por Ángela M. Labrador | Feb 4, 2016 | autónomo, ayuda contratación, ayudas contrato de formación, ayudas contrato formación, ayudas mayores de 45 años, ayudas y subvenciones, certificados de profesionalidad, contrato de formacion, emprendedores, empresas, garantía juvenil, jóvenes inscritos en garantía juvenil, mayores de 45 años, negocios, noticias, subvenciones contrato de formación
La iniciativa emprendedora de Agtamar (Asociación Gallega de Trabajadores Autónomos y del Mar), tras su aprobación, tratará de evitar el cierre por jubilación de cien empresas en este año en la Provincia de Pontevedra. Este plan permitirá tomar el relevo del negocio gracias a la incorporación de jóvenes menores de 30 años durante dos años en contrato en formación. De este modo, se pretende evitar el cierre de cien negocios e impulsar la formación y el empleo entre los jóvenes pontevedreses.
El presidente de UPTA-Agtamar Eduardo Abad y el vicepresidente Jesús Diéguez han presentado ante la Diputación de Pontevedra este ambicioso plan enunciando que va para permitir la integración de jóvenes en el mercado laboral y la supervivencia de negocios tras la jubilación del empresario.
Esta iniciativa de relevo generacional se consolida como una propuesta en la que el autónomo, en edad próxima a la jubilación (entre 63 y 65 años), contrate mediante el Programa de Garantía Juvenil durante el periodo de dos años a una persona de 30 años sin formación previa bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.
Resulta perfecta la propuesta presentada por parte de UPTA-Agtamar ante la Diputación ya que:
- El autónomo tendrá bonificada al 100% la Seguridad Social del joven y la base mínima de cotización neta a la Seguridad Social. El empresario a este efecto, sólo tendría que pagar la diferencia, si la hubiera, entre el mínimo y la cotización elegida.
- Evitará el cierre de cien empresas que, de manera ineludible, iban a cesar su actividad en los próximos dos años.
- Generará cien puestos de trabajo entre jóvenes sin experiencia profesional con el fin de que tomen el relevo de un negocio. Serán autónomos en dos años.
- Los jóvenes, gracias al programa formativo que presenta el nuevo contrato en formación, accederán a estudios oficiales de Certificado de Profesionalidad aportándole una formación teórica-práctica que le ayudará en su aprendizaje y futura gestión del negocio.
De este modo, surgen sinergias únicas que fomentan el empleo y la formación entre los jóvenes y garantizan la supervivencia de las pymes de la provincia gallega frenando la desertización comercial progresiva que se estaba produciendo en la zona.
La financiación del programa se otorgará, tras su aprobación, con la colaboración de la Diputación de Pontevedra, el Programa de Garantía Juvenil del Gobierno central y del apoyo de fondos europeos destinados a fines formativos y de empleo según indica Diéguez. El plan incluye como medida el pago por parte de la administración del coste de la cotización neta de los seleccionados.
Los costes supondrían 340.000 euros que revertirían en las arcas del Estado en el caso de aprobarse esta medida de relevo generacional ante la Diputación de Pontevedra.
Desde Grupo 2000, os mantendremos informados de todas las novedades referentes a este plan tan atractivo para trabajadores y autónomos de Pontevedra. Queremos matizar que, aún se está estudiando por parte de los agentes implicados en este plan cómo se va a establecer y cuál será la forma en la que seleccionarán las pymes beneficiarias del plan. En los próximos días, os informaremos de primera mano cómo acogerse a estas medidas de regeneración empresarial, donde podrás presentar la solicitud y cuáles son los requisitos del programa.
Puedes leer más sobre el nuevo contrato de formación que se utilizará para realizar plan de regeneración empresarial:
por Ángela M. Labrador | Ene 29, 2016 | acreditación competencias profesionales, certificados, certificados de profesionalidad, Contenido cursos Certificados de profesionalidad, contrato de formacion, empresas, laboral
En Grupo 2000, estamos de celebración. Hemos recibido la acreditación asignada por el Servicio Público de Empleo Estatal nº 8000000269, que nos permite impartir el certificado de profesionalidad de Operaciones Básicas de Cocina en modalidad de tele-formación.
Queremos recordar la importancia que han adquirido en los últimos años nuevos certificados de profesionalidad. Resultan requisito imprescindible para acceder a algunos puestos de trabajo y ocupaciones en el mercado laboral actual, y son equiparables a la Formación Profesional en nuestro país. Un certificado de profesionalidad se constituye como una acreditación oficial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para validar competencias profesionales y formativas.
El nuevo contrato para la formación y el aprendizaje, a este efecto, podrá proporcionar al trabajador la obtención del Certificado de Profesionalidad en Operaciones básicas de cocina a través del programa formativo de nuestro Centro de Formación Grupo 2000.
El Certificado de Profesionalidad de Operaciones básicas de cocina identificado con el código HOTR0108 pertenece a la familia profesional de Hostelería y Turismo y cubre la formación requerida para los contratos de formación en las siguientes ocupaciones:
- Ayudante de cocina /Auxiliar de cocina.
- Empleado de pequeño establecimiento de restauración.
- Encargado de economato y bodega (hostelería)
Gracias a esta nueva acreditación, los trabajadores en contrato de formación para estas ocupaciones obtendrán, con Grupo 2000, el Certificado de Profesionalidad oficial de Operaciones básicas de cocina que acreditará sus competencias en el mercado profesional.
Una de las ventajas más interesantes, sin duda, del nuevo contrato de formación es contar con trabajadores en continuo aprendizaje y perfeccionamiento. De manera especial, los certificados de profesionalidad van a adquirir un papel cada vez más importante en el sector de la hostelería y el turismo.
Es por eso que estamos orgullosos de este nuevo código que nos acredita para impartir el Certificado de Profesionalidad de Operaciones básicas de cocina en modalidad de tele-formación.
Si estás interesado en realizar un contrato para la formación y el aprendizaje con Grupo 2000 y, de esta forma, poder contar con un certificado de profesionalidad oficial para tus trabajadores contacta con nosotros en el 958 80 67 60.
Consulta nuestros certificados de profesionalidad acreditados y las ocupaciones para las que puedes formalizar tu contrato para la formación y el aprendizaje.
Más novedades del contrato de formación en 2016:
Certificados de Profesionalidad 2016 acreditados por el SEPE:
por Ángela M. Labrador | Ene 29, 2016 | certificados de profesionalidad, contrato de formacion, emprendedores, empresas, laboral
Como informábamos en anteriores artículos, desde el 1 de enero de 2016 la formación teórica vinculada al contrato de formación y aprendizaje, para los nuevos contratos que se realicen, se imparte en la modalidad de teleformación. Se trata de un cambio que afecta sobre todo a los centros de formación, en Grupo2000 estamos acreditados y estamos dando respuesta a nuestros clientes desde el primer momento. Ante las dudas que nos estáis planteando queremos confirmar que ya se puede hacer el nuevo contrato de formación.
La aplicación telemática del SEPE no ha estado operativa hasta esta semana, lo que impedía tramitar la gestión que debe realizar nuestro centro, relativa a la comunicación de la solicitud de inicio de la actividad formativa, requisito previo al alta del contrato en esta modalidad. Esta solicitud se ha estado presentando de manera presencial, por escrito.
Sólo en las comunidades de Cantabria y Canarias están pendientes de firmar el convenio con el SEPE (Andalucía ya lo ha firmado, pero estamos a la espera de que se incluya en la plataforma en los próximos días), se seguirán presentando las solicitudes de forma presencial, como hemos venido haciendo hasta ahora con todas las comunidades, mientras no estaba la aplicación telemática en funcionamiento.
En Grupo 2000 estamos acreditados para impartir por teleformación el Certificado de Profesionalidad, formación vinculada al nuevo contrato de formación. Ya podemos impartir la formación de las familias profesionales más demandadas en los contratos de formación, como administración, comercio, hostelería, informática, diseño y servicios socioculturales. Consulta todas las ocupaciones disponibles.
En nuestra web te informamos sobre todas las características de este nuevo contrato, y encontrarás numerosos artículos que te ayudarán a tramitarlo.
Te recordamos que antes de dar el alta del contrato es necesario que contactéis con Grupo2000, ya que al ser una formación reglada, es preciso contar con la autorización del SEPE para la realización de la formación por parte del trabajador. Nuestro centro se encarga de hacer la solicitud, una vez obtenida, os informaremos para que realicéis todos los trámites de contratación y alta. Este trámite podrá durar varias semanas, el SEPE deberá contestar como máximo en el plazo de un mes, en el caso de no obtener respuesta, la acción formativa se entenderá como autorizada, según indica el artículo 16 del RDL 1529/2012.
En cuanto al resto de características, gestión, y requisitos del contrato, no hay variación. Sigue siendo el contrato que más beneficios aporta a la empresa, con una reducción del 100% en los Seguros Sociales, una bonificación del 100% de la formación y ahora además, recibe una bonificación adicional mensual para la empresa, en concepto de tutorización, de entre 60 y 80 euros.
Si deseas realizar un contrato de formación, o resolver alguna duda, llámanos al teléfono 958 806 760, o contacta en nuestro chat online, nosotros nos encargaremos de todo.
por Ángela M. Labrador | Ene 18, 2016 | ayudas contrato formación, ayudas y subvenciones, certificados de profesionalidad, contrato de formacion, laboral, subvenciones contrato de formación
En la Orden ESS 41/2015, por la que se modifica la Orden ESS/2518/2013, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato de formación y aprendizaje se recogía una modificación que introducía una nueva bonificación adicional por tutorización para la empresa por contrato de formación.
La citada norma introducía el siguiente apartado, dentro del artículo 8 de la Orden ESS/2518/2013:
“A fin de financiar los costes derivados de la obligada tutorización en la empresa de cada trabajador a través del contrato para la formación y el aprendizaje, las empresas se podrán aplicar una bonificación adicional a los costes señalados en el apartado 1, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En el supuesto de empresas de menos de cinco trabajadores la bonificación adicional tendrá una cuantía máxima de 2 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.»
Con la entrada en funcionamiento de la teleformación es cuando se está comenzando a aplicar, puesto que solamente se puede disfrutar cuando el contrato de formación está vinculado a un Certificado de Profesionalidad, es decir, contratos formalizados con el Anexo I. Hasta ahora quizá no has oído mucho hablar de ella porque el contrato de formación a distancia, que era la modalidad más utilizada, estaba excluido de esta ventaja.
¿En qué consiste la nueva bonificación por tutorización del contrato de formación?
Tu empresa podrá aplicar una bonificación adicional mensual, durante toda la vigencia del contrato de formación en la modalidad de teleformación. La cuantía de la bonificación variará en función del volumen de plantilla:
- Empresas con menos de 5 trabajadores: 80 euros.
- Empresas con 5 o más trabajadores: 60 euros.
El total de horas a indicar y coste por hora de tutorización se deberá contemplar de la siguiente manera:
- Total de horas: 40
- Cuantía máxima por hora/trabajador: 2 €.
- Total de horas: 40
- Cuantía máxima por hora/trabajador: 1,5 €
No existe límite establecido para esta bonificación adicional, cada empresa podrá aplicarla por cada trabajador con contrato de formación vinculado a Certificado de Profesionalidad que realice, desde el primer mes, durante toda la vigencia del contrato.
¿Cómo realizar la bonificación adicional por tutorización para el contrato de formación?
a) En el momento del alta no hay que indicar nada nuevo. Modelo: 421 y Casilla Cond. Desempleado: 1 (si le corresponde aplicar la reducción de Seguros Sociales).
b) Al realizar la bonificación mensual: Esta gestión dependerá de tu programa de nóminas, necesitarás la correspondiente actualización. Habrá que indicar el número de horas: 40 y el importe a bonificar: 60 o 80 €, según la plantilla. Estos campos no siempre te aparecerán, por ejemplo el programa A3 te lo calcula automáticamente y Monitor pedirá el importe de la bonificación.
¿Qué modificaciones debe incluir mi fichero FAN para esta nueva bonificación?
Se crea una nueva clave de compensación /deducción CD33 “Bonificación tutorías”.
El importe del segmento EDLCD33 totalizará en el segmento EDTCD33.
El importe del segmento EDTCD33 totalizará en el segmento EDTCA60 “Bonificaciones a cargo del INEM” (Concepto económico 760).
¿Y si trabajo con el Sistema de Liquidación Directa?
TipoDato: H (Horas)
Código: 06 (Número horas tutoría)
Valor: Se informará el número de horas de tutoría realizadas.
TipoDato: C (concepto)
Código: 737 (Bonificación tutoría)
Valor: El importe correspondiente de la bonificación calculada por el usuario conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden.
Cuando se trate de un usuario de RED Directo podrán informar del número de horas de tutoría y del importe que corresponda bonificar en las casillas específicas que ya están habilitadas: Importe Tutoría y Número Horas Tutoría.
Fuente: Boletín RED.
por Ángela M. Labrador | Dic 30, 2015 | certificados de profesionalidad, contrato de formacion, empresas, garantía juvenil, negocios
Quedan pocos días para acabar el año y no podríamos cerrar este 2015 con una mejor noticia.
Grupo 2000 ha sido doblemente acreditado para impartir certificados de profesionalidad tanto en modalidad de tele-formación, para toda España, como presencial para las ciudades de Alicante y Granada.
Como ya sabéis, los Certificados de Profesionalidad son iniciativa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y han cobrado vital protagonismo para la generación de empleo en nuestro país. Ésto ha supuesto que, a lo largo de este año, se hayan establecido rigurosas condiciones de impartición en todas sus modalidades que han dejado fuera a gran número de centros de formación.
Gracias al trabajo de nuestro equipo, hemos logrado que nuestro centro cierre un gran año quedando acreditado para impartir Certificados de Profesionalidad en las modalidades de tele-formación y presencial.
De este modo, Grupo 2000 es:
- Centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal con número 8000000142 y 8000000143 para impartir Certificados de Profesionalidad en modalidad de tele-formación.
- Centro acreditado por el SEPE para impartir Certificados de Profesionalidad en modalidad presencial para nuestros centros presenciales en Granada y Alicante con números 0300000991.
Granada ya cuenta con 38 certificados de profesionalidad y Grupo 2000 en Alicante con 36 certificados.
Nuestros Certificados de Profesionalidad te permitirán recibir un título oficial avalado por el Servicio Público de Empleo Estatal y por la Administración Laboral competente de cada Comunidad Autónoma, que en 2016 además, será compatible con el Contrato para la Formación y el Aprendizaje. Hemos logrado algo muy importante, nuestros alumnos podrán obtener un título oficial tras completar sus estudios y su contrato de formación. Esta iniciativa permitirá al empleado y al trabajador disfrutar de las ventajas de obtener un Certificado de Profesionalidad implementadas a las ventajas propias del contrato para la formación y el aprendizaje.
Por si fuera poco, ¡estrenamos web! Y en ella, tenemos disponibles todos estos Certificados de Profesionalidad que acreditarán las competencias para las siguientes ocupaciones:
ADGG0508 Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos: Acreditan las competencias para los contratos de formación de:
- 1025 Operadores/as-grabadores/as de datos en ordenador.
- Auxiliar de oficina
- Auxiliar de archivo
- Otros
COMT0211 Actividades auxiliares de comercio: Certificado de Profesionalidad que acredita las competencias para los contratos para la formación y el aprendizaje de:
- 1011 Reponedores/as de hipermercado
- 1026 Repartidores/as de proximidad, a pie
- Auxiliar de dependiente de comercio
- Otros
COMV0108 Actividades de venta: Certificado de Profesionalidad que adquirirán los empleados contratados bajo la modalidad del contrato de formación y aprendizaje de las siguientes ocupaciones:
- 002.5 Cajero/a de comercio
- 001.0 Dependiente de comercio
- Vendedor/a
- Otros
SSCM0108 Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales: Certificado de Profesionalidad que acredita competencias para las ocupaciones de:
- 92101050 Personal de limpieza o limpiador, en general
- 1013 Cristalero de edificios
Una oportunidad para el empresario, que se podrá aplicar en 2016, es que el nuevo contrato de formación mediante teleformación, vinculado a Certificado de Profesionalidad es compatible la iniciativa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de Garantía Juvenil.
Como ves, cerramos con entusiasmo el año y empezamos con gran ilusión este 2016. Todo un equipo, ‘nuestro grupo’, seguirá trabajando unido para crecer junto a ti.
No queremos terminar sin antes desearte un Feliz 2016 de parte de todo el equipo de Grupo 2000.
De nuevo, gracias por elegirnos…
por Ángela M. Labrador | Abr 29, 2015 | autónomo, autonomos, ayuda a emprendedores, ayuda contratación, ayudas contratar 2016, ayudas contrato de formación, certificados de profesionalidad, contratación indefinida, contrato de formacion, empleo, emprendedores, empresas
Es bastante habitual que como autónomo precises contratar a tu hijo o algún familiar para que te ayude con el negocio. Pero, ¿cuál es la mejor modalidad para contratar a mi hijo o familiar?
Existen varias alternativas que os detallamos a continuación:
Con el contrato de formación, el autónomo puede contratar a su hijo, o a un familiar y beneficiarse de una reducción del 100% en los seguros sociales durante toda la vigencia del contrato, que se puede prorrogar hasta 3 años (según indique el Convenio Colectivo).
Según el artículo 6, apartado 1.b de la Ley 43/2006: “un autónomo puede contratar a su hijo como trabajador por cuenta ajena si es menor de 30 años, independientemente de si convive con él o no, con derecho a una reducción del 100% de las cuotas a la Seguridad Social”.
También podrá utilizar esta modalidad de contrato un autónomo sin asalariados, que contrate a un familiar, que no conviva con él, ni esté a su cargo.
Requisitos del contrato de formación:
Para el trabajador:
- Edad entre 16 y 25 años, sin cumplir.
- Estar inscrito como demandante de empleo (al menos 1 día).
- No tener estudios oficiales directamente relacionados con el puesto a desempeñar.
- Estar comprometido con la formación y tener las capacidades tecnológicas suficientes para realizarla.
Para la empresa:
- No tener deuda con Seguridad Social o Hacienda.
- No haber sido sancionada, o haber despedido, de forma improcedente, reconocida judicialmente, a un trabajador bonificado.
- Estar comprometida con la formación de trabajador, y respetar su horario.
Esta opción puede ser muy interesante en los casos en que el familiar o hijo no dispongan de formación, ya que con este contrato, se estará formando en una profesión en su centro de trabajo, tanto de forma teórica, como práctica. Obteniendo una formación oficial acreditada de Certificado de Profesionalidad. La formación vinculada al contrato está bonificada al 100%.
Este contrato tiene además dos ventajas importantes para el autónomo: este contrato no exige mantenimiento de plantilla, y en caso de finalizar el contrato de formación, no hay que devolver las cantidades que se haya reducido.
El autónomo colaborador:
La figura del autónomo colaborador se puede aplicar en los casos en que el familiar convive y trabaja para él.
En esta modalidad, se aplicaría una bonificación del 50% de la cuota del autónomo colaborador durante 18 meses.
El autónomo colaborador no figura como obligado tributario en Hacienda, por lo que estará exento de presentar impuestos trimestrales de IVA o IRPF. Estas obligaciones serán inherentes al autónomo propietario del negocio.
A continuación os detallamos los requisitos para darse de alta como autónomo colaborador:
- Ser cónyuge, o familiar del empresario, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Debe convivir y estar al cargo del autónomo.
- Trabajar en la empresa de forma habitual.
- No puede estar dado de alta por cuenta ajena o como autónomo.
- Deberá ser mayor de 16 años.
¡Novedad! Bonificación para contratar familiares
La nueva Ley del Autónomo recoge una nueva bonificación del 100% de las contingencias comunes de la cuota del autónomo durante 12 meses para todos aquellos que contraten a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.
Infórmate de todos los requisitos para poder aplicarla aquí.
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