Hacienda sube un 37% la compensación del gasto por kilometraje

Hacienda sube un 37% la compensación del gasto por kilometraje

A pocos días de las elecciones, Hacienda sube un 37% la compensación del gasto por kilometraje.

Así lo recoge la Orden HFP/792/2023 por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Esta medida surge tras mantener dicha compensación congelada durante 18 años.

Desde ayer, las personas empleadas que usen un vehículo personal para trabajar van a tener una compensación de un 37% más de lo que recibían hasta ahora.

Te contamos todos los detalles de la subida y analizamos qué personas podrán percibir la compensación.

 

¿Cuál es la compensación del gasto por kilometraje en 2023?

Desde ayer, la compensación del gasto por kilometraje es de 26 céntimos por kilómetro recorrido.

Se produce así un incremento del 37% en la compensación del gasto por kilometraje.

La cuantía desde 2005 había quedado congelada en 0,19 céntimos.

Este incremento viene motivado por el aumento del precio de las materias primas provocado por la invasión de Rusia en Ucrania, que ha afectado en cierta manera al precio de los carburantes.

Tal y como recoge la Orden HFP/792/2023  a efectos de lo previsto para los gastos de locomoción en la letra b) del artículo 9.A.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, se excluirá la cantidad que resulte de multiplicar 0,26 euros por el número de kilómetros recorridos.

Esto se producirá siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

A efectos de lo previsto para los gastos de locomoción en la letra a) del artículo 9.B.1 del citado reglamento, se excluirá la cantidad que resulte de multiplicar 0,26 euros por el número de kilómetros recorridos, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

Contrato de formación en alternancia blog

¿Quiénes pueden beneficiarse de la compensación del gasto por kilometraje?

Van a poder beneficiarse de la compensación del gasto por kilometraje las personas trabajadoras que usen su vehículo personal para trabajar.

¡Importante! No se incluyen los desplazamientos desde el lugar de residencia hasta el centro de trabajo.

Asimismo, hay que hacer una distinción entre los empleados públicos y las personas empleadas en empresas privadas.

 

Personas empleadas públicas

En el caso de personas empleadas públicas, será el Estado quien ingrese directamente el importe de la compensación, tras presentar la factura de repostaje y quede justificado el desplazamiento.

Es decir, los 0,26€ por kilometraje se abonarán tras la presentación de la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento.

De manera posterior, y tras la comprobación de la documentación, se les realizará un ingreso en su cuenta corriente a esas personas trabajadoras.

 

Personas empleadas en el sector privado

Por su parte, las personas que presten sus servicios en el sector privado, la compensación se aplicará por vía IRPF en forma de exención.

En este caso, también será necesario justificar el desplazamiento a través de un documento en el que se podrán incluir gastos de peaje y gastos de aparcamiento.

Así, se podrán exceptuar de gravamen las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomoción de la persona empleada que se desplace fuera de oficina o centro de trabajo para realizar su trabajo en lugar distinto.

Las condiciones serán las siguientes:

  • Cuando la persona empleada utilice medios de transporte público, el importe del gasto que se justifique mediante factura o documento equivalente.
  • En otro caso, la cantidad que resulte de computar 0,26 euros por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen.

Por tanto, quedarán exentos de IRPF los desplazamiento que se realicen fuera del lugar habitual de trabajo por motivos profesionales.

 

¿Desde cuándo no se actualizaba la compensación por gasto de kilometraje? 

Este aumento en la compensación por gastos de kilometraje era una medida que venía solicitándose por diferentes colectivos desde hace años.

Los 19 céntimos por kilómetro no alcanzaban la mitad del coste que suponía desplazarse en coche.

Ten en cuenta, que por ejemplo, en un coche de gama media un litro de combustible sirve para recorrer entre 12 y 14 kilómetros. Por tanto, se requieren entre 7 y 8 litros para recorrer 100 kilómetros.

Si el litro de gasolina está a 1,65 euros el litro, imagínate el gasto que supondría cada recorrido en tu vehículo.

 

¿Cuándo entra en vigor la subida en la compensación de gastos por kilometraje?

Esta compensación ya ha entrado en vigor. La compensación de gastos por kilometraje de 26 céntimos por kilómetro se hizo efectiva desde ayer.

Esperamos que esta información sea de utilidad. No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 
Contrato de formación en alternancia blog
Ir al contenido