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Nuevas opciones para inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil

Nuevas opciones para inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil

Tras el Real Decreto Ley 6/2016, se flexibilizan los requisitos para acceder al Fichero, y la gran mayoría de jóvenes menores de 30 años van a poder acceder. Os resumimos las nuevas opciones para inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

¿Cómo inscribirse en el Fichero de Garantía Juvenil?

Recordamos que tras la entrada en vigor de la citada norma, todos los jóvenes menores de 30 años, que no se estén trabajando o estudiando, van a poder inscribirse en el Fichero de Garantía Juvenil.

a) En la Oficina de Empleo:

El RD Ley también indica expresamente, que cuando los jóvenes acudan a darse de alta como demandantes de empleo a la Oficina de Empleo correspondiente, si en ese momento tampoco están realizando ninguna formación oficial que supere las 40 horas semanales, van a quedar inscritos.

Allí les darán un papel que contiene su clave y usuario. Con estas claves, deberán dirigirse a la web del Gobierno, donde tendrán que acceder para activar su usuario. Una vez que realicen esta gestión, ya aparecerán en el Fichero, y podrán disfrutar de formación o ayudas destinadas a este colectivo. O bien, ser contratados por alguna empresa, que quiera beneficiarse de ayudas asociadas a Garantía Juvenil.

Importante: Por el momento el sistema no permite que se crucen los datos automáticamente entre SEPE y Seguridad Social, están tardando en torno a 15 días en volcarse los datos. Por lo que os recomendamos que antes de hacer el alta del contrato, el trabajador/a active su usuario en la web, para que no os dé error porque todavía no lo detecta. 

Un sugerencia: solicitadle, antes de dar el alta, copia de su demanda de empleo y justificante de inscripción en Garantía Juvenil, que pueden imprimir dentro de la web. Así os aseguráis que está hecha la gestión, y podéis acreditar su situación en caso de que sea necesario para un contrato o ayuda de fomento del empleo.

b) A través de entidades inscriptoras:

  • Las Cámaras de Comercio:

Las Cámaras de Comercio son entidad inscriptora, donde podrán acudir para darse de alta en Garantía Juvenil. Para ello, solamente tendrán que pedir cita en la oficina de la Cámara que les corresponda. Este trámite está tardando sobre los 7 días como máximo. Dependerá de la disponibilidad de cada oficina.

  • Los Centros de Información Juvenil (INJUVE):

En los centros de información juvenil también les están dando de alta en el Sistema de Garantía Juvenil. También tendrían que pedir cita.

c) En la web oficial de Garantía Juvenil:

En la página oficial del Gobierno, podrán seguir inscribiéndose como hasta ahora. Para utilizar esta vía, van a necesitar Certificado Digital o DNI Electrónico. Te resumimos los pasos necesarios:

  1. Solicitar desde la web su usuario y contraseña.
  2. En aproximadamente 15 días, les llegarán las claves a la dirección de email indicada.
  3. Tendrá que acceder de nuevo a la web, y activar su usuario.

 

¿Necesitas contratar personal? Nuestra agencia de colocación oficial Contrato10 está especializada en la realización de selecciones de personal para el perfil de Garantía Juvenil. Dispone de una bolsa de empleo específica para este colectivo. Contacta con ellos en el teléfono 958 806 760.

 

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Las empresas se apoyan en el contrato de formación para cumplir con su responsabilidad social

Las empresas se apoyan en el contrato de formación para cumplir con su responsabilidad social

El nuevo contrato para la formación y el aprendizaje, está propiciando la aparición de proyectos sociales y empresariales muy interesantes. Hace unas semanas, os contábamos cómo en la Comunidad Autónoma de Galicia se ha establecido un plan de continuidad empresarial gracias a los contratos de formación. En esta ocasión, queremos haceros partícipes de que, el nuevo contrato en formación, está fomentando que numerosas empresas se apoyen en sus ventajas para cumplir con los fines de inclusión social que sostienen en su Política de Responsabilidad Social Corporativa.

Empresas y asociaciones que tramitan contratos para la formación y el aprendizaje con nosotros, destacan las numerosas ventajas que este contrato está proporcionando a la contratación de jóvenes en sus organizaciones.

Cabe destacar que, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha otorgado mediante el Servicio Público de Empleo Estatal mayor importancia durante este 2016 al contrato de formación. Incorpora mejoras que benefician a jóvenes menores de 30 años, precisamente, para otorgar verdaderas oportunidades laborales y formativas.

El contrato para la formación y el aprendizaje está sirviendo de apoyo para numerosas instituciones a dar opciones profesionales y formativas a jóvenes en riesgo de exclusión social. La Responsabilidad Social Corporativa y su compromiso por generar nuevos puestos de trabajo se apoya en los siguientes aspectos:

  • Se enmarca dentro del Programa de Estrategia de Empleo de Garantía Juvenil.
  • Existen numerosos incentivos estatales para conversión de este contrato de formación en un contrato indefinido.
  • Permite el acceso a colectivos desfavorecidos a oportunidades reales de empleo y formación gracias a la obtención de Certificados de Profesionalidad oficiales que avalarán sus competencias en el mercado laboral.
  • Es un buen promotor del propósito de ‘inclusión activa’ de muchas empresas en la que jóvenes en situaciones desfavorecidas socialmente pueden acceder a una formación relacionada con nuevas competencias tecnológicas, innovación social y empresarial rompiendo con la llamada ‘brecha digital’ de tantos jóvenes en nuestro país.
  • Permite cumplir con las políticas de mejoras de condiciones salariales y laborales de los trabajadores, aumento de la plantilla y de la producción gracias a que estos contratos cuentan con la bonificación del 100% de las cuotas de la cotización salarial.

En Grupo 2000, estamos muy contentos de participar con nuestro trabajo en las políticas sociales de numerosas empresas, asociaciones e instituciones impartiendo los certificados de profesionalidad para esta modalidad de contrato. Es muy alto el compromiso de nuestros formadores por proporcionar la mejor formación a los trabajadores en empresas de todo el país. Nos queda aún camino por delante para favorecer la inclusión al mercado laboral de tantos jóvenes en situaciones de riesgo de exclusión social como son mujeres víctimas de violencia de género, discapacitados, desempleados y otros colectivos.

Estamos muy motivados y agradecidos porque contáis con nosotros y, con ello, sumáis a este equipo a vuestras mejores iniciativas.

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Ayudas para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016

Ayudas para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016

En este artículo te queremos ofrecer un resumen de ayudas muy interesantes para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016 para tu empresa.

Te comentamos a continuación las ayudas que se pueden solicitar a nivel nacional:

El Ministerio de Economía y Competitividad ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas, las líneas ICO 2016, para fomentar la actividad productiva. Están orientadas a autónomos y empresas que realicen inversiones en España y necesiten liquidez para su proyecto.

Algo muy interesante de esta ayuda es que no es necesario estar dado de alta como autónomo para solicitarlas, simplemente en el Impuesto de Actividades Económicas, por lo que se convierte en una alternativa recomendable para las nuevas empresas.

Se trata de un programa de ayudas para mejoras relacionadas en eficiencia energética que realicen las pymes y empresas del sector industrial. Estas ayudas, que se pueden solicitar hasta el 5 de mayo de 2016, consisten en una entrega dineraria sin contraprestación. La cuantía máxima recibida será de hasta el 30% de la inversión realizada.

Las ayudas se concederán por la implantación de mejoras tecnológicas en equipos y procesos industriales, y/o sistemas de gestión energética.

Las empresas españolas tendrán el apoyo de la Cámara de Comercio española para sus planes de expansión internacional. Esta ayuda, que se encuentra enmarcada dentro del Plan Xpande.

La Cámara de Comercio ofrece de forma gratuita asesoramiento y acompañamiento para constituir un plan de competitividad y sostenibilidad de tu empresa en el mercado internacional. Contarás con la asistencia de técnicos cualificados.

El autónomo que tenga a su cargo menores de 7 años, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, o situaciones de dependencia acreditadas recibirá una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante 12 meses por contratar a una persona que le ayuda en su negocio, con el fin de conciliar su vida familiar y profesional.

A continuación te comentamos varias ayudas que tienes a tu disposición si tu empresa está ubicada en la Comunidad de Andalucía:

Recientemente se ha aprobado la convocatoria de esta ayuda por la contratación de jóvenes andaluces. La empresa o autónomo que contrate durante 12 meses a un beneficiario de este colectivo podrá recibir hasta 4.800 euros.

Destinada a fomentar la contratación de desempleados de larga duración, mayores de 45 años, esta subvención concede una cuantía de hasta 7.500 euros por cada contrato indefinido, que se mantenga al menos durante 12 meses.

En Castilla la Mancha también hay ayudas activas:

Las empresas, autónomos o sociedades que contraten a jóvenes menores de 30 años con contrato de formación podrán solicitar esta ayuda de 5.040 euros, siempre que se realice un contrato de al menos 1 año.

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Ya se puede hacer el nuevo contrato de formación.

Convocatoria del Bono de Empleo Joven para 2016

Convocatoria del Bono de Empleo Joven para 2016

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Novedad importante

El 6 de mayo de 2018 se publicó la Convocatoria de Bono Joven 2018. 

Novedad: en mayo de 2018 se ha publicado la nueva convocatoria, aunque no han cambiado mucho las condiciones, te recomendamos consultar todo aquí.

 

Como cada año, hoy comienza la convocatoria del Bono de Empleo Joven para 2016, para facilitar la incorporación al mercado laboral de los jóvenes. Este año con especial consideración a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil.

Las empresas acceden a una ayuda económica por realizar un contrato con jóvenes que cumplan los requisitos del Bono de Empleo Joven, según regula la Ley 2/2015, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo y el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la ayuda se mantiene como en anteriores convocatorias, consiste en  4.800 euros, para contratos a jornada completa, y de 2.400 euros, para contratos a media jornada.

Entidades beneficiarias:

Empresas (cualesquiera que sea su forma jurídica), autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades sin personalidad jurídica, ubicadas en la Comunidad de Andalucía.

Requisitos del contrato:

  • Duración mínima del contrato 12 meses.
  • Jornada completa o media jornada.
  • Se admiten todas las modalidades contractuales, excepto el primer contrato de empleo joven y el de tiempo indefinido de apoyo a emprendedores.

El contrato de formación es compatible con la ayuda del Bono Joven. Se puede compatibilizar la reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y la bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales, con la ayuda de 4.800 euros. El contrato inicial deberá de ser de 12 meses para acceder a la ayuda, aunque en convenio se permita una duración inferior.

Requisitos para los jóvenes:

  • Estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Edad entre 18 y 29 años.
  • Tener alguna de las siguientes titulaciones: Titulación universitaria, Título de Formación Profesional, Graduado en ESO o Bachiller.

Cumpliendo estos requisitos los jóvenes serían beneficiarios del Bono Empleo Joven 2016. La oficina de Empleo no les emitirá ningún certificado acreditativo, sino que las empresas serán las encargadas de comprobar que cumplen los requisitos solicitándole la documentación pertinente (inscripción en Garantía Juvenil, DNI y titulación).

Los bonistas de 2014 y 2015 que no hayan formalizado un contrato de trabajo, mantendrán sus derechos siempre que cumplan los requisitos de la actual convocatoria. Es decir, deberán estar inscritos en el Fichero del Sistema de Garantía Juvenil.

Solicitud, plazos y pago:

La solicitud se realizará en un plazo máximo de 2 meses, tras la formalización del contrato, por las empresas interesadas de forma telemática. Para ello es necesario disponer de certificado electrónico.

Se notificará mediante resolución de concesión, la cuantía y los plazos previstos en el plazo de 3 meses, desde el día siguiente a la finalización del plazo de solicitud.  Se realizarán dos pagos: un adelanto de hasta el 75% de la ayuda y el resto, tras justificar el cumplimiento de los requisitos.

Para justificar el cumplimiento de los requisitos, se tendrán en cuenta las nóminas abonadas y justificantes bancarios, boletines de cotización a la Seguridad Social TC1 y TC2 correspondientes y certificado de haber registrado en su contabilidad la subvención obtenida.

Si el contrato causa baja:

  • Si la baja es por causas no imputables a la empresa, se deberá sustituir al trabajador en el plazo de 1 mes por otro titular del Bono en las mismas condiciones, notificando en 1 mes al Servicio Andaluz de Empleo ambas situaciones .
  • Si las causas son imputables al bonista, éste perderá todos los derechos que conlleva ser beneficiario, en caso contrario, los mantendrá.

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, siempre que el importe no supere el coste de la actuación incentivada.

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo de consanguinidad.
  • Contrataciones de ETT.
  • Haber sido condenadas por sentencia firme o sancionadas, en los últimos 3 años, por incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Empresas condenadas por despido declarado improcedente en el año inmediatamente anterior.
  • Haber sido condenadas por sentencia firme o sancionadas, por tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias.
  • Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, DE 17 de noviembre.

Con esta nueva convocatoria queda derogada la convocatoria de 2015.

Fuente: BOJA.

Ya está habilitada la plataforma de Bono Empleo Joven

Ya está habilitada la plataforma de Bono Empleo Joven

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Novedad importante

El 6 de mayo de 2018 se publicó la Convocatoria de Bono Joven 2018.

Después de unos meses trabajando en su desarrollo, ya está habilitada la plataforma de Bono Empleo Joven, en donde puedes registrar tu currículum para que las empresas que busquen personas bonistas accedan a ti con más facilidad.

Todos los que cumpláis los requisitos para ser bonistas, podéis añadir a través de está nueva plataforma que sois beneficiarios. Las empresas que quieren acogerse a la ayuda del Bono Empleo Joven, podrán filtrar en su búsqueda de candidatos la condición de poseer el Bono.

Os recordamos que se trata de una ayuda de 4.800 euros, para contratos a jornada completa, totalmente compatible con el contrato de formación y sus beneficios de reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales,

Os explicamos paso a paso como acceder a la plataforma y registrar vuestro Currículum:

  • Paso 1:

Debes tener un usuario en la Oficina Virtual de Empleo. Puedes registrarte aquí , aunque también puedes acceder si dispones de Certificado Digital o Dni electrónico.

Bono Joven Paso1Bono Joven Paso 1.2.Bono Joven Paso 1.3

La clave de usuario es la contraseña que quieres poner para acceder a tu sesión. Más abajo te solicitarán datos de contacto para poder facilitarte tu contraseña en caso de olvido.

 

  • Paso 2:

Realizado todo lo anterior, ya puedes acceder indicando tu usuario y contraseña. Una vez dentro, pincha en Buscar empleo, Mis Datos y accede a tus Datos Profesionales.

Bono Joven Paso 2

  • Paso 3:

Encontrarás varios apartados para cumplimentar con tu formación, experiencia, idiomas, entre otros. Justo en esa columna, al final, encontrarás la opción Bono Empleo Joven. Pincha en el apartado y añade la formación que acredita que cumples los requisitos.

Una vez realizado, ya estaría asociado junto con tu currículum tu condición de bonista, de forma que cuando las empresas realicen la búsqueda pueden ver que eres beneficiario.

Bono Joven Paso 3

 

 

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¿Es necesario inscribirse en Garantía Juvenil para acceder a Bono Joven?

¿Es necesario inscribirse en Garantía Juvenil para acceder a Bono Joven?

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Novedad importante

El 6 de mayo de 2018 se publicó la Convocatoria de Bono Joven 2018. 

Muchos de vosotros seguís teniendo una duda ¿Es necesario inscribirse en Garantía Juvenil para acceder al Bono Joven? En este artículo os damos todos los detalles.

En la convocatoria de Bono de Empleo Joven para 2015 se establecen los requisitos, que más abajo recordamos, y además se hace una distinción para el número de bonos. Del total de 14.600 bonos, 10.430 bonos serán para jóvenes entre 18 y 24 años inscritos en Sistema de Garantía Juvenil 4.170 bonos para el resto de jóvenes.

Requisitos para los jóvenes participantes del Bono Joven 2015

  • Edad entre 18 y 29 años.
  • Tener alguna de las siguientes titulaciones finalizada en los 5 años previos a la solicitud: Titulación universitaria, Titulo de Formación Profesional, Graduado en ESO o Bachiller.
  • Persona nacida o empadronada en Andalucía.

Los bonistas de 2014, que no formalizaron contrato de trabajo, mantienen sus derechos, siempre que sigan cumpliendo los requisitos que citamos anteriormente. En el caso que los bonistas de 2014 tengan edades comprendidas entre 18 y 24 años deberán además estar inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil.

Os mostramos las consultas más frecuentes que nos planteáis:[list]

¿Tengo que estar inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil para ser beneficiario del Bono Joven?

No es necesario para los que os presentáis a esta convocatoria por primera vezEstar inscrito en Garantía Juvenil es un requisito sólo para los jóvenes de la convocatoria 2014 que tengan edad comprendida entre 18 y 24 años.
Si no cumplo los requisitos para inscribirme en Sistema de Garantía Juvenil, ¿No puedo acceder al Bono Joven?

Al ser un requisito más para los que proceden de la convocatoria 2014 comprendidos en esa edad, no podrás ser beneficiario del Bono Joven si no estás inscrito. Si accedes este año por primera vez, no hay problema, no es necesario.

¿Tienen prioridad los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil?

No, tan sólo se han reservado un mayor número de Bonos para este colectivo, pero a la hora de conceder el Bono no existe prioridad.

Para los inscritos en Garantía Juvenil ¿Es necesario realizar un contrato específico para Garantía Juvenil?

No. Puedes elegir cualquier modalidad de contrato (excepto el primer contrato de empleo joven y el de tiempo indefinido de apoyo a emprendedores). La opción del contrato de formación es compatible con esta ayuda, y además de recibir la cuantía de 4.800 euros, tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales. Pero ojo, debería ser un contrato de formación ordinario, no se podría aplicar la bonificación específica de Garantía Juvenil.

¿Cómo me inscribo en la iniciativa del Bono Empleo Joven?

Este año no tienes que inscribirte en las Oficinas de Empleo.  Serán las empresas las encargadas de comprobar que cumples los requisitos.

Os recomendamos aportar DNI, y Certificado de empadronamiento (en el caso de que el domicilio no sea el mismo) y el Certificado que acredite la finalización de los estudios oficiales.

Un consejo es que si cumplís los requisitos, incorporéis en vuestro CV un pequeño apartado donde indiquéis que sois beneficiarios y la cuantía de la ayuda. También os puede ser útil nuestro artículo ¿Cómo hacer un curriculum vitae?

Ojo: Este artículo se refiere a la convocatoria de 2015. Debes saber que en la convocatoria Bono de Empleo Joven 2016 sí es un requisito imprescindible estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Si tienes alguna consulta, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

Fuente: BOJA.

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