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Ayudas de 4.000 euros para contratos de formación en Navarra

Ayudas de 4.000 euros para contratos de formación en Navarra

¡Ya se ha abierto el plazo de solicitudes! Si eres una empresa ubicada en Navarra y necesitas contratar personal esto te interesa:

En este post te contamos todo sobre las ayudas de 4.000 euros para contratos de formación en Navarra.

Se trata de una de las líneas de subvención incluidas en la Resolución 682E/2024, con incentivos a la contratación de personas con dificultades de inserción.

Tienes todos los detalles, más abajo. Analizamos qué requisitos debes cumplir y cómo solicitarlas.

¡Importante! Si quieres solicitar la ayuda haz clic en el siguiente botón. Nuestro equipo atenderá tus necesidades y te ayudará a firmar el contrato de formación compatible.

¿Cómo es la ayuda de 4.000 euros por contrato de formación en Navarra?

Estas ayudas de 4.000 euros para contratos de formación en Navarra se enmarcan dentro de las subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción en 2024.

El objetivo de las ayudas es mejorar la empleabilidad y lograr la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, especialmente para colectivos vulnerables.

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¿Quiénes pueden acceder a la ayuda de 4.000 euros en Navarra?

Puedes ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:

  • Empresas.
  • Trabajadores/as autónomos/as.
  • Entidades sin ánimo de lucro.

Parra acceder a la ayuda las empresas beneficiarias deberán:

  • Tener centro de trabajo en Navarra.
  • Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
  • No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Cada contratación debe suponer un incremento de plantilla. El cálculo se realizará comparando la plantilla fija de la empresa en el mes de la contratación con su situación el mismo mes del año anterior.
  • En el supuesto de cese de alguna de las personas contratadas con anterioridad a la finalización del período subvencionado, deberá sustituirse por otra persona, en el plazo máximo de un mes, respetando la misma jornada, la retribución y el mismo colectivo o de dificultad superior al que pertenecía la persona sustituida.

 

¿Qué tipos de contratos serán subvencionables con la ayuda?

Se podrán subvencionar los contratos de formación en alternancia adscritos a centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, realizados a jornada completa.

Su remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato, y no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

No se subvencionarán los contratos de formación en alternancia en los que la suma del tiempo de formación y del tiempo de trabajo en efectivo no alcance el 100% de la jornada laboral completa.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las personas trabajadoras contratadas?

Las personas trabajadoras contratadas deberán:

  • Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo autonómico respectivo a la fecha de inicio del contrato.
  • Ser jóvenes menores de 30 años inscritos en el sistema de garantía juvenil.

 

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La cuantía de las ayudas ascenderá hasta los 4.000 euros siempre y cuando los contratos de formación en alternancia tengan una duración de al menos 1 año.

Si el contrato tuviese una duración menor se concederá la cuantía proporcional por meses enteros.

Por meses enteros se entenderán los meses completos de fecha a fecha, cualquiera que sea el número de días de los meses enteros correspondientes.

Es decir, los días que exceden de los meses completos no se subvencionan.

¿Cuándo comienza el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 1 de mayo y finalizará el 30 de noviembre de 2024.

Las solicitudes deberán presentarse a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Y se podrán tramitar vía online a través de Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve.

 

¿Esta ayuda es compatibles con otras subvenciones?

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones a la Seguridad Social de los contratos de formación en alternancia.

No es compatible con otras ayudas que pudieran obtenerse para la misma finalidad, que provengan de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones públicas.

¿Deseas obtener más información? Puedes contactarnos en nuestro chat online o en el teléfono 958 80 67 60.

¿Conocías las ayudas para impulsar la firma de contratos de formación en alternancia en Navarra? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Te permitirá contratar hasta 2 años sin costes en los Seguros Sociales.

Y si deseas aprovechar esta oportunidad y firmar un contrato de formación compatible con esta ayuda disponible en Navarra, ¡estamos aquí para ayudarte! 

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

¡Te esperamos!

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Ayudas de 3.000 euros para contratos de formación en Murcia

Ayudas de 3.000 euros para contratos de formación en Murcia

En este artículo te contamos todo sobre la interesante ayuda de 3.000 euros para contratos de formación en Murcia cuya convocatoria se ha abierto recientemente.

Las bases de esta convocatoria han sido aprobadas por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo de esta comunidad autónoma y publicadas en la Orden de 14 de mayo.

A continuación te resumimos todo lo necesario para que puedas solicitar esta subvención, requisitos y trámites.

Si quieres solicitar la ayuda haz clic en el siguiente botón. Nuestro equipo atenderá tus necesidades y te ayudará con todo lo necesario para gestionar un contrato de formación en alternancia compatible.

¿En qué consiste la ayuda de 3.000 euros por contrato de formación en alternancia de la Comunidad de Murcia?

La línea 3 de esta convocatoria de ayudas tiene como fin impulsar la contratación mediante el contrato de formación en alternancia y el fomento del empleo joven.

Las empresas que contraten a personas que complan los requisitos que veremos más abajo podrán beneficiarse de una ayuda de 3.000 euros.

Esta ayuda podría incrementarse en un 10% si el contrato se formaliza con una mujer.

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¿Qué empresas pueden ser beneficiarias de esta ayuda de 3.000 euros para contratar en Murcia?

Puedes ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:

  • Empresas.
  • Autónomos/as.
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o entidades que aunque carezcan de personalidad jurídica, tengan la consideración de empresa.

Estarán excluidas las entidades del sector público.

Para acceder a la ayuda las empresas beneficiarias deberán:

  • Tener centro de trabajo en Murcia.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • Cumplimiento de normativa de subvenciones de la Región de Murcia (BORM nº 23 de 29 de enero de 2022).

 

¿Qué casos estarán excluidos de esta ayuda para contratar en Murcia?

Los siguientes supuestos estarán excluidos de esta subvención:

  • Contrataciones de personas que hayan estado en la misma empresa en los 12 meses previos al alta del contrato.
  • Contrataciones a cónyuge y familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad del empresario o miembros administradores.
  • La novación de contratos laborales tras una subrogración.
  • Las relaciones laborales de carácter especial.
  • Empresas que hayan despedido de forma reconocida improcedente o por despido colectivo en los 12 meses anteriores.
  • Las empresas de trabajo temporal.
  • La contratación de socios/as.
  • No haber tenido relación con la empresa temporal en los 6 meses previos al alta del contrato.

 

 

¿Qué tipos de contratos serán subvencionables con la ayuda?

Se podrán subvencionar los contratos de formación en alternancia a tiempo completo para centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Murcia.

El contrato deberá tener una duración mínima de 12 meses.

Importante: la empresa deberá mantener el puesto de trabajo subvencionado durante al menos 12 meses.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las personas trabajadoras contratadas?

Las personas trabajadoras contratadas deberán:

  • Estar inscritas como demandantes de empleo al menos 1 día antes del alta del contrato.
  • Edad: menores de 30 años.
  • Inscritos en el sistema de garantía juvenil.

 

Plazo y solicitud de la subvención de esta ayuda para contratos de formación

Cada empresa podrá solicitar como máximo 5 subvenciones. Esta ayuda se concederá en régimen de concurrencia no competitiva. La concesión de las ayudas se realizará según el orden de entrada de la solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse a través del modelo de solicitud electrónica elaborado para esta subvención y dirigidas a la Dirección General del Servicio Regional de Empleo y Formación.

Ya está abierto el plazo de solicitud.

La concesión de la ayuda te la notificarán en un máximo de 6 meses a contar desde la solicitud a través de la sede electrónica de la CARM. Si no te hubiese llegado en 6 meses resolución, se entenderá como desestimada por silencio administrativo.

 

¿Esta ayuda es compatible con otras subvenciones?

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones a la Seguridad Social de los contratos de formación en alternancia.

El contrato de formación en alternancia tiene derecho a aplicar 3 bonificaciones:

  • 119 € en los seguros sociales
  • 60 ó 80 € de bonificación en concepto de tutorización.
  • Bonificación del 100% de la formación que recibe la persona contratada.

 

El importe concedido no podrá superar de forma aislada o sumado a otras subvenciones para el mismo fin nacionales o internacionales el límite que regula la norma de «minimis».

Esta subvención será incompatible con otra ayuda para la misma finalidad.

 

¿Qué ocurre si no mantengo el empleo del contrato subvencionado?

En el caso de que se produzca el cese de la persona que has contratado antes de los 12 meses por una causa diferente al despido improcedente, tendrías que contratar a otra persona que cumpla los requisitos para sustituirla en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la baja o fecha de declaración de la procedencia del despido.

A efectos de medir el cumplimiento de tu obligación de mantener el empleo se justificará mediante 365 de cobertura en Seguridad Social para la persona contratada.

Si se produce una suspensión o reducción de jornada debido a un ERTE ETOP (art. 47,1 del ET) no computará a efectos de medir el mantenimiento de empleo durante 12 meses.

Si computará durante 6 meses cuando la causa por suspensión deriva de fuerza mayor. En ambos casos tendrás que notificar al SEF la decisión adoptada por tu empresa.

La jornada indicada en el contrato  se podrá reducir si la persona ejerce el derecho individual previsto en el artículo 37 del ET.

En el supuesto de que no se cumplan los requisitos de la subvención, la empresa deberá devolver la ayuda, más el interés de demora.

Habría una situación excepcional, en el caso de que sea imposible encontrar a una persona sustituta y se pueda acreditar.

Si vas a solicitar esta ayuda te recomendamos consultar las bases de la convocatoria.

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si deseas aprovechar esta oportunidad y firmar un contrato de formación compatible con esta ayuda ¡Te ayudamos!

Para más información, escribe en nuestro chat online o llámanos al 958 80 67 60.

 

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