por Ángela M. Labrador | Oct 10, 2013 | Andalucía, ayuda contratación, ayudas contrato de formación, blog, bono empleo joven
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El 6 de mayo de 2018 se publicó la Convocatoria de Bono Joven 2018.
Cómo contratar a los beneficiarios del Bono Joven.
En los últimos días se ha publicado el listado definitivo de los 3.787 jóvenes a los que se ha concedido el Bono Joven. Por tanto, comienza el plazo para que las empresas, que deseen acceder a las ayudas de 4.800 euros, contraten a los jóvenes beneficiarios del Bono Joven.
El Servicio Andaluz de Empleo ha puesto a disposición de las empresas la base de datos con los jóvenes titulares del Bono Joven.
A continuación os detallamos los detalles a tener en cuenta para contratar a alguno de estos jóvenes y acceder a la subvención:
- Consultar el listado de jóvenes y su perfil:
Visita la sección «empresa» de la Oficina Virtual del SAE. Pincha en la sección «Buscar titulares del Bono de Empleo Joven«.
Introduce los criterios de búsqueda, y podrás consultar los currículum que coincidan con el perfil que busca tu empresa. (Es necesario ser usuario de la Oficina Virtual, en la web te indican cómo hacerte usuario).
- Contacta con los candidatos que más se ajusten al perfil que solicitas.
- La modalidad de contrato que elijas debe ser a jornada completa.
- Para la concesión de la subvención es fundamental que, si se contrata mediante contrato de formación, la duración sea de al menos 12 meses.
- Se podrá utilizar únicamente con los jóvenes beneficiarios del Bono Joven graduados en ESO, procedentes del programa Segunda Oportunidad.
- Es compatible con la bonificación de los Seguros Sociales del contrato de formación.
- Deben ser contratados en el grupo de cotización que les corresponda conforme a su titulación.
- Formalizar el contrato antes del 31 de Marzo de 2014 (plazo ampliado tras la aprobación del Decreto Ley de Ayudas Financieras para Pymes del 17 de Diciembre), y comunicarlo al Servicio Andaluz de Empleo. Recuerda, asegúrate que el grupo de cotización se corresponde con la formación del trabajador.
- Solicitar la ayuda.
Una vez concertado el contrato, la solicitud se tramita en la Ventanilla Electrónica de la Administración (VEA).
Aquí tendrás disponible el formulario, que puede presentarse cumplimentado telemáticamente o en los registros oficiales de la Junta de Andalucía, preferentemente en la Dirección Provincial del SAE.
- Posteriormente, deberá justificarse la concesión de la ayuda ante la Dirección General de Políticas Activas de Empleo, presentando los comprobantes de pago de las nóminas, y los TC1 y TC2.
Si tenéis previsto contratar, esta subvención es muy interesante. Y además, si contratas mediante contrato de formación, podrás beneficiarte de la subvención de 4.800 euros y de una bonificación de los Seguros Sociales, que saldrían a coste 0.
También os puede interesar consultar nuestro artículo sobre la última convocatoria de la subvención del Bono Joven.
Si necesitáis ampliar información, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.
por Ángela M. Labrador | Sep 2, 2013 | altas contratos, ayuda contratación, ayudas contrato de formación, blog
Ayudas a la contratación de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El 19 de Agosto de 2013 se publicó la Resolución del Gobierno de Canarias que contiene un programa extraordinario de incentivos a la contratación laboral, cuyo fin es el de promover las contratación laboral en Canarias.
Cuantía de la Subvención:
La cantidad se concederá por un importe equivalente a los costes de Seguridad Social a cargo del empresario por el trabajador contratado.
Hasta un máximo de 615 euros al mes por contrato y durante 6 mensualidades. Cantidad que se incrementará hasta un 15% en contrataciones indefinidas.
El importe de la subvención se determinará según la base de cotización a la Seguridad Social del primer mes del contrato.
Beneficiarios:
La subvención puede ser solicitada por cualquier entidad, persona física o jurídica, o comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que tenga su domicilio social o un establecimiento permanente en Canarias.
Requisitos:
- Suscribir un contrato laboral y mantenerlo en vigor por un período mínimo de 6 meses.
- Se debe contratar a una persona desempleada e inscrita durante al menos 6 meses como demandante de empleo.
- La actividad laboral debe realizarse en Canarias.
- La empresa no puede haber reducido la plantilla en los 6 meses anteriores a la solicitud.
- Utilizar uno de los modelos de contrato permitidos. Entre ellos, está el contrato para la formación y el aprendizaje.
Solicitud:
El modelo normalizado que incluye el Anexo II de la Resolución se presentará en cualquier sede del Servicio Canario de Empleo, o también de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del SCE.
Plazos:
Serán subvencionables los contratos laborales que se suscriban entre el 15 de Julio y el 30 de Septiembre de 2013.
Plazos para la presentación de solicitudes:
Contratos suscritos entre el 15 de Julio y el 31 de Agosto: hasta el 20 de Septiembre de 2013.
Contratos suscritos del 1 al 30 de Septiembre: hasta el 20 de Octubre de 2013.
Incompatibilidades:
- Empresas que hayan cometido infracciones muy graves, o hayan sido sancionadas en los dos años anteriores a la solicitud en materia de prevención de riesgos laborales.
- Las contrataciones realizadas por ETT.
- Las contrataciones a cónyuges, y parientes hasta segundo grado de consanguinidad.
- No será compatible con ayudas públicas o privadas con la misma finalidad, excepto las ayudas estatales de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
Por tanto, esta ayuda si es compatible con las bonificaciones y ventajas del contrato de formación y aprendizaje.
Si quieres ampliar información, podemos chatear online en la web de Grupo 2000.
Fuente: BOC.
por Ángela M. Labrador | Jun 18, 2013 | ayuda contratación, ayudas contrato de formación, blog, contrato de formación, contratos bonificados
Subvención de la Comunidad Valenciana al contratar con contrato de formación
El pasado 5 de Junio, La Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo aprobó la Orden 18/2013, por la que se convocan diferentes programas para favorecer la contratación de jóvenes desempleados de la Comunidad Valenciana.
Entre otras medidas, han establecido un Programa de incentivos a la contratación para la formación y el aprendizaje.
A continuación os resumimos las claves de esta subvención:
- Objeto de la subvención: Jóvenes menores de 30 años inscritos en el SERVEF al menos 3 meses ininterrumpidos previos a su contratación.
- Tipo de contrato: Contrato de formación.
- Duración mínima del contrato: 12 meses.
- Cuantía de las ayudas: 2.000 euros, si se contrata a una mujer, 2.500 euros. Se pagarán en un solo plazo. Las solicitudes se resolverán en 6 meses por la dirección del SERVEF.
- Beneficiarios: empresas privadas de la Comunidad Valenciana.
- Quedan excluidos del programa:
- Jóvenes que hayan sido previamente contratados por la empresa con contrato indefinido.
- Jóvenes que hayan finalizado un contrato indefinido por mutuo acuerdo en los 3 meses previos a la contratación.
- Contrataciones a través de ETT.
- Empresas que hayan cometido infracciones graves o muy graves.
- Empresas que hayan realizado un despido colectivo en los 12 meses anteriores, o hayan extinguido contratos por causas improcedentes.
- Contrataciones a familiares de hasta 2º grado o pareja del empleador.
- Las ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención para el mismo fin.
- Solicitudes: En un impreso normalizado, se dirigirán al SERVEF. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 2 meses desde la contratación.
Acompañadas de la siguiente documentación:
- Identificación del solicitante o representante legal.
- Declaración responsable de no incurrir en alguna de las prohibiciones para recibir la subvención.
- Dos ejemplares de los datos de domiciliación bancaria.
- Copia de la solicitud de la actividad formativa.
- Plazo máximo para solicitar la subvención: 30 de septiembre de 2013.
Es una opción muy interesante, ya que la subvención es compatible con la bonificación del 100% de los Seguros Sociales del contrato de formación.
Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos hablar en el 900 44 22 44 o chat online.