por Ángela M. Labrador | Jul 5, 2018 | autónomo, blog, conciliación, impuestos, IRPF, IVA, Presupuestos Generales del Estado
Por fin entra en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018. Este año se presenta con muchas novedades que debes conocer, por eso hoy te ofrecemos un resumen de las principales medidas de los presupuestos generales 2018 que entran en vigor ya y te pueden afectar.
Medidas de los PGE 2018 que ya te afectan
- El permiso de paternidad se amplía a 5 semanas. Todos los bebés que nazcan a partir del 5 de julio tendrán la suerte de tener a papá en casa una semana más. Se sigue avanzando poco a poco en este terreno, se incrementa de 4 a 5 semanas. Recordamos que también en proceso una propuesta de Ley para aumentar el permiso de paternidad a 16 semanas, pero esta propuesta de momento tiene que seguir todos los trámites correspondientes antes de ver la luz.
- Sube la cuota de autónomos cerca de 4 euros más al mes. Los trabajadores por cuenta propia son los que han salido más perjudicados en estos presupuestos generales, ya que se sube cerca de 4 euros mensuales la cuota de los autónomos que coticen por la base mínima. Según los presupuestos, la base mínima de cotización se incrementa en un 1,4%. Los trabajadores que coticen por la base máxima también saldrán perjudicados, pasarán de pagar 3.751,26 euros a 3.803,70 euros al mes.
- Suben las pensiones un 1,6% con carácter general y un 3% para las pensiones mínimas y no contributivas. Lo más destacable es que suben con carácter retroactivo, esta subida se aplicará desde el mes de enero. Por ello, los jubilados recibirán dicho incremento y todas las cantidades atrasadas en la paga extraordinaria de julio.
- Mejoras en el impuesto de la Renta: Se amplia el margen para no tener que presentar la declaración de la Renta. El límite para esta obligación pasa de los 12.000 euros a 14.000 euros brutos al año. Además, los usuarios que perciban entre 14.000 y 18.000 euros brutos anuales, pagarán menos impuestos.
- Nuevas ayudas para situaciones de dependencia y familias numerosas: Se incluye una deducción de 1.200 euros en la tributación del IRPF para los casos que tengan a cargo un cónyuge discapacitado y se incrementa la deducción por familia numerosa en 600 euros por cada hijo.
- Se incrementa el presupuesto para becas y ayudas generales. Se aumenta en 30 millones. Se trata de una buena noticia, ya que el incremento va a beneficiar a diferentes colectivos.
- Se aumenta la base reguladora de las pensiones de viudedad, que pasará de ser del 52% al 56%.
- Se refuerza la asignación de presupuesto contra la violencia de género. Entraría en vigor el incremento de 200 millones más del Pacto de Estado contra este gran problema social.
- Se rebaja el IVA del cine, que pasaría del 21% al 10%.
Ayudas para el contrato de formación
Otras medidas muy interesantes, de las que apenas se ha hecho eco la prensa, pero debes conocer son dos ayudas destinadas a fomentar la inserción laboral de los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil:
- Ayuda de 430,27 euros para los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que sean contratados mediante contrato de formación y aprendizaje.
- Ayuda de 250 euros al mes por la transformación de contratos indefinidos que provengan de la anterior medida.
Estas medidas entrarán en vigor el 4 de agosto de 2018. Pero ya puedes ver toda la información sobre ellas en nuestro blog. Haz clic aquí para conocer todos los detalles.
por Ángela M. Labrador | Jun 27, 2018 | blog, cursos, Graduados Sociales, Grupo2000
Tras el éxito de la anterior convocatoria, para el curso de Excel inicial, se abre el plazo para inscribirse en el curso de Excel nivel intermedio, en colaboración con el Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada.
Se trata de un curso creado también en el marco del programa para el fomento de la competitividad de los graduados sociales a través de la formación en competencias tecnológicas e informáticas, desarrollado en colaboración con el Colegio, para atender a las necesidades de sus colegiados.
El anterior curso, de Excel inicial, finalizó recientemente, con gran aceptación por parte de los alumnos que expresaron su satisfacción respecto a lo aprendido (que ya aplican en su puesto de trabajo) y mostraron entusiasmo e interés por esta nueva convocatoria.
A continuación te detallamos la información del nuevo curso de Excel nivel intermedio:
Curso de Excel nivel intermedio, en Granada
- Inicio: 17 de septiembre de 2018.
- Duración: 10 horas. Que se distribuirán en 5 sesiones
- Modalidad: presencial.
- Lugar: En la academia de Grupo2000 en Granada. C/ Ciego de Arjona, 2. (junto a Avda. Constitución, 32).
- Horario: de 17 a 19:00 horas.
- Sesiones: 17, 19, 21, 25 y 27 de septiembre de 2018.
- Precio exclusivo para colegiados de CGS Granada ejercientes: 35 euros.
- Precio para despachos no colegiados: 70 euros.
Este curso tiene un precio especial, cuyo fin es facilitar el acceso a esta formación a todos los despachos profesionales granadinos.
Objetivos del curso
En este curso aprenderás a:
- Personalizar los datos de Excel.
- Dominar las funciones matemáticas, estadísticas, de búsqueda de texto, etc..
- Crear tablas dinámicas.
- Crear gráficos con estilo.
Metodología
El curso será fundamentalmente práctico, el alumno/a dispondrá de un ordenador donde realizar los diferentes ejercicios y prácticas.
Docente
Teodoro Chinchilla. Profesor con más de 15 años de experiencia como docente y experto en informática. Graduado en Estadística y Técnico Superior en Informática de Gestión, Experto en diseño y programación Web.
Inscripción
Si deseas inscribirte, simplemente tienes que contactar con el Colegio de Graduados Sociales de Granada, en el 958 25 02 91, o con nuestro centro de Granada, en el teléfono 958 20 84 00 lo antes posible, ya que hay plazas limitadas. No pierdas la oportunidad de formarte a través de este curso pensado especialmente para ti. ¡Apúntate!
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por Ángela M. Labrador | Jun 26, 2018 | blog, formación, formación bonificada, formación online, Formación Programada, laboral
Desde hace ya varias semanas, FUNDAE ofrece la cifra real de crédito para formación de las empresas. Nos encontramos en el último semestre del año y en una época ideal para formar a tu plantilla. Hoy te contamos cuáles son las 3 claves para realizar formación bonificada adecuadamente y que probablemente nadie te haya contado antes:
1. Cómo debe ser la formación para poder bonificarla
La formación bonificada permite que las empresas formen a sus trabajadores a coste 0, pero no vale cualquier tipo de formación, debes revisar que cumple los siguientes requisitos:
- El curso debe guardar relación con el puesto de trabajo que desempeña el trabajador o la actividad de la empresa. También se admite solicitar formación transversal, como puede ser idiomas o informática. Es decir, aquella que sirve para desarrollar competencias básicas que se pueden precisar en todo tipo de negocios. Si la temática del curso no guarda relación o no es transversal, no se puede bonificar en los seguros sociales. La duración deberá ser superior a 2 horas lectivas, y no se considerarán los congresos o jornadas como acciones formativas bonificables.
- El centro de formación debe ser un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir acciones bonificadas y disponer de formadores aptos. En Grupo2000 disponemos de dicha acreditación, así como de una amplia plantilla de tutores expertos en cada área.
- No aceptes cursos que te ofrezcan regalos o servicios junto con la formación, el regalo te puede costar más de 6.000 euros de sanción, ya que es una práctica totalmente prohibida y perseguida por FUNDAE.
2. Requisitos del trabajador que realice un curso bonificado
En el momento que decides bonificar el curso, el trabajador debe ser el idóneo para poder bonificar el curso y además, éste deberá ser informado sobre sus obligaciones respecto a la formación contratada. A continuación te resumimos los datos más importantes a tener en cuenta:
- El trabajador deberá estar contratado en Régimen General bajo el CIF de la empresa. Suele ser uno de los errores más habituales. El trabajador deberá estar dado de alta en el momento en que solicites el curso y durante su realización. Y la bonificación sólo se podrá aplicar bajo el CIF al que éste aparezca asociado. Por el momento, sólo los trabajadores en régimen general pueden hacer esta formación, está previsto que los autónomos puedan hacerlo en un futuro, pero a día de hoy todavía no es posible.
- El trabajador debe estar interesado en realizar el curso y saber que, al ser un curso bonificado, se compromete a cumplir con el rendimiento mínimo exigido por FUNDAE. En el caso de ser una formación online, tendrá que acceder a su aula virtual al menos un 75% sobre la duración total del curso y si es modalidad presencial, acudir al menos a un 75% sobre el total de las horas. Y en todo caso, siempre realizar y entregar todas las tareas, controles o pruebas de evaluación del curso.
3. Datos que debes solicitar antes de bonificar un curso
Antes de aplicar la bonificación por el curso, te recomendamos asegurarte sobre los siguientes datos y así evitar futuros requerimientos por parte de FUNDAE reclamando las bonificaciones.
- La empresa debe estar al corriente en sus pagos a Hacienda y Seguridad Social. Las crecientes exigencias en materia de plazos por parte de la administración pueden generar este tipo de situaciones, está siendo bastante habitual. Y si una empresa está en esta situación, no va a poder bonificar la formación. Por este motivo, es recomendable solicitar un Certificado sobre la situación de deuda, incluso antes de solicitar el curso.
- El rendimiento formativo del trabajador debe ser el adecuado para bonificar el curso. Si el trabajador no ha hecho la formación, no debes aplicar la bonificación, porque te va a llegar un requerimiento en un futuro, casi con toda seguridad. Para evitar esto, puedes solicitar al centro de formación un certificado sobre el aprovechamiento de la formación realizado por el alumno.
- Porcentaje de co-financiación que corresponde a la empresa y cómo va a aportarlo. Las empresas de 5 o menos trabajadores están exentas de aportar co-financiación. Si la empresa tiene una plantilla superior, esta cantidad va a variar en función del número de trabajadores. Será un porcentaje sobre el importe total a bonificar, podrá aportarse económicamente o compensarse con el coste de tener al trabajador formándose en horario laboral durante un tiempo determinado. Tanto una opción, como la otra, deberán indicarse en la plataforma de FUNDAE.
Grupo2000 te ofrece un amplio catálogo de acciones formativas bonificables diseñadas para el cumplimiento de las exigencias de la normativa vigente y FUNDAE. Consúltalo a continuación:
por Ángela M. Labrador | Jun 21, 2018 | autónomos, blog, empresas, Impuesto de Sociedades, impuestos, IRPF, IVA
Comienza uno de los meses más importantes para cualquier autónomo o empresa, en el que hay que presentar diferentes impuestos. Te informamos sobre cuáles las obligaciones fiscales para tu empresa en el mes de julio de 2018.
Lo más importante: tomar nota de todos los plazos de presentación para que no se te pase ninguno.
En unos días hay que comenzar a preparar el cierre del segundo trimestre fiscal, que corresponde a la presentación del mes de julio. Y además, presentar algunos anuales. A continuación te ofrecemos un resumen de los más importantes:
Autoliquidación del IVA. Modelo 303
En julio se deben presentar los datos correspondientes al segundo trimestre del IVA, mediante el modelo 303.
Deben realizarlo todas las empresas y autónomos para informar sobre el IVA de todas las operaciones que hayan realizado durante los tres meses previos, tanto del IVA repercutido, como del IVA soportado.
El plazo de presentación va desde el día 1 hasta el 20 de julio.
Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Modelo 111
Se trata de un modelo que se presenta de forma trimestral. El plazo de presentación comienza el día 1 y finaliza el día 20 de julio.
El modelo 111 deben presentarlo todos los autónomos y empresas que hayan emitido o recibido facturas con retención y empresas con trabajadores en plantilla. Sirve para informar sobre el conjunto de retenciones realizadas.
Retenciones e ingresos a cuentas de rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Modelo 115
Es otro modelo que debes presentar de forma trimestral para declarar las retenciones aplicadas por el alquiler de inmuebles que haya hecho tu empresa para desarrollar su actividad.
El plazo para presentar el modelo 115 también comienza el día 1 de julio y finaliza el día 20 del mismo mes.
Autoliquidación de pagos fraccionados a cuenta del IRPF. Modelo 130
Se trata de otro modelo trimestral, que deben presentar los autónomos, para declarar los anticipos que se realizan a cuenta de la declaración anual del IRPF en relación a los beneficios obtenidos por su actividad.
El modelo 130 es para aquellos que se rigen por la estimación simplificada. Ojo, si tributas por módulos (estimación objetiva), deberás presentar otro diferente, el modelo 131.
El plazo de presentación tanto para el modelo de estimación directa, como el de estimación objetiva, comienza el mismo día 1 y finaliza el día 20 de julio.
Impuesto de sociedades. Modelo 200
El modelo 200 es una declaración anual que tienes que presentar si eres una empresa o sociedad con personalidad jurídica cuyo periodo impositivo coincida con el año natural. Se trata de un impuesto que se aplica en relación al resultado anual que haya obtenido la empresa.
El plazo de presentación va desde el 1 hasta el 25 de julio.
El mes de julio es el mes de presentar además muchos impuestos más específicos, te recomendamos consultar el calendario completo del contribuyente aquí, por si acaso tu empresa debe presentar algún modelo adicional.
Julio es un mes bastante intenso, por lo que hacer una previsión de todos los impuestos que tienes que presentar y comenzar a preparar todo ya puede ayudarte a gestionarlo de forma más llevadera. ¡Mucho ánimo!
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¿Hasta qué hora puede trabajar un trabajador con un contrato de formación?
Fuente: AEAT.
por Ángela M. Labrador | Jun 20, 2018 | blog, boletín RED, contratos, Graduados Sociales, laboral, Sin categoría, Sistema RED
En las últimas semanas os adelantábamos la noticia: Seguridad Social tenía previsto eliminar los códigos de cuenta de cotización específicos para las altas. De nuevo a través del Boletín RED, TGSS avisa, las cuentas de cotización se unificarán antes de octubre de 2018 y explica cómo será el proceso. Y hoy nosotros te lo contamos con detalle en nuestro blog:
El fin de esta unificación de cuentas de cotización es que las empresas sólo tengan que disponer de un código de cuenta de cotización único, con independencia de que algunos trabajadores estén excluidos de cotizar por alguna prestación o contingencia, o de que coticen mediante bases de cotización o cuotas fijas.
En esta situación se encontrarían todas las empresas que hayan formalizado contratos para la formación y el aprendizaje ya que, antes de hacer el alta, hay que solicitar un código de cuenta de cotización específico. A partir de octubre de 2018, según indica Seguridad Social, ya no será necesario porque aparecerán todos los trabajadores asociados a la cuenta de cotización principal.
Según indican, la fecha para la aplicación de esta unificación no se realizará hasta que TGSS no lo establezca de forma expresa, sí se avisa que está previsto que sea antes del 1 de octubre de 2018.
¿Qué situaciones se verían afectadas por esta unificación?
Las empresas que se verán afectadas por esta unificación y deben estar pendientes de estas instrucciones son las que se correspondan con estas situaciones:
- Cuando algún código de cuenta de cotización de una provincia sea de un Régimen Especial, distinto al resto de CCC.
- Los CCC de altas de trabajadores a los que se apliquen unos tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal de la empresa.
- Los CCC del Régimen Especial del Mar, si cada CCC es un grupo de cotización distinto o figura vinculado a embarcaciones distintas.
- La cotización adicional de bomberos y ertzainas.
- Los CCC que identifiquen cualquier condición en comunicación de altas o bajas, autorizaciones para la deducción diferida de las compensaciones por pago delegado de incapacidad temporal, o procedimientos de liquidación de cuotas específicos.
Estarán excluidos de esta unificación por el momento los supuestos en que el CCC sea necesario para identificar a trabajadores con varias relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con distintas condiciones de cotización.
¿Cómo se debe hacer la unificación de CCC?
Todos los CCC que se indican en el anterior apartado causarán baja y el nuevo Código de Cuenta de Cotización al que estarán asociados será el que establezca TGSS, pudiendo ser uno de los que ya existan para esa empresa.
Será la propia Tesorería quien contactará con el autorizado RED, indicándole la fecha y cómo debe hacer la unificación.
Una vez haya contactado con tu empresa, habrá que hacer la baja del trabajador con exclusiones para la cotización en el CCC específico a través del sistema RED en el último día del mes que te indiquen. Y en segundo lugar, hacer el alta de dicho trabajador por la misma vía, en el CCC único, el primer día del mes inmediatamente posterior a la fecha de la baja.
¿Cómo se identificarán ahora los casos de exclusión de cotización?
Dado que a partir de octubre no habrá CCC para diferenciar las situaciones de exclusión de los trabajadores, Seguridad Social ha creado un nuevo campo, denominado «Exclusión de cotización», que contendrá los mismos valores que el actual campo de tipo de relación laboral de CCC (tabla T-52).
Este campo «Exclusión de cotización» deberás marcarlo con la opción que proceda, según la situación del trabajador, en el momento de hacer el alta a través del Sistema RED.
Recuerda: Si tu empresa se ve afectada por la unificación, también tendrás que recordar incluir este campo cuando realices el nuevo alta del trabajador.
En cuanto a la bonificación y cálculo de cuotas, informan desde TGSS que no se verán afectados. Solamente en el caso de presentar liquidaciones complementarias de los trabajadores que has migrado al CCC único. En estos casos, las liquidaciones se tendrán que realizar en el CCC en el que el trabajador estuviese dado de alta para ese periodo de liquidación.
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Fuente: Boletín RED 2/2018.
por Ángela M. Labrador | Jun 20, 2018 | blog, cursos, formación, Grupo2000
Grupo2000 colabora en las jornadas de verano organizadas por el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería que tendrán lugar los días 6 y 7 de julio.
Nuevamente, nuestro centro participa como colaborador de estas jornadas, en las que tendrá lugar la VIII Edición del curso de verano organizado por el Excmo. Colegio de Almería.
Este año el curso principal es «Claves para una mediación con éxito», que será impartido por una ponente de primer nivel, Silvia Escribano, experta con más de 20 años de experiencia, que abordará habilidades relacionadas con el desarrollo personal que refuercen el desempeño de los alumnos.
A continuación compartimos con vosotros el programa de las jornadas:
Día 6. Curso desde las 09:30 hasta las 14:00 horas. Y de 16:30 hasta las 20:30 horas.
- El poder generativo del lenguaje.
- Discusión vs diálogo.
- Juicios vs afirmaciones.
- El poder y la fundamentación de los juicios.
- Creencias limitantes.
- De víctima a responsable.
- Competencias conversacionales.
- Diseño de conversaciones de mediación.
- Modelo de comunicación no violenta.
- Conversaciones para el compromiso.
El día 7, como ya viene siendo habitual en estas jornadas de verano, habrá lugar para la diversión, a través de una sesión de cardio dance. De 11:00 a 12:00 horas.
El lugar elegido para el curso de verano es Valle del Este. Hotel Golf Spa, en Vera (Almería). Un entorno idílico para aprender y disfrutar también, por qué no, de un fin de semana estupendo.
Te animamos a apuntarte a este evento, que permite adquirir conocimientos sobre mediación, pero también es una oportunidad de aprender en un ambiente más relajado y desconectar de la rutina. Para hacerlo, tienes que contactar con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería.
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