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Ayudas de hasta 60.000 euros para autónomos y pymes del sector comercio en Andalucía

Ayudas de hasta 60.000 euros para autónomos y pymes del sector comercio en Andalucía

¿Te dedicas al sector comercial, artesanal, óptico o de farmacias en Andalucía y necesitas modernizar tu negocio impulsando la transformación digital?

¡Atento/a! Muy pronto se abrirá una convocatoria de ayudas de hasta 60.000 euros para autónomos y pymes del sector comercio y artesanal con subvenciones a fondo perdido que cubren el 100% de la inversión.

¿Quieres ser uno de los beneficiarios? ¡Contáctanos cuanto antes y te ayudamos! En Grupo2000 nos encargamos de todo el proceso para que puedas anticiparte y presentar tu solicitud tan pronto como se abra la convocatoria.

Estas subvenciones se conceden por orden de solicitud, así que no dejes pasar la oportunidad y evita quedarte fuera. 

 

¿Qué son las ayudas para el sector comercial y artesanal en Andalucía?

Las ayudas para el sector comercial y artesanal en Andalucía están reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, publicada el 9 de octubre de 2024 en el BOJA.

Su objetivo principal es apoyar a pymes y autónomos para que puedan adaptar sus negocios a las exigencias del mercado actual.

Estas ayudas son subvenciones a fondo perdido que tienen como fin cubrir los gastos de diversos proyectos, tales como, marketing digital, ciberseguridad o modernización de los negocios.

El objetivo de estas subvenciones es fomentar el crecimiento, mejorar la competitividad y consolidar el sector comercial y artesanal, además de facilitar su transformación digital en Andalucía.

Aunque las bases ya han sido publicadas, aún estamos a la espera de la convocatoria. Se prevé que se publique en las próximas semanas, por lo que es importante estar atentos para no perder esta oportunidad.

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¿Quiénes pueden acceder a las ayudas?

Según la Orden de 3 de octubre de 2024, que regula la concesión de estas subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, podrán ser beneficiarios autónomos y pymes que cumplan los siguientes requisitos:

 

1.Desarrollen su actividad económica en Andalucía.

En el caso de comercio ambulante o negocios exclusivamente online, se considerará que operan en Andalucía si cumplen al menos una de estas condiciones:

  • Tener empleados en el territorio andaluz.
  • Si es un autónomo sin empleados, estar dado de alta en el RETA en Andalucía o tener domicilio fiscal en la comunidad.

 

2. Actividad económica encuadrada en los códigos CNAE del Anexo I.

  • Para pymes y autónomos del sector comercial: deben desarrollar al menos una actividad recogida en la clasificación CNAE de la orden, excluyendo la fabricación, transformación y comercialización de tabaco y sus derivados.
  • Para pymes y autónomos del sector artesano: deben estar inscritos en el Registro de Artesanía de Andalucía antes de presentar la solicitud.

 

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Para acceder a la subvención la inversión mínima requerida es de 4.000 €.

Las ayudas cubrirán hasta el 100% del importe solicitado con los siguientes límites máximos:

  • 40.000 € para proyectos en un solo establecimiento.
  • 60.000 € para proyectos en dos o más establecimientos.
  • 30.000 € para proyectos de comercio exclusivamente online o comercio ambulante.
  • 20.000 € adicionales si el proyecto implica la apertura de un nuevo establecimiento comercial o artesano.

 

¿Qué gastos se considerarán subvencionables?

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que hayan sido contraídos dentro del periodo de ejecución determinado en la convocatoria y se encuentren efectivamente pagados desde el inicio del mismo hasta la finalización del período de justificación.

Los proyectos comprenderán medidas dirigidas a promover la transformación digital del negocio.

Los gastos a subvencionar en esta tipología tendrán como objetivo la mejora de la competitividad y productividad a través del impulso de la implantación y el uso transformador de las TIC.

Los proyectos de digitalización y transformación tecnológica podrán incluir uno o varios de los siguientes gastos:

GASTOS SUBVENCIONABLES LÍMITE 
Software de contabilidad, facturación, relaciones con proveedores y otros módulos (ERP) 10.000€
Software de gestión y/o automatización de almacenes 12.000€
Software de gestión de relaciones con clientes (CRM) 8.000€
Aplicaciones digitales de gestión y ofimática accesibles desde cualquier dispositivo 6.000€
Aplicaciones o soluciones de ciberseguridad 8.000€
Software de ventas 8.000€
Diseño e implementación de aplicaciones móviles o sitios web 7.000€
Diseño e implementación de páginas web o tienda online que permita al negocio poner en venta sus productos o servicios 7.000€
Adquisición del terminal de punto de venta (TPV) y accesorios 2.000€
Adquisición de equipamiento digital orientado a digitalizar los puntos de venta o mejoras en el sistema de producción, como cartelería digital o sistemas de click & collect 12.000€
Consultoría para diseñar e implementar una estrategia de omnicanalidad que permita mejorar la relación entre la empresa y el cliente 5.000€
Consultoría para la elaboración de una estrategia de comunicación y marketing online, y su implementación 5.000€
Contratación de servicios enfocados a optimizar los canales digitales del negocio para mejorar el posicionamiento online (SEO, SEM) facilitando a los clientes encontrar el negocio de manera ágil, hasta un año de servicio en su caso 5.000€
Contratación de servicios de plataformas para la inclusión de los productos y servicios de la empresa en marketplace 6.000€
Contratación de servicios de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes, hasta un año de servicio en su caso 8.000€
Contratación de servicios de gestión de las redes sociales o de diseño de una estrategia de redes sociales hasta un año de servicio en su caso 5.000€

 

¿Qué gastos no son subvencionables?

Existen ciertas limitaciones en los gastos que no pueden acogerse a estas ayudas. No serán subvencionables:

  • Gastos administrativos y financieros
    • Autorizaciones, licencias, permisos, avales, fianzas, tasas, impuestos o tributos.
    • Seguros contratados por el solicitante.
    • Gastos financieros, reestructuración de deuda o refinanciaciones.
    • Comisiones o gastos bancarios de cualquier tipo de operación.
  • Adquisiciones y contratos
    • Compra de bienes inmuebles.
    • Contratos de servicios con una duración superior al primer año de vigencia.
    • Equipamiento en régimen de renting o arrendamiento financiero.
    • Bienes usados.
  • Otros gastos excluidos
    • Gastos ordinarios y recurrentes (necesarios para el funcionamiento habitual del negocio).
    • Trabajos realizados por la propia pyme comercial o artesana solicitante.
    • Autofacturación o compras a empresas vinculadas.
    • Maquinaria y equipamiento para la fabricación y elaboración de productos (excepto para pymes artesanas, donde sí es subvencionable).
    • Cualquier gasto relacionado con la fabricación, transformación y comercialización de tabaco y sus derivados.

 

Compatibilidad de las subvenciones

Las ayudas otorgadas en el marco de esta convocatoria son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos siempre que tengan distinta finalidad.

No serán compatibles con otras subvenciones que financien los mismos costes subvencionables.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de solicitudes está pendiente de convocatoria.

No obstante, como la concesión de las ayudas se realiza por orden de presentación, es recomendable preparar toda la documentación con antelación, ya que la convocatoria puede publicarse en cualquier momento y las solicitudes deben estar listas y registradas para su envío inmediato.

Desde Grupo2000 te ayudamos a gestionar tu solicitud. Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Además, ponemos a tu disposición nuestro buscador de subvenciones para que encuentres todas las oportunidades disponibles:

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