Asturias invierte un millón de euros para incentivar el contrato en formación

Asturias invierte un millón de euros para incentivar el contrato en formación

El Gobierno de Asturias aprueba una ayuda de un millón de euros para la subvención de contratos de formación entre las empresas asturianas.

El Consejo de Gobierno de Asturias ha autorizado un gasto plurianual para iniciativas de empleo que garantizará la inserción laboral de 225 jóvenes menores de 30 años mediante la formalización de contratos en formación o prácticas. En concreto, se ha aprobado un gasto de 1,6 millones de euros cuyo presupuesto mayoritario (1.090.880 euros) irá a parar a las empresas que realicen contratos para la formación y el aprendizaje.

Esta iniciativa se enmarca en el Programa de Garantía Juvenil que aporta a los jóvenes la posibilidad de acceder al mercado laboral bajo contratos de formación que refuerzan su perfil profesional presente y futuro.

El portavoz del Gobierno, Guillermo Martín, ha anunciado que la Consejería de Empleo, Industria y Turismo subvencionará a través de diferentes convocatorias los costes salariales de los contratos formalizados en la inserción laboral de los jóvenes asturianos inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Esta iniciativa del Gobierno de Asturias que, promoverá la contratación de 225 jóvenes menores de 30, permitirá a los jóvenes asturianos obtener un certificado de profesionalidad. Los certificados de profesionalidad reconocen de manera oficial las competencias en el ámbito laboral. Estos se constituyen, actualmente, como programa formativo oficial dentro del contrato para la formación y el aprendizaje, modalidad de contrato que permitirá a las empresas asturianas acceder al programa de ayudas. El Gobierno de Asturias subvencionará los costes salariales de los trabajadores durante los años en que esté vigente el contrato.

Las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos para acceder a la ayuda:

  • Los contratos deberán realizarse por empresas asturianas y centros de trabajos radicados en Asturias dentro del ámbito temporal que quede determinado para cada convocatoria de subvenciones tras su aprobación.
  • Se formalizará teniendo en cuenta el nuevo modelo de contrato para la formación y el aprendizaje comunicándose al SEPE en la forma reglamentariamente establecida.
  • Las empresas deberán ampliar con estas contrataciones el número de trabajadores en plantilla en comparación con la media de los doce meses previos al mes de contrato. Para la justificar el incremento de plantilla se deberá adjuntar el Informe de Plantilla media de Trabajadores en Alta que expide la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de que no se incrementara la plantilla, se entenderá cumplida si en los doce meses anteriores a la fecha de contrato no se hubiesen producido despidos reconocidos o improcedentes, objetivos o colectivos.

Los jóvenes contratados deberán a su vez cumplir los siguientes:

  • Estar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a la fecha de inicio del contrato.
  • No haber trabajado durante los 30 días naturales anteriores a la fecha de inicio del contrato.
  • Mayores de 16 años y menor de 30 años.
  • Inscritos, al inicio del contrato, como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio de Empleo Público de Empleo del Principado de Asturias.

Las Comunidades Autónomas apuestan por el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje.

Cada día más iniciativas autonómicas se unen para impulsar la contratación de menores de 30 años bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

Estas ayudas vienen reforzadas por las mejoras que implementa este nuevo contrato de formación que permite a los trabajadores obtener una titulación oficial como son los certificados de profesionalidad con validez estatal y europea.

Grupo 2000, es centro acreditado para impartir certificados de profesionalidad oficiales expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal en todas las Comunidades Autónomas. Contamos, para ello, con más de 200 centros colaboradores en toda España que nos permiten ser el único centro de formación que imparte, de manera reglada, certificados de profesionalidad oficiales para este nuevo contrato para la formación y el aprendizaje en todo el territorio nacional en modalidad de teleformación.

Gracias a nuestras acreditaciones para impartir certificados de profesionalidad podrás contratar trabajadores para las ocupaciones más demandadas en el mercado laboral y acceder a las subvenciones estatales y autonómicas.

Consulta a través de nuestro chat en línea, en el 958 80 67 60 o en contacto@grupo2000.es cómo puedes realizar con Grupo 2000 un nuevo contrato de formación y el aprendizaje.

Fuente de la noticia: Agencia EFE 
Convocatoria oficial: Gobierno del Principado de Asturias 


Última hora: Castilla y León subvenciona realizar contratos de formación con 3.000 euros


 

Ayudas de hasta 15.000 euros para empresas que implanten soluciones cloud

Ayudas de hasta 15.000 euros para empresas que implanten soluciones cloud

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo convoca un nuevo programa de ayudas para pequeñas y medianas empresas que fomentará la demanda de soluciones en la nube, ‘soluciones cloud’. El fin de esta ayuda es promover el aprovechamiento de internet y las nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y laboral.

El programa se apoya en la entidad Red.es diseñada para fomentar el empleo entre empresas que apuesten por la vanguardia digital. 

Las empresas que realicen esta adaptación podrán percibir unas ayudas de entre 625 Euros y 15.000 Euros por beneficiario que se corresponden con el 50%-80% del presupuesto subvencionable solicitado.

Creemos que es muy interesante esta propuesta del Ministerio para apoyar la digitalización de procesos empresariales así como su difusión entre emprendedores, empresas y pymes. Asesores, centros de formación y gestores de empresa debemos informar a nuestros clientes sobre este tipo de ayudas que fomentan su expansión.

¿Qué tipo de empresas pueden acceder a las ayudas de adopción cloud?

Todas las pequeñas y medianas empresas podrán solicitar el acceso a esta ayuda si cuentan con:

  • Menos de 250 empleados.
  • Volumen de negocio menor de 50 Millones de Euros.
  • Domicilio fiscal en España.
  • Hayan comenzado su actividad inicial antes de la publicación de estas bases.

Estas ayudas cuenta con el límite de la subvención que es de 40 millones de euros.

¿Qué tipo de solución en la nube cubre este programa de ayudas?

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha puesto a disposición de las pymes un catálogo que recoge el tipo de solución que podrías implantar en tu empresa gracias a estas ayudas Red.es. Podrán solicitar las ayudas las empresas que inviertan en soluciones cloud dentro de cualquiera de estas categorías:

  • Categoría 1. Puesto de usuario
  • Categoría 2. Gestión económica
  • Categoría 3. Gestión negocio
  • Categoría 4. Relación con clientes
  • Categoría 5. Gestión del punto de venta
  • Categoría 6. Presencia en internet
  • Categoría 7. Comercio electrónico
  • Categoría 8. Infraestructura como servicio
  • Categoría 9. Plataforma de desarrollo como servicio
  • Categoría 10. Centralita virtual

¿Cómo se pueden solicitar las ayudas de adopción cloud?

Se podrán solicitar del 4 al 25 de mayo de 2016 a través de la sede electrónica de Red.es. En este enlace, podrás descargar los modelos a presentar y conocer las condiciones de la ayudas de adopción cloud. También puedes obtener más información en convocatorias@red.es, o a través del 901 900 333 (teléfono de atención de Red.es).

Gracias a estas ayudas del Ministerio de Industria, tu empresa podrá acceder a mejoras en tecnología digital muy convenientes y lograr su completa adaptación a las nuevas exigencias del mercado.

Fuente: Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Ayudas para contratar a personas mayores de 40 años

Ayudas para contratar a personas mayores de 40 años

En los últimos años, hemos visto cómo el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha otorgado especial interés en el desarrollo de planes de empleo orientados a la contratación de colectivos ciertamente desventajados a nivel laboral. Reconocemos de entre todos ellos, los buenos resultados obtenidos en la inserción laboral de colectivos en riesgo de exclusión como personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género o desempleados menores de 30 años que vienen apoyados por los contratos para la formación y el aprendizaje, entre otros.

Pero, uno de los incentivos a la contratación más interesantes que fomenta el Gobierno junto al apoyo de las corporaciones locales son las ayudas y bonificaciones a las empresas que contraten a mayores de 40 años. Existen numerosos puestos de trabajo en los que disponer de personas con una gran experiencia en su sector resulta una ventaja competitiva añadida y, aunadas a las ventajas y ayudas que nos propone el Gobierno, se convierten en un gran estímulo para proporcionar empleo de calidad y estable a personas mayores de 40 años.

En este artículo, vamos a explicar los planes desarrollados por el Gobierno para contratar a personas mayores de 40 años diferenciando las ayudas que existen para mayores de 45 años, 55 años y hasta los 65 años de edad.

Bonificaciones y reducciones como incentivo para la contratación de personas mayores de 45 años.

Las PYMEs (empresas con menos de 50 trabajadores) que contraten a personas mayores de 45 años con un contrato de trabajo indefinido podrán contar con bonificaciones en el pago a la Seguridad Social. Estas dependen de las características del contrato:

  • Mayores de 45 años. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años desempleados inscritos en la oficina de empleo podrán percibirse con carácter general la cuantía anual de 1300 euros y para la contratación de mujeres de 1500 euros durante 3 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%. (Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral)

Para el resto de empresas, con un número de empleados superior a los 50 trabajadores, la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad contarán con ayudas dependiendo del grado de discapacidad tal y como dicta la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. De esta forma, distinguimos:

  • Mayores de 45 años con discapacidad. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad reconocida de un 33% contarán las empresas con una bonificación anual de 5700 euros durante la vigencia del contrato.
  • Mayores de 45 años con discapacidad severa. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad severa la cuantía anual bonificable es de 6300 euros durante la vigencia del contrato.

Bonificaciones y reducciones como incentivo a la contratación de desempleados mayores de 52 años.

Las bonificaciones y ayudas que podrán percibir las empresas por la contratación de mayores de 52 años serán dada la contratación de:

  • Mayores de 52 años beneficiarias de subsidios. La contratación de desempleados mayores de 52 años sujetas a bonificación serán las que se realicen a los beneficiarios de los subsidios del art. 215 LGSS que sean contratados a tiempo completo y de forma indefinida. La cuantía anual a percibir se calculará atendiendo a la que proporcione, en su caso, el Programa de Fomento de Empleo y depende del colectivo tal y como recoge la Ley 43/2006 o Ley 3/2012 citadas con anterioridad.

Bonificaciones y reducciones como incentivo para el mantenimiento del empleo de mayores de 65 años.

Las empresas que garanticen la continuidad de trabajadores en el puesto, mayores de 65 años y con los siguientes requisitos contarán con la bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes (salvo incapacidad temporal).

Hay que tener en cuenta el perfil del trabajador que debe de ser:

  • Mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido ya sea nuevo o vigente.
  • Mayor de 67 años y 37 años cotizados a la Seguridad Social.

Salvo las exenciones recogida en la Ley General de la Seguridad Social 1/1994 (art. 112 bis) y Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actuación, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

En Grupo 2000, creemos que todas estas iniciativas que apoyan a diferentes colectivos en la contratación son fructíferas en el futuro marco empresarial y de empleo en nuestro país. El apoyo en el empleo a mayores de 40 años es uno de los programas más interesantes junto con el de incentivos en la contratación a personas menores de 30 años bajo el contrato para la formación y el aprendizaje y las ayudas a la contratación a mujeres víctimas de violencia de género.

El Servicio de Empleo Público Estatal pone, además, a disposición de empresas y trabajadores a través de las Agencias de Colocación los servicios de selección y empleo, en especial, de estos perfiles profesionales.

Fuente: SEPE

Puedes saber más sobre ayudas a la contratación vigentes en 2016 en:

Fundación Michelín da mil euros a empresas que generen nuevos contratos

Fundación Michelín da mil euros a empresas que generen nuevos contratos

La Fundación Michelín ha puesto en marcha un nuevo y atractivo paquete de ayudas a emprendedores que estarán destinadas a la creación de empleo y al desarrollo empresarial de las empresas en diferentes provincias de Castilla y León y País Vasco.

La Fundación Michelín nace, en 2003, como iniciativa de la popular firma de neumático dentro de su Política de Responsabilidad Social Corporativa con el fin de contribuir al desarrollo económico de las zonas de España en las que tienen centro de producción.

En este aspecto, la Fundación Michelín (FMD) lleva a cabo su actividad en los municipios de Lasarte-Oria (Guipúzcoa), Vitoria-Gasteiz (Álava), Aranda del Duero (Burgos) y Valladolid, ciudades que contarán con las ayudas del nuevo programa de la fundación.

Félix Sanchidrián, director de la Fundación Michelín, ha presentado estas ayudas y ha declarado que están ‘destinadas a la contratación de personas desempleadas mayores de 45 años, con discapacidad, parados de larga duración y receptores de la Renta Garantizada de Ciudadanía’.

Su objetivo es conceder ayuda técnica y financiera para pymes y emprendedores poniendo a disposición de éstos un complemento para la creación de empleo, que beneficia a colectivos en riesgo de exclusión social y laboral.

¿Cómo es la ayuda que otorga la Fundación Michelín?

La FMD ha puesto en marcha una ayuda muy interesante para los empresarios y emprendedores de Burgos, Álava, Guipúzcoa y Valladolid ya que podrán ser beneficiados con un complemento de 1000 euros a fondo perdido por cada empleo que se genere  a tiempo completo, con el límite de 18 empleos por convenio para personas desempleadas mayores de 45 años, discapacitados, parados de larga duración y receptores del a Renta Garantizada de Ciudadanía.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a esta ayuda?

Los proyectos empresariales tienen que estar avalados por la Fundación Michelín que se convierte en avalista de un proyecto potencialmente viable y generador de empleo, en colaboración con una entidad financiera determinada por la FMD. Las condiciones para que el proyecto sea avalado y ser beneficiario de esta ayuda de 1.000 euros a fondo perdido son las siguientes:

  • Máximo a avalar: 30% de la inversión.
  • Importe del préstamo: Máximo 10.000 euros por empleo de nueva creación. Se establecerá en función del volumen de la inversión y del empleo.
  • Importe del préstamos avalado: 20.000 euros a 180.000 euros.
  • Duración: Préstamo a 5 años incluyendo el primero de carencia. Tan sólo se pagarán intereses.
  • Interés: El interés será fijo durante la vigencia del préstamo. En la actualidad es del 2%.
  • Garantías: Sólo se exigen las garantías de viabilidad del proyecto e implicación del promotor en su desarrollo.

Las ayudas serán a fondo perdido con el apoyo de los convenios de dos Sociedades de Garantía Recíproca:

  • IBERAVAL, S.G.R.  (Castilla y León)
  • OINARRI, S.G.R. (País Vasco)

Esta interesante iniciativa se suma a los más de 11 años que la Fundación Michelín lleva generando empleo en nuestro país. En este tiempo, ya son más de 3.000 puestos de trabajo de larga duración en las provincias de Burgos, Valladolid, Álava y Guipúzcoa.

Con esta iniciativa, conseguirá un medio de inclusión laboral para los perfiles más desfavorecidos y un mayor rendimiento de los proyectos emprendedores que se pondrán en marcha durante este año en estos municipios.

Si tu empresa se emplaza en otra provincia y no puedes acceder a esta ayuda, quizá pueda interesarte acogerte a estas otras ayudas para empresas, empresarios y pymes:

Fuente: Fundación Michelín

El Plan Prepara aumenta la ayuda para personas con responsabilidades familiares

El Plan Prepara aumenta la ayuda para personas con responsabilidades familiares

Mediante la publicación este lunes de la Resolución de 9 de febrero de 2016, el Gobierno acaba de prorrogar la vigencia del Plan Prepara estableciendo nuevas formas, cuantías y plazos de presentación de las solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el marco del programa de recualificación profesional de personas que agoten su protección por desempleo.

El Plan PREPARA o ‘ayuda de los 400 euros’ comenzó en febrero de 2012 y se ha ido prorrogando semestralmente de manera automática hasta en diez ocasiones. Esta nueva prórroga define un plazo de vigencia para solicitar la ayuda del Plan PREPARA desde el 16 de febrero de 2016 hasta el 15 de agosto de 2016 y una cuantía superior para apoyar a personas con responsabilidades familiares concretas que vamos a detallar a continuación.

¿Quiénes pueden solicitar el Plan Prepara?

Aquellos que:

  • No estén cobrando ninguna de las siguientes prestaciones. Podrás solicitar la ayuda si has terminado de cobrar la prestación por desempleo o los subsidios o si por tus circunstancia no tengas derecho a cobrarlos y si, además, no has cobrado con anterioridad ni el PRODI, ni la RAI (Renta Activa de Inserción), la Renta Agraria ni el Plan Prepara anterior.
  • Actualmente, estén cobrando el Plan Prepara antes del 15 de agosto de 2012. Podrás cobrarlo con las condiciones del anterior plan, no repercutiendo los nuevos requisitos.

No podrán acogerse quienes ya han cobrado los seis meses de la ayuda.

Requisitos para solicitar la ayuda del Plan Prepara

Los nuevos requisitos del Plan Prepara 2016 establecen estos criterios mínimos para cursar su solicitud:

  • Estar inscrito como mínimo 12 de los últimos 18 meses como desempleados o tener personas a cargo como establece el art. 275.3 de la LGSS.

Además, deberán demostrar al menos tres de las siguientes acciones que acreditan que, durante un periodo mínimo de 30 días, se están realizando acciones de búsqueda activa de empleo.

  • Haber trabajado por cuenta propia o ajena.
  • Realizar el envío de curriculum al menos a tres empresas distintas.
  • Mantener al menos una entrevista de trabajo.
  • Inscripción en al menos alguna agencia de colocación autorizada.
  • Registrarse como demandante de empleo en portales privados o servicios públicos de empleo.
  • Participar en las acciones formativas ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo.

Solicitud del Plan Prepara

De momento, no se puede realizar por internet pero sí podrás preparar tu solicitud y pedir cita previa en el SEPE para poder adjuntar toda la documentación requerida.

Os facilitamos el modelo de Solicitud del Plan Prepara.


Novedades en el cobro del Plan Prepara 2016

Como término general, la ayuda seguirá consistiendo en 400 euros al mes pero como novedad, si tienes tres o más familiares a cargo, podrás cobrar hasta 450 euros al mes.

Se entenderá como familiar a cargo a:

Cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33 por cientos o menores acogidos. Deben carecer individualmente de rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

En esta nueva prórroga del Plan Prepara se ha emitido una orden a todas las delegaciones provinciales para que las nóminas se elaboren el día 5 de cada mes o si fuera festivo el día siguiente hábil.

¿Cómo funciona el Plan PREPARA?

A partir de la solicitud del Plan PREPARA, se inicia el Itinerario Personalizado de Inserción (IPI), valorado por un orientador laboral. Se convocarán varias reuniones de obligada asistencia con el orientador laboral durante el tiempo de cobro de la ayuda del plan PREPARA que formarán parte del Itinerario de Inserción. En estas reuniones, tu orientador te ayudará a aprender formas de encontrar trabajo, escribir y elaborar un curriculum vitae, donde buscar ofertas de empleo utilizando internet, etc.

¿Dónde se anuncia la aprobación de la ayuda?

Las solicitudes se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia del solicitante y podrán consultarse en el Boletín Oficial del Estado utilizando la palabra recualificación donde aparecerán las listas de solicitudes aprobadas.

Fuente: Resolución de 9 de febrero de 2016 del Servicio de Empleo Público Estatal

Leer más sobre ayudas de 2016 con plazo abierto:

¿Qué ocurre con la prestación por maternidad si finaliza el contrato?

¿Qué ocurre con la prestación por maternidad si finaliza el contrato?

Existen muchas dudas y consultas acerca de qué ocurre en diferentes casos con la prestación por maternidad. Hace algunas semanas, ya os adelantábamos cómo se tramita la baja por maternidad en el contrato en formación. En este caso, nos gustaría detallaros qué es lo que ocurre con la prestación por maternidad si cuando se está percibiendo se produce la finalización natural del contrato.

La prestación por maternidad es un subsidio que se reconoce a los trabajadores durante los periodos de descanso establecidos legalmente. La prestación por maternidad recoge los casos de adopción, maternidad, acogimiento familiar y tutela siempre que el trabajador acredite los requisitos que se exigen por cada caso específico.

Pero, ¿qué ocurre en el caso de que el contrato de un trabajador finalice justo cuando se está percibiendo la prestación económica de maternidad?

En este caso, el trabajador podrá continuar percibiendo su prestación económica de maternidad hasta completar el plazo de 16 semanas. En el caso de paternidad, este plazo será de 13 días hasta el alta médica o fin de situación. A partir de este momento en que finalizan los plazos establecidos, el trabajador podrá solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días hábiles siguientes.

Recordamos los requisitos establecidos para recibir la prestación por desempleo:

  • Afiliado a la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
  • Situación legal de desempleo.
  • Inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado al desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Si se ha cotizado menos, el trabajador podrá tener derecho al subsidio por desempleo.
  • No haber cumplido la edad legal de jubilación.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por algún programa de fomento de empleo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social que presente incompatibilidades con el trabajo.

El plazo para presentar la solicitud de prestaciones es de 15 días hábiles a partir de que acabe el periodo de maternidad o paternidad, a través de:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • Oficina de Prestaciones.
  • Oficina de Registro Público.
  • Correo administrativo.

Es necesario cumplimentar, en cualquier supuesto, este modelo de Solicitud de Prestación Contributiva para percibirla. Podrás consultar todas las dudas sobre la prestación por desempleo tras el periodo de maternidad o paternidad en el teléfono de atención al ciudadano del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) 901 119 999.

 

También te interesará echar un vistazo a estas ayudas y subvenciones con plazo de solicitud abierto:

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