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Ventajas de la ayuda de 430 euros de Garantía Juvenil para la empresa

Ventajas de la ayuda de 430 euros de Garantía Juvenil para la empresa

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe desde el 1 de enero de 2019. El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que hayan sido dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Desde el 4 de agosto, los jóvenes menores de 30 años sin estudios pueden solicitar una ayuda de acompañamiento durante hasta 18 meses. Vemos hoy cuáles son las ventajas de la ayuda de 430 euros de Garantía Juvenil para la empresa.

Los jóvenes contratados mediante contrato para la formación y el aprendizaje recibirán una ayuda de 430,27 euros al mes, que desde el Servicio Público de Empleo Estatal ingresarán directamente en su cuenta.

Aunque la ayuda esté destinada al joven, la empresa que los contrate se beneficiará de numerosas ventajas, que a continuación os detallamos:

  • La empresa podrá aplicar una bonificación en los seguros sociales del trabajador por hasta 6 años:

Las empresas que contraten a un trabajador en formación, beneficiario de la ayuda de acompañamiento, si transforman el contrato en indefinido a su finalización y cumplen estos requisitos, podrán aplicar una bonificación anual de hasta 4.500 euros (4.800 euros si es mujer) en los seguros sociales del trabajador. Esta bonificación tendría una duración máxima de 3 años

Si sumamos a ésta los 3 años por los que se puede aplicar una bonificación en el 100% de los seguros sociales del contrato de formación. La empresa podría llegar a aplicar hasta 6 años de beneficios en los seguros sociales del trabajador.

  • El autónomo puede contratar a su hijo o familiar y aplicar los mismos beneficios:

El autónomo podría contratar a su hijo menor de 30 años, y beneficiarse de las citadas bonificaciones, independientemente de que conviva o no con él.

También podrá aplicar las bonificaciones si contrata a un familiar, siempre que se trate del primer trabajador que contrata, y no exista situación de dependencia.

  • El trabajador está más comprometido con su formación oficial:

El objetivo fundamental de la nueva ayuda de acompañamiento que recibe el joven contratado en formación es la obtención de una formación oficial de Certificado de Profesionalidad.

La realización de la formación de forma activa es un compromiso que asume el trabajador y su cumplimiento es muy importante si desea recibir la ayuda. Ya que en el caso de que no se forme, tendría que devolver las cantidades.

El cobro de esta ayuda está suponiendo un incentivo adicional muy poderoso para que los jóvenes sin estudios que acceden a estos contratos se preocupen por su formación.

Para la empresa es también una ventaja, ya que el trabajador estará más comprometido y el contrato transcurrirá con más probabilidades de éxito en la formación.

  • Las bonificaciones de la empresa son compatibles con subvenciones para el fomento del empleo autonómicas:

Las bonificaciones del contrato de formación y del contrato indefinido son compatibles con ayudas autonómicas para el fomento del empleo, como por ejemplo, el Bono de Empleo Joven en Andalucía.

Por ejemplo, una empresa que formalice un contrato de formación que cumpla las características, podrá solicitar una ayuda a la Junta de Andalucía de 6000 euros. Y una vez finalizado el contrato inicial, si decide transformarlo en indefinido, podrá solicitar una nueva ayuda de 8000 euros.

  • La empresa cuenta con un trabajador capacitado para realizar un puesto de trabajo:

El trabajador, durante el tiempo que dura su contrato de formación, estará recibiendo una formación oficial teórica y una formación práctica en su puesto de trabajo, que le permitirán incrementar su eficiencia.

La empresa contará con personal más capacitado y formado en el seno de su empresa, según sus necesidades productivas.

  • El contrato de formación puede ser integrado en el Plan de Responsabilidad Social Corporativa de la empresa:

Las empresas que contraten a los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, estarán contribuyendo a paliar uno de los problemas más graves a los que nos enfrentamos en el panorama laboral actual: una elevada tasa de desempleo juvenil. Que junto con el alto porcentaje de abandono escolar, supone un gran reto para nuestra sociedad.

Gracias al contrato de formación, los jóvenes acceden a un puesto de trabajo y reciben formación para realizar una profesión. Esta iniciativa está siendo integrada en el Plan de Responsabilidad Social Corporativa de muchas empresas.

 

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Cómo tramitar contratos de formación beneficiarios de la ayuda de 430 € en Contrata

Cómo tramitar contratos de formación beneficiarios de la ayuda de 430 € en Contrata

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe desde el 1 de enero de 2019. El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que hayan sido dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Hoy han actualizado la aplicación Contrata, para incluir los nuevos campos para mecanizar los contratos para la formación y el aprendizaje que sean beneficiarios de la nueva ayuda de acompañamiento para jóvenes de Garantía Juvenil. Te contamos cómo tramitar los contratos de formación beneficiarios de 430 € en Contrata y en Siltra.

Cómo tramitar los nuevos contratos de formación beneficiarios de la ayuda de 430 euros para Garantía Juvenil

Detalles importantes del contrato que debes conocer

A la hora de tramitar los nuevos contratos de formación para jóvenes de Garantía Juvenil que se quieran acoger a la nueva ayuda de acompañamiento de 430 euros hay varios detalles que debes tener en cuenta:

  • En primer lugar, debes saber que esta ayuda no es aplicable para todos los contratos de formación, ni se aplica con carácter retroactivo. Solamente podrán beneficiarse los trabajadores cuyo contrato se haya tramitado a partir del 4 de Agosto de 2018, que es cuando entraba en vigor la medida.
  • Además, la norma establece que la duración mínima del contrato sea de 12 meses o como mínimo el tiempo necesario para que el trabajador pueda realizar el Certificado de Profesionalidad asociado a su contrato. Ya que ese es el objetivo principal de estos contratos, que un joven sin estudios obtenga una formación oficial.
  • Por tanto, es posible que si el Certificado de Profesionalidad requiere de más meses, ese contrato inicial se formalice por 14 ó 16 meses. Sobre este aspecto os asesoraríamos en nuestro centro de formación.

 

A continuación te indicamos los pasos para tramitar el contrato y los campos que debes recordar marcar:

1. Solicitud de la autorización del contrato

Antes de dar de alta es imprescindible solicitar la autorización de la formación del contrato ante la Delegación de Empleo provincial que te corresponda. Estas gestiones se encarga de realizarlas nuestro centro a través del aplicativo del SEPE.

Según indica la Ley 6/2018 que regula la ayuda de acompañamiento, en el momento de la solicitud ya se debe indicar que el joven desea acogerse a la ayuda para Garantía Juvenil.

Por este motivo, es muy importante que nos avises para que podamos marcar en la aplicación la casilla que indica esta situación. Ya que si no se hace en este instante, posteriormente no le van a conceder la ayuda.

2. Alta del contrato de formación en Siltra (Seguridad Social)

Una vez se haya obtenido la autorización del contrato, te avisaremos para que puedas tramitar el alta.

En Seguridad Social habrá que marcar los siguientes campos:

  • Modelo de contrato: 421.
  • Casilla Cond. Desempleado: 1. Si no se indica esta situación no te dejará aplicar las bonificaciones que le corresponden a la empresa en los Seguros Sociales por el contrato. (Este campo se marca en todos los contratos de formación en los que el trabajador esté inscrito como demandante de empleo)
  • Casilla Beneficios: 01 – Beneficiario del Sistema de Garantía Juvenil. Este campo es imprescindible marcarlo según el Boletín RED 1/2017 para todos los contratos de formación desde el 1 de enero de 2017.

Más abajo te indicamos donde están estos campos exactamente dentro de Siltra:

Cómo tramitar en Siltra el contrato de formación con la ayuda de 430 euros.

 

3. Alta del contrato de formación en Contrata

Hasta hoy, 26 de septiembre, Contrata no ha incluido la actualización que permite mecanizar estos contratos indicando la solicitud de la ayuda. Hasta la fecha, las empresas y despachos profesionales estaban presentándolo por Registro, de forma presencial.

A partir de ahora los contratos de formación para jóvenes inscritos en el sistema de Garantía Juvenil que soliciten la ayuda de acompañamiento se pueden comunicar con los códigos 421 y 450-421.

  • 421: En datos específicos del contrato se marcará SÓLO Ayuda de acompañamiento.
  • 450-421: En datos específicos del contrato se marcará ayuda de acompañamiento y Garantía Juvenil RD Ley 6/2016 con el colectivo de bonificación.

 

Importante: En el caso de que hayas tenido que dar un alta de este tipo de contratos de solicitantes de la ayuda antes de esta fecha, seguramente habrás notificado el contrato de Garantía Juvenil por Registro.

En estos casos, es bastante probable que a la hora de verificar el cumplimiento de los requisitos para adjudicar la ayuda no le aparezca al técnico al consultar la aplicación el trabajador como registrado dentro del colectivo y esto sea motivo de denegación de la ayuda de 430 euros. Si tienes alguna duda puedes contactar con nuestro centro para que te expliquemos como gestionarlo.

Por eso, te recomendamos que notifiques una incidencia lo antes posible indicando que el joven se acoge a la ayuda, de forma que quede todo registrado y luego no haya que reclamarlo de forma más tediosa.

Cómo tramitar los contratos de formación con la ayuda de 430 euros

 

Nuestro centro está acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación oficial de estos contratos para la formación y aprendizaje. Si tienes alguna duda o deseas realizar alguno, llámanos al 958 806 760. Te ayudamos.

 

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Cómo solicitar las nuevas ayudas para contratos de formación de Garantía Juvenil

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¡Novedad importante!

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que sean dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Los contratos que ya estuvieran vigentes antes de 2019 no se ven afectados por esta medida, y conservarán la ayuda, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa que la regula.

También se deroga la bonificación adicional de la Ley 6/2016 para los contratos beneficiarios de Garantía Juvenil que fuesen transformados en indefinido.

Si deseas ampliar información, puedes hacer clic aquí.

Hoy se ha publicado en el BOE la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que incluye dos medidas destinadas a fomentar el empleo de menores de 30 años que realicen contratos formativos. Os contamos en qué consisten y cómo solicitar las nuevas ayudas para contratos de formación de Garantía Juvenil:

 

Nueva ayuda de acompañamiento de 430 euros para contratos de formación de Garantía Juvenil

La Disposición adicional centésima vigésima establece todas las condiciones para acceder a esta ayuda, a continuación os las detallamos:

 

¿En que consiste la ayuda de acompañamiento?

La denominada ayuda de acompañamiento consiste en una ayuda de 430, 27 euros directa, para el trabajador inscrito en Garantía Juvenil que suscriba un contrato para la formación y el aprendizaje.

La ayuda la percibirán directamente en su cuenta, durante hasta un máximo de 18 meses. 36 meses en el caso de tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

A cambio, los jóvenes tendrán que comprometerse a aprovechar de forma activa la formación oficial de Certificado de Profesionalidad que reciben en su contrato.

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones del 100% en los seguros sociales que recibe la empresa durante toda la vigencia del contrato.

 

Requisitos para acceder a la ayuda de 430 euros por contrato de formación

El trabajador deberá cumplir con un perfil muy específico, más abajo vemos todos los requisitos que marca la nueva norma:

  1. Estar inscrito en Garantía Juvenil. Para poder darse de alta en este fichero no podrán estar ni trabajando, ni estudiando en la fecha de solicitud.
  2. No tener estudios superiores o como máximo de ESO. La ayuda no será aplicable para los jóvenes con estudios de FP, Universitarios o de Certificado de Profesionalidad.
  3. Realizar activamente la formación oficial que recibirán con el contrato de formación. En el caso de no tener un aprovechamiento óptimo, perderán la ayuda.

Si deseas ampliar información para inscribirte en Garantía Juvenil, haz clic a continuación:

Además, el contrato tendrá que cumplir las siguientes características:

  1. El contrato deberá tener una duración de al menos 1 año.
  2. Se realizará de acuerdo a la normativa vigente (Art.11,2 del Estatuto de los trabajadores).
  3. Se deberá marcar una casilla específica en el momento de solicitar la autorización del contrato de formación, indicando que es para esta ayuda. Esta gestión la realizamos en el centro de formación.
  4. La formación y seguimiento se deberá realizar de acuerdo a la normativa de este contrato, con un centro acreditado por el SEPE, como Grupo2000.
  5. La solicitud del contrato deberá presentarse a partir del 4 de agosto, fecha en la que entra en vigor la ayuda. La ayuda no será válida para contratos anteriores.

 

Cómo solicito la ayuda de 430 euros para contratos de formación

Esta ayuda deberán solicitarla los jóvenes beneficiarios, para ello, tendrán un plazo de 15 días tras el inicio del contrato.

El SEPE habilitará en su web un modelo de solicitud oficial, que deberán entregar en su Oficina de Empleo. Que se deberá entregar junto con una declaración responsable de poseer el perfil requerido para ésta.

En el caso de presentarse la ayuda fuera de plazo, no se pierde, pero se restará la parte proporcional de días que se haya retrasado y se dejará de percibir por esos días.

Recordar que hasta el 4 de agosto no entra en vigor esta medida, por lo que hasta esa fecha no se podrán comenzar a presentar las solicitudes para estos contratos.

Una vez se haya presentado, será el SEPE quien decidirá si se acepta o se deniega la ayuda.

Ayuda por la transformación de contratos de formación de Garantía Juvenil a indefinidos

La Disposición adicional centésima vigésima primera recoge una bonificación para todos aquellos contratos de formación, que estén suscritos a la anterior ayuda, que sean transformados en indefinidos.

Esta bonificación tiene una cuantía de 250 euros mensuales, sumando un total de 3.000 euros anuales, que se aplicarán en las cuotas empresariales por contingencias comunes a la seguridad social.

Estos beneficios podrán disfrutarse por 3 años y se podrán sumar a los ya existentes por la transformación de contratos de formación en indefinidos. Recordamos que actualmente existe una bonificación para estas transformaciones de 1.500 euros (1.800 euros si es mujer) durante el mismo periodo.

Esto implica que una empresa que haya contratado a un joven en formación suscrito a la ayuda de acompañamiento, podrá aplicar hasta 4.800 euros en bonificaciones durante 3 años. Eso sí, la norma indica que la suma de ambos beneficios no podrá superar el 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

 

Requisitos para acceder a la nueva ayuda por transformar en indefinidos contratos de formación

Esta ayuda se disfrutará a través de las bonificaciones en los seguros sociales del trabajador contratado. Para ello, se deberá transformar el contrato de formación inicial, o alguna de sus prórrogas, una vez que haya transcurrido el año, y el alta será inmediatamente posterior al último día de contrato de formación. El contrato deberá realizarse a jornada completa.

 

Requisitos que deben cumplir las empresas

  • No haber realizado un despido improcedente en los 6 meses previos.
  • No estar en situación de deuda con Hacienda o Seguridad Social.
  • Mantener el nivel de empleo total y el puesto del trabajador cuyo contrato se ha transformado durante 3 años. A efectos del cumplimiento de este mantenimiento de empleo, no se tendrán en cuenta: los despidos objetivos, disciplinarios, colectivos, expiración del tiempo convenido, realización de la obra o servicio, o resolución durante el periodo de prueba.

¿Te gustaría acceder a un contrato de formación de Garantía Juvenil?

Nueva convocatoria de ayudas a la contratación de 4.950 euros de PICE

Nueva convocatoria de ayudas a la contratación de 4.950 euros de PICE

Por segundo año consecutivo la Cámara de Comercio ofrece unas subvenciones para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil muy interesantes para las empresas. Te contamos cuáles son las condiciones para acceder a esta nueva convocatoria de ayudas a la contratación de 4.950 euros del Plan PICE.

¿En qué consiste la ayuda para la contratación del Plan PICE?

El Programa Integral de Cualificación y Empleo, PICE, de las Cámaras de Comercio tiene el fin de ayudar a las empresas a contratar empleados para el puesto a cubrir.

Dentro del Plan PICE, se encuentra el Plan de Capacitación, que permite que la empresa obtenga una ayuda directa de 4.950 euros por cada contrato formalizado de al menos 6 meses de duración.

Esta ayuda además es compatible con el contrato para la formación y el aprendizaje, y con las bonificaciones o reducciones en las cuotas de la Seguridad Social, por lo que puedes sumar a los beneficios de esta subvención la reducción del 100% en los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato. Siendo una opción muy interesante para aquellas empresas que necesitan ayuda para crecer.

¿Qué perfil deben tener los jóvenes contratados?

Una de las principales ventajas del Plan de Cualificación es que, al suscribirte, la Cámara de comercio te facilita una serie de candidatos que cumplen con el perfil solicitado para el puesto.

El requisito fundamental para el trabajador es estar inscrito en Garantía Juvenil, a continuación te resumimos el perfil:

  • Menor de 30 años.
  • Inscrito como demandante de empleo al menos 1 día.
  • No debe estar estudiando en ese momento.

El joven puede solicitar su inclusión en Garantía Juvenil en el momento de inscribirse en la oficina de empleo o directamente en la Cámara de Comercio. Lo que sí debe hacer obligatoriamente es inscribirse en el Programa PICE para poder participar en las selecciones.

¿Cómo puede mi empresa solicitar esta ayuda?

Para poder acceder a esta ayuda puedes visitar tu Cámara de Comercio más cercana o cumplimentar el formulario que encontrarás en su página web.

Por nuestra experiencia con la anterior convocatoria, lo ideal es que visites la oficina de la Cámara de Comercio, puesto que los criterios a aplicar para el proceso pueden variar según la Cámara de la que se trate.

Lo que sí te podemos anticipar es que, para poder participar, tu empresa deberá suscribirse también al Programa.

La ayuda se puede solicitar hasta finales de este año o hasta fin de fondos. Si vas a contratar en 2018 no dejes pasar esta oportunidad.

La Cámara de Comercio y el SEPE apuestan por el contrato para la formación y el aprendizaje

Recientemente se ha publicado en el BOE un convenio de colaboración firmado entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Cámara de Comercio destinado a fomentar la formación dual en la empresa.

El fin de este acuerdo es favorecer la inserción laboral de los jóvenes a través del contrato de formación y desarrollar acciones de comunicación, difusión, soporte y formación para las empresas, de forma que éstas puedan tramitar adecuadamente esta modalidad, y que el tutor de empresa y el joven realicen adecuadamente su rol dentro del contrato de formación.

Grupo2000 somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación inherente al contrato de formación, estamos a tu disposición para ayudarte a solucionar todas las dudas que tengas acerca de esta modalidad contractual y a realizar todos los trámites. Contacta con nosotros en el 958 806 760.

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Fuente: Cámara de Comercio

Llega el fin de los códigos de cuenta de cotización específicos para altas

Llega el fin de los códigos de cuenta de cotización específicos para altas

Ayer se publicó el Boletín RED 2018/1, de 16 de abril de 2018, que contiene una novedad sobre la identificación de trabajadores excluidos de determinadas contingencias o prestaciones, prevista para septiembre. Llega el fin de los códigos de cuenta de cotización específicos para altas

 

Novedad sobre la identificación de trabajadores excluidos de determinadas contingencias o prestaciones

Con el fin de simplificar los procedimientos de liquidación de cuotas, Seguridad Social anuncia que va a implementar próximamente una nueva función que permitirá identificar las exclusiones de cotización de contingencias o prestaciones aplicables para determinados trabajadores en el mismo momento de registro de alta.

A estos efectos, también se incluirán los trabajadores con códigos de cuenta de cotización específicos, como el contrato de formación (modelo 421),  aunque no estén excluidos de ninguna contingencia o prestación.

Recordamos que a día de hoy, las exclusiones en la cotización se deben aplicar a través de la asignación de códigos de cuenta de cotización específicos, donde se inscribirá a cada trabajador, según sus circunstancias. Y así lo deberás seguir tramitando hasta nueva orden desde Seguridad Social.

Una vez que entre en funcionamiento esta actualización de identificación de trabajadores excluidos, se podrá dar de alta en un mismo código de cuenta de cotización tanto trabajadores sin exclusiones, como trabajadores con cualquier tipo de combinación de exclusiones en la cotización. De esta forma, en una misma liquidación de cuotas se incluirán todos, independientemente de sus circunstancias de exclusión.

 

¿Qué pasará con los trabajadores que ya tengo dados de alta en cuentas de cotización específicas?

Cuando se finalice la implantación de este sistema, desde TGSS informarán sobre el nuevo procedimiento en un nuevo boletín RED.

Según indican, los trabajadores que aparezcan dados de alta en códigos de cuenta de cotización específicos por exclusiones deberán causar baja en esos códigos específicos y un alta sucesiva en otro código de cuenta de cotización convencional que la empresa tenga asignado, o que se le asigne, para esa provincia.

 

¿Cuándo se aplicará este nuevo sistema de identificación en TGSS?

Está previsto que se comience a trabajar con este nuevo sistema a partir del tercer trimestre de 2018. Se trata actualmente de una estimación. Habrá que esperar a futuras notificaciones de Seguridad Social.

Desde Grupo2000 os mantendremos informados sobre las novedades que se puedan producir sobre esta actualización.

 

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Fuente: Boletín RED.

Incentivo de 250 euros por convertir un contrato de formación a indefinido

Incentivo de 250 euros por convertir un contrato de formación a indefinido

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Novedad importante

El 3 de julio de 2018 se ha publicó la Ley 6/2018, que contiene todas las características y requisitos de esta ayuda. Accede a toda la información que necesitas haciendo clic aquí.

El pasado lunes, la Ministra de Empleo y Seguridad Social ofreció nueva información en rueda de prensa sobre las ayudas que el Gobierno tiene previstas para el colectivo de Garantía Juvenil: una nueva ayuda para los jóvenes inscritos que formalicen un contrato de formación y un incentivo de 250 euros por convertir un contrato de formación a indefinido para las empresas.

Según ha comunicado, ambas ayudas entrarían dentro del paquete de medidas destinadas a los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que el Gobierno ha incluido dentro de la Propuesta de Ley para los Presupuestos Generales del Estado 2018.

A continuación os facilitamos la información que hay disponible hasta la fecha de cada una de estas medidas:

Bono de formación o ayuda de 430 euros por contrato de formación

Esta ayuda consiste en un incentivo de 430 euros mensuales destinado a los jóvenes menores de 30 años, inscritos en Garantía Juvenil, que sean contratados mediante un contrato para la formación y el aprendizaje.

Según hemos podido leer en la presentación del Proyecto de PGE 2018, los trabajadores podrán recibir esta ayuda directa de 430 euros durante 18 meses, una sola vez,  y será un complemento al salario que reciben establecido en convenio colectivo. En el caso de personas con discapacidad reconocida, podrá ampliarse hasta 36 meses.

A cambio, los jóvenes deberán comprometerse a iniciar y realizar una acción formativa.

Parece que esta medida está prevista para aquellos jóvenes que no posean estudios de Enseñanza Obligatoria Equivalente finalizados. Ya que el fin de la ayuda, según indica Fátima Báñez, es reducir el alto desempleo juvenil, afirmando que unos 500.000 jóvenes podrían verse beneficiados (recordamos que esta es la cifra estimada de jóvenes que no han finalizado sus estudios, del total de 1.000.000 que se encuentran desempleados actualmente, son datos realmente alarmantes).

La Ministra ha puesto énfasis en la formación, «lo más importante es la formación que van a recibir, porque la formación es garantía de estabilidad en el empleo», ha afirmado.

Los jóvenes que sean contratados podrán compatibilizar su trabajo con una formación oficial de Certificado de Profesionalidad, que les permitirá capacitarse para realizar una profesión.

Bono Conversión a Indefinidos o Incentivo de 250 euros por transformar un contrato de formación en indefinido

En la misma rueda de prensa, la Ministra ha desvelado otra de las medidas contempladas en el Proyecto de PGE 2018, una ayuda de 250 euros para las empresas que transformen en indefinido el contrato de formación de los jóvenes de Garantía Juvenil. En total, 3000 euros, que percibirían durante 3 años.

Lo han bautizado como Bono Conversión a Indefinidos, se trataría de un incremento del actual incentivo para fomentar la contratación indefinida tras un contrato de formación y aprendizaje.

Actualmente ya existe una ayuda para las empresas que deciden transformar a su fin, o en alguna de sus prórrogas, contratos de esta modalidad, que reciben durante 3 años. La cuantía vigente de 125 euros mensuales (150 €, si se trata de una trabajadora) pasaría a ser de 250 euros.

El fin de está última medida es dar estabilidad a los jóvenes que se beneficien de estas medidas, que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social enmarcaría dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.

¿Cuándo entran en vigor ambas medidas?

Como ya te adelantábamos en nuestro anterior artículo sobre los Presupuestos Generales del Estado 2018, hay que ser prudentes frente a este anuncio, ya que por el momento se trata simplemente de unas declaraciones por parte del Gobierno de las medidas que desea implantar.

Hay que hacer memoria porque este tema viene de lejos, en 2017 también se incluyeron partidas en los PGE para poder desarrollar ambos incentivos, pero por falta de acuerdo entre las diferentes fuerzas políticas, no llegaron a ver la luz. Este año, la Ministra parece decidida a apostar de nuevo por el contrato de formación como la vía para mejorar la situación laboral de los jóvenes, pero se debe enfrentar a los mismos desafíos que el año pasado: primero deberán aprobarse los presupuestos, y en segundo lugar, tendrá que conseguir los apoyos necesarios para sacar esta iniciativa adelante.

Desde Grupo2000 te ofreceremos toda la información conforme vayamos teniendo más noticias sobre estos incentivos.

Nuestro centro de formación está acreditado por el Servicio de Empleo Estatal, a nivel nacional, para impartir la formación inherente a los contratos de formación y aprendizaje, si deseas ser asesorado sobre esta modalidad, puedes contactar a través del teléfono 958 806 760 o utilizar nuestro chat online.

Si deseas ver las declaraciones de Fátima Báñez, puedes hacer clic aquí.

 

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Fuente: Libro Amarillo de Presentación de los PGE 2018,  Europa Press

 

 

 

 

 

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