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Concepción y Magalí, dos alumnas que nos han inspirado con sus logros

Concepción y Magalí, dos alumnas que nos han inspirado con sus logros

Concepción y Magalí, dos alumnas que nos han inspirado con sus logros. Descubre su historia de superación.

Concepción Mireya y Magalí son dos chicas con discapacidad que a base de esfuerzo, superación y constancia han conseguido superar con éxito su contrato de formación.

Estas dos mujeres decidieron mejorar sus competencias y desarrollarse en el ámbito profesional. Por ello, apostaron por realizar un contrato de formación y posicionarse así más cerca de su inserción en el mundo laboral.

A continuación, te contamos cómo ha sido su experiencia con nosotros:

“Ha sido muy satisfactorio poder realizar tareas y estar activa”, cuenta Magalí, quien además afirma haber aprendido muchísimo y encontrarse encantada con el resultado: “Me devolvió la alegría, ha sido una buena terapia que quiero volver a desempeñar pronto”, dice.

Su compañera Concepción Mireya coincide con la afirmación de Magalí y añade que este contrato de formación le ha dado no solo experiencia sino también confianza plena en ella misma.

 

 

¿Sabías que el contenido de los contratos de formación está adaptado a las necesidades de personas con discapacidad?

Pese a que ha supuesto un enorme desafío para ambas, ya que como nos cuenta Concepción Mireya, ella es una persona con el 57% de discapacidad que no había cogido un libro durante 20 años, las dos han conseguido finalizar su formación con éxito gracias al contenido adaptado a sus necesidades y a los tutores que las han guiado.

“El curso en sí ha sido bastante bueno, los contenidos muy actualizados y con ejercicios muy bien explicados”, cuenta Concepción Mireya, quien nos narra su buena experiencia, “casi familiar” con sus tutoras.

“La experiencia con mis tutoras Luna y Beatriz ha sido muy cercana, las he tenido constantemente para despejar todas mis dudas, han sabido transmitirme sus conocimientos al realizar los ejercicios y comprender conceptos”, dice.

Magalí, totalmente de acuerdo con su compañera, considera que ha sido una formación maravillosa en la que se les ha intentado facilitar todo gracias a unos tutores encantadores.

“Los tutores han estado muy pendientes de todas mis dudas, ayudándome en todo lo que necesitaba, con un agrado exquisito. Ha quedado muy buena amistad”, afirma Magalí.

 

 

Más cerca del mercado laboral gracias a sus contratos de formación

Tras la finalización del contrato en formación, ambas esperan encontrar pronto un puesto de trabajo en el que demostrar todo lo aprendido, por lo que piden a las empresas una oportunidad independientemente de la edad que tengan.

“Casi siempre tropezamos con el problema de la edad, pero bien dice el refrán ‘más vale el diablo por viejo que por diablo’”, dice Concepción Mireya.

Para Concepción Mireya lo principal es saber desarrollarse bien en el ámbito profesional y aportar aspectos positivos en el desempeño de su trabajo.

“Las personas que tenemos cierta discapacidad y que hemos pasado los 45 años estamos capacitadas para desempeñar muy bien las funciones que se nos asigne. Hemos adquirido conocimientos, experiencia y somos personas responsables”, cuenta.

Magalí confirma lo que dice su compañera y añade que ambas son muy buenas candidatas, totalmente preparadas para realizar muy bien las tareas que se les asignen.

Las dos consideran que gracias a la formación recibida a través del contrato de formación están totalmente capacitadas para el desempeño de sus funciones y están seguras de que la ocasión para demostrar su valía en un puesto de trabajo llegará muy pronto.

“Creo que la formación que he tenido me ayudará enormemente a encontrar un trabajo, me siento muy optimista”, dice Concepción Mireya.

Magalí añade: “Todo lo que he aprendido me ayudará a volver a encontrar trabajo, si tengo suerte que sea pronto, para no olvidar lo aprendido. Tengo muchas ganas de trabajar”.

Para finalizar, las dos quieren animar a otros a que sigan sus pasos y no duden en continuar formándose a través de los contratos en formación, ya que consideran que es una muy buena herramienta para entrar en el mercado laboral y conseguir un puesto de trabajo en el que desarrollar sus competencias.

 

 

¿Conocías los contratos de formación para discapacitados?

Como veis desde Grupo 2000 y junto a la Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (FAMDIF) apostamos por la integración de las personas con discapacidad y su desarrollo en el ámbito profesional.

Por ello, a través de nuestros contratos de formación intentamos construir un puente entre estudiantes, que como Magalí y Concepción Mireya necesitan desarrollar sus competencias, y las empresas para mejorar su empleabilidad y fomentar las oportunidades.

Nuestra agencia de colocación ayuda de manera gratuita a personas con discapacidad a encontrar empleo. Para ello, les ponemos en contacto con empresas que requieren contratar mediante un contrato de formación. Esta innovadora modalidad les permite no solo formarse en una profesión sino aprender a desempeñar su función trabajando.

A través de los contratos de formación, proporcionamos a las personas con discapacidad una mayor estabilidad profesional, ayudándolos a entrar en el mercado laboral.

La duración de los contratos de formación es de entre 3 meses hasta 2 años.

La empresa puede bonificar el 100% de los Seguros Sociales durante la vigencia de este contrato.

Y, ahora bien, ¿conocías el contrato de formación? ¿Te gustaría ayudar a personas que como Concepción Mireya y Magalí necesitan una opción para mostrar su capacitación?

Si deseas saber cuáles son los requisitos y trámites para realizar un contrato en formación, te proporcionamos toda la información necesaria.

 

contrato de formacion blog

¿Quieres informarte sobre las bonificaciones existentes para contratar a discapacitados?

Además, no dudes en informarte sobre qué bonificaciones existen para contratar a personas con discapacidad reconocida, puedes encontrar las opciones en nuestro blog.

También puedes contactar con nosotros en el 958 806 760, estaremos encantados de comentarte cuáles son todos los beneficios del contrato de formación y las bonificaciones disponibles para contratar a personas con discapacidad. Y, por supuesto, no olvides dejar tu comentario. ¡Nos gusta leerte!

¿Qué ocurre con los contratos de formación durante un ERTE?

¿Qué ocurre con los contratos de formación durante un ERTE?

En estos días nos estáis planteando diferentes dudas en relación a vuestros contratos. Solucionamos las más habituales en este artículo: ¿Se pueden volver a hacer contratos de formación con normalidad tras el estado de alarma? ¿Qué ocurre con los contratos de formación durante un ERTE?

¿Puedo realizar nuevos contratos de formación tras el estado de alarma?

Desde el 1 de junio se reanudaron los plazos administrativos, por lo que ya es posible tramitar nuevas solicitudes de autorización para los contratos de formación.

Nuestro equipo lleva ya varias semanas ayudando a las empresas que desean contratar mediante esta modalidad y cursando con las Delegaciones de Empleo nuevas solicitudes.

Recordamos que durante el estado de alarma, no se podían aprobar las autorizaciones por silencio administrativo, por la interrupción del cómputo de plazos del Real Decreto Ley 8/2020. 

Ya sí es posible y se están aprobando las solicitudes de autorización tanto por silencio administrativo, como por aprobación expresa de las Delegaciones de Empleo de cada provincia. 

Recordamos que tras el RDL 24/2020 las empresas que estén en situación de ERTE no podrán dar de alta nuevos contratos, ya que tendrán prioridad los trabajadores afectados por el ERTE. 

contrato para la formación y el aprendizaje

¿Qué ocurre con aquellos trabajadores que sí van a seguir trabajando con contrato de formación? ¿Continúan formándose?

Sí, la formación de tus contratos continúa. Durante el estado de alarma y en la actualidad continuamos impartiendo la formación de los contratos de formación que sigan activos, ya que la modalidad online lo permite.

Todo nuestro equipo de tutores expertos está tele-trabajando y atendiendo a los alumnos desde sus casas con total normalidad.

Incluso se están comenzando a retomar los exámenes presenciales, aplicando todas las medidas de seguridad establecidas por las autoridades y velando por la seguridad de nuestros alumnos y docentes.

Recordamos que el artículo 9 del Real Decreto 463/2020,  suspendió todo tipo de acciones formativas presenciales, permitiendo que sí se mantuviesen las actividades educativas en modalidad online.

Esto no supone la suspensión del contrato, ni que se modifique la duración acordada del contrato. Simplemente lo hará en cuanto a la planificación formativa de los eventos presenciales y sus fechas.

Si tus contratos de formación continúan durante este periodo, este hecho no afectará a las bonificaciones, las podrás seguir aplicando con normalidad.

Más adelante, cuando sea posible, se celebrarían los exámenes y tutorías que se hubiesen quedado paralizados, para que los trabajadores puedan acreditar los módulos superados, como habitualmente. Nuestro equipo de tutores os mantendrá informados en todo momento.

¿Qué ocurre con los contratos de formación durante un ERTE?

El ERTE es una medida temporal, no permanente, para solucionar los problemas ocasionados por el COVID-19. Si tu empresa va a aplicar un ERTE por fuerza mayor para hacer frente a la crisis provocada por el coronavirus, debes tener en cuenta los siguientes detalles:

¿Puedo aplicar todo tipo de ERTES al contrato de formación?

Sí, puedes aplicar un ERTE por fuerza mayor o ETOP, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas. Y las medidas podrán ser de suspensión o de reducción de jornada.

En el caso de reducción de jornada, se realizará reducción en el tiempo de trabajo efectivo, manteniéndose el tiempo de formación igual.

Por ejemplo, una jornada de trabajo efectiva de 6 horas diarias, se podría reducir a 3, y se mantendrían las 2 horas de formación. 

¿Qué ocurre con el contrato de formación suspendido por un ERTE?

Según el artículo 5 del Real Decreto Ley 9/2020, de 27 de marzo, los contratos de formación afectados por suspensiones en este tipo de ERTES interrumpirán su cómputo.

La suspensión del contrato de formación no extingue la relación laboral, durante ese tiempo se suspenderá la actividad laboral y la formación, que luego se recuperarán cuando finalice esta situación.

Si hablamos de una reducción de jornada, el tiempo de trabajo efectivo se reducirá en la proporción que hayas indicado. Y la formación continuaría con normalidad.

A efectos de mantenimiento del empleo de un ERTE de fuerza mayor, si finaliza el contrato antes de los 6 meses, al ser fin de un contrato temporal, no perjudicará a las exenciones aplicadas.

¿Qué trámites relacionados con el ERTE debo realizar con mis contratos de formación?

Es imprescindible que notifiques esta situación al centro de formación y nos envíes una notificación lo antes posible, para que tengamos conocimiento de este hecho y suspendamos la formación del contrato desde la fecha en que se aplica el ERTE.

Puesto que, durante ese periodo, no se va a realizar, ni facturar formación, es muy importante que no apliques ninguna bonificación por la formación, ni por la tutorización (60 u 80 euros).

Si es una reducción de jornada por ERTE, se aplicaría la bonificación de la formación.

Durante el tiempo en que dure la suspensión del contrato, no se pagarían seguros sociales por ese trabajador (sólo si no cumplieses los requisitos para bonificar, y tuvieses más de 50 trabajadores, tendrías que abonar un 25% de éstos, te puedes informar en nuestro artículo «Cómo hacer un ERTE por fuerza mayor«).

En cuanto al trabajador, NO debes darlo de baja en Seguridad Social, se tramitaría de forma similar a una IT. Tendrías que indicar en el campo de «tipo de inactividad» las claves V (para suspensiones) o W (para reducción de jornada) u otras claves, según la circunstancia.

En nuestro artículo sobre las nuevas exenciones para los ERTES podrás ver todos los detalles para notificarlas y un resumen de las claves que debes indicar en seguridad social.

¿Puedo sacar a un trabajador en formación del ERTE o aplicar un ERTE parcial?

Los Reales Decretos Ley 18/2020 y 24/2020 permiten que las empresas que hayan aplicado un ERTE por fuerza mayor, y a partir de julio también los ERTES ETOP, desafecten progresivamente a los trabajadores incluidos en el ERTE.

A los trabajadores con contrato de formación también se les puede aplicar un ERTE parcial. Para ello, tendrías que pasar la suspensión a reducción de jornada, aplicando la reducción de jornada en el horario de trabajo efectivo.

En nuestro artículo TGSS aclara el procedimiento para los ERTES parciales y exenciones tienes toda la información sobre cómo hacer el ERTE parcial paso a paso.

¿Qué ocurre con la duración del contrato de formación afectado por el ERTE ? ¿Se pierde o se recupera después?

El tiempo en que dure el ERTE va a ser tratado a nivel administrativo como si fuese un periodo de incapacidad temporal, según indicaciones del Servicio Público de Empleo Estatal.

Según el artículo 5 del RDL 9/2020, el periodo suspendido del contrato y su formación se recuperarían posteriormente, ya que interrumpe el cómputo de su duración, como ocurre normalmente con los procesos IT.

Por ejemplo, si se suspende ahora el contrato durante un mes, ese mes se añadiría posteriormente al contrato y formación.

¿Qué sucederá cuando finalice el ERTE del contrato de formación?

Cuando finalice el ERTE, el trabajador volverá a su puesto de trabajo, con las mismas condiciones que disfrutaba anteriormente.

El trabajador continuará con su actividad formativa y se añadirá a su contrato, tanto el trabajo efectivo, como la formación, que haya perdido durante la suspensión de contrato.

Importante: Recuerda comunicar al centro de formación la incorporación del trabajador cuando finalice para que se retome la formación. Puedes hacerlo enviándonos una copia del IDC o del Excel de solicitud de reincorporación que hayas enviado al SEPE.

¿Qué derechos tiene el trabajador con contrato de formación durante un ERTE por fuerza mayor?

El trabajador, durante el periodo del ERTE, seguirá cotizando y accederá a una prestación extraordinaria por desempleo, aunque la persona carezca de las cuantías mínimas cotizadas exigidas legalmente.

Así se establece los Reales Decretos Ley 8/2020 y 24/2020, que recientemente las prorrogaba hasta el 30 de septiembre de 2020.

Esta prestación deberá ser solicitada por la empresa, a través de la comunicación al SEPE y presentación de la autorización de los trabajadores para presentar la solicitud en su nombre.

A efectos para futuras prestaciones por desempleo, el tiempo que perciba la prestación extraordinaria no contará como tiempo consumido para futuras prestaciones.

Si se trata de una reducción, la prestación compensará esa parte de jornada que se le haya reducido.

¿Qué ocurre con los contratos de prácticas, relevo o interinidad durante un ERTE por COVID-19?

El artículo 5 del Real Decreto Ley 9/2020 aclara también qué ocurre en el caso de contratos de prácticas, relevo o interinidad, que se vean afectados por un ERTE por causas recogidas en el RD Ley 8/2020.

En estos casos, el cómputo de la duración de los contratos también se interrumpe durante todo el periodo que dure la suspensión.

Todo el tiempo que haya estado suspendido el contrato, se deberá añadir cuando se reincorporen los trabajadores.

Desde Grupo2000 os informaremos de todas las novedades que puedan producirse en los próximos días en nuestro blog y boletines.

Estamos a vuestra disposición para cualquier consulta, déjanos un comentario más abajo. Los respondemos todos.

Sabemos que esta situación es difícil para todos, pero juntos podremos superarla. ¡Mucho ánimo!

Grupo2000. Formación, empleo e innovación.

Estos son los últimos artículos de nuestro blog, que también te pueden interesar:

Cómo minimizar el impacto de la subida del SMI 2020

Cómo minimizar el impacto de la subida del SMI 2020

Ya ha entrador en vigor el nuevo salario mínimo para este ejercicio. Si tienes una empresa, seguramente, una de las preguntas que te viene a la cabeza es ¿cómo minimizar el impacto de la subida del SMI 2020 en mi negocio?

 

¿A partir de qué fecha debo aplicar el nuevo SMI?

El 5 de febrero se publicó el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020.

Esta norma ya ha entrado en vigor, desde el día 6 de febrero.

Y ojo, lo hace con carácter retroactivo. Esto quiere decir que deberá aplicarse desde el 1 de enero de 2020.

 

Esta es la mejor modalidad de contrato para contratar en 2020

 

¿Cómo hago las nóminas de febrero?

Muchas empresas y despachos profesionales se llevan las manos a la cabeza por la incertidumbre y aumento de trabajo que produce un incremento de SMI en febrero.

La mayoría ya tenían incluso las nóminas de enero hechas cuando se informó sobre el acuerdo alcanzado para el Salario Mínimo 2020.

El hecho de que el salario mínimo tenga carácter retroactivo obliga a rectificar las nóminas afectadas, no sólo de febrero, también de enero.

Si no rectificaste las nóminas de enero, en la nómina de febrero deberás añadir un concepto con esa diferencia de salario, que puedes denominar «Atrasos nómina enero».

Y también presentar una Liquidación Complementaria L03 ( Liquidación por incremento de salario con carácter retroactivo) por ese trabajador o trabajadores ante TGSS.

 

¿Cómo puedo reducir costes salariales en 2020?

El incremento del SMI afectará a todos los trabajadores cuyo salario esté por debajo de los 950 euros (ó 1108,33 euros, si hablamos de 12 pagas).

Esta subida puede suponer un desembolso para la empresa de más de 897 euros por trabajador al año.

Una forma de reducir costes es introducir modalidades de contrato con bonificaciones en los seguros sociales durante 2020.

 

Contrato para la formación y el aprendizaje

La mejor opción bonificada vigente es el contrato para la formación y el aprendizaje.

Esta modalidad es la única que permite bonificar el 100% de los seguros sociales durante hasta 3 años. 

Y además, una bonificación adicional para la empresa de entre 60 y 80 euros, a aplicar también en Seguridad Social.

Otro aspecto positivo para la empresa es que con el contrato de formación se percibe un salario en proporción a la jornada de trabajo.

Para el primer año de contrato, el sueldo sería de 712,50 euros al mes. Puesto que el trabajador dedica un 75% de su jornada a trabajo efectivo, y el 25% restante a formarse mediante FP Dual (siempre que el Convenio Colectivo no especifique otra cuantía para esta modalidad).

El ahorro en seguros sociales sumado al ahorro salarial salario puede suponer para una empresa hasta un 45% menos de coste salarial por ese trabajador.

Para tramitar este contrato, es imprescindible contactar con un centro acreditado por el SEPE para impartir la FP Dual, como Grupo2000.

Ver más características y requisitos del contrato de formación.

No se debe confundir este contrato con el contrato de prácticas, que tiene otras condiciones diferentes.

El contrato de prácticas desde 2019 no dispone de ninguna bonificación asociada para nuevas altas.

Te mostramos una comparativa de costes entre el contrato de formación y contrato de prácticas.

 

Contrato indefinido para parados de larga duración

Esta modalidad de contrato permite aplicar una bonificación de 108,33 euros al mes en la cuota empresarial a la seguridad social (125 euros, si es mujer).

Para acceder a esta ayuda, la empresa debe contratar por tiempo indefinido a una persona que lleve inscrita en la oficina de empleo al menos 12 meses.

Esta bonificación podría aplicarse durante 3 años en los seguros sociales siempre que se mantenga el nivel de empleo alcanzado durante 2 años.

Requisitos y características de esta bonificación

 

Bonificaciones para colectivos específicos

Existes otras bonificaciones por la nueva contratación para colectivos específicos en riesgo de exclusión, víctimas de violencia de género o personas con un porcentaje de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. Ver bonificaciones.

 

¿Quieres ampliar información sobre el contrato de formación?

El plazo para autorizar un contrato de formación se reduce hasta 7 días

El plazo para autorizar un contrato de formación se reduce hasta 7 días

El plazo para autorizar un contrato de formación se reduce hasta 7 días en determinadas Comunidades Autónomas, y mejora en general, agilizando los trámites para esta modalidad bonificada.

En este artículo os detallamos por Comunidad Autónoma cuáles son los tiempos estimados para obtener la autorización en cada una de ellas:

 

¿En qué consiste la autorización del contrato de formación?

El contrato para la formación y el aprendizaje es una modalidad de contrato bonificada que permite que la empresa no pague seguros sociales durante toda su vigencia, que puede ser incluso por 3 años, siempre que se cumplan los requisitos que puedes ver aquí.

Este contrato tiene el fin de proporcionar a un trabajador una formación teórica y práctica durante todo el periodo en que esté contratado.

La formación de Certificado de Profesionalidad que recibe es oficial y está enmarcada en el Sistema de Formación Dual del Servicio Público de Empleo Estatal.

Este carácter oficial de la formación hace necesario solicitar una autorización de inicio de la formación del contrato de formación. Para ello, desde Grupo2000, como centro acreditado, realizamos el trámite de solicitud para las empresas ante la Delegación de Empleo.

Una vez que los Técnicos de Empleo verifican que se cumplen los requisitos necesarios para acceder a esa formación, nos comunican oficialmente su autorización. 

Importante: es imprescindible contar con la autorización del contrato de formación antes de tramitar su alta.

Este proceso de solicitud puede durar como máximo 30 días (pasado dicho plazo se entenderá autorizado el contrato por silencio administrativo positivo).

Afortunadamente, hemos constatado que en numerosas Comunidades Autónomas se ha reducido este plazo, siendo de 15, o incluso 7 días. De esta forma, se agilizan los trámites para dar de alta el contrato de formación.

 

Se reduce el plazo para obtener la autorización en muchas CCAA

A continuación te mostramos cuáles son los tiempos estimados para obtener una autorización para el inicio del contrato de formación en las diferentes provincias.

Para realizar este cálculo, se ha realizado una media entre las solicitudes presentadas en los últimos dos meses:

PROVINCIA PLAZO PARA AUTORIZAR
Almería 1 día
Cádiz 25 días
Córdoba 20 días
Granada 25 – 30 días
Huelva 20 días
Jaén 20 días
Málaga 20 días
Sevilla 30 días
Huesca 10 días
Teruel 10 días
Zaragoza 10 días
Asturias 10 días
Cantabria 30 días
Albacete 15 días
Ciudad Real 20 días
Cuenca 20 días
Guadalajara 20 días
Toledo 15 – 20 días
Ávila 10 días
Burgos 15 días
León 7 días
Palencia 15 días
Salamanca 15 días
Segovia 15 días
Soria 15 días
Valladolid 15 días
Zamora 15 días
Barcelona 5 – 10 días
Gerona 5 – 10 días
Lleida 5 – 10 días
Tarragona 5 – 10 días
Ceuta 30 días
Cáceres 25 días
Badajoz 25 días
A Coruña 7 – 10 días
Lugo 7 – 10 días
Ourense 7 – 10 días
Pontevedra 7 – 10 días
Baleares 20 días
Las Palmas 30 días
Tenerife 30 días
La Rioja 20 días
Madrid 5 días
Melilla 30 días
Murcia 20 – 25 días
Navarra 20 días
Álava 7 días
Guipúzcoa 7 días
Vizcaya 7 días
Alicante 10 días
Castellón 20 días
Valencia 10 – 15 días

 

¿Te gustaría dar de alta un contrato de formación?

Grupo2000 somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación de más de 115 ocupaciones diferentes a nivel nacional para contratos de formación.

Envía el siguiente formulario y nos pondremos en contacto contigo para asesorarte sobre cuál es la opción más adecuada para la formación y ayudarte a realizar todos los trámites. También podemos hablar, si lo prefieres, en el teléfono 958 806 760.

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Nueva solicitud digital para tus contratos de formación

Nueva solicitud digital para tus contratos de formación

Te presentamos la nueva solicitud digital para tus contratos de formación. Con ella, solicitar tus nuevos contratos o prórrogas es todavía más fácil, te explicamos en qué consiste.

 

Grupo2000 presenta la nueva solicitud digital para contratos de formación

Este nuevo servicio exclusivo de Grupo2000 ha sido diseñado para simplificar el proceso de tramitación de los contratos de formación a todos nuestros clientes y colaboradores.

Con esta nueva solicitud digital te olvidas de papeleo, toda la gestión se hace online, desde tu zona privada.

Y además, ahorrarás tiempo, porque sólo tendrás que introducir los datos de la empresa y trabajador una sola vez.

 

¿Cómo funciona la solicitud digital para contratos de formación?

Para solicitar tu próximo contrato de formación o prórroga, simplemente tendrás que:

  1. Acceder a tu zona privada.
  2. Hacer clic en el botón «Nuevo contrato» y rellenar el formulario de solicitud.

Completados los datos, una vez hayas marcado el botón «Guardar», nos llegará tu solicitud y ya nos encargamos de todo en Grupo2000.

Con estos datos, solicitaremos la autorización de la formación del contrato de formación ante la Delegación de Empleo competente.

Al usar esta nueva herramienta de Grupo2000 para solicitar tus contratos, tus clientes podrán firmar online toda la documentación del contrato con Firmafy, sin coste adicional.

Para tu tranquilidad, con Firmafy, recibirás los contratos firmados, con la rúbrica de ambas partes, y una completa auditoría que garantiza la validez legal de la firma, al momento.

Firmafy es una aplicación para la firma avanzada de documentos, con la que podrán firmar todo de manera segura y legal, desde su móvil o PC. Puedes ampliar información aquí.

Con este nuevo sistema de solicitud sólo tendrás que rellenar nuestra solicitud online, y enviarnos copia del alta y huella del contrato, cuando esté todo listo.

 

¿Conoces el contrato de formación? La única modalidad bonificada al 100% en seguros sociales durante 3 años

 

¿Cómo accedo a mi zona privada?

En tu zona privada de Grupo2000 podrás:

  • Consultar en tiempo real el estado de tus solicitudes de autorización.
  • Consultar tus contratos y prórrogas activos, pendientes o con vencimiento próximo.
  • Recibir avisos de tus contratos.
  • Descargar tu documentación cumplimentada.
  • Comunicar tus bajas IT a Grupo2000.
  • Consultar y descargar las facturas emitidas a tus clientes, si eres un despacho profesional.

Si todavía no dispones de claves para tu zona privada, o no las recuerdas, haz clic aquí o contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760, o a través de nuestro chat online.

¿Qué te parece este nuevo servicio de Grupo2000? ¿Te gusta? ¿Crees que te será útil? Déjanos tus comentarios más abajo. ¡Muchas gracias!

 

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Ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Si estás pensando en contratar, esto te interesa: estas son las ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Actualmente existen numerosas ayudas a autonómicas y a nivel nacional destinadas a incentivar la contratación de los menores de 30 años. Te resumimos las más importantes:

 

Ayuda para el fomento del contrato de formación de la Comunidad de Madrid

La comunidad cuenta con un programa de fomento del contrato para la formación y el aprendizaje, que ofrece una ayuda de 2.940 euros por cada contrato de formación formalizado de al menos 6 meses de duración.

Para ello, el contrato deberá formalizarse con jóvenes desempleados, inscritos en Garantía Juvenil.

Así mismo, ofrecen otras ayudas para la contratación indefinida y contratos de prácticas, con jóvenes de Garantía Juvenil.

La convocatoria para solicitar estas ayudas continúa abierta y con plazo de solicitud indefinido, según informa la Comunidad de Madrid en su página web.

 

Bono de Empleo Joven de la Comunidad de Andalucía

Hasta el 31 de diciembre de 2019 puedes solicitar la ayuda de bono de empleo joven, si contratas a un joven inscrito en garantía juvenil que al menos disponga de estudios de ESO.

El incentivo variará dependiendo del tipo de contrato y jornada:

  • Contratos temporales: 6000 euros si es a jornada completa, 3000 para los de media jornada.
  • Contratos indefinidos: 8000 euros a jornada completa, y 4000 si el contrato es a media jornada.

Además, esta ayuda es compatible con las bonificaciones en los seguros sociales del contrato de formación. Consúltanos.

 

La Caixa continúa ofreciendo la ayuda “Empleo Joven”

Con el fin de potenciar la contratación de jóvenes menores de 30 años, la Fundación La Caixa lanza una nueva convocatoria de ayudas a la contratación.

La entidad otorgará subvenciones de 4.600 euros por contrato temporal con un mínimo de 6 meses de duración, y de 9.600 euros para contratos indefinidos de al menos 12 meses.

Las solicitudes pueden presentarse a través de la web de la Fundación La Caixa, hasta el 15 de marzo de 2022.

Si estás interesado en presentar la solicitud, te recomendamos consultar las bases, para confirmar que tu empresa cumple los requisitos. Y ya te adelantamos que hay varias modalidades de contratos excluidas (contratos de prácticas, interinidad, fijo discontinuo y de formación).

 

Programa PICE de las Cámaras de Comercio

El Programa de fomento del empleo de las Cámaras de Comercio busca formar y facilitar el acceso al empleo a jóvenes menores de 30 años.

Para incentivar a la contratación, ofrecen una subvención de 4.950 euros para las empresas que realicen un contrato de al menos 6 meses, a través de este programa.

Lo aconsejable es contactar con la Cámara de Comercio de tu provincia para participar en el programa, ya que tanto de los jóvenes, como de las empresas, se hace a través de ellos.

 

Bonificaciones del Contrato para la formación y el aprendizaje

El contrato de formación actualmente es la única modalidad bonificada para menores de 25 años, inscritos en Garantía Juvenil.

La empresa podrá bonificar el 100% de los seguros sociales del trabajador durante 3 años (75% si es una empresa con más de 250 trabajadores).

Además, podrán aplicar una bonificación del 100% de la formación oficial que recibe el trabajador mientras dura este contrato. Y una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros para la empresa.

Si transformas en indefinido este contrato a su finalización, le corresponden otros 3 años de bonificaciones (1500 euros anuales o 1.800 euros, si es mujer).

Esto podría suponer hasta 6 años de bonificaciones en los seguros sociales por trabajador.

Puedes ver los requisitos y características de esta modalidad haciendo clic a continuación:

 

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