por Ángela M. Labrador | Ago 28, 2024 | ayudas Castilla La Mancha, ayudas compatibles con CFA en Castilla La Mancha
¿Deseas fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas? Ya puedes beneficiarte de estas ayudas de 5.500 euros en Castilla La Mancha por contrato de formación.
La subvención, incluida en el Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, forma parte de las convocatorias de empleo y Formación Profesional para el Empleo impulsadas por el Gobierno de Castilla La Mancha.
A continuación, analizamos qué requisitos se deben cumplir para obtener la ayuda y quiénes pueden ser beneficiarios.
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¿Cómo son las ayudas de 5.500 euros por contrato de formación en alternancia en Castilla La Mancha?
Ya se ha publicado la Resolución de 05/06/2024, de la Dirección General de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2024, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 103/2022, de 13 de septiembre.
Las ayudas de 5.500 euros por contrato de formación en Castilla La Mancha vienen recogidas en el mencionado Decreto y se incluyen en la Línea 1 de subvención.
La Línea 1 establece las ayudas para la formalización de contratos de formación en alternancia, siendo el objeto de dichos contratos favorecer la inserción laboral de los jóvenes mediante su cualificación profesional en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en las empresas.
¿Quiénes pueden ser beneficiarias de la ayuda de 5.500 euros en Castilla La Mancha?
Pueden ser beneficiarias de la ayuda de 5.500 euros en Castilla La Mancha:
- Las empresas, independientemente de si son personas físicas o jurídicas.
- Las sociedades laborales o cooperativas.
- Las comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
Además, para ser beneficiarias las empresas deberán:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
- Disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, cuando conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, resultasen obligados a ello.
- No haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud de subvención.
- No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un Plan de Igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia igualdad dar su conformidad a dichas medidas.
- No encontrarse incursos en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- No haber realizado despidos colectivos, suspensiones de contratos o reducciones de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el plazo de los seis meses anteriores a la celebración del contrato por el que se solicita ayuda.
¿Qué contratos de formación serán subvencionables en Castilla La Mancha?
Serán subvencionables los contratos de formación en alternancia realizados en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el día 30 de septiembre de este 2024, ambos incluidos.
Estos contratos deben formalizarse a tiempo completo y con una duración mínima de 1 año.
¿Qué requisitos deberán cumplir las personas contratadas?
Se podrán formalizar los contratos de formación en alternancia para recibir las ayudas de 5.500 en Castilla La Mancha con:
- Personas jóvenes de hasta 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
- Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Personas en situación de exclusión social.
¿Cuál es la cuantía total de la ayuda?
Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención por un importe de 5.500 euros para la realización de contratos de formación en alternancia.
Ahora bien, la cuantía de la subvención se incrementará en 700 euros cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
- Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
- Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Personas en situación de exclusión social.
Asimismo, la cuantía de la subvención establecida se incrementará un 20% en el caso de que la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo de Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda de Castilla la Mancha por contrato de formación?
El plazo de solicitudes se abrió el 15 de junio y permanecerá abierto hasta el 30 de octubre de 2024.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el plazo máximo de un mes tras la fecha de formalización del contrato.
¿Cómo se concederán las subvenciones de 5.500 euros por contrato de formación?
Las ayudas de 5.500 euros por contrato de formación en alternancia en Castilla La Mancha se otorgarán en régimen de concesión directa.
¿Es compatible con otras ayudas?
Esta ayuda de 5.500 euros es compatible con las bonificaciones aplicables al contrato de formación en alternancia.
No se podrá compaginar con otras ayudas a cargo de Castilla La Mancha o de la Administración Pública para la misma finalidad.
¿Es posible sustituir a la persona contratada o se debe devolver la subvención?
Para esta subvención no es posible sustituir a la persona trabajadora antes de que transcurra 1 año, que es el período mínimo requerido para acceder a la ayuda.
En caso de que esto ocurra se procederá a la devolución de la subvención recibida.
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por Ángela M. Labrador | Feb 4, 2016 | autónomo, ayuda contratación, ayudas Andalucía, ayudas Castilla La Mancha, ayudas contratación mayores de 45 años, ayudas contrato de formación, bono empleo joven, bono empleo joven 2016, emprendedores, empresas, laboral, noticias, subvenciones Castilla La Mancha, subvenciones contrato de formación
En este artículo te queremos ofrecer un resumen de ayudas muy interesantes para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016 para tu empresa.
Te comentamos a continuación las ayudas que se pueden solicitar a nivel nacional:
El Ministerio de Economía y Competitividad ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas, las líneas ICO 2016, para fomentar la actividad productiva. Están orientadas a autónomos y empresas que realicen inversiones en España y necesiten liquidez para su proyecto.
Algo muy interesante de esta ayuda es que no es necesario estar dado de alta como autónomo para solicitarlas, simplemente en el Impuesto de Actividades Económicas, por lo que se convierte en una alternativa recomendable para las nuevas empresas.
Se trata de un programa de ayudas para mejoras relacionadas en eficiencia energética que realicen las pymes y empresas del sector industrial. Estas ayudas, que se pueden solicitar hasta el 5 de mayo de 2016, consisten en una entrega dineraria sin contraprestación. La cuantía máxima recibida será de hasta el 30% de la inversión realizada.
Las ayudas se concederán por la implantación de mejoras tecnológicas en equipos y procesos industriales, y/o sistemas de gestión energética.
Las empresas españolas tendrán el apoyo de la Cámara de Comercio española para sus planes de expansión internacional. Esta ayuda, que se encuentra enmarcada dentro del Plan Xpande.
La Cámara de Comercio ofrece de forma gratuita asesoramiento y acompañamiento para constituir un plan de competitividad y sostenibilidad de tu empresa en el mercado internacional. Contarás con la asistencia de técnicos cualificados.
El autónomo que tenga a su cargo menores de 7 años, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, o situaciones de dependencia acreditadas recibirá una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante 12 meses por contratar a una persona que le ayuda en su negocio, con el fin de conciliar su vida familiar y profesional.
A continuación te comentamos varias ayudas que tienes a tu disposición si tu empresa está ubicada en la Comunidad de Andalucía:
Recientemente se ha aprobado la convocatoria de esta ayuda por la contratación de jóvenes andaluces. La empresa o autónomo que contrate durante 12 meses a un beneficiario de este colectivo podrá recibir hasta 4.800 euros.
Destinada a fomentar la contratación de desempleados de larga duración, mayores de 45 años, esta subvención concede una cuantía de hasta 7.500 euros por cada contrato indefinido, que se mantenga al menos durante 12 meses.
En Castilla la Mancha también hay ayudas activas:
Las empresas, autónomos o sociedades que contraten a jóvenes menores de 30 años con contrato de formación podrán solicitar esta ayuda de 5.040 euros, siempre que se realice un contrato de al menos 1 año.
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por Ángela M. Labrador | Ene 25, 2016 | autónomo, ayudas Andalucía, ayudas Castilla La Mancha, ayudas y subvenciones, emprendedores, empresas, negocios
Las empresas españolas, fundamentalmente PYMES, contarán con el apoyo de la Cámara de Comercio de España para llevar a cabo planes de expansión internacional (Plan Xpande).
Serán, concretamente, las Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla – La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Murcia las que contarán con las ayudas de la Cámara de Comercio en el Plan Xpande. Estas ayudas están orientadas a pequeñas y medianas empresas que deseen iniciar su expansión internacional.
Gracias a la financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) que respaldará con 13 millones de Euros el proyecto de la Cámara de Comercio de España, tu empresa puede adherirse a un interesante programa de asesoramiento activo que garantizará el éxito en tu expansión internacional.
¿Qué ayudas facilitan las Cámaras de Comercio para el Plan Xpande?
El especial atractivo de esta ayuda reside en que el Plan Xpande ofrece de forma gratuita asesoramiento y acompañamiento para constituir de manera formal un plan de competitividad y sostenibilidad a medio plazo en los mercados internacionales seleccionados.
Estas ayudas están basadas en un programa de formación y asesoramiento combinado que contará con el apoyo cualificado de técnicos asesores de la Cámara de Comercio de tu Comunidad Autónoma y que incluye modernas técnicas de inteligencia competitiva.
¿Cómo funciona el Plan Xpande de la Cámara de Comercio?
La formación resulta práctica y cuenta con el asesoramiento en tiempo real de un equipo experto de la Cámara de Comercio que organizará tu plan de expansión en cuatro módulos. El Plan Xpande permite que construyas, de manera estructurada, un plan de internacionalización para tu empresa en el mercado exterior.
Los módulos de asesoramiento son:
- Módulo 1. Las elecciones iniciales: productos, clientes y mercados.
- Módulo 2. El acceso al mercado.
- Módulo 3. El plan de marketing
- Módulo 4. El plan de negocio.
Este programa resulta muy interesante si quieres hacer crecer tu negocio a nivel internacional y aún más si tenemos en cuenta que es gratuito y el valor de este programa para tu empresa es incalculable.
Os animamos a adherir vuestra empresa al Plan de Expansión Internacional de la Cámara de Comercio de España, contaréis con el apoyo profesional que garantizará el éxito de expansión internacional que tu negocio necesita.
Accede al Plan de Expansión Internacional para Pymes y realiza la inscripción de tu negocio.
También, puedes sumar tu empresa a estas ayudas:
por Ángela M. Labrador | Nov 10, 2015 | ayudas Castilla La Mancha, ayudas y subvenciones, contrato de formacion, garantía juvenil, jóvenes inscritos en garantía juvenil, Sin categoría, subvenciones Castilla La Mancha, subvenciones contrato de formación
El pasado 30 de octubre, se aprobó el Plan Extraordinario por el Empleo que incluye una linea de ayudas de hasta 5.140 euros por contrato de formación en Castilla La Mancha. Se trata de una iniciativa que pretende fomentar el empleo y la cualificación joven a través de esta modalidad de contrato facilitando el acceso a un primer empleo de calidad, vinculado a la formación.
La cuantía será de 5.040 euros por contrato de formación que cumpla todos los requisitos. En el caso de que se realice con jóvenes inscritos en el Fichero de Garantía Juvenil será de 5.140 euros.
Se subvencionarán los contratos de formación durante el periodo máximo de un año.
Empresas (físicas o jurídicas), autónomos, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
- Jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, o
- Jóvenes de entre 16 y 29 años que carezcan de titulación relacionada con el puesto a desempeñar e Inscritos en el SEPE (antes INEM) como demandantes de empleo al menos durante un día en las oficinas de empleo de Castilla y La Mancha.
- Que el puesto de trabajo se desarrolle en el territorio de Castilla La Mancha.
- Realizar contrato de formación vinculado a una formación teórica, que imparta un centro incluido en el Registros de Centros y Entidades que imparten Formación Profesional para el Empleo. Grupo2000 es un centro homologado por el SEPE, con acreditación nº 1800026061, con más de 25 años de experiencia en el sector.
- Hay que añadir al una cláusula que indique «La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE2014-2020 de Castilla La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE».
La solicitud se realizará únicamente vía telemática y se deberán presentar en el plazo de un mes desde la fecha de formalización del contrato. Se podrán solicitar hasta el día 31 de octubre de 2016.
El plazo de resolución son aproximadamente dos meses, el pago se realizará en cuenta bancaría, una vez comprobado la realización del contrato, alta en Seguridad Social y cumplimiento de los demás requisitos.
- ¿Que ocurre en caso de baja del trabajador?
Si se da una extinción del contrato por causas de la empresa se procederá al reintegro total.
Si es por propia voluntad del trabajador, muerte, jubilación o incapacidad permanente o no superación del periodo de prueba, será un reintegro parcial proporcional al la duración efectiva del contrato.
Ojo, se incluyen también como causas de reintegro parcial el no completar la formación inherente al contrato por parte del alumno.
Es totalmente compatible con las reducciones y bonificaciones de cuotas empresariales y de los trabajadores a la Seguridad Social aplicables al contrato de formación. No se podrá compaginar con otras ayudas a cargo de Castilla La Mancha o de la Administración Pública para la misma finalidad
- No estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Contratos de formación formalizados por Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.
- Contrataciones a hijos y familiares, hasta segundo grado inclusive. En este caso si se acredita mediante Certificado de Empadronamiento (tanto del familiar como del empresario) que no conviven, si podrán solicitar la subvención. Podéis consultar la posibilidad de contratación a familiares a través de contrato de formación.
- Contrataciones a administradores de la sociedad, socios trabajadores o de trabajo.
- Contrataciones de trabajadores que, en los seis meses anteriores a la fecha de contratación, hayan tenido relación laboral.
- Administración General del Estado, Administración Autonómica y las Entidades Locales.
- Pertenecer a algún supuesto de incompatibilidad de la Ley 11/2003. de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla La Mancha.
- Haber sido sancionada por infracción en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
- Haber realizado despido declarados judicialmente improcedentes en los seis meses anteriores.
- Incumplimiento del articulo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Fuente: Diario Oficial de Castilla La Mancha
por Ángela M. Labrador | Oct 30, 2013 | ayuda contratación, ayudas Castilla La Mancha, blog, contrato de formación
Ayuda a la contratación de Castilla La Mancha. Requisitos y cuantías. Te contamos todos los detalles de esta ayuda en este artículo.
La Consejería de Empleo y Economía de Castilla La Mancha ha aprobado unas ayudas muy interesantes, que se recogen en la Orden de 27/09/2013. Son unas ayudas a la contratación, destinadas a fomentar el empleo en esta Comunidad Autónoma.
A continuación os detallamos los aspectos más importantes de esta subvención:
Hasta 3.000 euros por cada contratación subvencionable. Cada empresa podrá solicitar hasta un máximo de 3 ayudas.
Si se realiza un contrato a tiempo parcial, esta cantidad se reducirá de forma proporcional a la jornada de trabajo.
Autónomos, pequeñas y medianas empresas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Realizar un contrato temporal de al menos 4 meses.
- La jornada laboral no puede ser inferior a 25 horas semanales.
- La persona contratada debe estar al menos 3 meses desempleada e inscrita en la Oficina de Empleo de manera ininterrumpida.
- La empresa debe tener domicilio fiscal y centro en Castilla La Mancha.
- Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y obligaciones tributarias.
- Disponer de un Plan de prevención de riesgos laborales.
- No haber sido sancionada en materia de prevención de riesgos laborales.
- La empresa deberá mantener el nivel de empleo, en caso de que haya algún despido, deberá sustituir el trabajador, ya sea subvencionado o no subvencionado.
Cuando el trabajador haya trabajado para la empresa con anterioridad, la fecha de baja deberá ser anterior al 1 de Septiembre de 2013.
- Contrataciones a cónyuges o parientes de hasta segundo grado de consanguinidad del empleador o miembros directivos. Excepto si se acredita debidamente que la persona no convive con el empresario.
- Contrataciones a cargos directivos de la empresa.
- Relaciones laborales de carácter especial.
- Contrataciones a partir de la tercera subvención concedida a la empresa según la Orden 27/09/2013.
No es compatible con ninguna ayuda solicitada a las Administraciones Públicas para la misma finalidad.
Queremos hacer una corrección a la publicación que hicimos el 30/10/13: La ayuda sólo será aplicable a los modelos contractuales que recoge el Estatuto de los Trabajadores en el Art.15.1. Por tanto, para esta subvención no podrá utilizarse la modalidad de contrato de formación.
Se presentará el formulario de solicitud preferentemente por vía telemática. También puede presentarse en el registro de la Consejería de Empleo y Juventud y sus servicios periféricos.
Las solicitudes se concederán según el orden de entrada. Deberán presentarse desde el día siguiente al inicio del contrato de trabajo, como máximo hasta el 15 de Diciembre de 2013.
La solicitud se aplicará para los contratos que se realicen desde la entrada en vigor de la Orden, hasta el 10 de Diciembre de 2013.
Si tenéis alguna consulta sobre el tema, podemos chat online o hablar en el teléfono 958 806 760.
Fuente: Orden 27/09/2013.