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La nueva Ley de Contratos limita a 60 días el plazo para el pago de facturas

La nueva Ley de Contratos limita a 60 días el plazo para el pago de facturas

Ayer se aprobó en el Congreso, por mayoría, una norma que pretende proteger a la pequeña empresa: La nueva Ley de Contratos, que entre otras medidas, limita a 60 días el plazo para el pago de facturas.

El objetivo de esta ley sería proteger a las empresas subcontratistas, que en muchas ocasiones se ven tremendamente perjudicadas por los plazos abusivos que les son impuestos. El plazo de 60 días ha sido fijado en el marco de la Ley de Morosidad. Eliminando así la cláusula del pacto entre las partes en los plazos de pago.

Cabe destacar que el texto establece la obligación de la factura electrónica y la posibilidad de pago directo de la Administración, si así se indica previamente.

Tras la última normativa aprobada, las pymes podrán acudir a instancias públicas en el caso de sufrir retrasos en los cobros de sus facturas. Y se supone que, a partir de ahora, será más fácil para ellas acceder a los concursos de las Administraciones, ya que los cambios introducidos contribuirían a disminuir el volumen de papeleo y burocracia para que la empresa pueda ser escogida.

La nueva norma incluye diversas directivas europeas, que serán de obligado cumplimiento por parte de las Administraciones. Además, trae nuevos criterios que se tendrán en cuenta en la valoración para las adjudicaciones, con carácter social, laboral y medioambiental.

Así mismo, hay que destacar como novedoso, que a partir de ahora la Administración tendrá que demostrar que puede prestar un servicio con mejores condiciones que un capital privado.

Y en el caso de conflicto entre la empresa a la que se adjudicó el proyecto y la Administración, la empresa podrá presentar un recurso especial al Estado para que lo resuelva. Garantizando la posibilidad de rescindir contratos por el impago de salario a trabajadores.

Otra de las principales novedades es que se contempla la prohibición de las indemnizaciones por expectativas de mercado no cumplidas

Esta previsto que se cree una Oficina Independiente que se encargará de supervisar los contratos y garantizar la libre concurrencia.

La norma, que ha sido modificada por 975 enmiendas, será tramitada por el Senado en septiembre, así que deberemos esperar todavía para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

 

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Fuente: EuropaPress, El Economista.

 

El Gobierno propone flexibilizar la jornada del contrato de formación

El Gobierno propone flexibilizar la jornada del contrato de formación

Esta semana hemos tenido conocimiento a través de diversos medios sobre el borrador en el que se está trabajando, con el fin de reducir la alta tasa de desempleo, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El texto detalla el Plan de Choque por el Empleo Juvenil, donde el Gobierno propone flexibilizar la jornada del contrato de formación.

 

La nueva norma flexibilizaría la jornada del contrato de formación y aprendizaje

La propuesta del Gobierno incluiría una flexibilización de la jornada del contrato de formación, por lo que de ser aprobado, los trabajadores en contrato de formación podrían trabajar a turnos.

Recordamos que, actualmente, la jornada del contrato de formación, regulada en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, no permite que realicen trabajo a turnos o nocturno.

Este cambio podría ser positivo ya que muchas las empresas, cuyas plantillas utilizan un sistema por turnos, se animarían a incorporar nuevo personal en formación, y darían la oportunidad de incorporarse al mundo laboral a muchos jóvenes.

Hay que destacar que el contrato de formación, además, les proporcionaría una formación oficial gratuita de Certificado de Profesionalidad, a la vez que están trabajando, que les capacitaría para ejercer una profesión.

 

Se flexibilizaría el tiempo dedicado a la formación teórica del contrato de formación

El borrador también recogería, en consecuencia, una flexibilización del tiempo dedicado a la formación teórica del contrato de formación por los trabajadores. Dado que si la jornada se establece por turnos, el trabajador también tendría cada semana un horario diferente para la conexión a su aula virtual.

El trabajador con contrato de formación y aprendizaje dedica un 25% de su jornada para formarse, 15% si se trata de su segundo o tercer año de contrato. Esto supone que se conecten al menos 2 horas diarias a la plataforma para acceder a los contenidos, entregar tareas, etc..

Esta flexibilización del tiempo dedicado a la formación, estaría enmarcada en el espíritu inicial del contrato de formación en la modalidad de teleformación, que ya dejaba patente el legislador en el artículo 17,2 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, donde indicaba lo siguiente:

«Las actividades formativas podrán organizarse con una distribución temporal flexible que en todo caso deberá garantizar que el trabajador pueda cursar los módulos profesionales del ciclo formativo o los módulos formativos del certificado de profesionalidad.»

Bajo nuestro punto de vista, como centro acreditado para impartir el Certificado de Profesionalidad, por el Servicio Público de Empleo Estatal, inherente al contrato de formación y aprendizaje, creemos que estas modificaciones que se plantean para la jornada permitirían que el contrato de formación en la modalidad de teleformación se adaptase mejor a las necesidades del mercado laboral real, y es una medida que vienen demandando las empresas desde hace tiempo.

 

Se espera que en los próximos meses se apruebe finalmente esta medida, junto con otras como la ayuda mensual de 430 €, que se concedería a los trabajadores, contratados mediante contrato de formación, inscritos en Garantía Juvenil, y la nueva bonificación, adicional a la actual, para contratos de formación transformados en indefinidos.

 

En nuestro blog os iremos informando de todas las novedades, mientras tanto, quizá os interese leer también:

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Fuente: El Diario, El Economista, La Voz de Galicia.

 

El Colegio de Graduados de Murcia firma un acuerdo con Grupo2000

El Colegio de Graduados de Murcia firma un acuerdo con Grupo2000

El pasado 4 de julio el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia firmó un acuerdo de colaboración con Grupo2000, con el fin de ofrecer a los colegiados un servicio de enseñanza de calidad, adaptada a sus necesidades.

El presidente del Colegio de Graduados Sociales de Murcia firmando el acuerdo de colaboración con Grupo2000

A la firma de dicho acuerdo asistieron D. José Ruiz Sánchez (presidente del Colegio), D. Mario Valencia, D. Antonio Rael y D. Andrés Sánchez, Director de la sede de Grupo2000 en Murcia.

El equipo directivo del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia se reúne con el Director del centro de Grupo2000 en Murcia

Este acuerdo se ha firmado bajo la premisa fundamental de mejorar en todo lo posible el día a día de los graduados sociales de Murcia, a través de acciones formativas que permitan mejorar sus competencias y desarrollar sus despachos profesionales, así como para la creación, de forma conjunta con el colegio, de diferentes actividades de interés para el colectivo.

Desde Grupo2000 queremos agradecer la confianza depositada en nuestro centro por parte del presidente y equipo de gobierno del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia.

Así mismo, agradecemos que nos hayan escogido como centro de referencia impartidor de los Certificados de Profesionalidad inherentes a los contratos de formación y aprendizaje.

Nuestro centro siempre ha tenido una relación muy especial con la región de Murcia, llevamos más de 25 formando a empresas y despachos profesionales del territorio.

Este año hemos reforzado nuestro compromiso con la región ampliando nuestras instalaciones. Nos hemos trasladado en enero a una nueva sede, ubicada en la calle Federico García Lorca, 5, en Murcia capital.

Este nuevo centro, dotado con unas modernas y completas instalaciones, está acreditado para impartir los Certificados de Profesionalidad más demandados en el sector laboral, entre ellos destacan las especialidades de hostelería, ventas y administración.

Los graduados sociales de Murcia podrán disfrutar también de otros servicios muy interesantes para su actividad que le facilitará Grupo2000:

  • Nuestra zona privada para asesorías, donde podrán gestionar sus contratos de formación y facturas.
  • Conferencias y Master Class online gratuitos en materia laboral.
  • Netcontrata, aplicación para la creación y comunicación de sus contratos de formación y aprendizaje.
  • Check Point, aplicación gratuita para la consulta de convenios, jurisprudencia, legislación, etc..
  • Nuestra agencia de colocación oficial, Contrato10, a través de la que podrán realizar las selecciones de personal para sus clientes.

Y por supuesto, desde nuestro centro les brindaremos toda la ayuda y asesoramiento que precisen en todas las gestiones que realicen asociadas a acciones formativas. Desde aquí, les invitamos a conocer nuestras nuevas instalaciones y a contactar con nosotros para lo que necesiten en el teléfono 958 806 760, o a través de nuestro chat online.

 

 

El Gobierno aprueba el Cheque formación y nuevas medidas en la Ley de formación para el empleo

El Gobierno aprueba el Cheque formación y nuevas medidas en la Ley de formación para el empleo

Hoy se publicó el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo. El Gobierno aprueba el Cheque formación y nuevas medidas en la Ley de formación para el empleo que se materializarán en los próximos meses.

 

El desarrollo normativo se centra en varias medidas de la Ley de Formación para el Empleo 

Este desarrollo normativo tiene como fin concretar varias iniciativas que ya se adelantaban en septiembre de 2015 en la citada Ley, entre ellas, la creación de un nuevo sistema integrado de información que va a permitir que se disponga de una información completa, actualizada y verificable de todas las actividades formativas realizadas a nivel nacional, a través de la «cuenta de formación» de cada trabajador. En ella constará toda la formación para el empleo realizada.

Se continúa en la línea de la Ley 30/2015, buscando una mayor transparencia en la gestión de los fondos públicos de formación y regulando el funcionamiento y financiación de las Estructuras Paritarias Sociales. Cobran importancia como referentes para la detección de las necesidades formativas de los trabajadores ocupados.

La Comisión Estatal de Formación para el Empleo volverá a asumir las funciones del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo que regulaba la anterior norma.

Como novedad, en relación a la Formación Programada para las empresas, se establece que la participación de un trabajador en acciones formativas no podrá ser superior a 8 horas diarias, excepto si se trata de un curso que se concentre en una sola jornada.

También está previsto que a partir de 2018, las empresas con plantillas inferiores a 50 trabajadores, puedan comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre en curso, la intención de acumular el crédito para el siguiente ejercicio. Como máximo se podrá acumular hasta 2 ejercicios. El crédito del que no se haga uso tras dicho periodo, se perdería.

 

El cheque formación se convierte en el buque insignia de esta reforma de la Formación para el Empleo 

En el Real Decreto aprobado esta semana se desarrolla el cheque formación, que ya estaba previsto en la ley inicial. Este cheque formación consiste en una cuantía económica que se concederá a los trabajadores desempleados para que la gasten en formación, con el fin de mejorar sus competencias y empleabilidad.

En la nueva norma se definen los requisitos y condiciones de acceso a este cheque formación por parte de los desempleados.

Así mismo, establece que serán las Comunidades Autónomas las encargadas de ponerlo en marcha, ya que tienen las competencias en esta materia, previa consulta de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

Los gastos derivados de este desarrollo normativo serían financiados por las Administraciones Públicas competentes en su gestión, a través de sus correspondientes presupuestos.

Recordamos los artículos más relevantes sobre la Ley de Formación para el Empleo aprobada en 2015

Cambios en la formación continua tras el Real Decreto Ley 4/2015.

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Fuente: Gobierno.

 

La Ley de PGE modifica la inscripción de los jóvenes en Garantía Juvenil

La Ley de PGE modifica la inscripción de los jóvenes en Garantía Juvenil

El pasado día 28 entró en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017, esta ley contempla, entre otras, una rebaja del IVA en los espectáculos y una oferta de empleo público de 67.000 plazas. Pero hoy queremos destacar sobre todo que la Ley de PGE modifica la inscripción de los jóvenes en Garantía Juvenil.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 especifica la fecha de inscripción de los jóvenes en el Sistema de Garantía Juvenil

En la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se incluye la Disposición final vigésimo octava, para la modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. (Recordamos que esta norma es la que regula el Sistema Nacional de Garantía Juvenil).

La citada Disposición incluye una nueva redacción del apartado 5, del artículo 98, de la Ley 18/2014:

«La inscripción o renovación como demandante de empleo en un servicio público de empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 97. La fecha de inscripción en el Sistema corresponderá con la fecha de inscripción o de renovación como demandante de empleo.

A estos efectos, se considerará que se cumple con el requisito establecido en la letra g) del artículo 97 en el momento en que se hubiera procedido a la inscripción como demandante de empleo.

Adicionalmente, los Servicios Públicos de Empleo podrán solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, desde el 1 de septiembre de 2013 hasta el 24 de diciembre de 2016, que hubieran participado en alguna de las acciones recogidas en el artículo 106 y, al inicio de la acción, cumplieran con los requisitos recogidos en el artículo 105. En este caso, la fecha de inscripción corresponderá con la fecha de inicio de la acción. Asimismo, los Servicios Públicos de Empleo informarán de esta circunstancia a la persona interesada a efectos de que la misma pueda ejercer sus derechos de acceso, modificación, cancelación y oposición.»

Este texto incluye un cambio bastante necesario para precisar qué fecha es la considerada como de inscripción en el Fichero por parte de todos los organismos relacionados.

Como ya os comentamos hace varios meses en nuestro blog, este año se han modificado los requisitos de acceso a Garantía Juvenil, flexibilizándolos considerablemente. También se facilitaron y simplificaron las vías para inscribirse los jóvenes. Pero este aspecto seguía siendo algo dudoso, ya que puede haber un plazo de 15 días entre la inscripción del joven en su oficina de empleo y la fecha en que se activa su usuario en la web de Garantía Juvenil del Gobierno, y esto generaba bastante confusión a la hora de hacer el alta por parte de las empresas.

Hasta ahora la fecha que se entendía como de inscripción era el momento en el que el usuario activaba su cuenta en la web mediante su usuario y contraseña. Con esta puntualización ya sabemos que la fecha de referencia para la inclusión en el fichero de Garantía Juvenil va a ser la de inscripción como demandante de empleo.

Así mismo, la norma de PGE 2017 establece que el SEPE podrá solicitar la inscripción automática en Garantía Juvenil de todas las personas que se hayan inscrito desde el 1 de septiembre de 2013, hasta el 24 de diciembre de 2016, que cumplieran los requisitos de acceso y hubieran sido contratadas mediante contrato de formación y aprendizaje o contrato de prácticas.

También se indica que los Servicios Públicos de Empleo van a informar de la realización de esta inscripción automática a los usuarios que resulten inscritos, para que puedan ejercer sus derechos de acceso, modificación, cancelación u oposición.

 

Los Presupuestos Generales del Estado incluyen referencias a la ayuda de 430 € de Garantía Juvenil

La misma Disposición modifica la denominación del organismo que va a tener atribuidas las competencias para la administración del Fondo Social Europeo. Este Fondo será el que financie la ayuda de acompañamiento de 430 euros prevista para los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que formalicen un contrato de formación y aprendizaje.

Posteriormente, en la sección de Créditos ampliables, aplicables a las secciones y programas, se especifica en la sección del Ministerio de Empleo y Seguridad Social el crédito destinado a financiar la ayuda complementaria para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Se supone que este apartado será el correspondiente para financiar el complemento salarial de 430 € para los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que sean contratados mediante contrato de formación y aprendizaje.

Por lo que se puede leer en prensa, esta medida no está todavía del todo clara, ya que incluso desde Bruselas han manifestado su disconformidad, exigiendo «pruebas de la efectividad potencial de las medidas» y que se defina adecuadamente la forma de aplicación de la ayuda.

Parece que, aunque Fátima Báñez anunció que se aprobaría a comienzos de julio, es posible que se retrase hasta después del verano o incluso quede simplemente en una propuesta.

Como siempre, seguiremos muy pendientes en nuestro blog, para que seáis los primeros en conocer la evolución de esta ayuda que ha despertado gran interés entre los jóvenes y que les permitirá acceder al mercado laboral, a la vez que se forman en una profesión.

Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

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Fuente: BOE, Cope.

 

Aprobada la nueva Ley de Autónomos, estas son las reformas que trae

Aprobada la nueva Ley de Autónomos, estas son las reformas que trae

Ayer se votaban en el Congreso las tan esperadas medidas para todos los inscritos en el RETA. Por unanimidad, fue aprobada la nueva Ley de Autónomos, estas son las reformas que trae y que a continuación te detallamos:

 

Medidas que recoge la nueva Ley de Autónomos

  • La tarifa plana de autónomos de 50 euros al mes se amplía al año

Actualmente, los nuevos autónomos disfrutan de una reducción que les permite pagar tan solo 50 euros de cuota de autónomos al mes, durante 6 meses. Esta reducción, tras la entrada en vigor de la norma, se ampliaría a 12 meses.

Otra novedad muy interesante es que si el autónomo se ha dado de baja, y quiere iniciar una nueva actividad posteriormente después de 2 años, podrá disfrutar de nuevo de la tarifa plana. Recordamos que actualmente, para poder hacerlo hay que esperar hasta 5 años.

  • El autónomo solo tendrá que pagar por los días trabajados

Los autónomos podrán realizar hasta 3 bajas durante un año natural, con efectos desde el día real en el que hayan cesado. De esta forma, el autónomo no se verá obligado a estar cotizando durante todo el año, aunque haya meses en los que no tenga actividad. Sin duda, esta medida es una de las más esperadas por el colectivo.

  • La cuota de autónomos no estará vinculada al SMI

Actualmente, la cuota de autónomos está vinculada al SMI, hecho que ha provocado este año un incremento del 8% en su cuota. Subida que ha pillado a todos por sorpresa. Pues bien, cuando entre en vigor esta nueva norma, el incremento de la cuota se fijará a través de los Presupuestos Generales del Estado de cada periodo.

  • Los recargos por retrasos en Seguridad Social se reducen

La norma plantea una reducción de hasta el 10% en los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social en el primer mes. Recordamos que actualmente es ni más ni menos que de un 20%, por lo que cualquier descuido en el pago de sus obligaciones puede suponer un perjuicio económico considerable para el autónomo.

  • Se podrá cambiar varias veces de base de cotización al año

Los autónomos podrán cambiar de base de cotización en el mismo periodo hasta 4 veces, con el fin de adaptarla a sus ingresos. A día de hoy, solo se puede cambiar 2 veces al año.

  • Nueva ayuda para facilitar la conciliación de las autónomas

La norma contemplará una exención del 100% en la cuota de autónomos durante 12 meses, para las trabajadoras inscritas en el RETA, por el cuidado de menores o dependientes.

  • Deducción de los gastos de suministro 

El autónomo podrá deducirse en el IRPF hasta el 20% de los gastos de suministro (electricidad, agua, telefonía, etc), cuando realice su actividad desde su domicilio habitual.

  • Se reconocerán los accidentes in itinere

Por fin se reconocerán los accidentes que tenga el autónomo como consecuencia de su trabajo, que se produzcan a la ida o regreso del mismo.

  • Se mejoran las devoluciones de pluriactividad

A partir de la entrada en vigor de la norma, el autónomo no tendrá que reclamar la devolución del exceso de cotizaciones en los casos de pluriactividad. Se implantará un nuevo sistema que devolverá de oficio las cuantías que se hayan pagado de más.

  • El autónomo podrá realizar formación

Se plantea que los trabajadores inscritos en el RETA puedan acceder a la realización de formación que les permita mejorar sus competencias.

Hacemos memoria, y recordamos que este asunto ya se planteaba en el  Real Decreto Ley 4/2015, que reformaba la formación para el empleo. En la norma se indicaba que los trabajadores autónomos podrían optar a la realización de formación programada cuando así se indicase en los Presupuestos Generales del Estado. En los Presupuestos publicados recientemente no se hace una mención expresa a este tema, así que habrá que seguir esperando al desarrollo normativo o inclusión en los presupuestos.

  • Ayudas específicas para las personas discapacitadas que inicien su actividad

Se incluirán diferentes medidas para mejorar las condiciones de los discapacitados emprendedores. Así mismo, parece que contendrá otra serie de mejoras para los trabajadores inscritos en el RETA que tengan hijos con discapacidad, puedan disponer de ayudas para contratarlos.

 

¿Cuándo entrará en vigor la nueva Ley de autónomos?

Todavía habrá que esperar para poder aplicar todas estas medidas, a día de hoy se trata de una propuesta de ley aprobada en el Congreso. El paso siguiente será su presentación en el Senado, donde está previsto que se incorporen diferentes enmiendas. En cuyo caso, tendría que volver al Congreso para ser ratificada.

Según información contrastada con diferentes periódicos, parece que está previsto que estas medidas entren en vigor en septiembre. Y las mejoras relacionadas con las altas, bajas o cambios de bases es probable que no entren en vigor hasta enero de 2018.

Por tanto, los autónomos tendrán que seguir esperando todavía algunos meses más para poder beneficiarse de todas estas mejoras.

En nuestra web os informaremos de todas las novedades que se produzcan al respecto. Estad atentos.

 

Fuentes: ABC, Expansión, El Economista.

 

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