tiene una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año.
¡Importante! El convenio colectivo puede establecer una duración diferente, pero siempre dentro de estos límites.
Además, algunos convenios pueden restringir el uso de este contrato para determinados puestos o categorías.
¿Qué duración tiene el contrato de formación en alternancia?
La duración mínima del contrato de formación en alternancia es de 3 meses y la máxima 2 años.
Desde Grupo2000 te aconsejamos formalizar el contrato de formación en alternancia con la duración máxima desde el inicio para aprovechar al máximo sus ventajas.
¿Qué salario tiene el contrato de prácticas en 2025?
El salario del contrato en prácticas está regulado por el convenio colectivo aplicable a la empresa.
Sin embargo, hay límites mínimos que deben cumplirse:
- El salario no puede ser inferior a la retribución mínima establecida para esta modalidad.
- Tampoco puede ser inferior al SMI en proporción al tiempo trabajado.
Esto quiere decir que el salario durante 2025 para los contratos de prácticas no podrá ser inferior a 1.184 €, de acuerdo al SMI de este año.
¿Qué salario tiene el contrato de formación en alternancia en 2025?
El salario de un contrato de formación en alternancia también viene establecido en convenio colectivo.
En su defecto, nunca puede ser inferior al 60% sobre la cantidad fijada para el grupo profesional con esas funciones durante el primer año y 75% durante el segundo.
Además, en ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Puedes ampliar información en nuestro post Salario del contrato de formación y contrato de prácticas en 2025.
¿Qué jornada puede realizar el contrato de prácticas?
El contrato en prácticas puede ser formalizado tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, dependiendo de las necesidades de la empresa y de la persona trabajadora.
Es importante que la jornada esté claramente especificada en el contrato y sea respetada por ambas partes.
¿Qué jornada puede realizar el contrato de formación en alternancia?
El contrato de formación en alternancia puede ser también a jornada completa o a tiempo parcial.
La persona trabajadora va a destinar el 65% a realizar trabajo efectivo, y el 35% para formarse de forma teórica, durante el primer año.
Estos porcentajes variarán durante el segundo año, siendo 85% de trabajo y 15% de formación.
En ambos contratos la jornada deberá estar perfectamente delimitada e indicada en el contrato y será respetada por empresa y persona trabajadora.
¿Qué bonificaciones en los seguros sociales tiene el contrato de prácticas?
La reducción en los seguros sociales del contrato en prácticas fue derogada el 1 de enero de 2019.
Esto significa que, en la actualidad, no existen bonificaciones asociadas a este tipo de contrato, salvo en el caso de colectivos con discapacidad reconocida, quienes pueden seguir disfrutando de algunas bonificaciones específicas.
¿Qué bonificaciones en los seguros sociales tiene el contrato de formación en alternancia?
Como comentamos, el contrato de formación en alternancia es muy interesante para las empresas, ya que es la única modalidad actualmente que permite:
- Bonificar los seguros sociales.
- Aplicar una bonificación del 100% del coste de la formación teórica inherente al contrato.
- Aplicar una bonificación adicional para la empresa de entre 60 y 80 euros (según la plantilla).
Hay que tener en cuenta que desde el 1 de septiembre de 2023 hay novedades en la bonificación de los contratos tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023.
Cuando se trate de contratos de formación dados de alta con anterioridad al 1 de septiembre del año pasado estos van a tener derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el contrato.
Esta reducción será del 75% si las empresas tienen más de 250 personas en plantilla.
Si se trata de contratos de formación firmados a partir del 1 de septiembre de 2023 entonces tendrán derecho a aplicar una bonificación de 178,83 euros sobre la cuota fija de seguros sociales (189,88 euros).
Es decir, se podrían bonificar hasta 178,83 euros y se abonarían únicamente los 11,05 euros del MEI que sí deben pagarse en cualquier modalidad de contrato.
Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para aclarar estas dudas. ¿Te ha gustado? ¡Gracias por compartir!
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